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Información

  • 29 de Ago de 2025
    Se aprobó en Sesión Especial la compra de 7 kits forestales de ataque rápido 
  • 21 de Ago de 2025
    El Concejo de el Hoyo aprobó proyectos educativos, culturales y sociales 
  • 07 de Ago de 2025
    Acuerdo turístico con Bariloche y pedido por la Escuela Técnica N°7727 

Declaración

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Declaración Municipal Nro 036/2024

 
Declarar de interés los premios obtenidos por "Sidra Laberinto"
VISTO:
La Ley XVI NO 46, y los premios obtenidos por la Sidra elaborada en el "Laberinto Patagonia"

Y CONSIDERANDO
Que el "Laberinto Patagonia" es un Emprendimiento familiar, iniciado por Claudio Levi y Doris Romera, hace aproximadamente 30 años, en nuestra localidad.

Que, en ese entonces los pobladores solían elaborar la chicha, un fermento natural del jugo de manzana. Lo que impulsó a Levi, más adelante, a plantar los primeros manzanos en la chacra ubicada en el valle del río Epuyén,

Que, este emprendimiento familiar produce alrededor de 10 mil litros de jugo de manzana orgánicas para elaborar sidras, jugo de manzana y vinagre de sidra, en más de 3 hectáreas de manzanos,

Que, este nuevo emprendimiento está integrado por Claudio Levi, Lucía Romera, Fran Firpo, y el enólogo Darío González, que se propusieron elaborar "champenoise" de manzana, un procedimiento que se caracteriza por dos fermentaciones. El cual consiste en dejar las botellas de 8 a 12 meses en pupitres con los picos hacia abajo, a 45 grados, de esta forma, se va girando la botella a diario, y la borra va decantando naturalmente hacia el pico de la botella, durante 60 días.

Que, después de una fuerte helada en nuestra región, decidieron experimentar con la sidra de hielo que se fabrica en países fríos como Canadá. Esta se hace con las manzanas que se congelan naturalmente en el árbol, se cosechan bajo la helada son trituradas inmediatamente para que no pierdan el punto de congelación, a estas temperaturas lo único en estado líquido es la fructosa pura, el elixir de la manzana, que luego se transformará en alcohol. Con este método logran un equilibrio perfecto entre dulzor y acidez.

Que, dentro del parque del Laberinto, se producen estas sidras que recibieron tres medallas de plata en los dos concursos que participaron hasta hoy, Medalla de Plata en espumante de manzana (champenoise), Medalla de Plata en categoría de sidra de hielo, ambas en la competencia Cider Challenge 2024 que se llevó a cabo en The Oval, un estadio de críquet ubicado en Kennington, Londres. Donde compitieron con sidras de todo el mundo y productores muy experimentados, Y la tercer Medalla de Plata fue obtenida en la Copa Patagónica llevada a cabo en Viedma, provincia de Río Negro,

Que, esta bebida artesanal solo se comercializa en Sidra, el restaurant de Laberinto Patagonia, y también en la parrilla porteña "Don Julio" y el Restaurant "El Preferido" del barrio de Palermo.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declavar de Interés los premios obtenidos por "Sidra Laberinto", elaboradas en el Emprendimiento "Laberinto Patagonia" de nuestra Localidad, en la competencia Cider Challenge 2024 que se llevó a cabo en Kennington, Londres, en las categorías "sidra de hielo" y "espumante de manzana". Y en la Copa Patagónica llevada a cabo en Viedma, provincia de Río Negro. -

Articulo N° 2: Comunicar la Presente al Ministerio de la Producción de la Provincia del Chubut, -

Articulo N° 3: Comunicar la Presente a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, -

Articulo N° 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese. -

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo, en sesión Ordinaria del día ll del mes de diciembre del año 2024.
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Declaración Municipal Nro 035/2024

 
Declarar de interés Deportivo la corrida de la Fruta Fina
VISTO:
La ley de corporaciones XVI N° 46,

Y CONSIDERANDO
Qué desde el año 2013 se realiza ininterrumpidamente cada mes de Enero en la localidad de el Hoyo, la Corrida de la Fruta Fina organizada por la escuela de atletismo y en colaboración con el área de deportes local.

Que la misma se realiza en el marco de la Fiesta Nacional de la Fruta Fina, a beneficio de dicha escuela dirigida por el Profesor Sergio Jara. Siendo un espacio deportivo de formación atlética que ha permitido la representación local de niños y adolescentes, en las distintas instancias de competencia provincial y nacional.

Que la corrida integra circuitos de 2k recreativo, 5 k y 1 Ok, teniendo participantes de toda la comarca, de la afluencia del turismo y en ocasiones de atletas como Joaquín Arbe y Eulalio Muñoz, reconocidos maratonistas olímpicos,

Que es necesario que este cuerpo deliberativo reconozca y ponga en valor el enorme esfuerzo y entrega que se realiza desde la escuela de atletismo, cumpliéndose en enero del año 2025 doce años consecutivos de dicha corrida.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de interés deportivo la Corrida de la Fruta Fina que se realiza cada mes de enero, en el marco de la Fiesta Nacional de la Fruta Fina de la localidad de El Hoyo.

Articulo N° 2: Comunicar la presente al Presidente de Chubut Deportes el Sr. Milton Reyes.

Articulo N°3: Comunicar la presente al Sr, Cesar Salamín, Intendente de la localidad de El Hoyo.

Articulo N°4: Regístrese, publíquese y cumplido archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 11 de diciembre del año 2024,
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Declaración Municipal Nro 034/2024

 
Declarar de interés el proyecto "Rol de búhos y Lechuzas "
VISTO:
La Ley XVI NO 46; la Nota NO 372/24

Y CONSIDERANDO
Que del proyecto presentado por el Mg Carlos Ale se pueden comprender diversos conceptos que colaboran en una mejor convivencia con el ecosistema en el que nos encontramos insertos.

Que el objetivo general del proyecto es evaluar la situación de las poblaciones de Strigiformes (búhos y lechuzas) en contacto con población humana.

Que en los objetivos particulares se pretende:
- Relevar el conocimiento, percepciones y actitudes sobre roedores y lechuzas, y sobre el riesgo de enfermedades zoonóticas (ej., ANDV Sur), en habitantes de la Comarca. Registrar la Variedad y cantidad de búhos y lechuzas presentes en el entorno peridomiciliario y en ambientes naturales aledaños,

-Implementar estrategias de sensibilización y educación ambiental involucrando a los ciudadanos en el monitoreo de resultados, por ej., atracción y "cuidado" de lechuzas utilizando cajas nido.

-Proponer, en conjunto con los diferentes actores sociales involucrados, las intervenciones peridomiciliarias más adecuadas,

Que entre los roedores más comunes se encuentra el colilargo (Oligorizomys longicaudatus), que transmite al humano el hantavirus,

Que es importante garantizar la presencia de depredadores como aguiluchos, chimangos y lechuzas (rapaces nocturnas), que actúan como agentes de control natural de los roedores.

Que el hantavirus es una enfermedad endémica en nuestra comarca y cada acción que eduque y colabore con su control es loable.

Que este proyecto está financiado con Beca del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas Técnicas (CONICET) y la Administración de Parques Nacionales (APN),

Que este cuerpo deliberativo reconoce la relevancia de este proyecto.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: DECLARAR de Interés Municipal el Proyecto "Rol de búhos y lechuzas en el control natural de roedores peridomésticos en áreas con riesgo de hantavirus: una Perspectiva socio ecológica" de Mg, Carlos A. Ale, Dra. V. S. Ojeda (INIBIOMA, CONICET-UN Comahue) y Dr. E. Juan (Parque Nacional Lago Puelo, APN).

Articulo N° 2: Comuníquese la presente a la Honorable Legislatura del Chubut,

Articulo N° 3: Comuníquese la presente al Consejo Nacional de Investigaciones Científicas Técnicas CONICET

Articulo N° 4: Comuníquese la presente a la Administración de Parques Nacionales APN.

Articulo N° 5: Comuníquese la presente al Honorable Concejo Deliberante de Lago Puelo.

Articulo N° 6: Comuníquese la presente al Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Bolsón de la Provincia de Rio Negro.

Articulo N° 7: Comuníquese la presente al Ministerio de Turismo y Areas Protegidas del Chubut

Articulo N° 8: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo, en Sesión Ordinaria del día 13 de noviembre de 2024
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Declaración Municipal Nro 033/2024

 
Declarar de interés la Jornada "Turismo Sustentable"
VISTO:
Ley Nacional de Turismo N° 25.997; La Ley Provincial XVI N046•, Ley Provincial XXIII 49; el Proyecto de la Segunda edición de la Jornada Comarcal de Turismo Sustentable, la Primera Circular de la II Jornada Comarcal de Turismo Sustentable.

Y CONSIDERANDO
Que la Ley Nacional de Turismo N° 25.997 declara de interés nacional al Turismo como actividad socioeconómica, estratégica y esencial para el desarrollo del país.

Que la Ley Provincial XXIII 49 declara a la actividad turística como prioritaria dentro de las políticas de Estado, por su relevancia socioeconómica, estratégica, sustentable y esencial para el desarrollo sostenible inclusivo de la Provincia del Chubut y el beneficio de sus habitantes,

Que la Organización Mundial de Turismo (OMT) ubica a la actividad turística como factor clave para fomentar el desarrollo socioeconómico, generando empleo de calidad y oportunidades de inversión, Colaborando en el desarrollo integral de las personas, la comprensión, la igualdad de género y la conservación del patrimonio natural y cultural,

Que resulta esencial la necesidad de promover un desarrollo turístico sostenible, que respete el medio ambiente, proteja nuestros recursos naturales y resguarde el patrimonio cultural local.

Que la actividad turística constituye uno de los ejes fundamentales del desarrollo económico local, resulta prioritario acompañar las acciones que tienen como objetivo generar espacios de análisis de la actividad desde la mirada profesional y multidisciplinar en conjunto con la comunidad.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: DECLARAR de Interés Turístico, Ambiental, Cultural y Educativo, la Segunda Edición de la Jornada Comarcal de Turismo Sustentable, a realizarse los días 27 y 28 de noviembre de 2024 en nuestra localidad.

Articulo N° 2: Comunicar la presente al Ministerio de Turismo del Chubut

Articulo N° 3: Comunicar la presente a la Honorable Legislatura del Chubut

Artículo N° 4: Comunicar la presente al Honorable Concejo Deliberante de Lago Puelo

Artículo N° 5: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo sesión Ordinaria del día 13 de noviembre del 2024,

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Declaración Municipal Nro 032/2024

 
Declarar de interés la 10° edición de la campaña 100 Mil Corazones
VISTO:
Ley de Corporaciones municipales XVI N046, Nota N0396/24 HCD y Nota N0420/24 HCD

Y CONSIDERANDO
Que, la Campaña 100.000 Corazones es una iniciativa que promueve hábitos saludables en la comunidad para reducir el riesgo de enfermedades cardiovasculares.

Que, La campaña se basa en el informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre "La carga global de la enfermedad", el objetivo de la misma es lograr en cada mes de noviembre que los habitantes de todo el país tengan la posibilidad de acceder a distintas actividades que promuevan hábitos saludables, como una buena alimentación y actividad física.

Que, la Campaña-Nacional de prevención de riesgo cardiovascular, organizada por la Federación Cardiológica Argentina y la Fundación Bioquímica Argentina, este año se trabaja bajo el lema "Hoy y siempre cuida tu corazón".

Que, en nuestra localidad, el equipo de Trabajadores Comunitarios de Salud en Terreno del Hospital Rural de El Hoyo es quien se encarga de llevar a cabo dicha campaña, siendo esta la décima edición.

Que, el evento se llevara adelante el día 23 de noviembre de 2024, en donde se brindaran charlas sobre enfermedades de riesgo cardiovascular, habrá actividades físicas aptas para todos como así también folletería relacionada con el tema,

Que, esta iniciativa la organiza las T.C.S.T. de El Hoyo, pero también, participan otras instituciones como la policía comunitaria, bomberos voluntarios, desarrollo social, los boy scout, entre otros, entendiendo así, que esta problemática afecta a toda la comunidad.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: DECLARAR de Interés Municipal la 10 0 edición de la Campaña Nacional 100 Mil Corazones realizada por el equipo de Trabajadores Comunitarios de Salud en Terreno del Hospital Rural de El Hoyo.

Articulo N° 2: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión ordinaría del 13 de noviembre de 2024
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Declaración Municipal Nro 031/2024

 
Declarar de interés la celebración por el Centenario de la escuela N° 81
VISTO:
La Ley de Corporaciones Municipales XVI N° 46

Y CONSIDERANDO
Que, el 24 de noviembre del año 1924, por iniciativa de los pobladores, el gobierno del territorio designó como primer maestro a Juan Américo Griecco, quien comenzó a dictar clases en la casa de Tadeo Azocar.

Que, en el año 1924, en forma gratuita el Sr. Tadeo Azocar cede una habitación de su casa para el dictado de clases, conformando de esa manera la primera Escuela primaria de la Localidad de El Hoyo.

Que, inicio sus actividades bajo la dirección del Sr. Juan Américo Griecco hasta el año 1925.

