Declaración
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VISTO:
Las Leyes Nacionales 25.127 y 26.295, la nota recibida Nº 512/08; y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué es objetivo del gobierno Municipal promover, fortalecer y coordinar políticas de producción local que velen por la salud de los pobladores, obtenga productos sanos y mantenga o incremente la fertilidad de los suelos y la diversidad biológica, conserve los recursos hídricos y presente o intensifique los ciclos biológicos del suelo para suministrar los nutrientes destinados a la vida vegetal y animal, proporcionando a los sistemas naturales, cultivos vegetales y al ganado condiciones tales que les permitan expresar las características básicas de su comportamiento innato, cubriendo las necesidades fisiológicas y ecológicas;
Qué éste cuerpo legislativo considera que las producciones orgánicas, es decir aquellas que evitan el uso de los productos de síntesis química y otros de efecto tóxico real o potencial para la salud deben ser estimuladas;
Qué con el transcurrir de los años, destacados productores y profesionales de la región, en muchos casos representantes de instituciones reconocidas a nivel local, provincial, nacional e internacional del quehacer agropecuario y turístico, han expresado las ventajas que éstos sistemas productivos significan, no solo como una alternativa que caracterice un estilo de vida, sino también como generador de actividades sustentables en el tiempo;
Qué la producción orgánica enriquece al modelo productivo porque tiene un mercado mundial en crecimiento, agrega valor a los productos, ocupa más mano de obra por hectárea, requiere más capacitación y mejor remuneración para los trabajadores, crea una reserva no contaminada de los suelos y una reserva de semillas en cantidad y variedad aparte de dar trazabilidad y transparencia al proceso productivo;
Qué produciendo bajo normativas orgánicas, se evitan las erogaciones que agota y/o contamina la producción convencional;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal las producciones que se desarrollen en nuestra localidad y que cumplan las normas establecidas en la Ley 25.127 referidas a los sistemas de Producción Orgánica. -
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 de Niciembre del año 2008. -
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Las Leyes Nacionales 25.127 y 26.295, la nota recibida Nº 512/08; y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué es objetivo del gobierno Municipal promover, fortalecer y coordinar políticas de producción local que velen por la salud de los pobladores, obtenga productos sanos y mantenga o incremente la fertilidad de los suelos y la diversidad biológica, conserve los recursos hídricos y presente o intensifique los ciclos biológicos del suelo para suministrar los nutrientes destinados a la vida vegetal y animal, proporcionando a los sistemas naturales, cultivos vegetales y al ganado condiciones tales que les permitan expresar las características básicas de su comportamiento innato, cubriendo las necesidades fisiológicas y ecológicas;
Qué éste cuerpo legislativo considera que las producciones orgánicas, es decir aquellas que evitan el uso de los productos de síntesis química y otros de efecto tóxico real o potencial para la salud deben ser estimuladas;
Qué con el transcurrir de los años, destacados productores y profesionales de la región, en muchos casos representantes de instituciones reconocidas a nivel local, provincial, nacional e internacional del quehacer agropecuario y turístico, han expresado las ventajas que éstos sistemas productivos significan, no solo como una alternativa que caracterice un estilo de vida, sino también como generador de actividades sustentables en el tiempo;
Qué la producción orgánica enriquece al modelo productivo porque tiene un mercado mundial en crecimiento, agrega valor a los productos, ocupa más mano de obra por hectárea, requiere más capacitación y mejor remuneración para los trabajadores, crea una reserva no contaminada de los suelos y una reserva de semillas en cantidad y variedad aparte de dar trazabilidad y transparencia al proceso productivo;
Qué produciendo bajo normativas orgánicas, se evitan las erogaciones que agota y/o contamina la producción convencional;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal las producciones que se desarrollen en nuestra localidad y que cumplan las normas establecidas en la Ley 25.127 referidas a los sistemas de Producción Orgánica. -
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 de Niciembre del año 2008. -
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VISTO:
La visita del programa televisivo "Estudio País 24" a nuestra Localidad; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué nuestra localidad ha sido beneficiada para ser difundida el día viernes 28 de noviembre del corriente mes en el marco del programa televisivo "Estudio País 24", que se emite por canal 7 (La Televisión Pública) que conduce el reconocido conductor Juan Alberto Badía;
Qué el mencionado programa tiene como objetivo difundir y valorizar cada escenario de nuestro país, con sus particulares atractivos turísticos, culturales, históricos y demás actividades trascendentes;
