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Comunicación Municipal Nro 006/2000

 
Agua Rincon de Lobos
VISTO:
La Ley Provincial Nº 3098/88 de Corporaciones Municipales;

Y CONSIDERANDO:
La necesidad de mejorar el servicio de agua domiciliaria en el paraje denominado Rincón de lobos;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propia

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

COMUNICACION

Articulo Nº 1: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a llegar a un acuerdo con el Vecino Rudecindo Cárdenas y los Organismos Provinciales, para buscar una solución a la toma de agua, desde la naciente del arroyo que alimenta la cisterna del Rincón de lobos, en el ejido Municipal de El Hoyo. -

Articulo Nº 2: De Forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 01 del mes de Noviembre del año 2000.
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Comunicación Municipal Nro 005/2000

 
Proyecto Presupuesto Ejercicio 2001
VISTO:
La nota enviada por el Intendente Municipal de fecha 31/10/00; El articulo Nº 38 de La Ley Provincial Nº 3098/88 de Corporaciones Municipales;

Y CONSIDERANDO:
Qué el poder Ejecutivo Municipal ha enviado una solicitud de prorroga para la presentación del Proyecto de Ordenanza Municipal del Presupuesto ejercicio 2001;

Qué según los plazos establecidos en el artículo Nº 38 de la Ley de corporaciones Municipales Nº 3098/88, se establece como fecha de presentación del presupuesto el último día del mes de octubre:

Qué el Departamento ejecutivo Municipal viene trabajando en la realización de un estudio de ejecución del mismo;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propia

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

COMUNICACION

Articulo Nº 1: Instar al Departamento Ejecutivo Municipal a la presentación del Proyecto de Ordenanza Presupuesto Ejercicio 2001 dentro de un plazo no mayor a treinta días corridos.

Articulo Nº 2: De Forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 01 del mes de Noviembre del año 2000. -
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Comunicación Municipal Nro 004/2000

 
Deuda Hinostroza
VISTO:
La nota presentada por el Sr. David Ovando y la Sra. Norma Inostrosa; la Ordenanza Municipal Nº 014/00 HCD MEH; La Ley Provincial Nº 3098/88 de Corporaciones Municipales;

Y CONSIDERANDO:
Qué según Ordenanza Municipal Nº 014/00 HCD MEH el Honorable Concejo Deliberante queda facultado a autorizar planes de pago de impuestos y otros, con el fin de regularizar la situaciones de los vecinos con el Municipio;

Qué el Sr. David Ovando y la Sra. Inostrosa se presentan espontáneamente a regularizar sus deudas con el Municipio, a través de la nota que se adjunta a la presente Comunicación;

Qué no habría impedimentos para otorgarle un plan de regularización impositiva;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propia

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

COMUNICACION

Articulo Nº 1: Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a convenir con el Sr. David Ovando y la Sra. Norma Inostrosa un convenio de pago por trabajo de sus deudas anteriores al 2000; e instar a regularizar a los vecinos mencionados a el pago de sus impuestos del periodo impositivo 2000. -

Articulo Nº 2: De Forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 04 del mes de Octubre del año 2000. -
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Comunicación Municipal Nro 003/2000

 
Pago Deuda Susana Corrias
VISTO:
La nota presentada por la Sra. Silvia Susana Corrias; la Ordenanza Municipal Nº 014/00 HCD MEH; La Ley Provincial Nº 3098/88 de Corporaciones Municipales;

Y CONSIDERANDO:
Qué según Ordenanza Municipal Nº 014/00 HCD MEH el Honorable Concejo Deliberante queda facultado a autorizar planes de pago de impuestos y otros, con el fin de regularizar la situaciones de los vecinos con el Municipio;

Qué la Sra. Silvia Susana Corrias se presentan espontáneamente a regularizar sus deudas con el Municipio, a través de la nota que se adjunta a la presente Comunicación;

Qué no habría impedimentos para otorgarle un plan de regularización impositiva;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propia

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

COMUNICACION

Articulo Nº 1: Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a convenir con la Sra. Silvia Susana Corrias un convenio de pago según la propuesta expresada por la vecina en su nota de solicitud que se adjunta a la presente Comunicación. -

Articulo Nº 2: De Forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 04 del mes de Octubre del año 2000. -
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Comunicación Municipal Nro 002/2000

 
Licitación Camping Patriada
VISTO:
Las actuaciones de caducidad de los convenios de concesión de los camping Municipales de Puerto Patriada y Del Río; La Ley Provincial Nº 3098/88 de Corporaciones Municipales;

Y CONSIDERANDO:
Qué el municipio ha recuperado la administración de las concesiones en los camping Municipales de Puerto Patriada y Del Río;

Qué es necesario administrar dicho camping por la premura de la cercanía de la temporada de verano;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propia

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

COMUNICACION

Articulo Nº 1: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal para que lleve a adelante una licitación privada de precio para la concesión del Camping Municipal Puerto Patriada, a referéndum del HCD de la Municipalidad de El Hoyo.