Que, en el año 1926, se construye la escuela totalmente de madera en terrenos del Ministerio de educación a 200 mts. de su ubicación actual con la ayuda mancomunada de los vecinos y fondos del ministerio de educación.

Que, la Escuela NO 81 se convierte en el primer establecimiento educativo de la localidad, producto del esfuerzo comunitario de las primeras familias que poblaron la localidad de El Hoyo.

Que, la familia Azocar-Alvarez donó las tierras para edificar la escuela primaria NO 81, que se inauguró recién en el año 1954.

Que, en el año 1979 se realiza el traspaso de la escuela de la Nación a la Provincia.

Que, durante 87 años la escuela NO 81 fue la única escuela primaria en la Localidad de El Hoyo, en la que niños y niñas de distintos puntos de la Localidad se reunían en una sola Institución.

Que, la Escuela ha marcado un espacio de trayectoria educativa por la que han pasado centenares de niños y niñas, de nuestra localidad y de localidades vecinas.

Que, a lo largo de estos 100 años con un marcado aporte no solo educativo, si no a la continua inserción en la comunidad para interactuar de manera dinámica en el aspecto social, histórico y cultural.

Que, es menester de este cuerpo deliberativo destacar la trayectoria del centenario de la Escuela primaria NO 81 de El Hoyo,

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declárese de interés Municipal, la celebración por el centenario de la fundación de la Escuela primaria N° 81 de la localidad de El Hoyo,

Artículo N° 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 30 de octubre del año 2024.
.-
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Declaración Municipal Nro 030/2024

 
Declarar de interés al proyecto de Ley S-1526/2024
VISTO:
La Ley XVI N 046, Proyecto de Ley S-1526/2024 Senado de la Nación,

Y CONSIDERANDO
Que, la nominación de dos varones para integrar la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) es inconstitucional, arbitraria, discriminatoria y contraria a tratados internacionales con jerarquía constitucional que obligan al Estado Argentino a garantizar la igualdad de género en los espacios de poder.

Que, según el decreto N 0222/2003 en su Artículo N03 cita …" la composición general de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION para posibilitar que la inclusión de nuevos miembros permita reflejar las diversidades de género, especialidad y procedencia regional en el marco del ideal de representación de un país federal."

Que, actualmente, la CSJN está compuesto solo por varones, dejando sin representación a las mujeres, que son el 52.6% de la población.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de Interés al Proyecto de Ley S-1526/2024,

Articulo N°2: Comuníquese la presente a la Honorable Legislatura del Chubut.

Articulo N°3: Comuníquese la presente a los concejos Deliberantes de Chubut.

Articulo N°4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 04 de Setiembre del año 2024.
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Declaración Municipal Nro 029/2024

 
Declarar de interés el libro "¿Paraíso Mágico y Natural?"
VISTO:
La Ley XVI NO 46, y la presentación del Libro "¿Paraíso mágico y natural? Historia y memorias de la represión política en el Bolsón. 1974-2012.

Y CONSIDERANDO
Que los días 4 y 5 de octubre se realizó la 21 0 Edición de la "Feria del Libro y 1 0 Expo universidad, en nuestra localidad, ocasión que reunió a varios autores que realizaron la presentación de sus libros.

Que Marina Ayelen Mereb, es oriunda de la vecina localidad de El Bolsón donde cursó sus estudios primarios Y secundarios,

Que se graduó de Licenciada en Sociología en la Universidad de Buenos Aires
(UBA) y Doctora en Ciencias Sociales por la Universidad Nacional de La Plata (UNLP).
Que Integra el Grupo de Estudios sobre Historia Reciente y Memorias Sociales en el Instituto de Investigaciones Gino Germani (IIGG-UBA), la Comisión de Memoria CCT
Patagonia Norte-CONICET, la Asociación de Familiares y Víctimas del Terrorismo de Estado (Río Negro) y es docente del Instituto de Educación Superior N 0 813 "Profesor Pablo Luppi" (IES 813, Chubut),

Que, Recientemente ha publicado el libro "¿Paraíso mágico y natural? Historia y memorias de la represión política en El Bolsón (1974-2012)" (La Plata: Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y "Ciencias de la Educación; Posadas: Universidad Nacional de Misiones; Los Polvorines: Universidad Nacional de General Sarmiento, 2023), en el marco de la colección "Entre los libros de la buena memoria" que procura divulgar investigaciones de posgrado en torno a estas cuestiones.

Que Este libro refleja los resultados de su tesis doctoral, realizada desde una perspectiva regional y microhistórica, y a partir de la triangulación de diversas fuentes documentales y orales. obteniendo la máxima calificación y la recomendación de publicación.

Que La Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata, la Universidad Nacional de Misiones y la Universidad Nacional de General Sarmiento promueven la Colección de e-books "Entre los libros de la buena memoria", con el objeto de difundir trabajos de investigación originales e inéditos, producidos en el seno de Universidades nacionales y otros ámbitos académicos, centrados en temas de historia y memoria del pasado reciente.

Que La Colección se propone dar a conocer, bajo la modalidad "Acceso Abierto", los valiosos avances historiográficos registrados en dos de los campos de estudio con mayor desarrollo en los últimos años en nuestro país, como lo son los de la historia reciente y los estudios sobre memoria.

Que, entre las fuentes consultadas se encuentran archivos consolidados de organismos de gobierno provincial y municipal, así como acervos pertenecientes a organizaciones sociales e instituciones intermedias locales y regionales. Asimismo, fueron realizadas más de 70 entrevistas a distintos referentes de la historia a reconstruir. La investigación llevó alrededor de 7 años y pudo ser realizada gracias a las becas otorgadas oportunamente por el CONICET,

Que El viernes 30 de marzo de 2012, se realizó un homenaje en El Bolsón, en la vereda del Banco Nación, instaurando un monumento en este primer "sitio de memoria" determinado por la normativa local. Este hecho constituye el reconocimiento oficial de la desaparición de Julio Schwartz, vecino de dicha localidad, habilitando su visibilidad pública tras más de tres décadas de silenciamiento,

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de Interés el libro ¿Paraíso Mágico y Natural? Memorias de la Represión Política en El Bolsón. 1974-2012. De la Autora Dra. Marina Ayelen Mereb, oriunda de El Bolsón,

Articulo N° 2: Comunicar la presente Declaración a las Honorables Legislaturas de las Provincias de Chubut y Río Negro,

Articulo N°3: Comunicar la presente Declaración a los Concejos Deliberantes de las localidades de Lago Puelo y El Bolsón.

Articulo N°4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido, Archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo a los 16 días de octubre del año 2024.
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Declaración Municipal Nro 028/2024

 
Declarar el apoyo a la continuidad del sistema Universitario Público Argentino
VISTO:

Y CONSIDERANDO
Que la Universidad Argentina es constitutiva de la sociedad nacional siendo que la misma ha nacido y se ha desarrollado bajo la autonomía universitaria desde la reforma universitaria de 1918 impulsada por el radicalismo, y la gratuidad del acceso a la Universidad que estableció el peronismo en 1949;

Que en las últimas décadas la Educación Universitaria Pública ha brindado la posibilidad de formar en muchísimas familias las primeras generaciones de graduados de dicho nivel, dando oportunidades a sectores vulnerables y postergados históricamente en nuestra sociedad;

Que existen en nuestro país más de 65 Universidades Nacionales distribuidas a lo largo y ancho de nuestro país profesionalizando a jóvenes y adultos con un sinnúmero de propuestas educativas brindando herramientas para el desarrollo personal y económico por medio de equipos conformados por docentes, investigadores y estudiantes comprometidos a retribuir al sistema universitario;

Que Beatriz Gentile, a cargo de la Universidad Nacional del Comahue, expuso en el Plenario de la UNSAM que en el año 1970 en Argentina éramos 24 millones de habitantes, y la matrícula universitaria era de 200.000. En el año 2013, la población argentina era de 42,5 millones y la matrícula universitaria era de 1.500,000 estudiantes. Es decir que, la población creció un 77% y la matrícula universitaria creció un 750%;

Que según datos de 2022, último registro disponible, estas instituciones nuclean y forman a 2.162.947 de los 2.714.277 de estudiantes universitarios de Argentina. Es decir que, hasta 2022, solo 551.330 alumnos estudiaban en instituciones privadas. Por ende el 80% de los universitarios recibía educación pública, y un 20%, educación privada;

Que estos datos no pueden ser pasados por alto o considerar que el Sistema Público Universitario ha fracasado y, por contrario, deben contemplarse y orientar a la mejora continua y el fortalecimiento de estas instituciones formadoras;

Que son varios los jóvenes de nuestra localidad que emigran a localidades más o menos cercanas a su hogar por sus estudios universitarios y regresan una vez obtenidos sus títulos para brindar sus servicios en pos de la mejor calidad de vida de todos quienes habitamos la localidad de El Hoyo contribuyendo a la producción y al trabajo, Actualmente muchos de. ellos cursan sus estudios en la Universidad Nacional de Río Negro y la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco;

Que se ha prorrogado el Presupuesto Universitario 2023 constituyendo el punto de Partida de la crisis que hoy afecta a la totalidad de las Universidades Nacionales, la decisión del Ejecutivo no tuvo consideración respecto de la inflación del año pasado del 211% y el 51,6% acumulado en el primer trimestre del año,

Que esta situación presupuestaria pone en riesgo el pleno funcionamiento institucional dado que afecta de manera directa a las Universidades dificultando el pago de servicios como internet, luz y gas, esenciales para el funcionamiento de las Instituciones; y de manera indirecta otros servicios igualmente importantes y necesarios para el estudiantado como los Sistemas de Becas, el material de librería, los elementos de enseñanza y el material utilizado en prácticas e investigaciones. Además impacta en los institutos y hospitales que dependen del presupuesto universitario en los que las transferencias de partidas tuvieron una caída del 72%, según datos relevados por la ACIJ.

Que la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) ha emitido una tabla comparativa en valores en pesos al año 2024 en la que se pone de manifiesto que, a comparación de los Presupuestos 2020 a 2023, para el año 2024 el presupuesto cae por debajo del tercio de lo previsto para los años anteriores asegurando que es incluso inferior al Presupuesto del año 1996, primer año del que existe registro presupuestario;

Que según el presupuesto inicial, las universidades nacionales y sus instituciones de salud tenían para este año asignado el mismo monto que en 2023, pese a la inflación; y el gobierno nacional anunció para el mes de Marzo un 70% acompañado de otro incremento del 70% para el mes de Mayo, no obstante ello el total presupuestario continua por debajo de la línea de la inflación;

Que no obstante el anuncio del gobierno en el que da cuenta de haber arribado a un acuerdo con las Universidades, el mismo resulta falaz dado que no ha sido un acuerdo sino que se trata de un Anuncio y el mismo continua resultando insuficiente;

Que si bien se incrementó en un 140% el presupuesto, el reclamo implica una actualización del 280% contemplando la inflación del año 2023 que fue del 211% y en lo que va del año 2024 acumula el 60%;

Que el día 23 de Abril, se ha realizado una multitudinaria marcha convocada por parte del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), el Frente Sindical de Universidades Nacionales y la Federación Universitaria Argentina (FUA), en Defensa del Sistema Universitario Público a fin de visibilizar y repudiar la situación a la que se enfrentan hoy a raíz de las medidas gubernamentales anunciadas. La misma tuvo la participación masiva en distintas localidades del país de rectores, egresados, estudiantes, docentes, no docentes, sindicatos como la CG T y la CTA, distintos sectores del peronismo, la UCR y menormente el PRO. También adhirieron instituciones universitarias privadas, como la UADE, la Universidad Torcuato Di Tella y la Universidad de San Andrés;

Que, el día 2 de octubre, está convocada una nueva marcha en defensa de la Universidad Pública, que promete ser masiva y simultánea en varias localidades importantes de nuestro país, ratificando así lo expuesto anteriormente.

Que, no obstante las consideraciones enumeradas, este Honorable Concejo considera que defender el Derecho a la educación superior pública, gratuita y de calidad debe movilizarnos y comprometernos como ciudadanos argentinos.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: DECLARAR el apoyo a la continuidad del Sistema Universitario Público
Argentino,-

Artículo N° 2: COMUNICAR la presente al Sr. Gobernador de la Provincia del Chubut Sr,
Ignacio Agustín Torres a fin de que arbitre los medios que estime corresponder ante el Gobierno Nacional con el objeto de expresar el interés de los chubutenses respecto a la protección de la Educación Universitaria.-

Artículo N° 3: COMUNICAR la presente al Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut y al Ministerio de Capital Humano de la Nación.-

Artículo N° 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido, Archívese. -

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo a los 02 días de octubre del año 2024,
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Declaración Municipal Nro 027/2024

 
Declarar de interés el 1° "Pre-Encuentro Patagónico de Té y Blending"
VISTO:
La Ley de corporaciones municipales XVI N°46

Y CONSIDERANDO
Que, el Té, introducido al país hace 100 años en Misiones, en la actualidad, la Argentina es el 9° productor mundial de té y el principal del continente americano.

Que, los productores argentinos están cada vez más interesados en la elaboración del té a granel para el mercado gourmet.

Que, en la 36° edición de la Fiesta Nacional de Fruta Fina se presentó un Blend con fruta deshidratada (frambuesa, maqui, corinto grosella, arándano y también escamas de rosa mosqueta), siendo esta, el Blend oficial del evento, la cual tuvo buena aceptación del público.