Qué es de fundamental importancia se promocione y así se promueva la conservación de nuestras bellezas naturales;
Qué es voluntad de éste cuerpo legislativo propiciar todo evento que ponga en valor y realce nuestra identidad como pueblo;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la visita del programa televisivo "Estudio País 24", que se emite por canal 7 (La Televisión Pública) que conduce el Sr. Juan Alberto Badía, el día viernes 28 de noviembre del año 2008. -
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 26 de Noviembre del año 2008. -
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La visita del programa televisivo "Estudio País 24" a nuestra Localidad; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué nuestra localidad ha sido beneficiada para ser difundida el día viernes 28 de noviembre del corriente mes en el marco del programa televisivo "Estudio País 24", que se emite por canal 7 (La Televisión Pública) que conduce el reconocido conductor Juan Alberto Badía;
Qué el mencionado programa tiene como objetivo difundir y valorizar cada escenario de nuestro país, con sus particulares atractivos turísticos, culturales, históricos y demás actividades trascendentes;
Qué es de fundamental importancia se promocione y así se promueva la conservación de nuestras bellezas naturales;
Qué es voluntad de éste cuerpo legislativo propiciar todo evento que ponga en valor y realce nuestra identidad como pueblo;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la visita del programa televisivo "Estudio País 24", que se emite por canal 7 (La Televisión Pública) que conduce el Sr. Juan Alberto Badía, el día viernes 28 de noviembre del año 2008. -
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 26 de Noviembre del año 2008. -
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VISTO:
La nota recibida Nº 491/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué la Feria Rural "Tierra de Encuentro" ha cumplido un año de permanencia en nuestra localidad ;
Qué de la misma, participan pequeños productores y artesanos de El Hoyo, fortaleciendo la organización con compromiso y constancia;
Qué cuentan con el apoyo técnico y capacitaciones de la Subsecretaría de Desarrollo Rural y Agricultura familiar, dependiente de la SAGPYA (PSA);
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo apoyar ésta iniciativa, en favor del desarrollo de nuestra comunidad, accediendo a Declarar de Interés Municipal dicha feria;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la feria rural "TIERRA DE ENCUENTRO", de la Localidad de El Hoyo. -
Articulo N° 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 de Noviembre del año 2008. -
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La nota recibida Nº 491/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué la Feria Rural "Tierra de Encuentro" ha cumplido un año de permanencia en nuestra localidad ;
Qué de la misma, participan pequeños productores y artesanos de El Hoyo, fortaleciendo la organización con compromiso y constancia;
Qué cuentan con el apoyo técnico y capacitaciones de la Subsecretaría de Desarrollo Rural y Agricultura familiar, dependiente de la SAGPYA (PSA);
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo apoyar ésta iniciativa, en favor del desarrollo de nuestra comunidad, accediendo a Declarar de Interés Municipal dicha feria;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la feria rural "TIERRA DE ENCUENTRO", de la Localidad de El Hoyo. -
Articulo N° 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 de Noviembre del año 2008. -
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VISTO:
La nota recibida Nº 420/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué según nota mencionada en vistos se solicita la Declaración de Interés la 1º Conferencia "Herramientas para Desarrollar Habilidades", dictado por el Instituto Argentino de Ceremonial y Relaciones Institucionales;
Qué dicha Jornada tendrá lugar en el All abaut kid del Lago Escondido;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo apoyar toda iniciativa tendiente a capacitar, aunar criterios y jerarquizar las relaciones institucionales;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la 1º Conferencia "Herramientas para Desarrollar Habilidades", a realizarse en el All abaut kid del Lago Escondido, el día 09 de noviembre del corriente año.
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 22 de Octubre del año 2008. -
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La nota recibida Nº 420/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué según nota mencionada en vistos se solicita la Declaración de Interés la 1º Conferencia "Herramientas para Desarrollar Habilidades", dictado por el Instituto Argentino de Ceremonial y Relaciones Institucionales;
Qué dicha Jornada tendrá lugar en el All abaut kid del Lago Escondido;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo apoyar toda iniciativa tendiente a capacitar, aunar criterios y jerarquizar las relaciones institucionales;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la 1º Conferencia "Herramientas para Desarrollar Habilidades", a realizarse en el All abaut kid del Lago Escondido, el día 09 de noviembre del corriente año.
