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Ordenanza

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Ordenanza Municipal Nro 080/2003

APROBADA 
Rubro Plan de Emergencia Alimentaria
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales Nº 034/03 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el rubro Plan de Emergencia Alimentaría existía previsto en el presupuesto Municipal Ejercicio 2002, teniendo una cuenta propia en el Banco Nación Sucursal El Bolsón Río Negro;

Qué en el Presupuesto Municipal Ejercicio 2003 no fue previsto el mencionado rubro;

Qué existe un remante de dinero de pesos ciento treinta con 27/100 ( $ 130,27.-) en la cuenta del Banco Nación Sucursal El Bolsón Río Negro;

Qué es necesario cerrar la mencionada cuenta bancaria por no existir partidas destinada ha ese rubro;

Qué es necesario crear, modificar e incrementar el rubro Plan de Emergencia Alimentaría del Presupuesto Municipal Ejercicio 2003, según Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Crear, modificar e incrementar el rubro "PLAN DE EMERGENCIA ALIMENTARIA" en el anexo I "Ingresos", Titulo 2, De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 034/2003 MEH y sus modificatorias.

• Plan de Emergencia Alimentaría _______________________+ $ 130,27.-

Artículo Nº 2: Crear, modificar e incrementar el rubro "PLAN DE EMERGENCIA ALIMENTARIA" en el anexo II "Egresos", Titulo 3, Transferencias Corrientes, de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias.

• Plan de Emergencia Alimentaría _______________________+ $ 130,27.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 22 del mes de Diciembre del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 079/2003

APROBADA 
Modif. Presupuesto Diciembre
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales Nº 034/03 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Gobierno Provincial ha enviado dinero para el Servicio de Protección Integral de nuestra localidad;

Qué esta Municipalidad ha procedido a aumentar la recaudación en ciertos rubros superando lo presupuestado para este ejercicio;

Qué es necesario modificar e incrementar algunos rubros del Presupuesto Municipal Ejercicio 2003 según Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar los rubros que a continuación se detallan del anexo I "Ingresos", de la Ordenanza Municipal Nº 034/2003 MEH y sus modificatorias.

• 2.17 – Servicio de Protección Integral ___________________ + $ 3.000.-
• 2.14 - Servicios Retributivos ___________________________ + $ 5.0 00.-

+ $ 8.000.-

Artículo Nº 2: Modificar e incrementar los rubros que a continuación se detalla, en el anexo II "Egresos", de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias.

• 3.12 - Servicio de Protección Integral ________________________+ $ 3.000.-
• 2.8 – Cortesía y Homenaje_________________________________ + $ 1.500.-
• 5.5 – Obras Publicas Varias _______________________________ + $ 3.500.-

+ $ 8.000.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 22 del mes de Diciembre del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 078/2003

APROBADA 
Fijar Sueldos de Concejales
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 069/02 MEH; La Asunción de las nuevas autoridades del Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante para el Periodo 2003/2007; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanza Municipal N° 069/02 MEH se fija los gastos de representación y/o dieta de los señores concejales y sueldos de las autoridades del Departamento Ejecutivo Municipal;

Qué el día 10/12/03 asumieron las nuevas autoridades electas para el Periodo 2003/2007;

Qué el articulo N° 8 de la Ordenanza Municipal N° 069/02 MEH especifica los concejales que perciben Gastos de Representación;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo ratificar la Ordenanza Municipal N° 069/02 MEH y especificar los concejales que percibirán Gastos de Representación;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificar la Ordenanza Municipal N° 069/02 MEH.

Articulo N° 2: Derogar el articulo N° 8 de la Ordenanza Municipal N° 069/02 MEH.

Articulo N° 3: Exceptuar de los términos del Articulo N° 7 de la Ordenanza Municipal N° 069/02 MEH y fijar como única retribución un importe en concepto de Gastos de Representación de $ 400,00 (Pesos cuatrocientos) para los siguientes concejales:

Bezunartea Maria Angélica _____________ D.N.I. Nº 18.065.315.-
Guerrero Jesús _______________________ D.N.I. N° 5.523.359.-

Artículo Nº 4: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 15 del mes de Diciembre del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 076/2003

APROBADA 
Subsidio Autobomba
VISTO:
El Decreto Provincial N° 1794/03; La Ordenanza Municipal Nº 034/2003 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Decreto Provincial N° 1794/03 del Gobierno Provincial se otorga un subsidio de Pesos Quince Mil ($ 15.000.-) a favor de la Municipalidad de El Hoyo destinar a solventar los gastos que demande la compra de un autobomba para los Bomberos Voluntarios de la localidad de El Hoyo;

Qué es necesario incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2003 según Ordenanza Municipal Nº 034/2003 MEH y sus modificatorias;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar el rubro 2.7 – OTROS SUBSIDIOS en el anexo I "Ingresos", título 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 034/2003 MEH y sus modificatorias.

2.7 – Otros Subsidios _________________________________ + $ 15.000.-

Artículo Nº 2: Modificar e incrementar el rubro 3.11 – OTROS SUBSIDIOS en el anexo II "Egresos", titulo 3 – Transferencias Corrientes, de la Ordenanza Municipal Nº 034/2003 MEH y sus modificatorias .-

• 3.11. – Otros Subsidios _____________________________ + $ 15.000.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 del mes de Diciembre del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 075/2003

APROBADA 
Transferencias a Schembri
Y VISTO:
Ley Provincia 3098/88 de Corporaciones Municipales y sus modificatorias, La Ordenanza Municipal 009/86 MEH, La Ordenanza Municipal 020/85MEH, La ordenanza Municipal 034/89 MEH y sus modificatoria 070/97, 021/00 y 075/01 MEH, El Expediente Municipal Lote 4 Manzana Nº 15 Barrio Arrayanes; Notas presentadas por los señores Francisco Steiner y Gustavo Rodolfo Schembri, La Cesión de Derechos y Transferencia de Mejoras de fecha 03/10/03 y Dictamen Asesoría Legal del DEM de fecha 25/11/03;