Que, es de suma importancia poner en valor diferentes propuestas productivas.

Que, se busca poner a disposición un circuito productivo gastronómico y turístico fuera de temporada veraniega,

Que, se quiere fortalecer la economía comarcal, formando nexos con productores y materia prima relacionados a la producción Té, promoviendo, además, la elaboración de Blending (mezcla) utilizando flores, frutas finas y frutos deshidratados, hierbas y rizomas producidos localmente.

Que, los días 16, 17 y 18 de Noviembre se realizará el 1° "Pre- Encuentro Patagónico de Té y Blending". El cual tendrá la apertura en Cholila, siendo el cierre del evento el día 18 de Noviembre en nuestra localidad, en Puerto Patriada,

Que, es una oportunidad para que, el público en general se familiarice con todo lo que rodea a la producción del Té.

Que este cuerpo deliberativo valora y apoya los emprendimientos culturales que fortalecen el turismo.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de Interés Municipal al 1° "Pre- Encuentro Patagónico de Té y Blending" a realizarse los días 16, 17 y 18 de noviembre del 2024 y finalizando en nuestra localidad en el paraje Puerto Patriada.

Articulo N° 2: Comuníquese la presente a la Municipalidad de Cholila.

Articulo N° 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo, el día 02 de octubre de 2024
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Declaración Municipal Nro 026/2024

 
Declarar de interés la campaña educativa "Prevención de incendios forestales y de interface"
VISTO:
La ley de corporaciones XVI N° 46,

Y CONSIDERANDO
Que las diferentes Instituciones intervinientes en incendios de la Comarca Andina del paralelo 42: Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF) a través de la Brigada Nacional (BNS); Servicio de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales de El Bolsón (SPLIF); El Servicio Provincial de Manejo del Fuego de Chubut (SPMF); Bomberos Voluntarios de la Comarca e Instituto de Formación Docente Continua de El Bolsón; integrados en la mesa de prevención de la Comarca Andina del Paralelo 42, realizan La campaña educativa y de prevención de incendios forestales y de Interface.

Que dicha campaña es un trabajo en conjunto de la mesa de prevención de Incendios en el que las distintas Instituciones de la Comarca se reúnen para aportar herramientas a la formación de infancias comprometidas con el cuidado de su entorno. Por otro lado, la iniciativa con la comunidad contempla actividades, charlas y encuentros que permiten reconocerse como comunidad de interface y fomentar las actividades preventivas, así como las buenas prácticas antes de que comience la temporada de verano en la Comarca.

Que esta iniciativa comenzó en el año 2009 con el objetivo general de contribuir en la prevención de incendios forestales, rurales y de interface a través de procesos de enseñanza y aprendizaje en cooperación entre las Instituciones ya mencionadas que se dedican a la prevención, manejo del fuego y el sistema de educación formal, en aspectos vinculados al cuidado de los ecosistemas,

Que los objetivos específicos de la campaña son: que los niños puedan reconocer las Instituciones locales y nacionales que trabajan en incendios forestales; conocer el trabajo que realizan, identificar los números de emergencias locales y las señales de incendios forestales", promover la prevención de las áreas de interfase respetando los ciclos naturales de acción y reconocer el carácter colectivo del trabajo en incendios.

Que está destinado a estudiantes de 5to año de las escuelas urbanas y en el caso de escuelas rurales, estudiantes de segundo ciclo con posibilidad a futuro de incorporar a toda la escuela,

Que en la Pcia. de Rio Negro se realizó los días 30/09 y 1/10/24 en el Polideportivo de El Bolsón. En la Pcia. del Chubut se realiza en el Gimnasio Municipal de la localidad de Lago Puelo el día 03/10/24. Y que por primera vez se realizará en la localidad de El Hoyo el día 04/10/24 en la Escuela N° 81 ,

Que esta campaña se realiza desde el año 2009 cada mes de Octubre en la Comarca Andina, incorporándose a partir de este año la localidad de El Hoyo

Que a partir de ello resulta fundamental que este cuerpo deliberativo declare de Interés. La campaña educativa de prevención de incendios forestales y de interface impulsada por la mesa de Prevención de Incendios de la CAP42.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de Interés la campaña educativa de prevención de incendios forestales y de interface impulsada por la mesa de Prevención de Incendios de la CAP42.

Articulo N° 2: Comunicar la presente al Sr. Secretario de Ambiente de la Pcia del Chubut Juan José Rivera,

Articulo N° 3: Comunicar la presente al Sr, Ministro de Educación de la Pcia del Chubut José Luis Punta.

Articulo N° 4: Comunicar la presente al Sr. Intendente Municipal Cesar Fabián Salamín, ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese; publíquese y cumplido archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo a los 02 días de octubre del año 2024.
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Declaración Municipal Nro 025/2024

 
Declarar de interés la labor de "Mesa Chubutense de Victimas Viales"
VISTO:
La Ley de Corporaciones Municipales XVI N° 46, la Ordenanza 080/21, la Declaración N° 081/24 de la Honorable Legislatura de Chubut.

Y CONSIDERANDO
Que, la siniestralidad es una de las principales causas de muerte y lesiones graves en la Provincia del Chubut, afectando de manera directa e indirecta a miles de familias.

Que, la "Mesa Chubutense de Víctimas Viales" ha surgido como una organización comprometida en abordar esta problemática, desde diversas aristas, incluyendo la concientización, la educación y el apoyo a las víctimas y sus familias.

Que, la "Mesa Chubutense de Víctimas Viales" se dedica a la promoción de políticas públicas que buscan la reducción de siniestros viales y la implementación de medidas preventivas eficaces. Esto incluye la organización de campañas de sensibilización, la realización de talleres educativos y la colaboración con diversas instituciones para mejorar la infraestructura vial y el cumplimiento de las normas de tránsito,

Que, la "Mesa Chubutense de Víctimas Viales" brinda un apoyo invaluable a las víctimas de accidentes de tránsito y a sus familias, ofreciendo acompañamiento integral, asesoramiento legal y psicológico.

Que, posteriormente se articulan todas las acciones necesarias para poner en contacto a la familia con el Programa de Asistencia a las Víctimas de Siniestros Viales de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el cual ofrece orientación jurídica, psicológica y social a las víctimas o sus familiares,

Que, este proceso es de suma importancia para quienes han sufrido pérdidas irreparables y consecuencias devastadoras a reconstruir sus vidas y obtener el reconocimiento y comprensión que merecen.

Que, mediante la Declaración N° 081/24, la Honorable Legislatura de la Provincia de Chubut, reconoce y apoya formalmente la labor de la "Mesa Chubutense de Víctimas Viales", destacando su significativa contribución a la promoción de una mayor seguridad vial en nuestra provincia,

Que, la Ordenanza N° 080/21, mencionada en visto, adhiere a la Campaña Nacional de Concientización Estrellas Amarillas.

Que, la misma determina la velocidad máxima de circulación en 30 km/hr, en las zonas de mayor circulación de peatones y tránsito en general, como así también en los corredores educativos de la localidad.

Que, la velocidad de conducción en zonas urbanas está directamente relacionada con la tasa de siniestralidad y sus consecuencias referidas a la salud y a la vida.

Que, este Honorable Cuerpo valora y apoya acciones como esta tendientes a proteger la salud y la vida de los habitantes de nuestra localidad

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: : DECLARAR de Interés la labor de la "Mesa Chubutense de Víctimas Viales"

Artículo N° 2: Comunicar la Presente Declaración a la Honorable Legislatura de la Provincia de Chubut.

Artículo N° 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, y cumplido, Archívese. -

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo a los 02 días del mes de octubre del año 2024
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Declaración Municipal Nro 024/2024

 
Declarar de Interés el título obtenido Milla Anwandter Szudruk
VISTO:
La Ley Provincial XVI NO 46, Las Declaraciones 025/22; 017/23 y 001/24 y la participación de la joven Milla Andwandter Szudruk en el Cerro Castor, de la localidad de Ushuaia, en septiembre 2024.

Y CONSIDERANDO
Que, Milla es una joven deportista, de 16 años, oriunda de nuestra localidad, cuyo desempeño ha merecido su reconocimiento por parte de este HCD.

Que, la joven corre diferentes disciplinas dentro del Esquí Alpino, y ha alcanzado el podio en varias oportunidades,

Que, mediante la Declaración NO 025/22, mencionada en visto, se declara de Interés la participación de Milla Anwandter Szudruk, en el Campeonato Nacional de Cadetes II, que se llevó a cabo en la ciudad de Ushuaia y por el cual logró el Primer Puesto, en categoría SG,

Que, la Declaración N O 017/23 reconoce el logro obtenido por la joven Milla Anwandter Szudruk, quedando en 2 0 puesto (Primer Suplente), para participar de los Juegos Olímpicos de Invierno para la Juventud, a realizarse en Corea 2024.

Que, en el mismo sentido la Declaración NO 001/24 destaca la participación de la joven deportista en los Juegos Olímpicos para la Juventud de Invierno Gangow 2024 Corea, en los que ingresó al Top 30 en 3 categorías,

Que Milla, es una joven atleta en crecimiento, cuya perseverancia, esfuerzo, disciplina, fortaleza y pasión, por la actividad que desempeña, le otorga valiosas experiencias independientemente del resultado de cada carrera.

Que, en el mes de julio de 2024, en el Cerro Perito Moreno, de la localidad de El Bolsón, logró el Primer puesto en Categoría General en Slalom,

Que, en el mes de agosto de 2024, en el Cerro Chapelco, en el SAC (South American Cup), logró el segundo puesto en categoría Ul 8 en Slalom Gigante.

Que, en el mes de agosto de 2024, en el Cerro Catedral, en el SAC (South American Cup), logró el primer puesto en Categoría U 18 Slalom, y el segundo puesto en Categoría General Slalom.

Que, también en el mes de septiembre, en La Parva, Chile, ha logrado el tercer puesto
U 18 Sialom, SAC.

Que, en el Cerro Castor, en la localidad de Ushuaia, logró el primer puesto en U 18 Slalom Gigante; y primer puesto en U 18 en Slalom, en el SAC, en el mes de septiembre.

Que, en el mes de septiembre, en el Cerro Perito Moreno, en El Bolsón, logró el primer puesto en categoría U 18 en Slalom, en el Campeonato Nacional de Slalom

Que, Ha finalizado la temporada con el título de Campeona Argentina de la Categoría U 18 en disciplina Slalom y subcampeona Argentina en Categoría General en disciplina Slalom, y ganadora del Overoll (general, suma de todas las carreras de la temporada) de 2024.

Que, estos resultados le valieron la nominación como titular para participar del FIS DEVELOPMENT CAMP DE ESQUÍ ALPINO, el cual se desarrollará en Austria durante los meses de noviembre y diciembre del corriente año.

Que, este Honorable Cuerpo, ha otorgado distintos reconocimientos a Jóvenes Destacados de la localidad que desarrollan distintas actividades, y es menester otorgar este nuevo reconocimiento.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de Interés el título obtenido por la joven Milla Anwandter Szudruk, de 16 años, de Campeona en categoría Slalom, y Campeona en Slalom Gigante en U 18, en el South American Cup, que se desarrolló en el Cerro Castor en la localidad de Ushuaia, en el mes de septiembre de 2024,

Artículo N° 2: Comunicar la presente Declaración al Sr. Gobernador de la Provincia de Chubut, Ignacio Agustín Torres.

Artículo N°3: Comunicar la presente a la Honorable Legislatura de Chubut.

Artículo N° 4: Comunicar la presente al Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación,

Artículo N° 5: Invitar a los anteriormente mencionados a realizar las acciones que estimen corresponder, para brindar apoyo y acompañamiento a la joven distinguida en la presente declaración,

Artículo N° 6: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, y cumplido, Archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo a los 02 días del mes de octubre del año 2024,
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Declaración Municipal Nro 023/2024

 
Declarar de interés Municipal la "Asociación Civil Comarca Paliativa (ComPa)"
VISTO:

Y CONSIDERANDO
Que la Ley Nacional N.0 27.678, sancionada en el año 2022, a la cual la provincia de Chubut adhiere mediante decreto nro. 1110 garantiza el acceso de los pacientes a las prestaciones integrales sobre cuidados paliativos en sus distintas modalidades, en el ámbito público, privado y de la seguridad social y el acompañamiento a sus familias.

Que según la definición de "Cuidados Paliativos", como modelo de atención que mejora la calidad de vida de pacientes y familias que se enfrentan a los problemas asociados con enfermedades que amenazan o limitan la vida, a través de la prevención y alivio del sufrimiento por medio de la identificación temprana, evaluación y tratamiento del dolor y otros problemas, físicos, psicológicos, sociales y espirituales.

Que, según Declaración de Interés N0 12/23, Art. 1 Declarar de Interés Municipal el encuentro por el día Mundial de los Cuidados Paliativos, que se realizara el día 14 de octubre del año 2023, en la casa de la Cultura de la Municipalidad de El Hoyo, organizado por el equipo de Cuidados paliativos del Hospital de El Hoyo,
Que, las enfermedades amenazantes y/o limitantes para la vida son aquellas en las que existe riesgo de muerte. En general se trata de enfermedades graves, y/o crónicas complejas, progresivas y/o avanzadas que afectan significativamente la calidad de vida de quien las padece y la de su familia.

