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    Se aprobó en Sesión Especial la compra de 7 kits forestales de ataque rápido 
  • 21 de Ago de 2025
    El Concejo de el Hoyo aprobó proyectos educativos, culturales y sociales 
  • 07 de Ago de 2025
    Acuerdo turístico con Bariloche y pedido por la Escuela Técnica N°7727 

Declaración

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Declaración Municipal Nro 019/2013

 
Proyecto de inves. arte textil Mapuche
VISTO:
La Ley Provincial XVI Nº 46 y nota de entrada Nº 644/2013;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Instituto Superior de Formación Docente Artística Nº 814 ha sido premiado como Trabajo Destacado en el área de Ciencias Sociales, el proyecto de investigación Arte Textil Mapuche: documento vivo de su cultura, en el marco de la Feria Nacional de Educación, Arte, Ciencia y Tecnología;

Qué dicho proyecto fue coordinad por el profesor Marcelo García, con la participación de los estudiantes del cuarto año del Profesorado de Artes Visuales, habiendo sido expositores del trabajo los estudiantes Damián Berón y Rafael Blanco;

Qué dicho trabajo contiene una propuesta de innovación educativa que involucra a las escuelas de las localidades, tanto primarias como secundarias;

Qué es de interés de este Concejo Deliberante fomentar la educación en nuestra localidad;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal el trabajo titulado "ARTE TEXTIL MAPUCHE: DOCUMENTO VIVO DE SU CULTURA". -.

Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Extraordinaria del día de Diciembre de 2013. .
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Declaración Municipal Nro 018/2013

 
Instalación torre de Comunicaciones
VISTO:
La Ley Provincial XVI Nº 46 y la nota de entrada Nº 537/2013;

Y CONSIDERANDO:
Qué el uso y la demanda del servicio de internet ha aumentado en estos últimos años;

Qué uno de los parajes con mayor demanda insatisfecha de servicio de telecomunicaciones es en el Paraje Rincón de Lobos;

Qué el proyecto consiste en instalar una torre repetidora sobre el cual se instalarán equipos de comunicaciones, con el objetivo de brindar servicios de internet a todo ese paraje y zonas aledañas;

Qué la Junta Vecinal Rincón de Lobos está de acuerdo en que se realice el mencionado proyecto;

Qué es de interés de este Concejo Deliberante apoyar dicha iniciativa de la Cooperativa Telefónica Coostelho de la localidad de El Hoyo;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACIÓN

Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal el proyecto "Instalación torre de comunicaciones en el Paraje Rincón de Lobos". .

Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión ordinaria del día 04 de diciembre de 2013. .
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Declaración Municipal Nro 017/2013

 
Gestión de tierra para desarrollar el Polo educativo Tec.
VISTO:
La Ley de Educación Técnica Profesional Nº 26.058, la Ley XVI Nº 46, el Anexo Escuela Técnica del Colegio Nº 734 de El Hoyo, la Declaración Municipal Nº 14/09 HCD-MEH, la Ordenanza Municipal Nº 016/12 HCD-MEH y la nota suscripta por padres consensuando como modalidad técnica el "Maestro Mayor de Obra";

Y CONSIDERANDO:
Qué en el marco de un nuevo paradigma del siglo XXI, donde se remarcan y potencian nuevos modelos sociales y culturales se han sancionado en nuestro país importantes leyes trascendentales para el ámbito como ley de Educación Técnico Profesional, la ley de Financiamiento Educativo para Escuelas Técnicas y la ley Nacional de Educación;

Qué la citada normativa vigente brinda el marco propicio para orientar acuerdos sobre el diseño e implementación de nuevas políticas educativas;

Qué la Educación Técnico Profesional abarca, articula e integra los diversos tipos de instituciones y programas de educación para y en el trabajo, que especializan y organizan sus propuestas formativas según capacidades, conocimientos científicos-tecnológicos y saberes profesionales;

Qué para el caso particular de El Hoyo con la creación de esta nueva Escuela Técnica surge no solo un importante desafío en su puesta en funcionamiento, sino también dar respuesta concreta a una histórica demanda de la comunidad local;