Y CONSIDERANDO:
Qué a fs. 4 obra Boleto de Compra Venta suscripto por el señor Intendente Municipal a favor del señor Francisco Steiner, de fecha 05/01/1989, por el lote 4 de la Mzna. 15 del fraccionamiento de los lotes 32b y 32c, hoy Barrio Arrayanes.-

Qué a fs. 6 obra Nota de fecha 03/11/03, suscripta por el señor Francisco Steiner, D.N.I. Nº 16.644.051, solicitando se autorice la Cesión de Derechos y Transferencia de Mejoras del Lote 4 de la Mzna. 15 del fraccionamiento de los lotes 32b y 32c, hoy Barrio Arrayanes, a favor del señor Gustavo Rodolfo Schembri, DN.I. Nº 16.584.166.-

Qué a fs. 7 obra Nota de fecha 03/11/03, suscripta por el señor Gustavo Rodolfo Schembri, por la cual solicita se autorice la Cesión de Derechos y Transferencia de Mejoras del Lote que motiva la presente, de fecha 03/10/03, otorgada por señor Francisco Steiner a su favor, acompañando, además, copia certificada de dicho instrumento privado, el cual obra a fs. 8.-

Qué a fs. 10 obra el Dictamen del Asesor Legal del DEM y conforme se desprende del mismo nada obsta a que se haga lugar a la autorización peticionada.-

Qué se encuentran cumplimentados los requisitos exigidos por la legislación vigente y no existen objeciones legales;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR la Cesión de Derechos y Transferencia de Mejoras glosada a fs. 8 del Expediente Municipal Nº 30 sobre el Lote Nº 4 de la Manzana 15, cuya superficie es de 675 metros cuadrados, correspondiente al fraccionamiento de los Lotes 32b y 32c, hoy Barrio Arrayanes, realizada entre Don Francisco Steiner, D.N.I. Nº 16.644.051, a favor de Don Gustavo Rodolfo Schembri, D.N.I. Nº 16.584.166.

Artículo Nº 2: La presente autorización está condicionada al previo pago del derecho de transferencia, conforme lo establecido por la Ordenanza Municipal 034/89 MEH, modificada por Ordenanza Municipal 070/97 MEH y, de corresponder, cancelación de impuestos y deudas municipales que pesen sobre el inmueble cedido. -

Artículo Nº 3: De forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 12 del mes de noviembre del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 074/2003

APROBADA 
Barrio Cume Hue Calle Las Lilas
VISTO:
La nota presentada con fecha 10/11/03 por la Junta vecinal Barrio Cume Hue; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante nota de fecha 10/11/03 se solicita por parte de la Junta vecinal Barrio Cume Hue la designación del nombre de una calle ubicada frente a la sala velatoria en el barrio Cume Hue;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo atender a la solicitud de la Junta vecinal Barrio Cume Hue;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Designar a la calle que pasa frente a la sal Velatoria, en barrio Cume Hue con el nombre de "Las Lilas". -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 del mes de Noviembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 073/2003

APROBADA 
Licitación Privada Cámara de Frío
VISTO:
El convenio de fecha 10/01/03 firmado entre la municipalidad y el Gobierno Provincial; La Ordenanza Municipal N° 003/03 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanza Municipal N° 003/03 MEH se ratifica en todos sus términos el contrato de fecha 10/01/03 suscripto entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del proyecto denominado "Adquisición de una Cámara de Frío";

Qué conforme la legislación vigente, por el monto establecido para la compra se deberá llamar a licitación privada de precios;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo avanzar en la concreción de la adquisición de la cámara de frío en los términos y bajo las condiciones del Contrato arriba mencionado;

Qué a esos efectos se encomienda y autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a llamar a licitación privada de precios dentro del plazo de noventa días hábiles;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR y ENCOMENDAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un llamado a Licitación Privado de Precios, dentro del plazo de noventa (90) días hábiles, a los fines de adquirir una cámara de frío, todo ello en los términos y condiciones del convenio suscripto entre el Gobierno Provincial y este Municipio en el marco del proyecto denominado "Adquisición de una Cámara de Frío", y según Ordenanza Municipal N° 003/03 MEH.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 del mes de Noviembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 072/2003

APROBADA 
Licitación Parque Croce
VISTO:
La nota presentada de fecha 08/09/03 por la Señora Rosa Angélica Croce; Las Ordenanzas Municipales Nº 029/95 y 034/01 DEM; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué por nota recibida N 144/03 HCD MEH con fecha 08/09/03, la Señora Rosa Angélica Croce presenta el anteproyecto de Secadero de Mosqueta y a fines;

Qué no habría inconvenientes para la adjudicación del lote Nro. 12 de la quinta Nº 2 del Parque Industrial de nuestra localidad, para el desarrollo del proyecto de Secadero de Mosqueta y afines;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo aprobar el proyecto presentado por la Señora Rosa Angélica Croce;

Qué en el expediente falta el Dictamen de la Asesoría Legal del Departamento Ejecutivo;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el convenio correspondiente, según Ordenanza Municipal Nº 029/85 y 034/01 MEH, adjudicando el Lote Nº 12 de la Quinta 2 del Parque Industrial del ejido Municipal de El Hoyo para la ejecución del Proyecto presentado por la Señora Rosa Angélica Croce, D.N.I. Nº 11.409.822, de Secadero de Mosqueta y afines, previo dictamen que deberá evacuar la Asesoría Legal del Departamento Ejecutivo, conforme la reglamentación legal vigente. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 12 del mes de Noviembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 071/2003

APROBADA 
Contribución Bomberos
VISTO:
La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88; y la solicitud formulada por la Asociación Bomberos Voluntarios de esta Localidad;

Y CONSIDERANDO:
Qué la solicitud de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo, referente a la inclusión de un pago adicional en la factura de consumo bimestral de energía (a cargo de la D.G.S.P.) puede ser encuadrada en las facultades que otorga el articulo 30 y 31 de la Ley 3098;

Qué existen antecedentes y normativas similares en localidades vecinas al respecto;

Qué es necesario dotar con un recurso económico mensual a la Asociación con el objeto de afrontar los gastos de mantenimiento y equipamiento, destinados a un mejor funcionamiento en salvaguarda de los intereses de toda la población;

Qué es espíritu de este cuerpo colegiado no dar al cobro de la contribución carácter de impuesto, sino de contribución voluntaria por ser un servicio de gran importancia en la localidad que presta la Asociación solicitante y que no dispone de recursos genuinos;

Qué por otra parte resulta importante que una contribución de esta naturaleza tenga criterio de adhesión voluntaria y no compulsiva, lo cual confirma los argumentos esgrimidos para fijarla;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: CREASE LA CONTRIBUCIÓN VOLUNTARIA con destino al mantenimiento, renovación y equipamiento de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo.