Que, entre sus principios la Ley sustenta el respeto por la vida y bienestar de las personas; equidad en el acceso oportuno y utilización de las prestaciones sobre cuidados paliativos, adecuando la respuesta sanitaria a las diversas necesidades, realizando intervenciones basadas en la mejor evidencia científica disponible y el respeto de la dignidad y autonomía del paciente en las decisiones sobre los tratamientos y cuidados que ha de recibir a lo largo de su enfermedad de acuerdo a la normativa vigente.

Que, dentro de los objetivos de esta Ley se incluyen:

a) Fomentar la capacitación y formación en cuidados paliativos básicos para profesionales de la salud en todos los niveles educativos terciario o universitario, tanto en grado como en postgrado y la especialización en los mismos.

b) Fomentar la capacitación y formación permanente en cuidados paliativos en todos los niveles de atención, con especial énfasis en la atención primaria de la salud.

c) Promover y apoyar la investigación científica en cuidados paliativos.

d) Elaborar y difundir materiales accesibles de comunicación y capacitación orientados a la sensibilización sobre los derechos de las personas a recibir cuidados paliativos y a instalar el enfoque integral que estos promueven.

e) Proporcionar a la comunidad los conocimientos y herramientas necesarios para sostener el proceso de cuidado del paciente en el ámbito familiar y comunitario.

f) Elaborar y actualizar niveles de intervención y criterios de derivación, propiciando que los establecimientos públicos, privados con o sin fines de lucro, y de la seguridad social, adopten medidas que permitan el acceso equitativo a los cuidados paliativos en todas las etapas de una enfermedad que amenace y/o limite la vida.

g) Promover la celebración de convenios con los distintos actores involucrados en la temática.

h) Promover en el marco del Consejo Federal de Salud (COFESA) acciones de cooperación regional. Y continuar con las acciones de cooperación a nivel nacional enmarcadas en el Programa Nacional de Cuidados Paliativos (PNCP)

i) Propiciar el trabajo colaborativo con las organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática.

Que, desde la comunidad de El Hoyo, se ha creado formalmente la "Asociación Civil Comarca Paliativa (ComPa)", con personería jurídica y nro. IGJ 5013 que tiene como objetivos la asistencia, la promoción, la capacitación y el asesoramiento en Cuidados Paliativos.

Que, esta Asociación Civil Comarca Paliativa es la segunda en la provincia de Chubut y la primera en la Cordillera y Comarca Andina.

Que, la Asociación Civil Comarca Paliativa está dictando cursos para la formación de profesionales en conjunto con Desarrollo Social de la Municipalidad de El Hoyo, Ad Honorem.

Que, el Equipo de Cuidados Paliativos de esta Asociación ha brindado asistencia en fin de vida a personas de nuestra comunidad, Ad Honorem.

Que, la Asociación Civil Comarca Paliativa ha creado proyecto de Farmacia Solidaria para la Comunidad.

Que, esta Asociación nace de la propia comunidad y es conformada por ciudadanos de El Hoyo.

Que esta asociación Civil busca socializar, informar y promover políticas sociosanitarias para la implementación de Cuidados Paliativos en el ámbito local, provincial y regional, tanto en ámbito público o privado.

Que, se debe establecer relaciones con entidades de iguales características dependiendo de los distintos organismos Municipales, Provinciales, Nacionales e Internacionales, Públicos y Privados, estableciendo acuerdos, redes y programas de capacitación de acuerdo con criterios comunes y superadores.


POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de Interés Municipal la "Asociación Civil Comarca Paliativa (ComPa)" sin fines de lucro (personería jurídica N 0 5013)

Articulo N° 2: Comunicar la presente declaración a la CONISION DIRECTIVA de la asociación Civil Comarca Paliativa.
 
Articulo N° 3: Comunicar la presente al Intendente municipal Sr. Cesar Fabian Salamín

Articulo N° 4: Comunicar la presente a la Honorable Legislatura del Chubut

Articulo N° 5: Comunicar la presente a la Secretaría de Salud de la Provincia del Chubut ARTÍCULO NO 6: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 18 de setiembre del año 2024.
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Declaración Municipal Nro 022/2024

 
Declarar de interés Diplomatura en Cannabis, Salud, Derecho, Producción y Gestión
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46, La Ley Nacional N° 27.669, la Ordenanza N° 054/22 la Ordenanza N° 043/21, la propuesta presentada por la Secretaría de Extensión y Bienestar Estudiantil, en conjunto con la Delegada Académica de la FCJ Sede Esquel, relativa a la "DIPLOMATURA EN CANNABIS, SALUD, DERECHO, PRODUCCIÓN Y GESTIÓN", y la Resolución CUDAP: Res. D/4 Ad Ref CD - FCJ N° 557/24.-

Y CONSIDERANDO
Que, el proyecto en cuestión tiene como objetivo que los interesados adquieran herramientas mínimas para el estudio, análisis e interpretación de los contenidos didácticos y académicos propuestos.

Que, es necesario poner a disposición de la sociedad estas alternativas educativas de formación, capacitación y actualización.

Que, la propuesta del dictado de la Diplomatura se brindará en la sede Esquel de la Facultad de Ciencias Jurídicas, contando con la importante participación y aporte, del plantel docente de esa institución.

Que, mediante la resolución FCJ N° 557/24, mencionada en visto, se aprueba y otorga Aval Académico a la "DIPLOMATURA EN CANNABIS, SALUD, DERECHO, PRODUCCIÓN Y
GESTIÓN" a dictarse en la Facultad de Ciencias Jurídicas,

Que, esta Diplomatura está destinada a estudiantes de las carreras de Grado y Pregrado de la Facultad de Ciencias Jurídicas; Abogados; Graduados de la FCJ.; Magistrados y Funcionarios de las distintas jurisdicciones; personal administrativo del Poder Judicial de las distintas jurisdicciones; personal de las Fuerzas Armadas y de Seguridad nacionales, provinciales; médicos, enfermeros, auxiliares y todo personal relacionado con la Salud, comunidad educativa universitaria en su conjunto, Profesionales y público en general.-

Que, se plantean encuentros semanales de manera virtual e hibrida (presencial y/o virtual) procurando delimitar el contenido esencial de los módulos y talleres en cada uno de ellos, con la realización de foros y tutorías de acompañamiento.

Que, la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco ha generado a lo largo del tiempo una permanente vinculación con la temática, la cual se viene desarrollando en la región, generando espacios para la investigación, producción y conocimiento con evidencia científica del Cannabis Sativa en sus distintos aspectos medicinales y/o vinculación con la sociedad en su conjunto.

Que, asimismo, permitirá a profesionales de la salud; profesionales del derecho y a la comunidad en general adquirir conocimientos y herramientas en Cannabis Sativa,

Que, la presente actividad se enmarca en oportunidad de celebrarse, durante 2024, el 30 Aniversario de la creación de la Carrera de Abogacía en la UNPSJB.

Que, la DIPLOMATURA EN CANNABIS, SALUD, DERECHO, PRODUCCION Y GESTION, se enmarca en este proceso de desarrollo y vinculación, ya que la aplicación de esta planta ancestral y sus múltiples beneficios, marcan una creciente relevancia en la sociedad actual, y brindará una formación integral en los diferentes aspectos de la Cannabis Sativa medicinal con el objetivo de garantizar la calidad, la seguridad y la eficacia de productos elaborados, destinados al uso terapéutico.

Que, esta Diplomatura pretende desarrollar, analizar y trasmitir la normativa vigente, respecto de la relación del Estado con las políticas públicas de quienes hacen uso medicinal del Cannabis Sativa.

Que, es necesario generar un espacio de articulación de los ámbitos, académico, científico, social y cultural en vistas de una formación integral de la Cannabis Sativa, centrada en el respeto y promoción de los Derecho Humanos.

Que, este espacio facilitará a los participantes, los conocimientos básicos sobre la Cannabis Sativa, que les permita construir un saber propio alejado de las nociones estigmatizantes respecto del uso de la planta.

Que, la Ordenanza N° 054/22, mencionada en visto, adhiere a la Ley Nacional N° 27.669.

Que, dicha Ley Nacional establece el marco regulatorio de la cadena de producción y comercialización nacional y/o con fines de exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados al uso medicinal, incluyendo la investigación científica, y al uso industrial, promoviendo así el desarrollo nacional de la cadena productiva sectorial.

Que, mediante la Ordenanza N° 043/21, este HCD, adhiere a la Ley Nacional N°27.350,

Que, la misma establece un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, de la planta del Cannabis y sus derivados.

Que, esta Ley rige en todo el territorio de la República Argentina con carácter de orden público.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: DECLARAR de Interés la Diplomatura en Cannabis, Salud, Derecho, Producción y Gestión, a dictarse en la Facultad de Ciencias Jurídicas, de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, sede Esquel.

Artículo N° 2: COMUNICAR la presente Declaración a la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco.

Artículo N° 3: COMUNICAR la presente a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut.

Artículo N° 4: COMUNICAR la presente a la Secretaria de Salud de la Provincia del Chubut

Artículo N° 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, y cumplido, Archívese.-

Dada en la Sala de Reuniones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo, a los 18 días del mes de septiembre de 2024.-
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Declaración Municipal Nro 021/2024

 
Declarar de interés la 21°de la Feria del libro
VISTO:
La ley XVI N° 46, la Ordenanza 22/96, las Declaraciones de Interés N° 03/97, 04/98, 03/00, 041/01 ,20/04, 15/05, 14/06, 15/09, 15/10,04/11, 15/12,06/13 ,06/14, y la Resolución N° 278/2024 de la Honorable Legislatura de Chubut.

Y CONSIDERANDO
Que, la lectura mejora funciones cognitivas tales como la concentración, atención, lenguaje y la fluidez verbal, funciones fundamentales para el desarrollo de habilidades.

Que, la capacidad lectora está vinculada al éxito en los aprendizajes escolares y uno de los roles del docente es motivar a la lectura,

Que, la primera edición de la Feria del Libro se llevó a cabo en el año 1995, organizado por la Escuela N° 734 y el Gremio Docente ATECH, buscando acercar los jóvenes a la lectura.

Que, dicha feria se institucionalizo y llego a ser parte del P.E.I. de la Escuela N° 734,

Que, la edición N° 21 se realiza en conjunto entre la Municipalidad de El Hoyo, la Escuela N° 734, la Escuela N° 7727, las Escuelas Primarias N° 81 y 223, La escuela de Nivel Inicial N° 453 y el Jardín Maternal, todas de manera articulada y con propuestas inéditas generando una oportunidad de intercambio entre instituciones y comunidad comarcal.

Que, en el marco de la misma Feria se realizara la " 1° Expo Universidades "organizada por la Municipalidad de El Hoyo, logrando un acercamiento de estas instituciones universitarias al alumnado de las escuelas secundarias.

Que, la Resolución N°278/24 de la Honorable Legislatura. declara de interés legislativo la 21° edición de la Feria del Libro de la localidad de El Hoyo.

Que, este cuerpo deliberativo valoriza y apoya estos eventos culturales.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de interés municipal la Edición N° 21 de la Feria del libro -El Hoyo que se llevara a cabo los días 4 y 5 de Octubre de 2024.

Articulo N° 2: Declarar de interés municipal la 1° Expo Universidades que se llevara a cabo los días 4 y 5 de Octubre de 2024.