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 22 de Octubre del año 2008. -
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VISTO:
El proyecto del Poder Ejecutivo Nacional de modificar el horario a partir del 19 de octubre del corriente año; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué nuestro pueblo se encuentra enclavado al oeste del territorio nacional y en la temporada estival anochece a las 22.30 hs y con el cambio propuesto, recién comenzará a anochecer a las 23.30 hs;
Qué nuestro pueblo vive ritmos marcados por la naturaleza;
Qué la temporada estival es la estación de la realización y fructificación por excelencia;
Qué los ritmos marcados por la naturaleza deben estar en armonía con los propuestos por el hombre;
Qué la alteración de éstos, trae perjuicios a la salud, al trabajo y a la vida cotidiana en general;
Qué es interés de éste Concejo Deliberante velar por la salud, la posibilidad, las condiciones del trabajo y la calidad de vida de quienes moran y quienes visitan nuestro pueblo;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR el absoluto desacuerdo con la medida proyectada e invitar a las autoridades de los municipios vecinos a adherir a la presente Declaración, a fin de solicitar a las autoridades provinciales a rechazar el cambio de horario propuesto.
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 15 de Octubre del año 2008.
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El proyecto del Poder Ejecutivo Nacional de modificar el horario a partir del 19 de octubre del corriente año; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué nuestro pueblo se encuentra enclavado al oeste del territorio nacional y en la temporada estival anochece a las 22.30 hs y con el cambio propuesto, recién comenzará a anochecer a las 23.30 hs;
Qué nuestro pueblo vive ritmos marcados por la naturaleza;
Qué la temporada estival es la estación de la realización y fructificación por excelencia;
Qué los ritmos marcados por la naturaleza deben estar en armonía con los propuestos por el hombre;
Qué la alteración de éstos, trae perjuicios a la salud, al trabajo y a la vida cotidiana en general;
Qué es interés de éste Concejo Deliberante velar por la salud, la posibilidad, las condiciones del trabajo y la calidad de vida de quienes moran y quienes visitan nuestro pueblo;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR el absoluto desacuerdo con la medida proyectada e invitar a las autoridades de los municipios vecinos a adherir a la presente Declaración, a fin de solicitar a las autoridades provinciales a rechazar el cambio de horario propuesto.
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 15 de Octubre del año 2008.
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VISTO:
Declaración de Interés Nº 009/03 HCD MEH; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué es fundamental para la comunidad de El Hoyo sostener y fortalecer la oferta educativa que actualmente ofrece el ISFDA 805;
Qué vemos como positiva la transformación del Instituto 805 en 814, con sede en la comarca;
Qué es fundamental que las comunidades de la comarca tengan sedes del Instituto a crearse en los cuales se den diferentes disciplinas;
Qué estas sedes estén implementadas con todos sus programas y dotadas de espacio físico acorde y equipamiento necesario así como presupuesto para personal, horas cátedra y recursos;
Qué es imperativo tomar acciones tendientes a resolver la problemática del transporte tomando en cuenta las características geográficas de nuestra comarca;
Qué el Anexo El Hoyo, no podrá iniciar su ciclo lectivo 2009, en su actual sede que funciona en el edificio del colegio Nº 734, por falta de espacio, equipamiento y personal y en vistas del posible traslado del anexo El Hoyo a la localidad de Lago Puelo;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la continuidad de la Institución de Nivel superior en Formación Artística existente en nuestra Localidad. -
Artículo Nº 2: Instrúyase al Departamento Ejecutivo Municipal a que solicite al ministerio de educación de la Provincia que arbitre los medios para dotar al mencionado Instituto de todos los programas que corresponden a los institutos de educación superior y los espacios y equipamiento necesarios, así como presupuesto para personal, horas cátedra, recursos suficientes y transporte.-
Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 03 de Octubre del año 2008. -
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Declaración de Interés Nº 009/03 HCD MEH; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué es fundamental para la comunidad de El Hoyo sostener y fortalecer la oferta educativa que actualmente ofrece el ISFDA 805;
Qué vemos como positiva la transformación del Instituto 805 en 814, con sede en la comarca;
Qué es fundamental que las comunidades de la comarca tengan sedes del Instituto a crearse en los cuales se den diferentes disciplinas;