Articulo N° 2: FIJASE la percepción de la Contribución voluntaria creada por el artículo anterior a percibirse con el consumo de cada medidor de energía eléctrica conectado al sistema de la D.G.S.P. de El Hoyo, cuyo importe será de $ 2,00.- bimestral.

Articulo N° 3: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio entre la Municipalidad de El Hoyo, la Dirección de Servicios Públicos y la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo, a los fines de establecer las normas legales correspondientes para cumplimentar con los objetivos de la presente. -

Articulo N° 4: Los montos percibidos en virtud de lo dispuesto por los artículos 1° y 2°, serán rendidos por la DEC a la Municipalidad de El Hoyo, quién a su vez, los depositara en una cuenta habilitada a tal fin en el Banco del Chubut S.A., Suc. El Hoyo, a nombre de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo, Personería Jurídica N° 1570.

Articulo N° 5: Semestralmente la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo elevara a este Honorable Concejo Deliberante y al Departamento Ejecutivo las planillas correspondientes al monto recaudado y transferido.

Articulo N° 6: Anualmente la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo elevara a este Honorable Concejo Deliberante el Balance anual de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo y el programa de inversiones.

Articulo N° 7: El pago de la Contribución que motiva la presente tiene carácter voluntario, manifestándose en tal sentido el contribuyente por medio de la Planilla que se adosara en el Bimestre posterior a la firma del Convenio a que hace referencia el articulo 3°, debiendo constar su voluntad de no pago.

Articulo N° 8: Quienes resulten nuevos usuarios solicitaron la Planilla en las oficinas de la D.E.C. -

Articulo N° 9: La Municipalidad de El Hoyo se reserva el derecho de suspender esta normativa ante cualquier incumplimiento de su articulado y hasta tanto se regularice la situación que provoco su suspensión. -

Artículo Nº 10: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial 12 del mes de noviembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 070/2003

APROBADA 
Impuestos Bomberos
VISTO:
La Ley Provincia 3098/88 de Corporaciones Municipales y sus modificatorias ;

Y CONSIDERANDO:
Qué la Asociación de Bomberos Voluntarios es una entidad sin fines de lucro y que los miembros de su cuerpo activo arriesgan, en forma desinteresada, su integridad psico-física con altruismo en aras de la comunidad;

Qué es resulta equitativo que la comunidad, representada por la Corporación Municipal, reconozca en forma concreta la meritoria labor de sus bomberos;

Qué la excepción de impuestos municipales es una forma efectiva de reconocimiento que puede brindarse a los mencionados servidores públicos;

Qué se encuentra en aplicación una normativa similar en el Municipio de Lago Puelo, cuya eficiencia esta comprobada;

POR ELLOS Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Otorgar a todos los integrantes del cuerpo activo de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo una excepción en los Impuestos Municipales por el termino dos años a partir de la promulgación de la presente ordenanza.

Artículo Nº 2: El beneficio recaerá en no más de un inmueble del cual deberá demostrar con los instrumentos correspondientes ser ocupante, inquilino, adjudicatario en venta o titular.

Artículo Nº 3: Todo bombero voluntario que no detente bien inmueble, podrá mediante declaración jurada pasada por ante el Juzgado de Paz Local, acreditar que vive en su casa paterna o conyugal, en cuyo caso dicho inmueble se beneficiará de conformidad con el art. 1º de la presente. -

Artículo Nº 4: Gozarán del beneficio establecido en el art. 1º de la presente aquellos Bomberos Voluntarios que se hallen al día en el cumplimiento de todas sus obligaciones tributarias, o se encuentren acogidos a un plan de pago, debiendo éste último cumplirse en las fechas acordadas. En caso de mora se le suspenderá la aplicación de la presente hasta tanto cancele las deudas tributarias pendientes. -

Artículo Nº 5: AUTORIZAR al DEM a solicitar anualmente a la Comisión Directiva de la Asociación de Bomberos Voluntarios la nómina de personal respectivas altas y bajas. -

Artículo Nº 6: De forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 07 del mes de Noviembre del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 069/2003

APROBADA 
Modif. Presupuesto Noviembre
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué debido al incremento de las Regalías Petroleras se han incrementado los ingresos provenientes de la provincia;

Qué esta municipalidad ha procedido a aumentar la recaudación en ciertos rubros superando lo presupuestado para este ejercicio;

Qué es necesario modificar e incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2003 según Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH a fin de destinar los fondos comprometidos por esta municipalidad;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar los rubros que a continuación se detallan del anexo I "Ingresos", de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias.

• 1.5 – Impuestos Inmobiliarios ____________________ + $ 15.000.-
• 1.10 - Otros Ingresos ___________________________ + $ 20.000.-
• 1.21 - Venta de Activos Fijos _____________________ + $ 20.000.-
• 2.3 – Ingresos Provinciales ______________________ + $ 120.000.-

+ $ 175.000.-

Artículo Nº 2: Modificar e incrementar los rubros que a continuación se detalla, en el anexo II "Egresos", de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias.