Articulo N° 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido, Archívese:

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 18 de Septiembre del año 2024,

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Declaración Municipal Nro 020/2024

 
Declarar de interés el programa radial "El Fogón de los sin sello"
VISTO:
La Ley de Corporaciones Municipales XVI NO 46 y Nota NO308/24 HCD

Y CONSIDERANDO
Que, en la citada nota el Sr. Oyarzo solicita a este Concejo Deliberante una Declaración de Interés para el programa radial "El Fogón de los Sin Sello" por su trayectoria en el aire y a poco de haberse cumplido el 280 Aniversario",

Que, nota del mismo tenor ha cursado a los demás Concejos Deliberantes de la Comarca;

Que, obra en la Comisión de Legislación General, Cultura y Educación un proyecto de Resolución, presentado por la Diputada Provincial Jacqueline Caminoa, por el cual se Declara de Interés Legislativo Provincial el programa radial "El Fogón de los Sin Sello" que conduce el Sr. Hugo Oyarzo, por su aporte a la difusión de los músicos populares y de las tradiciones rurales, contribuyendo al fortalecimiento de nuestra cultura e identidad;

Que, el 18 de Agosto de 1996 sale al aire de la comarca por FM Alas el primer programa bajo el nombre de "Los Sin Sello". Si bien al principio sus conductores pensaron que se trataría de un proyecto temporario, hoy, a 28 años de su nacimiento, continúa en FM AMPM 92,9, con su aporte a la cultura popular;

Que, iniciaron la tarea radial los señores Hugo Oyarzo, Honorio Alegría y Abel Pérez, quien, si bien era carpintero, también era músico popular, Por su parte, Alegría era policía en la provincia de Chubut pero también un artista que dejo muchas canciones como legado, fue él quien propuso el nombre de "Los Sin Sello" por esa vocación de reunir a los artistas regionales que no contaban con grabaciones en su carrera y también quien escribió la cortina musical que aún perdura desde el primer programa, la canción "Flor de Notro". Luego de los primeros 10 años y a pedido de la audiencia su nombre cambió al de "El Fogón de los Sin sello";

Que, la función de los conductores del programa iba más allá de la salida al aire todos los domingos al medio día, ellos se impusieron una tarea más comprometida con la cultura popular, ya que salieron a buscar a los artistas que eran del campo y de los barrios, fueron perfeccionándolos en sus modos, sus actuaciones en el escenario, pero también arreglando los instrumentos ya muy deteriorados. Toda esa tarea la llevaban adelante con la organización de peñas solidarias, festivales donde aportaban los músicos lares, el sonido y hasta la locución, siempre presentes cuando alguien necesitaba una mano;

Que, la función de los conductores del programa iba más allá de la salida al aire todos los domingos al medio día, ellos se impusieron una tarea más comprometida con la cultura popular, ya que salieron a buscar a los artistas que eran del campo y de los barrios, fueron perfeccionándolos en sus modos, sus actuaciones en el escenario, pero también arreglando los instrumentos ya muy deteriorados, Toda esa tarea la llevaban adelante con la organización de peñas solidarias, festivales donde aportaban los músicos populares, el sonido y hasta la locución, siempre presentes cuando alguien necesitaba una mano;

Que, resulta fundamental destacar esa acción solidaria que el Sr. Oyarzo desarrollo a lo largo de todos estos años participando cada vez que se lo convocaba para reunir fondos para alguna causa noble, allí estaba él con el grupo de músicos que amenizaban las peñas o recitales",

Que, los programas cuentan con testimonios de viejos pobladores que relataban las costumbres y tradiciones de la ruralidad, personajes regionales que los visitaban y hacían su música, salidas en vivo desde distintos escenarios naturales donde la gente de campo los convocaba para alguna actividad que pudiera difundirse como parte del patrimonio cultural;

Que, toda la acción cultural desarrollada por "Los Sin sello" no ha tenido fronteras, sus actuaciones y su llegada radial ha sido a cada punto de los pueblos de nuestra Comarca Andina del Paralelo 42 0, donde cada domingo sus oyentes lo esperaban para tomarse unos mates con los ritmos de la música campera;

Que, en tal sentido resulta fundamental que se comprenda el concepto de integración comarcal que vivimos quienes habitamos estos pueblos, que la cultura no entiende de límites políticos entre provincias con programas como el reconocido;

Que, este Cuerpo Legislativo considera oportuno acompañar todas aquellas manifestaciones culturales que contribuyan a fortalecer nuestra identidad rural;

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: DECLARAR de Interés Cultural Municipal el programa radial "El Fogón de los Sin Sello" por el aporte que realiza a la cultura popular y a las tradiciones camperas de los pueblos de la Comarca Andina del Paralelo 42 0

Articulo N° 2: Comunicar la presente al Sr, Intendente Municipal César Fabián Salamín.

Articulo N° 3: Comunicar la presente a la Subsecretaría de Cultura de la Provincia de Chubut.

Articulo N° 4: Comunicar la presente a la Comisión de Legislación General, Cultura Educación de la Honorable Legislatura del Chubut.

Articulo N° 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de "El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 21 de Agosto de 2024.-

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Declaración Municipal Nro 019/2024

 
Declarar de Interés la 1° Jornada Cientifica Transdiciplinaria de Salud Rural
VISTO:
La Ley de Corporaciones Municipales XVI N 046 y Nota N 0289/24 HCD

Y CONSIDERANDO
Que, en el Hospital Rural de El Hoyo funciona el Comité Comarcal de Docencia e Investigación (CODI)

Que, los objetivos de este comité es la jerarquización de las practicas. Dándole tecnicismo y sustento científico a muchas de las practicas que ya vienen trabajando por parte del personal de salud, mejorándolas en el proceso.

Que, este comité está trabajando en la 1 0 Jornada Científica Transdisciplinaria de Salud Rural a desarrollarse en nuestra localidad los días 06 y 07 de septiembre bajo el lema
"Un enfoque integral para el bienestar duradero de nuestras comunidades"

Que, esta jornada contará con la participación de más de 14 profesionales y especialistas de la salud que estarán disertando, ofreciendo talleres y charlas a profesionales de la comarca y la provincia.

Que, el conocimiento adquirido en esta jornada, por parte de los profesionales de la salud, beneficiará de forma directa a nuestra población, contribuyendo a una mejor calidad de vida.

Que, este cuerpo Deliberante considera necesario acompañar y alentar las iniciativas que tengan como objetivo mejorar, en cualquier aspecto, nuestro pueblo,

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: DECLARAR de Interés municipal la 1 0 Jornada Científica Transdisciplinaria de Salud Rural organizada por el CoDI bajo la premisa "Un enfoque integral para el bienestar duradero de nuestras comunidades"

ARTICULO 2: Comunicar la presente al señor Intendente Cesar Fabian Salamín.

ARTICULO 3: Comunicar la presente a la Secretaría de Salud de la Provincia del Chubut.

ARTICULO 4: Comunicar la presente a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 7 de Agosto de 2024
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Declaración Municipal Nro 018/2024

 
Declarar de Interés el Libro "Territorios y genealogías en disputa"
VISTO:
La ley XVI N046 de Corporaciones Municipales, la Declaración N0005/24 y la presentación del libro "Territorios y genealogías en disputa" de Alma Tozzini en el Festival Literario que se realizó el 29 de Junio de 2024 en el Centro Cultural Galeano;

Y CONSIDERANDO
Que, la Sra. Alma Tozzini es Profesora, Licenciada y Doctora en Antropología recibida en la Universidad Nacional de Buenos Aires y Magister en Antropología Social por la Universidad Nacional de Misiones. Es Profesora en la Licenciatura en Ciencias
Antropológicas de la Universidad Nacional de Rio Negro, además, coordina el Profesorado en Educación Superior y Secundaria en Antropología,

Que, es investigadora del CONICET en el Instituto de Investigaciones en Diversidad Cultural y Procesos de Cambio en Bariloche,

Que, dirige proyectos de investigación de Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica (FONCYT) y de la Universidad Nacional de Rio Negro.

Que, la Sra. Alma Tozzini participa activamente en el estudio de las culturas y sociedades de nuestra región, especialmente su diversidad.

Que, la Sra. Alma Tozzini asesoró, desde su disciplina, en el rodado de la película "El Turbio" que, fue declarada de interés por este cuerpo por Declaración N0005/24

Que, en el año 2002 inició una investigación que, duro 10 años, para la defensa de su Tesis Doctoral en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires, con la familia Cárdenas del Oeste del Rio Azul en Lago Puelo,

Que, en el año 2022 el Ministerio de Cultura de la Nación, llamó a un Concurso Público para presentar proyectos de libros que pudieran ser usados como insumos para guiones de Museos Nacionales.

Que, en Noviembre del año 2022, entre los diez ganadores, salió seleccionado su
Libro "Territorios y genealogías en disputa. Trayectorias mapuche, relatos hegemónicos y
Estado en Lago Puelo, Chubut". El cual fue el único seleccionado de la región patagónica.

Que, gracias al apoyo de la convocatoria Activar Patrimonio. Fondo Editorial sobre Patrimonio y Museos 2022, pudo trabajar con un diseñador para la portada y los gráficos y mapas en el interior del libro, poder editarlo y publicarlo.

Que, dicho libro se encuentra disponible en instituciones educativas y bibliotecas de
La Comarca, como así también, en Esquel, Bariloche e Instituciones de Villa La Angostura.

Que, la Sra. Alma Tozzini logró repensar y adaptar un proyecto, que inicialmente, estaba pensado como una tesis, a un libro que pudiera leerlo y entenderlo el público en general,

Que, la Sra. Alma Tozzini tiene como prioriad, la distribución personal de los libros, ya que considera un honor haber sido seleccionada entre grandes autores argentinos.

Que, este Concejo Deliberante de El Hoyo busca enaltecer la cultura de los vecinos de nuestro pueblo y destacar a aquellos que exploran las ciencias.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de interés el Libro "Territorios y genealogías en disputa.
Trayectorias mapuches, relatos hegemónicos y Estado en Lago Puelo, Chubut" de la Sra. Alma Tozzini.

Articulo N° 2: Comuníquese la presente a la Subsecretaria de Cultura de la Provincia de Chubut.

Articulo N° 3: Comuníquese la presente a la Honorable Legislatura de la Provincia de Chubut.

Articulo N° 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo a los 3 días del mes de Julio del año 2024,
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Declaración Municipal Nro 017/2024

 
Declarar de Interés Dispositivo Virtual Conectadxs
VISTO:
La Ley de Corporaciones Municipales XVI NO 46.

Y CONSIDERANDO
Que, el consultorio integral de adolescentes es un espacio creado en el año 2014, destinado a recibir las demandas y consultas de las adolescencias de la localidad de El Hoyo.

Que, el espacio está compuesto por la Licenciada en Psicología Mariana López y la Dra. Solange García Troyano, ambas profesionales de los hospitales rurales de Lago Puelo y El Hoyo.

Que, Conectados, es el primer equipo de la provincia en comenzar a trabajar de manera presencial en las escuelas con las inquietudes que plantean los adolescentes afianzando el vínculo entre la escuela y el hospital rural,

Que, en el año 2024 se crea Conectadxs, dispositivo virtual de atención primaria de la salud por la red social Whatsapp de mensaje o videollamada.

Que, este espacio se crea con el objeto de garantizar el acceso de las adolescencias al sistema sanitario, construyendo condiciones que permitan cuidar y mejorar la salud de los jóvenes con perspectivas de derechos, salud sexual integral, género y diversidad.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de interés Municipal el Dispositivo Virtual Conectadxs

Artículo N° 2: Comunicar la siguiente declaración al Honorable consejo Deliberante de la localidad de Lago Puelo.

Articulo N°3: Comunicar la siguiente declaración a la Honorable Legislatura de la Provincia de Chubut.

Artículo N° 4: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE y cumplido ARCHIVESE

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo, a los 3 días del liles de Julio del 2024.
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Declaración Municipal Nro 016/2024

 
Declarar de interés la creación del Coro Municipal
VISTO:
La Ley de Corporaciones Municipales XVI N°46.

Y CONSIDERANDO
Que, el coro es una actividad convocante y solicitada en nuestra localidad, permitiendo a adolescentes y adultos la posibilidad de encontrar y trabajar desde la música la inclusión social.

Que, para quienes forman parte de esta actividad resulta una experiencia enriquecedora y trascendental, donde se intercambian no solo diversos estilos de música, de ritmos, de idiomas, de versos etc. sino también vivencias personales, se crean lazos de compañerismo y camaradería.

Que, el canto coral posibilita las herramientas musicales a través del trabajo individual grupal y comunitario, cubriendo a la demanda constante de esta comunidad, que se encuentra a la espera de la creación de la Escuela Coral Municipal.

Que, la música aleja la tristeza del alma y nos deja la alegría, la magia, lo divino, logra coincidencias en lo más hondo del ser humano, hace que personas de este coro que oscilan desde los 16 a más de 85 años de edad se unan, sin diferencias, en la pasión de expresar a través de su voz lo que sienten desde lo más profundo de su ser y que el inmenso amor por este gran arte es la llama que está viva en cada uno de sus integrantes,

Que este HCD, ve con agrado la creación y de espacios culturales para la integración y enaltecer la cultura de nuestra localidad.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declárese de interés la creación del Coro Municipal de El Hoyo.

Artículo 2: Comunicar la siguiente declaración a la Subsecretaria de Cultura de El Hoyo

Artículo 3: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE y cumplido ARCHÍVESE

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo, a los 3 días del mes de Julio del 2024.

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Declaración Municipal Nro 015/2024

 
Declarar de interés Convocatoria Luz Repossi
VISTO:
La Ley XVI N046, la Ordenanza Municipal NO 09/20, las Declaraciones Municipales NO 08/21, 04/22, 22/22, 25/22, 29/22, 02/23, 06/23, 08/23 y 15/23 y la Convocatoria de la Joven Luz Candela Repossi como Árbitro en el Argentino de Selecciones Menores;

Y CONSIDERANDO
Que, la Ordenanza 09/20, citada en visto, adhiere a la Agenda 20-30 para el Desarrollo sostenible, de las Naciones Unidas; un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, para favorecer la paz universal y el acceso a la justicia;

Que, la Agenda Plantea 17 Objetivos con 169 metas de carácter integrado e indivisible, que abarcan las esferas económica, social y ambiental;

Que entre ellos, el deporte es considerado como una de las actividades más saludables y contribuye al desarrollo integral de las personas;

Que, el Handball es un deporte en el que se utilizan tácticas que contribuye a la resolución de las situaciones que el mismo juego propone para poder vencer al oponente;

Que, la generosidad, la solidaridad y la empatía son valores que superan al individualismo;

Que, la Joven Luz Candela Repossi, es oriunda de nuestra localidad y es miembro del Club de Handball El Hoyo desde sus comienzos;

Que el Torneo Argentino de Selecciones Menores se llevó a cabo en San Carlos de Bariloche del 10 al 14 de Junio del corriente;

Que, este, es uno de los torneos de mayor convocatoria del calendario deportivo anual de la
CAH.