Qué estas sedes estén implementadas con todos sus programas y dotadas de espacio físico acorde y equipamiento necesario así como presupuesto para personal, horas cátedra y recursos;
Qué es imperativo tomar acciones tendientes a resolver la problemática del transporte tomando en cuenta las características geográficas de nuestra comarca;
Qué el Anexo El Hoyo, no podrá iniciar su ciclo lectivo 2009, en su actual sede que funciona en el edificio del colegio Nº 734, por falta de espacio, equipamiento y personal y en vistas del posible traslado del anexo El Hoyo a la localidad de Lago Puelo;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la continuidad de la Institución de Nivel superior en Formación Artística existente en nuestra Localidad. -
Artículo Nº 2: Instrúyase al Departamento Ejecutivo Municipal a que solicite al ministerio de educación de la Provincia que arbitre los medios para dotar al mencionado Instituto de todos los programas que corresponden a los institutos de educación superior y los espacios y equipamiento necesarios, así como presupuesto para personal, horas cátedra, recursos suficientes y transporte.-
Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 03 de Octubre del año 2008. -
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VISTO:
La nota recibida Nº 263/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué el día 08 de agosto se realizó en las instalaciones del Jardín Nº 453 de nuestra Localidad, la pre- jornada sobre (La infancia en la Posmodernidad…"Un nuevo desafío para el nivel inicial";
Qué dicha jornada es organizada por la Asociación ANICACH (Asociación Nivel Inicial Comarca Andina del Chubut);
Qué la Asociación ANICACH pertenece a la UNADENI (Unión Nacional de Asociaciones de Educadores de Nivel Inicial);
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo Declarar de Interés la mencionada Asociación;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la Asociación ANICACH (Asociación Nivel Inicial Comarca Andina del Chubut) perteneciente a la UNADENI (Unión Nacional de Asociaciones de Educadores de Nivel Inicial). -
Articulo N° 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 20 de Agosto del año 2008. -
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La nota recibida Nº 263/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué el día 08 de agosto se realizó en las instalaciones del Jardín Nº 453 de nuestra Localidad, la pre- jornada sobre (La infancia en la Posmodernidad…"Un nuevo desafío para el nivel inicial";
Qué dicha jornada es organizada por la Asociación ANICACH (Asociación Nivel Inicial Comarca Andina del Chubut);
Qué la Asociación ANICACH pertenece a la UNADENI (Unión Nacional de Asociaciones de Educadores de Nivel Inicial);
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo Declarar de Interés la mencionada Asociación;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la Asociación ANICACH (Asociación Nivel Inicial Comarca Andina del Chubut) perteneciente a la UNADENI (Unión Nacional de Asociaciones de Educadores de Nivel Inicial). -
Articulo N° 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 20 de Agosto del año 2008. -
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VISTO:
La nota recibida Nº 228/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué durante los días 5 y 6 de septiembre del corriente año se realizará la "XII Feria del Libro" en nuestra Localidad, organizada por los alumnos de 2º polimodal de la escuela Nº 734 "Cóndor Andino" de El Hoyo;
Qué la misma se desarrollará en el marco del aniversario de nuestro pueblo;
Qué es voluntad de éste Honorable Concejo Deliberante declarar de Interés éste evento, propiciando el enriquecimiento cultural que conllevan éstas actividades;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la realización de la "XII edición de la Feria del Libro" en nuestra localidad, prevista para los días 5 y 6 de Septiembre del año 2008, organizada por los alumnos de 2º polimodal de la escuela Nº 734 "Cóndor Andino" de El Hoyo.
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 16 de Julio del año 2008. -
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La nota recibida Nº 228/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué durante los días 5 y 6 de septiembre del corriente año se realizará la "XII Feria del Libro" en nuestra Localidad, organizada por los alumnos de 2º polimodal de la escuela Nº 734 "Cóndor Andino" de El Hoyo;
Qué la misma se desarrollará en el marco del aniversario de nuestro pueblo;
Qué es voluntad de éste Honorable Concejo Deliberante declarar de Interés éste evento, propiciando el enriquecimiento cultural que conllevan éstas actividades;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la realización de la "XII edición de la Feria del Libro" en nuestra localidad, prevista para los días 5 y 6 de Septiembre del año 2008, organizada por los alumnos de 2º polimodal de la escuela Nº 734 "Cóndor Andino" de El Hoyo.