• 1.3.3 - Concejales Sueldos Netos Personal HCD___________+ $ 10.000.-
• 1.3.5 - Personal Administrativo Sueldo Neto HCD ________ + $ 4.000.-
• 2.10 - Inspector _____________________________________ + $ 1.000.-
• 3.1 - Acción Social__________________________________+ $ 30.000.-
• 2.11 - Otros Servicios ________________________________+ $ 20.000.-
• 3.7 - Deporte _______________________________________+ $ 3.000.-
• 3.10 - Gastos Generales HCD__________________________ + $ 6.000.-
• 3.13- Turismo ______________________________________ + $ 3.000.-
• 5.1- Apertura y Conservación de caminos y Calles _______ + 21.000.-
• 5.3- Mantenimiento de Edificios Públicos ______________ + 10.000.-
• 5.5- Obras Publicas Varias ___________________________ + 37.000.-
• 2.6- Combustible y Lubricantes ________________________ +28.000.-
• 1.1.2- Asignaciones Familiares Personal Planta Permanentes _ + 2.000.-

+ $ 175.000.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 07 del mes de noviembre del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 068/2003

APROBADA 
Reconocimiento de Antigüedad
VISTO:
la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué desde el 01 de enero del año 2002 no se viene abonando el correspondiente aporte a los empleados de la Municipalidad de El Hoyo en concepto de antigüedad;

Qué la mencionada restricción obedecía a la difícil situación económica por la que atravesaba la municipalidad por falta de recaudación impositiva, bajo aporte de coparticipación y la crisis que afectaba a nuestro país;

Qué en los últimos meses de este año ha aumentado la recaudación y el valor de la coparticipación;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo reconocer y abonar el importe adeudado a los empleados municipales desde el 01 de enero del año 2002;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Reconocer el pago al personal de la Municipalidad de El Hoyo en concepto de Antigüedad desde el 01 de enero del año 2002. -

Artículo Nº 2: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a adecuar las partidas presupuestaria para afrontar el pago del mencionado aporte según Articulo Nº 1 de la presente Ordenanza.

Artículo Nº 3: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el pago correspondiente a todos los empleados municipales.

Artículo Nº 4: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 07 del mes de Noviembre del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 067/2003

APROBADA 
Modif. Presupuesto Garrafa gas
VISTO:
La disposición N° 031/03 S.S.P; La Ordenanza Municipal N° 034/03 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Disposición N° 031/03 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, se aprueba el anexo I, donde se fija cupo mensual provisorio asignado para el Plan de asistencia a usuarios de garrafas de gas (únicamente) licuado de petróleo envasado de 10 kg. De la provincia del Chubut;

Qué el mencionado anexo se otorga una suma de pesos mil cuatrocientos ochenta y cinco mensuales para la municipalidad de El Hoyo, en el periodo comprendido entre los meses de mayo a septiembre del corriente año;

Qué es necesario modificar e incrementar el presupuesto Municipal Ejercicio 2003 según Ordenanza Municipal N° 034/03 MEH y sus modificatorias;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar el rubro OTROS SUBSIDIOS en el anexo I "Ingresos" Titulo 2- de Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias.

• 2.7. Otros Subsidios_______________________________ + $ 8.300.-

Artículo Nº 2: Modificar e incrementar el rubro OTROS SUBSIDIOS en el anexo II "Egresos" Título 3-Transferencias Corrientes, de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias.

• 3.11-Otros Subsidios_______________________________+ $ 8.300.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 07 del mes de noviembre del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 066/2003

APROBADA 
Viv. chacra educativa Emaus
VISTO:
El siniestro acaecido en meses anteriores en la Chacra Educativa Emaus; La Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH; El convenio entre la Municipalidad y el IPVyDU de fecha 05/09/03; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué en meses anteriores la Chacra Educativa Emaus ha perdido toda su infraestructura producto de un siniestro;

Qué mediante convenio celebrado entre la Municipalidad de El Hoyo y el IPVyDU de fecha 05/09/03 se otorga un monto de pesos treinta y ocho mil ochocientos, a favor de la construcción de una obra de dos viviendas destinada al predio adjudicado a la Chacra Educativa Emaus,

Qué es necesario modificar e incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2003;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo aprobar el convenio mencionado e incorporar el monto enviado por el Gobierno Provincial al Presupuesto Municipal Ejercicio 2003;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar el convenio celebrado entre la Municipalidad de El Hoyo y el Instituto de Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de fecha 05 de septiembre del año 2003.

Artículo Nº 2: Modificar e incrementar el rubro VIVIENDAS en el anexo I "Ingresos", título 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 034/2003 MEH y sus modificatorias. -

• 2.23 Viviendas ___________________________________ + $ 38.800,00.-

Artículo Nº 3: Modificar e incrementar el rubro VIVIENDAS IPV Y DU en el anexo II "Egresos", Titulo 5 –Trabajos Públicos, de la Ordenanza Municipal Nº 034/2003 MEH y sus modificatorias. -

• 5.12 Viviendas IPV y DU __________________________+ $ 38.800,00.-

Artículo Nº 4 Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 07 del mes de Noviembre del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 065/2003

APROBADA 
Autorización en venta Lacroix
Y VISTO:
Ley Provincia 3098/88 de Corporaciones Municipales y sus modificatorias, La Ordenanza Municipal Nº 036/85 MEH, La Ordenanza Municipal Nº 032/99 MEH, La Ordenanza Municipal Nº 034/89 MEH y sus modificatoria 070/97, 021/00 y 075/01 MEH, La Ordenanza Municipal Nº 059/99 MEH, La Ordenanza Municipal 032/99 MEH, el Expediente Municipal 049/99 MEH 1999, iniciado por Héctor Luis Lobos; Notas presentadas por Héctor Luis Lobos y Víctor Lacroix y Dictamen Asesoría Legal del DEM de fecha 13/06/03,

Y CONSIDERANDO:
Qué a fs. 1, 2 y 3 obra Copia de Cesión de Derechos otorgada por Escritura Pública Nº 39, pasada por ante la Escribana Schenone, de Domingo Fulvio Lobos, L.E. Nº 7.326.476 y Juan César Lobos, L.E. Nº 7.318.970 a favor de Héctor Luis Lobos, L.E. Nº 7.331.541 por los Lotes Nros. 46 y 68 del ejido de El Hoyo.-

Qué a fs. 4 obra croquis de ubicación de los Lotes Nº 46 y remanente del Lote Nº 68, confeccionado por el Agrimensor Mirando.-

Qué a fs. 5 se encuentra glosada Ordenanza Municipal Nº 059/99 MEH de fecha 01/10/1999, que aprueba la cesión de derechos de fs. 1 a 3.-

Qué a fs. 8 obra copia del plano sobre el cual se indica la fracción de aprox. dos hectáreas que motivan la presente.-