Qué pensar en nuestra Escuela Técnica es pensar la articulación de una nueva visión educativa para nuestra comunidad, donde es necesario conjugar escenarios sociales-políticos-educativos que permitan acompañar y brindar a nuestros "futuros técnicos" las herramientas necesarias que ayuden a fortalecer el proceso de aprendizaje y paralelamente la inserción en el mundo laboral;

Qué resulta fundamental proseguir gestionando los espacios, infraestructuras, equipamiento y herramientas adecuadas para el normal desarrollo de la educación técnica de calidad que se pretende impartir;

Qué luego de un trabajo participativo que incluyó a los padres, alumnos, docentes y directivos se concluyó que es la modalidad técnica: "Maestro Mayor de Obra" el perfil que más de adecua a las necesidades de la región, habida cuenta de que es el rubro de la construcción uno de los de mayor crecimiento y que ofrece una mayor oferta de trabajo;

Qué resulta también productivo fomentar la articulación entre distintos niveles y sistemas educativos tendientes a fortalecer la educación técnica profesional;

Qué por las características y necesidades comunes resulta de interés formalizar una articulación entre la Escuela Técnica y Formación Profesional, a través del Centro de Formación Profesional Nº 657 que posibilite la colaboración reciproca entere ambas instituciones;

Qué para todo emprendimiento educativo resulta necesario contar con el espacio adecuado a un desarrollo formativo de envergadura;

Qué o conformes con la iniciativa que está naciendo debemos legislar a futuro previendo todas aquellas nuevas alternativas que pudieran surgir en la educación y formación técnica y tecnológica;

Qué en tal sentido este Cuerpo Legislativo con visión de futuro ve con agrado el apoyo a la gestión de los espacios físicos necesarios para la futura implementación de un "Polo Educativo Tecnológico" que encuadre la investigación y la formación técnico-profesional, con el desarrollo de toda aquella infraestructura necesaria para albergar en principio a la Escuela Técnica y al Centro de Formación Profesional, promoviendo a futro al asentamiento de una sede de la Universidad Tecnológica, entre otras iniciativas;

Qué la localidad cuenta para tal fin con las tierras necesarias para el citado emprendimiento en el Lote Agrícola 80 a compartir con la Escuela Nº 81 en el paraje El Pedregoso;

Qué resulta menester de este Honorable Cuerpo Legislativo promover todas aquellas acciones tendientes a fortalecer la formación de la comunidad local;

Qué en uso de las facultades propias d este Cuerpo consideramos necesarios brindar a raves de a presente Declaración nuestro apoyo político a las acciones que se inicien en tal sentido;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACIÓN

Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal Educativo la gestión de la tierra necesaria para desarrollar el "Polo Educativo Tecnológico". -.

Artículo Nº 2: DECLARAR de Interés Municipal Educativo la articulación entre Educación Técnica, Formación Profesional y la Universidad. -.

Artículo 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, y Cumplido Archívese. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión ordinaria del día 20 de noviembre del año 2013. .
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Declaración Municipal Nro 016/2013

 
Interes Proyecto de Ley provincial de Salud
VISTO:
La ley XVI Nº 46 y la Declaración presentada por el Concejo Deliberante de Trelew;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Declaración mencionada en Visto se solicita la adhesión a la misma, en la cual se ve con agrado el pronto tratamiento y aprobación del Proyecto de Ley Provincial Nº 203/2012 que apunta a la creación en la Jurisdicción del Ministerio de la Salud de un Programa de Detección y Tratamiento de la Drogadicción en el Ámbito Estatal de la Provincia de Chubut;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo adherirse a la mencionada Declaración;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: Adherir a la Declaración sancionada por el Concejo Deliberante de Trelew el día 29 de agosto de 2013, en la cual se ve con agrado el pronto tratamiento y aprobación del Proyecto de Ley Provincial Nº 203/2012 que apunta a la creación en la Jurisdicción del Ministerio de la Salud de un Programa de Detección y Tratamiento de la Drogadicción en el Ámbito Estatal de la Provincia de Chubut. -.

Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 06 de Noviembre del año 2013. .
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Declaración Municipal Nro 015/2013

 
Trayectorias educativas Colegio N° 734 / 522
VISTO:
La Ley Provincial XVI Nº 46 y la nota de entrada Nº 537/2013;

Y CONSIDERANDO:
Qué el proyecto surge de la necesidad de diseñar las trayectorias educativas integrales de los alumnos de primero, segundo y tercer año del Colegio 734 y que se encuentran en el servicio de apoyo a la inclusión de la Escuela Especial 522;

Qué el mismo pretende secuenciar contenidos y proponer actividades que permita una inclusión real en el marco de la verdadera justicia educativa;

Qué se encuadra en la Legislación Educativa Nacional y Provincial;

Qué está elaborado por la Profesora Alicia Marcela Gómez y para alumnos del Colegio;

Qué es de interés de este Concejo Deliberante fomentar la educación de nuestra localidad;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal el proyecto "TRAYECTORIAS EDUCATIVAS INTEGRALES DE LOS ALUMNOS QUE SE ENCUENTRAN EN EL SERVICIO DE APOYO A LA INCLUSIÓN COLEGIO Nº 734/522", de autoría de la Prof. Lic. Alicia Marcela Gómez, implementado en el turno tarde del Colegio Nº 734. .

Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 31 de octubre de 2013. -.
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Declaración Municipal Nro 014/2013

APROBADA 
Interés Motocross
VISTO:
La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº XVI nº 46 y la nota de entrada Nº 415/2013;

Y CONSIDERANDO:
Qué existen varios corredores que nos representan en cada fecha del torneo "Enduro Cordillerano", el cual se realiza en distintas localidades de la Comarca Andina;

Qué este deporte involucra a niños y adultos de nuestro pueblo, el cual ha tenido un apogeo de forma muy exitosa en estos últimos tiempos;

Qué es de interés de este Concejo Deliberante fomentar la actividad deportiva en nuestra localidad;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal la "COMISIÓN DE MOTO CROSS – ENDURO" de la localidad de El Hoyo. .

Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 11 de septiembre de 2013. .
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Declaración Municipal Nro 013/2013

 
Taller Las Mutisias
VISTO:
La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº XVI Nº 46 y la nota de entrada Nº 330/2013;

Y CONSIDERANDO:
Qué es de interés de este Concejo Deliberante fomentar la producción y la cultura de nuestra localidad;

Qué es necesario que el taller de hilados y telar mapuche, "Las Mutisias" cuente con un lugar adecuado y propicio para realizar sus labores;

Qué esta iniciativa genera mano de obra local y además un atractivo al turista;

Qué cuentan con todas la herramientas necesarias para el desarrollo de dicho taller;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal el Taller de Telar Mapuche "Las Mutisias" de la localidad de El Hoyo. .

Articulo Nº 2: Invítese al DEM a tramitar por todos los medios un espacio físico dentro del radio urbano para el funcionamiento de dicho taller. .

Articulo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 28 de agosto de 2013. -.
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Declaración Municipal Nro 012/2013

 
Incorporación oficina de Anses
VISTO:
La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº XVI nº 46 y la nota de entrada Nº 354/2013;

Y CONSIDERANDO:
Qué existe un grupo de instituciones de la Comarca Andina solicitando la creación de una oficina de Anses Suc. El Bolsón en una Unidad De Atención Integral (UDAI), con la intención de agilizar todos los trámites que se gestionan en esa oficina;

Qué, actualmente la oficina se encuentra solo recepcionando reclamos, no pudiendo dar solución a los mismos;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo acompañar dicha solicitud;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: Declarar de Interés Municipal el pedido para la creación de una oficina de Anses Suc. El Bolsón. .

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 28 de agosto de 2013. -.
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Declaración Municipal Nro 011/2013

 
Declaración de emergencia acceso a Ruta 40 (Sin fecha)
VISTO:
Acceso a Ruta 40 a Barrio Currumahuida y acceso a Calle Islas Malvinas De la Localidad de El Hoyo por Ruta 40 y La ley XVI nº 46 (antes 3098 ley Orgánica de Corporaciones Municipales);


Y CONSIDERANDO:
Que necesario declarar de emergencia los accesos Acceso de Ruta 40 a Barrio Currumahuida y acceso a Calle Islas Malvinas De la Localidad de El Hoyo por Ruta 40.
Que el acceso al Barrio Currumahuida no cuenta con las iluminarías necesarias y ningún tipo de sistema e reducción de velocidad.
Que el acceso a islas Malvinas se encuentra con falta de iluminaria y banquinas en mal estado.
Que es vital importancia estos accesos que dependen de Vialidad Provincial y Nacional.
Que es responsabilidad de este cuerpo velar por seguridad de nuestros vecinos.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION


Artículo Nº 1: Declarar en emergencia Acceso a Ruta 40 a Barrio Currumahuida y acceso a Calle Islas Malvinas De la Localidad de El Hoyo por Ruta 40..