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 16 de Julio del año 2008. -
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VISTO:
La nota recibida Nº 183/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué el Centro de Jubilados y Pensionados de la Localidad de El Hoyo presenta Documento de los Centros de Jubilados y Pensionados del Noroeste del Chubut;
Qué éste Documento da a conocer al Gobernador, autoridades locales, del Pami- Chubut y a la comunidad en general que los Jubilados y pensionados de toda la zona, dependientes del Pami, cuentan con la mayoría de los servicios médicos en la ciudad de Esquel, haciendo éste traslado un inconveniente dada la distancia y las inclemencias climáticas en gran parte del año, cuando los mismos servicios pueden ser prestados en la vecina localidad de El Bolsón;
Qué éste Documento brinda una herramienta para que se hagan las gestiones pertinentes entre Pami- Chubut y Pami- Río Negro, para la firma del convenio correspondiente;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo apoyar ésta iniciativa en pos de lograr un mejor servicio para los Jubilados y Pensionados de la zona;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal el propósito del Documento de "Los Centros de Jubilados y Pensionados del Noroeste del Chubut", de fecha 09 de abril del año 2008.
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 11 de Junio del año 2008. -
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La nota recibida Nº 183/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué el Centro de Jubilados y Pensionados de la Localidad de El Hoyo presenta Documento de los Centros de Jubilados y Pensionados del Noroeste del Chubut;
Qué éste Documento da a conocer al Gobernador, autoridades locales, del Pami- Chubut y a la comunidad en general que los Jubilados y pensionados de toda la zona, dependientes del Pami, cuentan con la mayoría de los servicios médicos en la ciudad de Esquel, haciendo éste traslado un inconveniente dada la distancia y las inclemencias climáticas en gran parte del año, cuando los mismos servicios pueden ser prestados en la vecina localidad de El Bolsón;
Qué éste Documento brinda una herramienta para que se hagan las gestiones pertinentes entre Pami- Chubut y Pami- Río Negro, para la firma del convenio correspondiente;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo apoyar ésta iniciativa en pos de lograr un mejor servicio para los Jubilados y Pensionados de la zona;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal el propósito del Documento de "Los Centros de Jubilados y Pensionados del Noroeste del Chubut", de fecha 09 de abril del año 2008.
Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 11 de Junio del año 2008. -
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VISTO:
La nota recibida Nº 159/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué es de interés de este cuerpo deliberativo propiciar las actividades culturales y educativas de los vecinos de nuestra localidad;
Qué los alumnos de 3º año del establecimiento escolar "Francisco P. Moreno", han obtenido el premio Argentino Junior del Agua 2008;
Qué en el mes de agosto, representarán a la república Argentina en el Stockholm Junior water Prize 2008, en Estocolmo (Suecia);
Qué éste Concejo Deliberante reconoce el esfuerzo y dedicación de los alumnos;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la participación de los alumnos de nuestra localidad; María Noel Pascual Szudruk, Diego Esteban Pellegrino Vidal, Enzo Belloli e Iván Martín Mazurek por su trabajo TENACETUM VULGARE: Planta exótica con propiedades potabilizadoras de aguas contaminadas bacteriológicamente en el Stockholm Junior water Prize 2008, en Estocolmo (Suecia). -
Artículo Nº 2: Instar al DEM a realizar las gestiones pertinentes para disponer de los medios necesarios para otorgar una subvención, a fin de contribuir con ésta participación.
Articulo Nº 3: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 21 de Mayo del año 2008. -
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La nota recibida Nº 159/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué es de interés de este cuerpo deliberativo propiciar las actividades culturales y educativas de los vecinos de nuestra localidad;
Qué los alumnos de 3º año del establecimiento escolar "Francisco P. Moreno", han obtenido el premio Argentino Junior del Agua 2008;
Qué en el mes de agosto, representarán a la república Argentina en el Stockholm Junior water Prize 2008, en Estocolmo (Suecia);
Qué éste Concejo Deliberante reconoce el esfuerzo y dedicación de los alumnos;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la participación de los alumnos de nuestra localidad; María Noel Pascual Szudruk, Diego Esteban Pellegrino Vidal, Enzo Belloli e Iván Martín Mazurek por su trabajo TENACETUM VULGARE: Planta exótica con propiedades potabilizadoras de aguas contaminadas bacteriológicamente en el Stockholm Junior water Prize 2008, en Estocolmo (Suecia). -
Artículo Nº 2: Instar al DEM a realizar las gestiones pertinentes para disponer de los medios necesarios para otorgar una subvención, a fin de contribuir con ésta participación.