Qué a fs. 9 vta. obra nota presentada en fecha 05/05/2003 por el señor Héctor Lobos, solicitando autorización para vender una fracción de aproximadamente dos hectáreas del Lote Nº 68 que le corresponde conforme Ordenanza Municipal Nº 059/99 MEH, a favor del señor Víctor Lacroix, a efectos de ser anexadas a la propiedad que ya tiene el último de los nombrados designada como Lote Nº 68c.-

Qué a fs. 10 obra nota presentada en fecha 05/05/2003 por Renée Lacroix, en representación del señor Víctor Lacroix solicitando autorización para anexar a la propiedad de su representado, designada como Lote 68c, la fracción de aproximadamente dos hectáreas que le cedería y transferiría el señor Héctor Lobos y que corresponde a parte del Lote Nº 68.-

Qué a fs. 13 y 14 obra copia de la donación, Escritura Pública Nº 1.039 de fecha 08/09/1999, pasada por ante el Escribano De Bernardi, realizada por el señor Fabio Chiape a favor del señor Víctor Lacroix, por el Lote Nº 68c, el cual linda a las aprox. dos hectáreas que se solicitan anexar, y se indican en la copia del plano obrante a fs. 8.-

Qué a fs. 15 y 16 obra croquis, realizado por el Agrimensor Roberto Vila, de unificación del Lote 68c y las aprox. dos hectáreas a
ceder por el señor Héctor Lobos a favor del señor Víctor Lacroix.-

Qué a fs. 12vta. se encuentra el Dictamen del Asesor Legal del DEM de fecha 13/06/2003, y conforme se desprende del mismo nada obsta a que se haga lugar a la autorización peticionada, sujeta su validez al pago del Derecho de Transferencia previsto por la Ordenanza Municipal de Tierras Fiscales y regularización de los impuestos, tasas y contribuciones municipales que pesan sobre el inmueble.-

Qué se encuentran cumplimentados los requisitos exigidos por la legislación vigente y no existen objeciones legales.-

Qué no obra en el expediente documentación emanada del señor Víctor Lacroix a efectos de que Renée Lacroix lo represente en actos de disposición y/o administración del lote objeto de la presente.-

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR la transferencia de derechos peticionada por el señor Héctor Luis Lobos, L.E. Nº 7.331.541, a favor del Señor Víctor Lacroix, C.I. Nº 5.710.361, glosada a fs. 9vta del Expediente Municipal Nº 049/99 año 1999 sobre parte del lote 68 cuyas superficies es de aproximadamente dos hectáreas. -

Artículo Nº 2: AUTORIZAR la petición formulada por el señor Víctor Lacroix, C.I. 5.710.361, respecto anexar a la propiedad que posee sobre el Lote 68c las dos hectáreas que se autorizan en el artículo primera de la presente, todo ello conforme croquis glosado a fs. 15 y 16.

Artículo Nº 3: REQUERIR al señor Víctor Lacroix que presente la documentación necesaria a efectos de que Renée Lacroix lo represente ante esta Municipalidad para realizar los trámites que sean necesarios a partir de la presente.

Artículo Nº 4: AUTORIZAR al DEM a suscribir el correspondiente plano de mensura, conforme Ordenanza Municipal Nº 032/99 MEH y los artículos precedentes.

Artículo Nº 5: Las presentes autorizaciones están condicionada al previo pago del derecho de transferencia, conforme lo establecido por la Ordenanza 034/89 MEH, modificada por Ordenanza 070/97 MEH y, de corresponder, cancelación de impuestos, tasas y deudas municipales que pesen sobre el inmueble cedido.

Artículo Nº 6: De forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 07 de noviembre del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 064/2003

APROBADA 
Junta Electoral Municipal
VISTO:
El Articulo Nº 14, sgtes. y cctes. de la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88 y sus modificatorias; La Ordenanza Municipal Nº 055/03 HCD MEH, Resolución Nº 402/03 DEM MEH;

Y CONSIDERANDO:
Qué resulta imperioso designar el Tribunal Electoral, compuestos por cinco vecinos de esta localidad y presidido por el Juez de Paz local, conforme el Art. 14, sgtes. y cctes. de la Ley Provincial 3098/88 y sus modificatorias.

Qué por Ordenanza Municipal 055/03 HDC MEH se había delegado tal atribución a la Junta Electoral Provincial;

Qué por Resolución 402/2003 DEM MEH, recepcionada por este Cuerpo el 10/10/03, el Departamento Ejecutivo solicita que se convoque a Sesión Extraordinaria del HCD MEH a los fines de cumplimentar el Art. 14 y ccss. de la Ley Orgánica de Corporaciones Municipales;

Qué este cuerpo ha decidido designar, a efectos de que integren el Tribunal Electoral Local a los señores Alfredo Paladino, Marcelino González, Rosana Pereyra, Cristina Szudruk y Viviana Schumann.-

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: DESIGNAR, a efectos de integrar el Tribunal Electoral Local a los señores Alfredo Paladino, Marcelino González, Rosana Pereyra, Cristina Szudruk y Viviana Schumann.

Artículo Nº 2: COMUNICAR la presente integración al Juez de Paz Local. -

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 10 del mes de Octubre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 063/2003

APROBADA 
Lote 14 Fl Flippi
VISTO:
La nota presentada de fecha 23/09/03 por el Señor Pablo Filippi; Las Ordenanzas Municipales Nº 029/95 y 034/01 DEM; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué por nota recibida N 157/03 HCD MEH con fecha 23/09/03, el Señor Pablo Filippi presenta el anteproyecto de ampliación de emprendimiento industrial maderero, secadero y carpintería;

Qué no habría inconvenientes para la adjudicación del lote, para el desarrollo de este emprendimiento;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo aprobar el proyecto presentado por el Sr. Pablo Filippi;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el convenio correspondiente según Ordenanza Municipal Nº 029/85 y 034/01 MEH. Adjudicar el Lote Nº 14 de la Quinta 2 del Parque Industrial del ejido Municipal de El Hoyo para la ejecución del Proyecto presentado de ampliación de emprendimiento industrial maderero, secadero y carpintería, por Señor Pablo Filippi según nota de fecha 23/09/03. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 09 del mes de Octubre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 061/2003