Artículo Nº 2: dicha declaración debe ser elevada a quien corresponda.-.


Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-.


Dada en las Instalaciones del Centro Comunitario de la Localidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria correspondiente al día ……………….del año 2013.

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Declaración Municipal Nro 010/2013

 
Interés de repudio Radio Fm Paraiso 42
VISTO:
La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº: XVI nº 46; y los hechos ocurridos a una radio de nuestra localidad.

Y CONSIDERANDO:
Qué la gravedad de los hechos acontecidos democratizan la libertad de expresión hacia la radio FM Paraíso 42 y a cualquier otro medio de comunicación.

Qué hechos como estos, de violencia que atentan con el trabajo y la vida de la personas, deben ser repudiados por este cuerpo.

Qué este cuerpo deposita su confianza plena en los órganos y carriles institucionales establecidos a los fines del esclarecimiento de los hechos.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: REPUDIAR enérgicamente la agresión de la que fue victima la emisora FM Paraíso 42 , el día 7 de junio del corriente año.

Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 19 de junio de 2013. .
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Declaración Municipal Nro 009/2013

 
Declarar emergencia Ambiental por Pinos Invasores
VISTO:
La ley XVI Nº 46, el artículo Nº 41 de la Constitución Nacional, la ley los artículos Nº 109, 135 (inc. 25) de la Constitución Provincial y la Ley XVII Nº 92;

Y CONSIDERANDO:
Qué el artículo Nº 41 de la Constitución Nacional dice entre otras cosas que "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales";

Qué el artículo Nº 109 de la Constitución Provincial dice que "Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano que asegura la dignidad de su vida y su bienestar y el deber de su conservación en defensa del interés común. El Estado preserva la integridad y diversidad natural y cultural del medio, resguarda su equilibrio y garantiza su protección y mejoramiento en pos del desarrollo humano sin comprometer a las generaciones futuras. Dicta legislación destinada a prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, impone las sanciones correspondientes y exige la reparación de los daños";

Qué luego de los incendios forestales ocurridos entre los años 1987 y 2012, en varias de las zonas afectadas se produjo una proliferación inusitada de algunas especies de pino, formando en diversas áreas un verdadero manto verde que impide los procesos naturales que permiten la regeneración del bosque nativo;

Qué algunas de dichas especies exóticas, que en un principio parecían confinarse en determinados lugares, actualmente se van dispersando rápidamente en sectores donde predominan especies autóctonas, aún en ambientes no afectados por incendios forestales, así como en otros lugares, como ser, la vera de los caminos y rutas como puede observarse en diversos tramos;

Qué en el Anexo II de la Ley XVII Nº 92 (Ley de Bosque Nativo del Chubut) dice en parte que "Las forestaciones con especies exóticas, realizadas décadas anteriores en reemplazo del bosque nativo (principalmente coihue y ciprés) fueron plantadas a elevadas densidades y posteriormente no se han ejecutado manejos silviculturales, lo que ha incidido en un aumento de la ocurrencia de incendios y la aparición de plagas;

Qué también menciona que "Uno de los problemas de manejo que enfrentan las plantaciones, es que en muchos casos solo se tiende a maximizar la producción maderable del bosque sin contemplar otros aspectos vinculados a la sustentabilidad del sistema en su conjunto generándose impactos negativos: pérdida de hábitats, reducción de biodiversidad, introducción de especies invasoras, erosión del suelo, acidificación, cambio en el balance hídrico, cambios en la calidad del agua, modificación en la ecología de fuego, incremento de pestes y enfermedades, impactos estéticos. En mucho casos, las forestaciones son vistas más como parte del problema de pérdida y degradación de bosques que como parte de la solución";