Articulo Nº 3: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 21 de Mayo del año 2008. -
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VISTO:
La nota recibida Nº 166/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué es interés de éste cuerpo deliberativo propiciar las actividades de expresión artísticas y culturales de los vecinos de nuestra localidad;
Qué la Srta. Lilen Graziosi, vecina de nuestra Localidad es integrante del Coro Universitario de Mendoza, U.N. Cuyo;
Qué éste Coro ha sido seleccionado como único organismo de la República Argentina, en el evento musical coral de mayor trascendencia mundial, e invitado a participar en el WSCM8 VIII Simposio Mundial de música coral a realizarse en Copenhague en julio del año 2008 y en el 54º Certamen Internacional de Habaneras y Polifonía de Torrevieja, España;
Qué éste cuerpo deliberativo reconoce el esfuerzo y dedicación de la Srta. Lilen Graziosi;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la participación de la Srta Lilen Graziosi, en el Coro Universitario de Mendoza, U.N. Cuyo, y la participación de éste coro en WSCM8 VIII Simposio Mundial de música coral a realizarse en Copenhague en julio del año 2008 y el 54º Certamen Internacional de Habaneras y Polifonía de Torrevieja, España.
Artículo Nº 2: Instar al DEM a realizar las gestiones pertinentes para disponer de los medios necesarios para otorgar una subvención, a fin de contribuir con ésta participación.
Articulo N° 3: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 21 de Mayo del año 2008. -
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La nota recibida Nº 166/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué es interés de éste cuerpo deliberativo propiciar las actividades de expresión artísticas y culturales de los vecinos de nuestra localidad;
Qué la Srta. Lilen Graziosi, vecina de nuestra Localidad es integrante del Coro Universitario de Mendoza, U.N. Cuyo;
Qué éste Coro ha sido seleccionado como único organismo de la República Argentina, en el evento musical coral de mayor trascendencia mundial, e invitado a participar en el WSCM8 VIII Simposio Mundial de música coral a realizarse en Copenhague en julio del año 2008 y en el 54º Certamen Internacional de Habaneras y Polifonía de Torrevieja, España;
Qué éste cuerpo deliberativo reconoce el esfuerzo y dedicación de la Srta. Lilen Graziosi;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la participación de la Srta Lilen Graziosi, en el Coro Universitario de Mendoza, U.N. Cuyo, y la participación de éste coro en WSCM8 VIII Simposio Mundial de música coral a realizarse en Copenhague en julio del año 2008 y el 54º Certamen Internacional de Habaneras y Polifonía de Torrevieja, España.
Artículo Nº 2: Instar al DEM a realizar las gestiones pertinentes para disponer de los medios necesarios para otorgar una subvención, a fin de contribuir con ésta participación.
Articulo N° 3: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 21 de Mayo del año 2008. -
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VISTO:
La nota recibida Nº 157/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué es interés de éste cuerpo deliberativo propiciar las actividades deportivas de los vecinos de nuestra localidad;
Qué la Srta. Agustina Scartascini forma parte del Seleccionado Argentino de karate;
Qué ha clasificado para participar en el Mundial de Karate 2008, por la obtención de la medalla de Plata en la categoría mayores Embu Mixto (combate premeditado), que se realizará en la ciudad de Vilnus capital de Lituania;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la participación en el XIV Mundial 2008 de la Srta. Agustina Scartascini DNI Nº 35.719.140, 1º Dan "Internacional Tradicional Karate Federación", vecina de nuestra Localidad de El Hoyo, Provincia del Chubut.
Artículo Nº 2: Instar al DEM a realizar las gestiones pertinentes para disponer de los medios necesarios para otorgar una subvención, a fin de contribuir con ésta participación.
Articulo N° 3: Regístrese, Comuníquese, y Cumplido Archívese. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 21 de Mayo del año 2008. -
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La nota recibida Nº 157/08; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué es interés de éste cuerpo deliberativo propiciar las actividades deportivas de los vecinos de nuestra localidad;
Qué la Srta. Agustina Scartascini forma parte del Seleccionado Argentino de karate;
Qué ha clasificado para participar en el Mundial de Karate 2008, por la obtención de la medalla de Plata en la categoría mayores Embu Mixto (combate premeditado), que se realizará en la ciudad de Vilnus capital de Lituania;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la participación en el XIV Mundial 2008 de la Srta. Agustina Scartascini DNI Nº 35.719.140, 1º Dan "Internacional Tradicional Karate Federación", vecina de nuestra Localidad de El Hoyo, Provincia del Chubut.