APROBADA 
Contratar por $300
VISTO:
Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué existen necesidades de contratación de servicios de utilidad municipal de pequeña envergadura;

Qué existen eventuales proveedores de servicios, los cuales carecen de inscripciones impositivas, sea por no resultar la actividad permanente por la falta de demanda que justifique financieramente su correspondiente inscripción;

Qué la oferta de tales servicios, que actualmente erogan el listado de personas desocupadas, muchas veces recae sobre personas que por distintas razones no han resultado abarcaos por los planes de jefes y jefas de familia;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a contratar en forma directa los servicios personales eventuales, de ciudadanos residentes de esta localidad, que resultando idóneos para las tareas que resulten menester realizar, no se encuentren como beneficiarios de plan de asistencia algunos, no pudiendo dichas contrataciones significar una erogación superior a PESOS TRESCIENTOS ($ 300), por tareas y por mes. -

Artículo Nº 2: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a suscribir dichos convenios y documentar el pago que se efectué mediante un recibo simple, acompañado de la correspondiente orden de pago.

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 01 del mes de Octubre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 060/2003

APROBADA 
Adjudicación Parque industrial
VISTO:
La nota presentada de fecha 16/09/03 por el Señor Juan Bautista Mario Lucio Magri; Las Ordenanzas Municipales Nº 029/95 y 034/01 DEM; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué por nota recibida N 149/03 HCD MEH con fecha 16/09/03, el Señor Juan Bautista Mario Lucio D.N.I. Nº 14.045.070 presenta el anteproyecto de Laboratorio, obtención de aceites esenciales, extractos concentrados de hierbas medicinales y afines;

Qué para desarrollar este proyecto se necesita una superficie de cien por setenta metros sobre la Ruta Nacional Nº 258;

Qué no habría inconvenientes para la adjudicación de los lotes, para el desarrollo de este laboratorio;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo aprobar el proyecto presentado por el Sr. Juan Bautista Mario Lucio Magri;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el convenio correspondiente según Ordenanza Municipal Nº 029/85 y 034/01 MEH. Adjudicar el Lote Nº 7 y 8 de la Quinta 2 del Parque Industrial del ejido Municipal de El Hoyo para la ejecución del Proyecto presentado de laboratorio de obtención de aceites esenciales, extractos concentrados de hierbas medicinales y afines, por el Señor Juan Bautista Mario Lucio Magri según nota de fecha 16/09/03.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 01 del mes de Octubre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 059/2003

APROBADA 
Adj. en venta Campisi
VISTO:
Las notas presentadas; las cesiones de Derechos y compra venta de mejoras de fecha 19/09/83, 17/09/98 y 29/12/98; El Plano Nº 17534 Expediente P-523-98; Las Inspecciones del I.A.C.; Las inspecciones Municipales y autorizaciones; El dictamen de Asesoria Legal Municipal; la Ordenanza Nº 034/89 MEH modificada por Ordenanza 070/97 MEH y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Señor Juan Antonio Campisi adquirió, en condominio con Luis Antonio Fernández y Carlos Osvaldo Miranda, al Señor Pablo Salamín, una superficie de 6 Has. aproximadamente, que forman parte del Lote Nº 41 Sección J-III, conforme contrato de compra venta de mejoras y cesión de derechos celebrado en fecha 19/09/83;

Qué por cesión de derechos con fecha 17/09/98 y las autorizaciones, realizo la mensura;

Qué la mensura correspondiente arrojo una superficie de 6 Has. 47 As. 11 Cas., Plano Nº 17.534, Expediente P-523-98, Tomo 171, Folio 48 registrado el 21/01/99, Dirección de Catastro y Geodesia de la Provincia del Chubut;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Adjudicar en venta la Superficie de 6 Has. 47 As. 11 Cas., ubicada en el Lote 41 Fracción Nº I, según Plano Nº 17.534, Expediente P-523-98, Tomo 171, Folio 48 registrado el 21/01/99, a favor de Juan Antonio Campisi D.N.I. Nº 14.931.655.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo de la Sesión Ordinaria el día 01 del mes de Octubre del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 058/2003

APROBADA 
Ampliación Presupuesto
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales Nº 034/03 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué debido al incremento de las Regalías Petroleras se han incrementado los ingresos provenientes de la provincia;

Qué esta municipalidad ha procedido a aumentar la recaudación en ciertos rubros superando lo presupuestado para este ejercicio;

Qué es necesario modificar, incrementar y crear rubros el Presupuesto Municipal Ejercicio 2003 según Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH a fin de destinar los fondos comprometidos por esta municipalidad;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar los rubros que a continuación se detallan del anexo I "Ingresos", de la Ordenanza Municipal Nº 034/2003 MEH y sus modificatorias.

• 2.3 – Ingresos Provinciales __________________________ + $ 200.000.-
• 2.4 - Servicio de Protección ____________________________ + $ 4.800.-
• 1 .7 - Impuestos Patente Automotor ____________________ + $ 30.000.-
• 1.19 - Tasas Municipales ______________________________ + $ 15.000.-

+ $ 249.800.-

Artículo Nº 2: Modificar, incrementar y/o creas los rubros que a continuación se detalla, en el anexo II "Egresos", de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias.

• 3.12 - Servicio de Protección Integral ___________________+ $ 4.800.-
• 5.5 - Obras Publicas Varias _________________________ + $ 50.000.-
• 4.1 - Equipamiento Informático ______________________ + $ 10.000.-
• 4.3 - Equipamiento Vial ____________________________+ $ 100.000.-
• 3.1 - Acción Social _________________________________+ $ 35.000.-
• 2.11 - Otros Servicios ________________________________+ $ 10.000.-
• 5.2 - Construcción Juzgado de Paz __________________ + $ 30.000.-
• Bomberos ________________________________________ + $ 10.000.-

+ $ 249.800.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria el día 17 del mes de Septiembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 057/2003

APROBADA 
Reparación Viv. de escasos recursos
VISTO:
El subsidio enviado por el Gobierno Provincial destinado fondos para la reparación de viviendas familiares de escasos recursos, según Resolución Nº 655/03 de la Secretaria de Desarrollo Social Provincial; La Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Que el Secretario de Desarrollo Social de la Provincia a enviado un subsidio destinando fondos para la reparación de viviendas familiares de escasos recursos, por un monto de pesos tres mil ( $ 3.000.-);