Qué se han efectuado varios estudios sobre el carácter invasivo de algunas especies de pino en nuestra región que confirman lo planteado (ver por ejemplo: Ecología Austral. Volumen 16 (2). Diciembre 2006 "Invasión de coníferas forestales en áreas de estepa y bosques de ciprés de la cordillera en la Región Andino Patagónica" Autor/es
MAURO M SARASOLA, VERÓNICA E RUSCH, TOMÁS M SCHLICHTER * CLAUDIO M GHERSA Páginas 143-156);

Qué se han efectuado varios estudios sobre el carácter invasivo de algunas especies de pino en nuestra región que confirman lo planteado (ver por ejemplo: Ecología Austral. Volumen 16 (2). Diciembre 2006 "Invasión de coníferas forestales en áreas de estepa y bosques de ciprés de la cordillera en la Región Andino Patagónica" Autor/es MAURO M SARASOLA, VERÓNICA E RUSCH, TOMÁS M SCHLICHTER * CLAUDIO M GHERSA Páginas 143-156);

Qué existen experiencias efectuadas en nuestro país sobre las alternativas para el control de pinos (ver por ejemplo: BioScriba Vol. 2 (2) 76-89. Noviembre 2009 CONTROL DE PINOS INVASORES EN EL PARQUE PROVINCIAL ERNESTO TORNQUIST (BUENOS AIRES): AREAS PRIORITARIAS Y ANALISIS DE COSTOS (Yannina A. Cuevas y Sergio M. Zalba Gekko – Grupo de Estudios en Conservación y Manejo. Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia, Universidad Nacional del Sur. San Juan 670, Bahía Blanca).

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo N° 1: Declarar a todo el ejido municipal de El Hoyo en emergencia ambiental como consecuencia de la invasión masiva de pinos en varios sectores afectados por incendios forestales y por su cada vez mayor dispersión en áreas con bosque nativo no alterado, en banquinas de rutas y caminos y en áreas no boscosas..

Artículo N° 2: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que gestione ante el gobierno de la Provincia del Chubut, la urgente realización de estudios que identifiquen las especies forestales que tengan características invasoras, los lugares invadidos y la planificación de un sistema de control que contemple al menos los siguientes aspectos:
a) Elaboración de un listado de las especies de pinos y eventualmente de otras, ya sean maderables, ornamentales u otras, que estén o puedan poner en riesgo la integridad natural de los bosques andino-patagónicos en nuestra provincia.
b) Programación de lo necesario para lograr a la erradicación de los pinos y otras arbóreas invasivas que se encuentren fuera de las plantaciones forestales.
c) Implementación de algún sistema de control permanente fuera de las plantaciones forestales.
d) Creación de viveros forestales y/o celebración de convenios con los existentes, para que provean especies forestales y/o arbustivas nativas con el fin de recuperar gradualmente las áreas impactadas.
e) Acordar con Vialidad Nacional, Provincial y los Municipios el control de las especies incluidas en el inciso a) sobre las rutas y caminos de cada jurisdicción.-.

Artículo N° 3: Hacer conocer esta Declaración a las autoridades gubernamentales de las provincias y municipios cordilleranos de nuestro país donde se realicen plantaciones forestales de especies exóticas e invitarlos a legislar al respecto si no hubieran hecho. .

Artículo N° 4: Realizar una amplia difusión de esta Declaración por medios electrónicos, radiales e impresos en todas las provincias cordilleranas. .

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 05 de junio del año 2013. .
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Declaración Municipal Nro 007/2013

 
Repudio agresión hacia el Intendente
VISTO:
La Constitución Nacional, ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46 y la manifestación realizada el día sábado 20 de abril de 2013;

Y CONSIDERANDO:
Qué, la gravedad de los hechos acontecidos el día sábado 20 de abril del corriente año en los que se viera involucrada la persona del intendente y su grupo familiar hace necesaria una respuesta institucional;

Qué, este cuerpo reconoce el legítimo derecho de los particulares a manifiestas públicas y pacíficamente;

Qué, la magnitud de la manifestación del día 20 de Abril del corriente año ha excedido la órbita de la actuación institucional del intendente, afectando directamente la intimidad de éste y su familia;

Qué, hechos como éstos desnaturalizan el derecho constitucional de peticionar ante las autoridades;

Qué, este Cuerpo se hace eco y comparte toda acción tendiente a eliminar del seno social las conductas delictivas, entre ellas, la trata de personas;

Qué, este Cuerpo deposita su confianza plena en los Órganos y carriles institucionales establecidos a los fines del esclarecimiento de los hechos.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: REPUDIAR enérgicamente la agresión de la que fue víctima el intendente y su grupo familiar en su domicilio particular.