Que participaron del mismo treinta afiliadas con al menos una Selección cada una, y se jugó en simultaneo las divisiones A, B y C;

Que en total, 48 equipos pertenecientes a las 30 Afiliadas a la CAH, se disputaron el torneo;

Que, dada la importancia del torneo y la concurrencia masiva de estos equipos de todo el país, la Joven Luz fue convocada para arbitrar los distintos partidos garantizando la transparencia en el desarrollo del Torneo;

Que, en casos como estos, se pondera siempre el acompañamiento de la familia y en este caso Edgardo y Nadia han acompañado el proceso de formación de su hija Luz, a lo largo de los años y de las distintas etapas deportivas;

Que, en las Declaraciones mencionadas en visto se han homenajeado a jóvenes de la localidad, destacados en diversas disciplinas deportivas.

Que, este Honorable Concejo Deliberante, considera justo y oportuno sancionar la presente Declaración.

Que la convocatoria de la Joven, representa un orgullo inmenso tanto para los miembros del club al cual pertenece como para todos quienes habitamos en la localidad de El Hoyo;

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de Interés Municipal, la convocatoria de la Joven Luz Candela Repossi, D.N.I NO 45.202.387 como árbitro del Torneo Nacional Argentino de Selecciones Menores desarrollado del 10 al 14 de Junio del corriente en Bariloche,-

Artículo N°2: Comunicar la presente Declaración a la Dirección de Deportes de la Municipalidad de El Hoyo.

Artículo N°3: Comunicar la presente Declaración a Chubut Deportes.

Artículo N°4: Comunicar la presente Declaración a la Federación Chubutense de Balonmano, (FECHUBA).

Artículo N°5: Comunicar la presente Declaración al Club de Handball El Hoyo.-

Artículo N° 6: Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplido archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El del Hoyo a los 3 días del mes de Julio del 2024,
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Declaración Municipal Nro 014/2024

 
Declarar interés Convocatoria Nahuel San Martin
VISTO:
La Ley XVI N046, la Ordenanza Municipal NO 09/20, las Declaraciones NO 08/21, 04/22, 22/22, 25/22, 29/22, 02/23, 06/23, 08/23, 15/23 y la Convocatoria a la Selección de Lagos del joven Kevin Nahuel San Martín;

Y CONSIDERANDO
Que, la Ordenanza Municipal NO 09/20, citada en visto, adhiere a la Agenda 20-30 para el Desarrollo Sostenible, de las Naciones Unidas; un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, para favorecer la paz universal y el acceso a la justicia;

Que la Agenda mencionada entre sus objetivos considera al deporte como una de las actividades más saludables y que contribuye al desarrollo integral de las personas;

Que, el Handball es un deporte en el que se utilizan tácticas que contribuyen a la resolución de las situaciones que el mismo juego propone para poder vencer al oponente;

Que, la generosidad, la solidaridad y la empatía son valores que superan al individualismo dado que un solo jugador no puede hacer nada sin su equipo. Además, es necesaria la concentración y la coordinación, aspectos que refuerzan estos valores;

Que, el joven Kevin Nahuel San Martín, es oriundo de nuestra localidad y comenzó a entrenar en la Escuelita Deportiva Municipal de Handball, a la edad de 6 años en categoría mini;

Que, en la actualidad tiene 15 años y cursa el cuarto año en la Escuela N O 734 "Cóndor Andino" de nuestra localidad;

Que en sus comienzos la Escuelita Municipal de Handball no contaba con alumnos de su edad y dadas sus condiciones físicas entrenaba a la par de niños de categoría más altas;

Que en la actualidad entrenan en el Club de Handball el Hoyo, al cual Kevin pertenece, más de 60 jugadores en todas las categorías de mini a mayores pero el Club no cuenta con la Categoría Cadetes que es en la que actualmente entrena y compite el joven;

Que por lo antes expuesto se encuentra entrenando y compitiendo en la Localidad de El Bolsón como jugador del Equipo Handball de El Bolsón;

Que es jugador de la categoría Cadetes primer año y gracias a su constancia y permanente dedicación año a año crece en el deporte, y atento a ello resultó en esta oportunidad convocado a la Selección de la Asociación de Handball de los Lagos del Sur;

Que, en el año 2023, Kevin convocado por FECHUBA participó de la preselección Argentina de Menores Varones concentrando en San Fernando del 18 al 20 de Julio de dicho año;

Que el "Proyecto 2028" es un Proyecto Nacional que prepara física y deportivamente a jugadores destacados seleccionados con el objetivo de que a futuro puedan formar parte de las Categorías Junior y Gladiadores de la Selección Argentina de Handball y Kevin ha sido seleccionado en el marco de dicho Proyecto;

Que este año, el día 17 de Junio, Kevin concentró en la localidad de San Carlos de Bariloche quedando convocado para formar parte de la Selección de Lagos;

Que el día 29 de Junio Kevin, junto a la Selección concentró en la localidad de El Bolsón;

Que mientras se desarrollan las distintas concentraciones y previo al Torneo Argentino de Selecciones, Kevin se encuentra disputando diferentes instancias de competencia deportiva de la Liga de la Asociación de Handball de los Lagos y su equipo se encuentra posicionado en el segundo lugar de la tabla;

Que los días 28, 29, 30, 31 de Julio y 01 y 02 de Agosto competirá junto a la Selección de Lagos en el Torneo Argentino de Selecciones;

Que. en casos como este, se pondera siempre el acompañamiento de la familia en el proceso de formación deportiva a lo largo de los años y de las distintas etapas;

Que, en las Declaraciones mencionadas en visto se han homenajeado a jóvenes de la localidad destacados en diversas disciplinas deportivas;

Que, este Honorable Concejo Deliberante, considera oportuno sancionar la presente Declaración en reconocimiento a este Joven;

Que la convocatoria de Kevin, representa un orgullo inmenso tanto para los miembros del club al cual pertenece como para todos quienes habitamos en la localidad de El Hoyo;

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACIÓN

Articulo N° 1: Declarar de Interés Municipal, la convocatoria del joven Kevin Nahuel San Martín, DNI N049.015.123, a integrar la Selección de la Asociación de Handball de los Lagos del Sur en su primer año de la Categoría Cadetes

Articulo N°2: Comunicar la presente Declaración a la Dirección de Deportes de la Municipalidad de El Hoyo

Articulo N° 3: Comunicar la presente Declaración a Chubut Deportes

Articulo N°4: Comunicar la presente Declaración a la Asociación de Handball de los Lagos del Sur.

Articulo N° 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo a los 3 días del mes de Julio del año 2024,
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Declaración Municipal Nro 013/2024

 
Declarar de interés la "Semana de la Miel"
VISTO:
La Ley XVI N° 46 y la Ordenanza N° 74/2020 HCD MEH;

Y CONSIDERANDO
Que, desde el año 2017 se comenzó a conmemorar a nivel nacional la Semana de la Miel impulsado por la ONU en consonancia con la conmemoración del día internacional de la abeja que se celebra cada 20 de Mayo en coincidencia con la fecha del nacimiento de Anton Jansa, quien en el siglo XTIII fue pionero en las técnicas modernas de apicultura en su país Eslovenia y reconoció a estos insectos por su habilidad para trabajar duramente y requiriendo a la vez muy poca atención;

Que, las abejas y otros polinizadores, como las mariposas y los colibrís permiten la reproducción de muchas plantas, incluidos los cultivos para alimentación. Son indispensables para la conservación de la biodiversidad siendo indicadores de riesgos ambientales y de la salud de los ecosistemas locales;

Que, las mismas se encuentran bajo amenaza constante por el uso de pesticidas, los insectos invasores, los cambios en el uso de la tierra, los monocultivos que reducen los nutrientes y el cambio climático, entre otros;

Que, la Ordenanza N° 74/2020 declara de interés la actividad Apícola en la localidad de El Hoyo;

Que, desde Noviembre del año 2012 se creó la Asociación Apícola de la Comarca nucleando productores de toda la Comarca Andina sin fines de lucro;

Que, la misma cuenta con un aproximado de 25 miembros integrantes de los cuales 14 o 15 productores realizan extracción de la miel;
Que, en nuestra Provincia hay tres salas de producción ubicadas en: Epuyén, el Virch y Esquel;

Que, puede participar en la Asociación y las actividades cualquier vecino de la comarca sin necesidad de ser socio, incluso para la actividad de la extracción de miel;

Que, además, la Asociación posee una marca propia que se llama Flor Andina que se encuentra disponible para que cualquier productor pueda utilizarla para comercializar su producción cumpliendo los standards de calidad e inocuidad;

Que, la Asociación cuenta con programas de capacitación partiendo desde el nivel de iniciación para quienes comienzan o desean comenzar con la producción de miel. También difunden la actividad entre jóvenes y niños en los distintos jardines y escuelas
Que, el nivel de producción, dependiendo cada año y cada temporada se extrae el 30% del total de la producción de la Provincia del Chubut;

Que, no obstante la producción de miel como actividad productiva principal, se producen derivados de la miel que sirven a la salud de los seres humanos como el polen, cera, jalea real y propóleos. A su vez, de ellos derivan productos de uso cosmético con un sin número de propiedades benéficas para la piel, productos farmacéuticos y otros de utilidad dentro de la industria alimenticia;

Que, desde el 20 de Mayo del corriente al 24 de Mayo del corriente se desarrolla en la Oficina de Turismo de la Localidad de El Hoyo, la Semana de la Miel;

Que, la semana de la Miel es una actividad organizada entre el Área de Producción de la Municipalidad de El Hoyo y la Asociación Apícola de la comarca

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: DECLARAR de interés municipal la primera edición de la "Semana de la Miel" que se desarrolla del 20 al 24 de Mayo del corriente año.-

Artículo N° 2: COMUNICAR la presente a la Honorable Legislatura del Chubut.

Artículo N° 3: COMUNICAR la presente al Gobernador de la Provincia del Chubut Ignacio Agustín Torres.

Artículo N° 4: COMUNICAR la presente al Ministerio de Producción de la Provincia del
Chubut-

Artículo N° 5: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido, Archívese.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 22 De Mayo del año 2024.-
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Declaración Municipal Nro 011/2024

 
Declarar de interés "Colección de juguetes Antiguos"
VISTO:
LEY XVI N° 46 DE CORPORACIONES MUNICIPALES

Y CONSIDERANDO
Que, desde el año 2015, la localidad de El Hoyo cuenta con un emprendimiento denominado "Dulce Sofía Antigüedades", dedicado a la compra y venta de artículos antiguos.

Que, desde su comienzo este espacio ofrecía de forma gratuita y abierta talleres literarios, charlas con diferentes temáticas, muestras artísticas y de música, entre otras.

Que, posterior a la pandemia la venta de artículos se realiza únicamente en línea.

Que, los días 1, 2, 3, 4, 9, 10, 11, 16, 17 y 18 de mayo se realizará una exposición de colección de muñecas y juguetes antiguos, en calle Los Maitenes 1547, barrio Cume Hue, de nuestra localidad.

Que, la misma no tiene carácter comercial, por lo que ningún artículo estará a la venta.

Que, la exposición cuenta con piezas de los años 1920 y 1930, de pastas de goma y porcelana de Argentina y de otras partes del mundo, además de muñecas artesanales de porcelana más actuales.

Que, la muestra cuenta con alrededor de 120 muñecas de diferentes medidas, materiales y diseños; además, se expondrán a cuadros y objetos acordes a la temática.

Que, este HCD, ve con agrado acompañar las iniciativas de carácter cultural en la localidad de El Hoyo.


POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: DECLARESE de interés Municipal la exposición "Colección de Muñecas y juguetes Antiguos" de Dulce Sofía Antigüedades.

Artículo N° 2: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 24 de Abril del 2024.-
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Declaración Municipal Nro 010/2024

 
Participación en la 1° Reunión plenaria Consejo Provincial de Adultos Mayores
VISTO:
LEY DE CORPORACIONES XVI N°46, Ley Nacional Nº27360, La Ley Provincial I Nº193 (Nº4332) de Chubut, Resolución Nº076/24 Honorable Legislatura de la provincia de Chubut.

Y CONSIDERANDO
Que, en la Ley I Nº193 promulgada en el año 1997, en su artículo 1 cita "…tiene por objeto la protección integral, la promoción y la participación e integración de los miembros de la tercera edad en la sociedad chubutense, como así también la plena vigencia de los derechos reconocidos por el art. 29 de la Constitución Provincial…"

Que, la ley Nº27360 refiere a la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores promulgada en el año 2017. El objeto de esta ley es promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad.

Que, Se realizó la 1º Reunión Plenaria-Octogésima Cuarta LXXXIV (Nº84) del Consejo Provincial de Adultos Mayores de Chubut, los días 10-11 y 12 de abril de 2024. El cual fue coordinado por la Dirección Provincial de Políticas para Adultos Mayores dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia de Chubut.

Que, la Honorable Legislatura de la provincia de Chubut en su resolución Nº076/24 declara de Interés Legislativo a la 1º Reunión Plenaria-Octogésima Cuarta LXXXIV (Nº84) del Consejo Provincial de Adultos Mayores de Chubut.