Qué es necesario incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2003 según Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar el rubro OTROS SUBSIDIOS en el anexo I "Ingresos", tétulo 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias. -

• Otros Subsidios ____________________________________ + $ 3.000,00.-

Artículo Nº 2: Crear el rubro SUBSIDIO REPARACIÓN DE VIVIENDAS ESCASOS RECURSOS en el anexo II "Egresos", Titulo 3 –Transferencias Corrientes, de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias. -

• Subsidio Reparación de Viviendas Escasos Recursos _____+ $ 3.000,00.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 17 del mes de septiembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 056/2003

APROBADA 
Subsidio Emaus
VISTO:
El subsidio enviado por el Gobierno Provincial destinado a la Chacra Educativa Emaus de nuestra localidad, según Resolución Nº 653/03 de la Secretaria de Desarrollo Social Provincial; La Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Secretario de Desarrollo Social de la Provincia a enviado un subsidio destinado a la a la Chacra Educativa Emaus de nuestra localidad, por un monto de pesos nueve mil ($ 9.000.-);

Qué es necesario incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2003 según Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar el rubro OTROS SUBSIDIOS en el anexo I "Ingresos", título 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias. -

• Otros Subsidios ____________________________________ + $ 9.000,00.-

Artículo Nº 2: Crear el rubro SUBSIDIO CHACRA EDUCATIVA EMAUS en el anexo II "Egresos", Titulo 3 –Transferencias Corrientes, de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH y sus modificatorias. -

• Subsidio Chacra Educativa Emaus ____________________+ $ 9.000,00.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 17 del mes de Septiembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 055/2003

APROBADA 
Junta Electoral Provincial
VISTO:
La Ley Provincial Nº 3631; el Decreto provincial Nº 717/03; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué esta corporación municipal no posee Carta Orgánica propia;

Qué al no tener un sistema electoral propio, depende de lo dispuesto en el Orden Provincial;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: DELÉGUESE en la Junta Electoral Provincial, las atribuciones del Tribunal Electoral Municipal, tal como lo dispone la Ley Provincial Nº 3631. -

Artículo Nº 2: TENGASE como fecha de convocatoria a elecciones municipales para elegir un Intendente, siete concejales titulares y cuatro concejales suplentes, la que fije para las elecciones el Poder Ejecutivo Provincial, mediante Decreto Provincial Nº 717/03.

Artículo Nº 3: CONFECCIONAR el Padrón de Extranjeros, para tal fin se notificara al Tribunal Electoral Municipal. -

Artículo Nº 4: Pase al Poder Ejecutivo Municipal, para su implementación, dese a publicidad y cumplido, archives. -

Artículo Nº 5: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 11 del mes de septiembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 054/2003

APROBADA 
Patagonian Wines
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 034/089 MEH y sus modificatorias; Las notas remitidas Nº 136/02 y 158/02 HCD MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué en la Sesión Ordinaria de fecha 27/07/02 fue tratada la situación irregular del Lote Nº 7 del ejido municipal, el cual se encuentra ocupado en forma irregular;

Qué en fecha 01/08/02 se remitió nota Nº 123/02 HCD MEH al señor Intendente Municipal a efectos de que se remita a este cuerpo lo referente al Lote Nº 7;

Qué atento a la falta de respuesta por parte del Departamento Ejecutivo Municipal se remite nota reiteratoría Nº 158/02 HCD MEH, recepcionada en fecha 26/08/02;

Qué en fecha 02/09/02 ingresa al Honorable Concejo Deliberante Nota Nº 283/02 por la cual se adjuntó copia de la nota de fecha 05/07/02, remitida al encargado de la Empresa que ocupa irregularmente el Lote Nº 7 del ejido municipal;

Qué la nota remitida al ocupante irregular se le solicita suspender el alambrado que se encuentra realizando hasta tanto regularice su situación;

Qué a la fecha el ocupante irregular no ha regularizado su situación ni tampoco retiro el alambrado perimetral que coloco;

Qué no existe en esta municipalidad tramite respecto de la ocupación del Lote Nº 7;

Qué a los fines de defender los intereses de la corporación Municipal se debe notificar al ocupante irregular del Lote Nº 7 del ejido municipal conforme lo ordena el Articulo Nº 23, ccte, con los artículos 28 y 29, de la Ordenanza Municipal Nº 034/89 MEH y sus modificatorias;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ENCOMENDAR al Departamento Ejecutivo Municipal al cumplimiento de los artículos Nº 28 y 29, ccte, de la Ordenanza Municipal Nº 034/89 MEH y sus modificatorias, relacionado a la ocupación irregular por parte de la Empresa Patagonian Wines S.A. en el lote Nº 7 de nuestro ejido municipal hasta tanto regularice su situación.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 del mes de Septiembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 053/2003

APROBADA 
Ratif. Convenio Concejo Mujer
VISTO:
El convenio firmado entre la Municipalidad y el Concejo Nacional de la Mujer; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué se ha celebrado un convenio entre la Municipalidad y el concejo Nacional de la Mujer en fecha 26/08/03;

Qué mediante el mencionado proyecto el concejo nacio0nal de la mujer ha aprobado a favor de la Municipalidad el proyecto denominado "Reprogramación del Área Mujer a través de la capacitación"

Qué es necesario ratificar el convenio mencionado por parte del Honorable Concejo deliberante y autorizar al Departamento Ejecutivo municipal a la apertura de la cuenta bancaria correspondiente para el deposito por parte del gobierno nacional;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: RATIFICAR en todos sus términos el convenio celebrado el día 26 de Agosto del año 2003 entre la municipalidad de El Hoyo y el Concejo Nacional de la Mujer. -

Artículo Nº 2: AUTIRIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a la apertura de una cuenta en la Sucursal El Bolsón del Banco Nacional Argentina denominada Concejo Nacional de la Mujer. -

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 del mes de Septiembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 052/2003