Articulo Nº 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 23 de abril del año 2013. .
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Declaración Municipal Nro 005/2013

 
Interés transporte estudiantes
VISTO:
La ley XVI Nº 46 y la nota Nº 107/13 presentada en este Honorable Concejo Deliberante;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante la nota presentada del HCD de la localidad de El Maitén solicitan se gestione ante las autoridades de la empresa transporte "Golondrina S.R.L", cambiar de horario el último viaje de la empresa desde El Bolsón hacia Lago Puelo;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo acompañar dicha solicitud;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: Declarar de Interés Municipal el pedido del Honorable concejo Deliberante de la localidad de El Maitén para dar respuesta a la solicitud efectuada por los alumnos del Instituto de Formación Docente Nº 813 y Nº 814, con el objetivo de cambiar el horario el ultimo viaje de la empresa hacia la localidad de El Maitén, debiendo partir desde El bolsón hacia Lago Puelo a las 21:30 hs.

Articulo Nº 2: elevar copia de la presente al HCD de El Maitén y al transporte "La Golondrina S.R.L". .

Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 10 de abril del año 2013. -.
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Declaración Municipal Nro 004/2013

 
Declarar en estado de emergencia Acceso Lag. Espejo
VISTO:
La nota Nº 057/13 presentada en este cuerpo por los Sres. Fidel Leiva y Ambrosio Merino y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales XVI Nº 46.

Y CONSIDERANDO:
Qué existe un camino vecinal ubicado en el paraje Los Patos (acceso Laguna del Espejo), y que se encuentran vecinos afectados por no tener en condiciones el camino mencionado anteriormente;

Qué se aproxima la época invernal y se complica mucho transitar por el mismo en las circunstancias que se halla.

Qué es necesario que los senderos estén en buenas condiciones para el acceso de las Fuerzas públicas, en situaciones de emergencias.

Qué es un camino de acceso turístico en temporada y debería contar con las condiciones mínimas necesarias para transitar, (carteles, señalización, etc.)

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: DECLARAR en Estado de Emergencia al acceso a la Laguna del Espejo desde la ruta nacional 40, que pasa por el paraje Los Patos y desemboca en la misma. -.

Artículo Nº 2: Autorizar al Ejecutivo Municipal a tomar las medidas necesarias con el fin de regularizar las situaciones anteriormente mencionadas. -.

Articulo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese. -.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 10 de abril del año 2013. -.
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Declaración Municipal Nro 002/2013

 
Camping Patriada compulsa de precios
VISTO:
La Resolución Nº 621/2013 y la Ley XVI Nº 46;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Departamento Ejecutivo Municipal ha remitido al Honorable Concejo Deliberante Resolución para su referéndum;

Qué en la mencionada Resolución se refrenda para convocar a una compulsa de propuestas y precios para la explotación del Camping Municipal de Puerto Patriada;

Qué en la misma se designa como comisión de adjudicación y al acto de apertura de sobres al Secretario de Gobierno, Secretario de Obras Públicas, Secretaria Legal y Técnica y al presidente de la Comisión de Medio Ambiente del HCD, que tiene como finalidad adjudicar la explotación al beneficiario de la propuesta más conveniente;

Qué de solicitudes efectuadas por concejales, se solicita la participación de los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y además de la Secretaria de Turismo DEM a participar de la comisión de adjudicación y al acto de apertura de sobres;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

COMUNICACIÓN

Artículo Nº 1: Encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal a hacer partícipe a los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, Producción y Turismo a la adjudicación y al acto de apertura de sobres para la explotación del Camping Municipal de Puerto Patriada. .

Artículo Nº 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese. .

Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo 28 de octubre del año 2013. .
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    Ruta Nacional N° 40 Esquina "Los Guindos"
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