Artículo Nº 2: Instar al DEM a realizar las gestiones pertinentes para disponer de los medios necesarios para otorgar una subvención, a fin de contribuir con ésta participación.
Articulo N° 3: Regístrese, Comuníquese, y Cumplido Archívese. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 21 de Mayo del año 2008. -
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VISTO:
El Proyecto de disposición elevado por el Consejo Consultivo de la Reserva de Usos Múltiples Lago Epuyén al Director de Administración de Aguas (DAA-MIAG); y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué éste cuerpo deliberativo es integrante activo, junto con el DEM y las autoridades del municipio de Epuyén, la Dirección de Bosques, la dirección de Áreas Protegidas, organismos provinciales y vecinos del lago Epuyén del Consejo Consultivo del la Reserva de Usos Múltiples del Lago Epuyén;
Qué este concejo consultivo en base a dictámenes técnicos elabora un proyecto de disposición para regular el uso del lago Epuyén;
Qué este cuerpo deliberativo considera Declarar de interés éste proyecto de disposición;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal el proyecto de Disposición que regula los usos del lago Epuyén. -
Artículo Nº 2: Solicitar a los Concejos Deliberantes de las Localidades de la Comarca a adherir a la presente. -
Artículo Nº 3 Comunicar la presente al DAA-MIAG, Legislatura Provincial, Dirección de Bosques, y a todas las entidades pertinentes. -
Articulo N° 4: Regístrese, Comuníquese, y Cumplido Archívese. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 21 de Mayo del año 2008. -
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El Proyecto de disposición elevado por el Consejo Consultivo de la Reserva de Usos Múltiples Lago Epuyén al Director de Administración de Aguas (DAA-MIAG); y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué éste cuerpo deliberativo es integrante activo, junto con el DEM y las autoridades del municipio de Epuyén, la Dirección de Bosques, la dirección de Áreas Protegidas, organismos provinciales y vecinos del lago Epuyén del Consejo Consultivo del la Reserva de Usos Múltiples del Lago Epuyén;
Qué este concejo consultivo en base a dictámenes técnicos elabora un proyecto de disposición para regular el uso del lago Epuyén;
Qué este cuerpo deliberativo considera Declarar de interés éste proyecto de disposición;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal el proyecto de Disposición que regula los usos del lago Epuyén. -
Artículo Nº 2: Solicitar a los Concejos Deliberantes de las Localidades de la Comarca a adherir a la presente. -
Artículo Nº 3 Comunicar la presente al DAA-MIAG, Legislatura Provincial, Dirección de Bosques, y a todas las entidades pertinentes. -
Articulo N° 4: Regístrese, Comuníquese, y Cumplido Archívese. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 21 de Mayo del año 2008. -
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VISTO:
La nota recibida Nº 067/08, de la Asociación de Sordos Chubutenses; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué mediante nota mencionada en vistos se presenta a éste Concejo el curso "Lengua de señas" a desarrollarse en nuestra localidad en el mes de marzo;
Qué ha sido Declarado de Interés por Resolución Nº 108 de la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut y auspiciado por el Ministerio de Educación;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo apoyar éste proyecto declarándolo de Interés Municipal;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal el curso "Lengua de Señas Argentinas" a realizarse en nuestra Localidad el día 15 de marzo del año 2008. -
Articulo N° 2: De forma.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 05 de Marzo del año 2008. -
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La nota recibida Nº 067/08, de la Asociación de Sordos Chubutenses; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué mediante nota mencionada en vistos se presenta a éste Concejo el curso "Lengua de señas" a desarrollarse en nuestra localidad en el mes de marzo;
Qué ha sido Declarado de Interés por Resolución Nº 108 de la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut y auspiciado por el Ministerio de Educación;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo apoyar éste proyecto declarándolo de Interés Municipal;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal el curso "Lengua de Señas Argentinas" a realizarse en nuestra Localidad el día 15 de marzo del año 2008. -
Articulo N° 2: De forma.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 05 de Marzo del año 2008. -
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VISTO:
La realización de la Fiesta de las Bellezas de Puerto Patriada; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué la Comisión de vecinos de Puerto Patriada ha organizado la Fiesta de las Bellezas de Puerto Patriada edición 2008 a realizarse en el mes de febrero;
Qué solicitan la Declaración de Interés de dicho evento;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo acceder a dicha solicitud;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la realización de la Fiesta "Las bellezas de Puerto Patriada", a realizarse los días 22, 23 y 24 de febrero del año 2008. -
Articulo N° 2: De forma.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 13 de Febrero del año 2008. -