Que, La misma cuenta con miembros representantes de las distintas regiones de la Provincia; de los Centros de Jubilados Nacionales de cada localidad; de los Centros de Jubilados Provinciales de cada localidad y las personas mayores sin cobertura social.

Que, en dicho encuentro se abordaron diferentes temas, en donde, los ejes principales fueron: salud, alimentación, vivienda, tiempo libre, turismo y recreación.

Que, nuestra localidad tuvo representatividad en el plenario a mano de la Sra. Gladys Triviño, quien es Consejera de Adultos Mayores de la Comarca Andina, Consejera de Adultos Mayores Provincial y también es Consejera de Adultos Mayores de PAMI Nacional.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: DECLARAR de Interés Municipal la participación en la 1º Reunión Plenaria-Octogésima Cuarta LXXXIV (Nº84) del Consejo Provincial de Adultos Mayores de Chubut, por parte de la Consejera de Adultos Mayores, Gladys Triviño en representación de nuestra localidad.

Articulo N ° 2: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido Archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo, en sesión ordinaria del día 24 de Abril de 2024.-

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Declaración Municipal Nro 009/2024

 
Declarar el apoyo a la continuidad del Sistema Universitario Público
VISTO:
La Ley XVI Nº 46 y la situación financiera de las Universidades Nacionales;

Y CONSIDERANDO
Que la Universidad Argentina es constitutiva de la sociedad nacional siendo que la misma ha nacido y se ha desarrollado bajo la autonomía universitaria desde la reforma universitaria de 1918 impulsada por el radicalismo, y la gratuidad del acceso a la Universidad que estableció el peronismo en 1949;

Que en las últimas décadas la Educación Universitaria Pública ha brindado la posibilidad de formar en muchísimas familias las primeras generaciones de graduados de dicho nivel, dando oportunidades a sectores vulnerables y postergados históricamente en nuestra sociedad;

Que existen en nuestro país más de 65 Universidades Nacionales distribuidas a lo largo y ancho de nuestro país profesionalizando a jóvenes y adultos con un sinnúmero de propuestas educativas brindando herramientas para el desarrollo personal y económico por medio de equipos conformados por docentes, investigadores y estudiantes comprometidos a retribuir al sistema universitario;

Que Beatriz Gentile, a cargo de la Universidad Nacional del Comahue, expuso en el Plenario de la UNSAM que en el año 1970 en Argentina éramos 24 millones de habitantes, y la matrícula universitaria era de 200.000. En el año 2013, la población argentina era de 42,5 millones y la matrícula universitaria era de 1.500.000 estudiantes. Es decir que, la población creció un 77% y la matrícula universitaria creció un 750%;

Que según datos de 2022, último registro disponible, estas instituciones nuclean y forman a 2.162.947 de los 2.714.277 de estudiantes universitarios de Argentina. Es decir que, hasta 2022, solo 551.330 alumnos estudiaban en instituciones privadas. Por ende el 80% de los universitarios recibía educación pública, y un 20%, educación privada;

Que estos datos no pueden ser pasados por alto o considerar que el Sistema Público Universitario ha fracasado y, por contrario, deben contemplarse y orientar a la mejora continua y el fortalecimiento de estas instituciones formadoras;

Que son varios los jóvenes de nuestra localidad que emigran a localidades más o menos cercanas a su hogar por sus estudios universitarios y regresan una vez obtenidos sus títulos para brindar sus servicios en pos de la mejor calidad de vida de todos quienes habitamos la localidad de El Hoyo contribuyendo a la producción y al trabajo. Actualmente muchos de ellos cursan sus estudios en la Universidad Nacional de Río Negro y la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco;

Que se ha prorrogado el Presupuesto Universitario 2023 constituyendo el punto de partida de la crisis que hoy afecta a la totalidad de las Universidades Nacionales, la decisión del Ejecutivo no tuvo consideración respecto de la inflación del año pasado del 211% y el 51,6% acumulado en el primer trimestre del año.

Que según el presupuesto inicial, las universidades nacionales y sus instituciones de salud tenían para este año asignado el mismo monto que en 2023, pese a la inflación; y el gobierno nacional anunció para el mes de Marzo un 70% acompañado de otro incremento del 70% para el mes de Mayo, no obstante ello el total presupuestario continua por debajo de la línea de la inflación;

Que no obstante el anuncio del gobierno en el que da cuenta de haber arribado a un acuerdo con las Universidades, el mismo resulta falaz dado que no ha sido un acuerdo sino que se trata de un Anuncio y el mismo continua resultando insuficiente;

Que si bien se incrementó en un 140% el presupuesto, el reclamo implica una actualización del 280% contemplando la inflación del año 2023 que fue del 211% y en lo que va del año 2024 acumula el 60%;

Que se ha realizado en el día de ayer, 23 de Abril, una multitudinaria marcha convocada por parte del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), el Frente Sindical de Universidades Nacionales y la Federación Universitaria Argentina (FUA), en Defensa del Sistema Universitario Público a fin de visibilizar y repudiar la situación a la que se enfrentan hoy a raíz de las medidas gubernamentales anunciadas. La misma tuvo la participación masiva en distintas localidades del país de rectores, egresados, estudiantes, docentes, no docentes, sindicatos como la CGT y la CTA, distintos sectores del peronismo, la UCR y menormente el PRO. También adhirieron instituciones universitarias privadas, como la UADE, la Universidad Torcuato Di Tella y la Universidad de San Andrés;

Que en sus lineamientos gubernamentales el equipo del Presidente Javier Milei acusa a las universidades públicas de ser espacios de adoctrinamiento y ante la reciente Marcha, el Presidente rechazó los reclamos, ratificó la política de austeridad presupuestaria y puso en medio de la discusión la exigencia de que las universidades acepten un régimen de auditorías sobre los fondos que administran diferente al que establece la legislación vigente;

Que estos anuncios y expresiones públicas van en directo detrimento de la educación Pública, Gratuita y de Calidad y agreden la esencia de los movimientos nacionales y populares que la historia reconoce como constituyentes de la propia nacionalidad;

Que defender el Derecho a la educación superior pública, gratuita y de calidad debe movilizarnos y comprometernos como ciudadanos argentinos;


POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: DECLARAR el apoyo a la continuidad del Sistema Universitario Público Argentino.-

Artículo Nº 2: COMUNICAR la presente al Sr. Gobernador de la Provincia del Chubut Sr. Ignacio Agustín Torres a fin de que arbitre los medios que estime corresponder ante el Gobierno Nacional con el objeto de expresar el interés de los chubutenses respecto a la protección de la Educación Universitaria.-

Artículo Nº 3: COMUNICAR la presente al Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut y al Ministerio de Capital Humano de la Nación.-

Artículo Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido, Archívese.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de El Hoyo en sesión ordinaria del día 24 de Abril del año 2024.
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Declaración Municipal Nro 008/2024

 
Declarar de interés cultural y turístico "Visita guiada a El Plesiosaurio de la laguna... Más que una leyenda"
VISTO:
La ley XVI Nº46 de corporaciones municipales

Y CONSIDERANDO
Que, pone el valor un sitio histórico y cultural en nuestra localidad.

Que, recupera una de las leyendas más importantes a nivel nacional e internacional del siglo XX en la Patagonia.

Que, trae al presente personalidades como Clemente Onelli, Emilio Frey, Martin Sheffield, Butch Cassidy, Sundance Kid entre otros.

Que, promueve al turismo educativo a nivel provincial y nacional.

Que, potencia la economía regional y genera puestos de trabajo genuino.

Que, busca, además, mostrar a los visitantes la importancia ecológica de los bosques y la necesidad de cuidarlos y preservarlos.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N°1: Declarar de interés cultural y turístico el emprendimiento: "Visita guiada a El Plesiosaurio de la laguna… Más que una leyenda" de la señora Peña Perla y los señores Peña Eduardo y Gómez Néstor.

Articulo N°2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad
de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 24 de Abril del año 2024-
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Declaración Municipal Nro 007/2024

 
Declarar de interés social y cultural al NEWCOM
VISTO:
La ley de corporaciones XVI n° 46, la ley 20.655 y la Declaración N° 004/24 de la Honorable Legislatura de Chubut.

Y CONSIDERANDO
Que el Newcom es una actividad deportiva que cuenta con reglas muy parecidas al vóley pero con adaptaciones destinadas a personas adultas mayores y/o con discapacidad para una práctica segura. Una de sus principales virtudes es que se puede practicar sin dificultad aun usando marcapasos o stent, también en el caso de personas con discapacidad o con enfermedad de párkinson, lo que incluye a personas que no podrían participar en otra disciplina. Les garantiza a quienes forman parte de sus equipos una gran oportunidad de vinculación, recreación y para generar sentido de pertenencia hacia un grupo.

Que en Argentina no se tienen registros de sus inicios, pero sí se sabe que se practicaba décadas atrás, como juego pre deportivo para comenzar a practicar vóley. En 2008 el Newcom fue incorporado en los Juegos Nacionales Evita.

Que la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las personas mayores, con rango constitucional, reconoce en su artículo 22 el Derecho a la recreación, al esparcimiento y al deporte. Manifiesta que "La persona mayor tiene derecho a la recreación, la actividad física, el esparcimiento y el deporte. Los Estados Parte promoverán el desarrollo de servicios y programas de recreación, incluido el turismo, así como actividades de esparcimiento y deportivas que tengan en cuenta los intereses y las necesidades de la persona mayor, en particular de aquella que recibe servicios de cuidado a largo plazo, con el objeto de mejorar su salud y calidad de vida en todas sus dimensiones y promover su autorrealización, independencia, autonomía e inclusión en la comunidad. La persona mayor podrá participar en el establecimiento, gestión y evaluación de dichos servicios, programas o actividades".

Que La Ley N° 20.655 de Promoción de las actividades deportivas en todo el país, establece en su artículo 1° la responsabilidad de la implementación de las condiciones que permitan el acceso a su práctica a todo ser humano, ofreciendo oportunidades especiales a las personas jóvenes, los niños, las niñas y adolescentes, a las personas adultas mayores y a las personas con discapacidad, considerando a la animación sociocultural como auténtico medio de equilibrio, inclusión y plena integración social.

Que el veinte seis de marzo del corriente año la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut en su declaración 004/24 se declaró de Interés Legislativo la disciplina deportiva Newcom.

Qué en nuestra localidad dicha disciplina se realiza desde el año 2009, siendo subcampeones del Evita Provincial en el año 2010, constituyéndose desde entonces en una herramienta fundamental de integración social, cultural y deportiva para los vecinos de la tercera edad de nuestra localidad.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de interés social y cultural la disciplina deportiva NEWCOM a fin de fomentar el desarrollo deportivo, la integración, la vinculación y la participación social de las personas adultas mayores, mejorando su calidad de vida a través del envejecimiento activo.

Artículo N° 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 10 de abril del año 2024.
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Declaración Municipal Nro 006/2024

 
Declara de interés la muestra fotográfica itinerante "Malvinas Argentinas, Nuestros Héroes"
VISTO:
Ley nacional n° 25370, ley XVI N° 46 de corporaciones municipales, ordenanza 42/2023

Y CONSIDERANDO
Que, el 2 de abril del 2024, se cumplieron 42 años en que tropas argentinas desembarcaran en las Islas Malvinas.

Que, es nuestra responsabilidad como comunidad recordar y mostrar lo sucedido en aquel conflicto bélico.

Que, necesitamos mantener el sentimiento de gratitud con aquellos que fueron convocados a defender patrióticamente la Soberanía Nacional.

Que, más allá del tiempo transcurrido siempre es oportuno mostrar, recordar y homenajear a todos aquellos que entregaron sus vidas por nuestro Territorio.

Que, en cumplimiento de la ordenanza Municipal Nº 42/2023 HCD MEH que reglamenta el establecimiento de un ciclo de homenaje "Honrando a nuestros héroes de Malvinas"; se procedió a la inauguración de una Muestra Fotográfica Itinerante compuesta por fotografías aportadas por ex combatientes de la localidad de El Hoyo.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declárese de interés la Muestra fotográfica itinerante "Malvinas Argentinas, Nuestros Héroes", inaugurada el 02 de abril de 2024.

Artículo N° 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 10 de abril del año 2024.
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Declaración Municipal Nro 005/2024

 
Declarar de interés Municipal la película documental "EL TURBIO"
VISTO:
La Ley XVI N° 46, Declaración de Interés Municipal de Lago Puelo Nº 019/23 CD MLP, Resolución Nº 048/24 Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut.

Y CONSIDERANDO
Que, "El Turbio" es una película documental próxima a estrenarse, exclusivamente para la Comarca Andina y que los días 30 y 31 de Marzo de 2024 se proyectará en La casa de la Cultura de El Hoyo.

Que, está dirigida por Alejandro Encinas y un equipo formado por vecinos de la comarca entre ellos, Pamela Gallardo, quien se desempeñó como productora general del rodaje, Lic. Bruno D. Ruiz quien se desempeñó en la realización integral de imagen y sonido y la dra. En antropología Alma Tozzini, todos vecinos de nuestra localidad.

Que, el rodaje busca visibilizar la realidad de las familias de El Turbio, su situación actual, su relación con las instituciones que administran el territorio de El Turbio y mostrar particularidades que hacen de este lugar un espacio codiciado y único por sus características.