Articulo Nº 2: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal:
A) Para realizar un convenio, con los actuales administradores del Camping Municipal Del Río, para su administración hasta el día 31 de marzo del año 2001. -

B) Llevar a adelante el llamado a una licitación pública para la concesión de la administración del Camping Municipal del Río, con el fin de ser administrado a partir del día 01 de abril del año 2001. -

Articulo Nº 3: De Forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 20 del mes de Septiembre del año 2000. -
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Comunicación Municipal Nro 001/2000

 
Declarar estado de Emergencia Social
VISTO:
La Ley Provincial Nº 3098/88 de Corporaciones Municipales; y la adhesión Municipal a la Ley de Emergencia Económica Provincial;

Y CONSIDERANDO:
Qué la Municipalidad de El Hoyo adhirió a la Ley que dispuso la Emergencia Económica Provincial, en virtud de la estrechez económica que padece, debido a la alta acumulación de deudas, a los descuentos que de manera automática efectúa la Provincia, de la Coparticipación Federal de Impuestos, en cobro de cuotas de créditos otorgados para ejecución de la red cloacal, planta depuradora, red de gas natural y viviendas del plan de obras delegadas; a la disminución del cupo de la ayuda social que normalmente proveía el Gobierno Provincial, y al aumento de la demanda por Asistencia Social Municipal, como resultado de la restricción de la actividad económica general y el aumento de la desocupación;

Qué también, muchos de los problemas económicos del Municipio se originan en el incumplimiento de las obligaciones contributivas y del pago de cuotas de viviendas, de parte de números vecinos, lo que dio origen a la instrumentación del Plan de Regularización Impositiva 2000;

Qué la actividad económica de la localidad no escapa a los inconvenientes que padecen las economías regionales, debido a la alta carga Impositiva Nacional; a la dificultad para competir con productos de la zonas menos alejadas de los centro de consumo, y al mayor costo de los insumos; y a la estacionalidad de los productos; que atenta contra la sustentabilidad de las producciones y la generación de mano de obra;

Qué el Gobierno Provincial no ha dado fiel cumplimiento firmado oportunamente con la Municipalidad de El Hoyo, referente al subsidio de parte de la red de gas natural; lo que origina que cada frentista deba abonar un precio más alto al pactado inicialmente con la Municipalidad;

Qué, en el marco del código de aguas; el Gobierno Provincial no ha ejecutado conveniente las tareas de mejora del cauce y afianzamiento de riberas del Río Epuyén; que se vienen reclamando desde hace más de cinco años, en virtud de los inconvenientes que anualmente genera a la población rural y al espectro productivo en particular; sin tomar en cuenta los gastos extraordinarios que año a año se vuelcan en asistencia por inundación;

Qué, a raíz del último temporal, ha quedado demostrada la falta de mantenimiento durante los últimos años al sistema eléctrico del noroeste; fundamentalmente, por la no asignación de partidas adecuadas para los gastos operativos que demanda el sistema; y que han afectado la normal prestación de los servicios de atención de la salud, educación, atención en edificios públicos, instalaciones frigoríficas; y han privado a la población de la comarca de falta de electricidad en tiempos mayores a los tolerables:

Qué, en las condiciones actuales, es razonable esperar que el Río Epuyén desborde rápidamente, inundando amplios sectores del valle, afectando áreas cultivables, arrasando puentes sobre canales de drenajes, en accesos a las chacras, etc; debido a la sobre elación del nivel de su cause por acumulación de material de grava y arena, y al debilitamiento de sus riberas;

Qué una de las alcantarillas sobre la Ruta Nacional Nº 258; a la altura del Lote Nº 51 "a"; por las que drena el agua de desbordes del Río Epuyén se encuentra inclinada y no permite la normal escorrentía de retorno hacia el río, prolongando el anegamiento del área comprendida entre la ruta Nacional Nº 258 y la ladera este del valle.

Qué, en virtud de la localización dispersa de la población en las áreas rurales, se torna muy dificultoso a la Municipalidad de El Hoyo, cumplir con la prestación de los servicios públicos, y atención en caso de emergencias.

Qué conforme al Censo Nacional de Población y Vivienda (año 1992), la localidad de El Hoyo cuenta con prácticamente la mitad de su población rural con necesidades básicas insatisfechas.

Qué esta situación general se presenta antes del ingreso a la temporada invernal; lo que hace lógico suponer que empeore en los próximos meses, debido a condiciones climáticas adversas, propias de la temporada y aumento de la desocupación.

Qué, en consecuencia, será necesario preveer refuerzos en las partidas alimentarias, de medicamentos y vestimentas, para auxilio de las familias carenciadas

Y POR ELLO:
En uso de sus facultades que le son propia

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

COMUNICACION

Articulo Nº 1: Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal que, en el marco de la Junta Municipal de Defensa Civil, se declare a la Municipalidad de El Hoyo en estado de Emergencia Social. -

ARTICULO Nº 2: Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal que ejecute la previsión presupuestaria que estime necesaria para reforzar el área de Acción Social Municipal, durante la temporada invernal. -

ARTICULO Nº 3: Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal que gestione ante la Secretaría Provincial de Desarrollo Social, el refuerzo de las partidas para asistencia social durante la época invernal.

ARTICULO Nº 4: Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal que gestione ante el Gobierno Provincial la provisión de un grupo electrógeno al Hospital Rural de El Hoyo, para atención de emergencias en el suministro de energía por parte de la Dirección de Servicios Públicos.

ARTICULO Nº 5: Facultar al Poder Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones que estime necesarias al efecto de la mejor previsión y coordinación tendientes a paliar la situación de emergencia descripta en los considerandos de la presente.

ARTICULO Nº 6: Comuníquese al Poder Ejecutivo, a la Junta Municipal de Defensa Civil, a la Legislatura Provincial, Al Poder Ejecutivo Provincial, a los Municipios de la Comarca, y Cumplido, archívese.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 12 del mes de Junio del año 2000. -
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