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La realización de la Fiesta de las Bellezas de Puerto Patriada; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué la Comisión de vecinos de Puerto Patriada ha organizado la Fiesta de las Bellezas de Puerto Patriada edición 2008 a realizarse en el mes de febrero;
Qué solicitan la Declaración de Interés de dicho evento;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo acceder a dicha solicitud;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la realización de la Fiesta "Las bellezas de Puerto Patriada", a realizarse los días 22, 23 y 24 de febrero del año 2008. -
Articulo N° 2: De forma.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 13 de Febrero del año 2008. -
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VISTO:
La visita del Sr. Gobernador de la Provincia del Chubut y su comitiva;
Y CONSIDERANDO:
Qué Sr. Gobernador Don Mario Das Neves, visita nuestra localidad en el marco de la XXII Fiesta Nacional de la Fruta Fina, edición 2008;
Qué su presencia afianza la relación que mantiene con los municipios de nuestra provincia;
Qué los habitantes de El Hoyo nos sentimos honrados con su visita, deseándole una feliz estada;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL PODER EJECUTIVO Y EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR "HUESPED DE HONOR" al Sr. Gobernador de la Provincia del Chubut Don Mario Das Neves.
Articulo N° 2: De forma.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 11 de Enero del año 2008.-
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La visita del Sr. Gobernador de la Provincia del Chubut y su comitiva;
Y CONSIDERANDO:
Qué Sr. Gobernador Don Mario Das Neves, visita nuestra localidad en el marco de la XXII Fiesta Nacional de la Fruta Fina, edición 2008;
Qué su presencia afianza la relación que mantiene con los municipios de nuestra provincia;
Qué los habitantes de El Hoyo nos sentimos honrados con su visita, deseándole una feliz estada;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL PODER EJECUTIVO Y EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR "HUESPED DE HONOR" al Sr. Gobernador de la Provincia del Chubut Don Mario Das Neves.
Articulo N° 2: De forma.
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 11 de Enero del año 2008.-
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VISTO:
La nota recibida Nº 485/07; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué según nota mencionada en vistos el Instituto Superior de Formación Artística Nº 805, Anexo El Hoyo, solicitan la Declaración de Interés la exposición de producciones artísticas de los alumnos del mencionado Instituto en el marco de la Fiesta Nacional de la Fruta Fina edición 2008;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo acceder a dicho pedido;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la exposición de producciones artísticas de los alumnos del Instituto Superior de Formación Artística Nº 805 Anexo El Hoyo, en el marco de la 22º edición de la Fiesta Nacional de la Fruta Fina año 2008. -
Articulo N° 2: De forma. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 02 de Enero del año 2008. -
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La nota recibida Nº 485/07; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué según nota mencionada en vistos el Instituto Superior de Formación Artística Nº 805, Anexo El Hoyo, solicitan la Declaración de Interés la exposición de producciones artísticas de los alumnos del mencionado Instituto en el marco de la Fiesta Nacional de la Fruta Fina edición 2008;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo acceder a dicho pedido;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la exposición de producciones artísticas de los alumnos del Instituto Superior de Formación Artística Nº 805 Anexo El Hoyo, en el marco de la 22º edición de la Fiesta Nacional de la Fruta Fina año 2008. -
Articulo N° 2: De forma. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 02 de Enero del año 2008. -
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VISTO:
La nota recibida Nº 479/07; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué mediante nota mencionada en vistos la Sra. María Elena Navarro presenta el Proyecto "Cuidando Nuestro Mundo" y solicita su Declaración de Interés;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo acceder a dicho pedido;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal el proyecto "CUIDANDO NUESTRO MUNDO" presentado por la Sra. María Elena Navarro. -
Articulo N° 2: De forma. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 02 de Enero del año 2008. -
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La nota recibida Nº 479/07; Y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;
Y CONSIDERANDO:
Qué mediante nota mencionada en vistos la Sra. María Elena Navarro presenta el Proyecto "Cuidando Nuestro Mundo" y solicita su Declaración de Interés;
Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo acceder a dicho pedido;
POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal el proyecto "CUIDANDO NUESTRO MUNDO" presentado por la Sra. María Elena Navarro. -
Articulo N° 2: De forma. -
Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 02 de Enero del año 2008. -
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