Que, Actualmente viven allí miembros de esas familias pioneras y las nuevas generaciones que cada vez más tienen el sentimiento de volver al territorio en el que se criaron, pero del que por razones laborales debieron emigrar hacia Lago Puelo o El Hoyo.

Que, Desde el punto de vista de la colaboración interinstitucional el proyecto logró articular con los Municipios de Lago Puelo y EL Hoyo, con la Universidad Nacional de Río Negro, con el CONICET, con el Ministerio de Educación de Chubut a través de la Planta de Campamento de El Turbio, con Parques Nacionales y con la Secretaría de Bosques y Parques de Chubut.

Que, el documental ha sido premiado a Nivel Nacional en la categoría "Proyecto en Construcción" en el FAB (Festival Audiovisual de Bariloche) en su 11°. Edición en septiembre de 2023. Además, fue seleccionado como uno de los proyectos ganadores de el "Programa Gestionar Futuro 2023" de Cultura de la Nación y también Declarado de Interés Cultural por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Lago Puelo.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: DECLARAR DE INTERES CULTURAL a la película documental "EL TURBIO" dirigida por Alejandro Encinas, la productora independiente local "Desemboque Audiovisual", que promociona la realización del cine local y contribuye a salvaguardar la memoria individual y colectiva para las actuales y futuras generaciones.

Artículo N° 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El
Hoyo en sesión especial del día 18 de marzo de 2024.
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Declaración Municipal Nro 004/2024

 
Declarar de interés la "1° Edición del festival de la Vendimia del Paralelo 42 - El Hoyo 2024"
VISTO:
La Ley XVI N° 46; Ley XXII Nº 49, Resolución Nº 11/24 de Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas

Y CONSIDERANDO
Que, en la localidad de El Hoyo se encuentran establecimientos vitivinícolas de variados niveles productivos.

Que el MT y AP promociona el programa Vinos y Sabores de Chubut que engloba emprendimientos enoturísticos de la provincia.

Que el Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas reconoce en su Resolución Nº 11/24 al evento como fundamental para el afianzamiento y continuidad del programa

Que la Ley XXII Nº 49 cita en su Art 72 "…se consideran prioritarias aquellas iniciativas que tienden a la creación genuina de empleo y al cumplimiento de algunos de los siguientes objetivos: … Diversificación de la oferta turística y promoción de los productos turísticos de la Provincia del Chubut; …"

Que, en la Declaración Municipal Nº011/2023 Se reconoce a una de las bodegas, Ayestaran Allard, por el premio obtenido en el año 2023 en la provincia de Mendoza.

Que, es una oportunidad para el público en general para familiarizarse y conocer la actividad y el cultivo al visitar los establecimientos vinícolas.


POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1:Declarar de interés Municipal a la "1º Edición del festival de la Vendimia del Paralelo 42- El Hoyo 2024" a realizarse los días 30, 31 de marzo y 01 de Abril del 2024.-
Artículo N° 2: La presente declaración implica fortalecer la promoción turística y productiva de la localidad.
Artículo N°3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El
Hoyo en sesión ordinaria del día 13 de marzo de 2024.
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Declaración Municipal Nro 003/2024

 
Declarar Patrimonio Histórico la Casa Antigua de la Familia SZUDRUK
VISTO:
LEY DE CORPORACIONES XVI N°46, ORDENANZA O30/98, ORDENANZA 16/99, DECLARACION O25/2001, ORDENANZA 019/2005 HONORABLE LEGISLATURA DE CHUBUT

Y CONSIDERANDO
Que, en el año 1938, proveniente de Europa, llegan a la Argentina grupo importante de familias de nacionalidad polaca, entre ellos Don Maxim Szudruk, junto a su esposa y tres hijos; que luego se trasladan a la Patagonia, asentándose en la localidad de El Bolsón y posteriormente en El Hoyo.

Que, las familias polacas se asentaron en nuestra localidad, entre ellos las familias BATIUK, MICHALIK, KORECKY, SKIEPKO, entre otros. Quienes se dedicaron exclusivamente al cultivo de la tierra.

Que, en 1943 Maxim Szudruk comenzó a construir su casa de madera amordazada de ciprés.

Que, como reconocimiento y homenaje a los inmigrantes, la familia Szudruk realiza la donación de la casa antigua familiar al Proyecto Escolar, con el fin comunitario de creación de El Museo de El Hoyo.

Que, en el año 1997 el colegio 734 con modalidad en orientación al servicio turístico presenta el proyecto "Rescate del patrimonio cultural histórico de mi pueblo", en el segundo Congreso de Historia de la Patagonia argentina y chilena.

Que, en el año 1998 el proyecto es premiado por la Secretaría de Desarrollo Social de la Nación y la UNESCO.

Que, en 1998 se sanciona la ordenanza 30/98 con el fin de crear una comisión de museo, constituida por representante de la escuela, municipalidad, comisión local de cultura y vecinos.

Que, por ordenanza 016/99 el HCD de El Hoyo destina un lote para la construcción del museo.

Que, en el marco del proyecto institucional se plantea la posibilidad del traslado de la vivienda de la familia SZUDRUK dentro del predio del museo la cual se hace efectivo en el año 2009.

Que en el marco de la catedra de Historia Regional de la Escuela N° 734 Cóndor Andino de nuestra localidad surge la necesidad de rescatar anécdotas, historias de vida, herramientas, elementos de la vida cotidiana de los pioneros como forma de poner en valor la cultura local, para el conocimiento tanto de los pobladores locales como de los visitantes

Que, la preservación de nuestro patrimonio coincide con la tarea de rescate de nuestro pasado histórico, de las obras
que nuestros antecesores han dejado a través del tiempo, de la diversidad de formas de sentir, pensar y obrar, sobre las
que se constituye nuestra cultura y nuestra identidad, conformando así el legado de máxima importancia al que como hijos de este pueblo debemos observar.

Que, la preservación del patrimonio histórico cultural forma parte de los derechos culturales que hacen a la calidad de vida de los pueblos, y que es un deber que nos compete a todos, hallando al acceso y el disfrute del mismo también como un derecho inalienable, un derecho de todos. En uso de las facultades que le son propias


POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar Patrimonio Histórico la Casa Antigua de la familia SZUDRUK, ubicada en la plaza Antiguos pobladores de la localidad de El Hoyo.

ARTICULO N° 2: Con el objeto de garantizar la preservación a través del tiempo, el inmueble no podrá ser modificado o destruido, de modo parcial o total, ni será transformado su entorno, si este forma parte del beneficio de declaración, sin el estudio y la aprobación previa de la comisión municipal de preservación del patrimonio histórico y cultural y/o la comisión que la reemplace y del Honorable Concejo Deliberante, quienes sólo podrán autorizar reformas por fuerza o motivo mayor o de excepción cuando hayan realizado y agotado todos los esfuerzos y recursos relacionados a la preservación.

ARTICULO N° 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo en sesión ordinaria del día 14 de Febrero del año 2024.
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Declaración Municipal Nro 002/2024

 
Declarar de Interés Municipal Muestra "Zapatos Rojos"
VISTO:
Ley nacional n° 26.485 PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES; Ley provincial XV N° 26 PROTECCION INTEGRAL E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y EQUIDAD GENERO; declaración 01/2021 BANCO ROJO

Y CONSIDERANDO
Que, "Zapatos Rojos", es una muestra creada por la artista mexicana Elina Chauvet. Invita a reflexionar acerca de los femicidios y rinde homenaje a aquellas mujeres víctimas de la violencia más extrema.
Que, la iniciativa tiene sus inicios en Juárez, Chihuahua, México, el 9 de septiembre del año 2009, ciudad donde se estampa el término feminicidio.
Que, Zapatos Rojos es un proyecto de arte público y relacional, que toma la forma de una muestra, compuesta por cientos de pares de zapatos rojos, para decir basta a la violencia de género.
Que, 8 de marzo se conmemora en el mundo la lucha de las mujeres por la igualdad, el reconocimiento y ejercicio efectivo de sus derechos.
Que, en el marco de la Semana de la Mujer, la coordinación de Mujer, Genero y Diversidad de El Hoyo y la Subsecretaria de Genero y Derechos Humanos de la Provincia de Chubut, realizaran los días 04 y 05 la muestra "Zapatos Rojos" en el Sum de Puerto paraje Puerto Patriada.
Que, la actividad en la provincia tiene como antecedente la exposición realizada en la Ciudad de Rawson en el 2023 durante la conmemoración del Día Internacional de la eliminación de la violencia contra las mujeres y diversidades, que tiene lugar cada 25 de noviembre para recordar el feminicidio de las hermanas Mirabal.

POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declárase de Interés Municipal la Muestra "Zapatos Rojos, contra la violencia de Género, los Femicidios, Transfemicidios y Travesticidios".

Artículo N° 2: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese.-.


Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de El Hoyo, en sesión ordinaria del día 28 de Febrero del 2024.-
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Declaración Municipal Nro 001/2024

 
Declarar Interés Milla Anwandter Szudruck
VISTO:
La Ley XVI N°46, y la participación de la Joven Milla Anwandter Szudruk en la Delegación Argentina que compitió en los Juegos Olímpicos de la Juventud de Invierno Gangwon 2024, Corea desde el 19 de Enero al 01 de Febrero 2024.-

Y CONSIDERANDO
Que, Milla es una joven de 16 años, oriunda de nuestra localidad que practica el esquí desde los 6 años;

Que, el Esquí es una disciplina, que demanda constante entrenamiento, buena alimentación y acompañamiento de distintos profesionales de la salud y el deporte para el óptimo estado físico que requieren las competencias deportivas de alto rendimiento;

Que, comenzó a competir a los 9 años, en diferentes torneos y carreras, obteniendo excelentes resultados;

Que, actualmente se encuentra formando parte de la Delegación Argentina que compite en los Juegos Olímpicos de la Juventud de Invierno - Gangwon 2024;

Que, la joven compite en diferentes disciplinas dentro del Esquí Alpino, y ha alcanzado lugares en el podio en varias oportunidades en las diversas modalidades en las que compitió;

Que, en el año 2021 ha participado en el Campeonato Fueguino en categoría GS (Súper Gigante), en La Copa Blanco Tierra del Fuego en categoría SL (Slalom), en la Copa del Fin del Mundo en categoría SL logrando el segundo puesto y durante el año 2022 participó en la Copa C.A.P. en Categoría SL logrando el segundo lugar y en Categoría GS logrando también el segundo puesto, en la Copa Club Lacar en Categoría GS donde conquistó el primer puesto, y en el año 2023 compitió en el Campeonato Nacional de Cadetes II en Categoría SG y en el Campeonato Argentino de SL, alcanzando el primer lugar en ambas competencias y en el Circuito Sudamericano logrando el segundo puesto en la disciplina Slalom gigante en Antillanca, Chile y el tercer lugar en el Campeonato Nacional Junior de Chile de Slalom, también en Antillanca; entre otras competencias de alto nivel de las que ha participado a lo largo de su carrera deportiva;

Que, en la temporada estival pasada, Milla viajó a Andorra, a fin de poder continuar entrenando y su puntuación en el ranking, le permitió correr algunas copas en Europa, como el Alpe Cimbra (Italia) y el Trofeo Borrufa (Andorra);

Que como todo deportista de alto rendimiento, el Esquí le exige a Milla constancia, esfuerzo, disciplina y dedicación, Milla ha demostrado que cuenta con todas las condiciones y las ha desempeñado con gran compromiso a lo largo de su carrera;

Que la participación en los Juegos Olímpicos de la Juventud de Invierno era un sueño para la joven Milla, por el que ha trabajado muchísimo con el apoyo de su mamá y su familia y que hoy está haciendo realidad;

Que, es importante destacar que como todo deporte, el esquí aporta al desarrollo saludable de jóvenes como Milla, brindando la posibilidad de conocer pistas de esquí alrededor de todo el mundo y además compartir con otros equipos y competidores, generando el intercambio cultural y de vivencias deportivas, como así también la construcción de vínculos de amistad entre los competidores;

Que Milla, es ejemplo de perseverancia, esfuerzo, disciplina, fortaleza y pasión por la actividad que desempeña.

Que, este Honorable Cuerpo ha otorgado distintos reconocimientos a Jóvenes Destacados de la localidad, que se desenvuelven en diversas actividades y es menester otorgar el reconocimiento a Milla Anwandter Szudruk por su participación en los Juegos Olímpicos de la Juventud;


POR ELLO Y:
En uso de sus atribuciones que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION

Articulo N° 1: Declarar de Interés Municipal, la participación de la joven Milla Anwandter Szudruk, de 16 años de edad en los Juegos Olímpicos para la Juventud de Invierno Gangow 2024 Corea, en los que ingresó al Top 30 en 3 categorías.-

Artículo Nº 2: Comunicar la presente Declaración al Sr. Gobernador de la Provincia de Chubut, Ignacio Agustín Torres.-

Artículo N° 3: Comunicar la Presente a la Honorable Legislatura de Chubut.

Artículo N° 4: Comunicar la presente al Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación.

Articulo N° 5: Invitar a los anteriormente mencionados a realizar las acciones que estimen corresponder, para brindar apoyo y acompañamiento a la joven distinguida en la presente declaración.

Artículo N°6: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo en sesión ordinaria del día 14 de Febrero del año 2024.
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