APROBADA 
Said Selim Assim
VISTO:
El plano de fraccionamiento del Lote Nº 102 de nuestro ejido Municipal según expediente Nº P267/03; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante nota de elevación de fecha 22 de agosto del año 2003 el Señor Said Selim Assim presenta el plano de fraccionamiento del Lote Nº 102 de nuestro ejido Municipal según expediente Nº P267/03;

Qué no existen objeciones para encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal a la visación del plano de fraccionamiento del Lote Nº 102 de nuestro ejido municipal de acuerdo al plano original (título de propiedad) presentado por el Señor Said Selim Assim según expediente Nº P267/03;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a la visación del plano de fraccionamiento del Lote Nº 102 de nuestro ejido municipal de acuerdo al plano original (título de propiedad) presentado por el Señor Said Selim Assim según expediente Nº P267/03.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 del mes de Septiembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 051/2003

APROBADA 
Quita Intereses Follateli
VISTO:
La nota de fecha 30/07/03 presentada por la señora Celina Folatelli; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante nota de fecha 01/04/03 la Señora Celina Folatelli eleva una propuesta de pago de impuestos atrasados de los lotes Nº 6 y 7 de la Manzana 15 Lote 32b y c de nuestro ejido municipal;

Qué la mencionada, propone el pago al contado de la deuda neta con la quita de los correspondientes intereses que pesan sobre el inmueble;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo atender la solicitud realizada y autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a la quita de interés de la deuda que pesan sobre los lotes 6y 7;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar una quita de interés sobre la deuda que pesa sobre los lotes 6 y 7 Manzana 15 Lote 32 b y c, por pago al contado de la deuda total.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 del mes de Septiembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 050/2003

APROBADA 
Adj. en venta Vergara
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 023/85 MEH; la nota con fecha 20/11/02; el dictamen Legal, el croquis de ubicación; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Señor Atilio Vergara y Angélica Fuentes, son ocupantes reales y pacíficos de una tierra fiscal aproximadamente de dos hectáreas; tiene como limite la ocupación del Dr. Koor, arroyo el Pedregoso y la Ruta Nacional Nº 258;

Qué el croquis presentado por el Sr. Agrimensor Manuel Miranda limita la superficie sin objeciones;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ADJUDICAR en venta la superficie aproximada de dos hectáreas a los señores Atilio Vergara D.N.I. Nº 17.065.483 y Angélica Fuentes D.N.I. Nº 18.131.509, sita en parte Lote 6 Fracción "a" Sección J-III. -

Artículo Nº 2: Autorizar al Ejecutivo al visado del plano, con la servidumbre correspondiente.

Artículo Nº 3: Cumplido los requisitos pertinentes, el ejecutivo firmara el título de propiedad. -

Artículo Nº 4: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 del mes de Septiembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 048/2003

APROBADA 
Marisa D Angelo
VISTO:
La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88; la Ordenanza Nº 026/2003 HCD MEH y el Contrato de Locación de Servicios de fecha 20 de mayo de 2003,

Y CONSIDERANDO:
Qué el breve tiempo de contratación no ha permitido finalizar el tratamiento de todos los temas que requieren asesoramiento jurídico;

Qué a los fines de su tratamiento el Honorable Concejo Deliberante ha decidido prorrogar por noventa (90) días la Ordenanza 026/2003 HCD MEH a partir de la fecha;

Qué, asimismo, se prorroga por igual término el Contrato de Locación de Servicios celebrado con la abogada Marisa D"Angelo Martínez, en fecha 20 de mayo de 2003, hasta el 20 de noviembre de 2003;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Prorrogar la Ordenanza Nº 026/2003 HCD MEH por noventa (90) días a partir de la fecha. -

Artículo Nº 2: Prorrogar el Contrato de Locación de Servicios celebrado con la abogada Marisa D"Angelo Martínez en fecha 20 de mayo de 2003 hasta el 20 de noviembre de 2003.

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 03 del mes de Septiembre del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 047/2003

APROBADA 
Subcidio Gimnasio
VISTO:
El subsidio enviado por el Gobierno Provincial destinado al Gimnasio Municipal de nuestra localidad, según Resolución Nº 462/03 de la Secretaria de Desarrollo Social Provincial; La Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Gobierno Provincial a enviado un subsidio destinado a la Escuelita Deportiva del Gimnasio Municipal de nuestra localidad por un monto de pesos mil quinientos ($ 1.500.-);

Qué es necesario incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2003 según Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar el rubro SUBSIDIO GIMNASIO MUNICIPAL en el anexo I "Ingresos", título 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH. -

• Subsidio Gimnasio Municipal _________________________ + $ 1.500.-

Artículo Nº 2: Modificar e incrementar el rubro SUBSIDIO GIMNASIO MUNICIPAL en el anexo II "Egresos", Titulo 3 –Transferencias Corrientes, de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH. -

• Subsidio Gimnasio Municipal __________________________+ $ 1.500.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 06 del mes de Agosto del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 046/2003

APROBADA 
Ingresos Provinciales
VISTO:
La comunicación Nº 001 y 002/03 HCD MEH; Las Ordenanzas Municipales Nº 034 y 045/03 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 045/03 MEH se encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal contemple la posibilidad de destinar un subsidio municipal de pesos mil ($ 1.000,00.-) a favor de la Chacra Educativa Emaus de nuestra localidad para hacer frente a la reconstrucción del sus instalaciones posterior al siniestro del día 12/07/03;

Qué mediante Comunicación Nº 001/03 MEH se encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Dirección Municipal de Acción Social busque el mejoramiento de las condiciones de vida de la familia Novoa (Apertura de camino de acceso a su propiedad, iluminación, agua, vivienda y otras);

Qué se ha realizado las gestiones municipales pertinentes, a fin de brindar en la localidad de San Carlos de Bariloche hospedaje y estadía para alumnos de El Hoyo que estén estudiando en esa localidad;

Qué es necesario modificar e incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2003 según Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH a fin de destinar los fondos comprometidos por esta municipalidad;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar el rubro 2.3 – INGRESOS PROVINCIALES en el anexo I "Ingresos", titulo 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 034/2003 MEH. -

• 2.3 – Ingresos Provinciales _____________________________ + $ 9.500.-

Artículo Nº 2: Crear los siguientes rubros que a continuación se detalla, en el anexo II "Egresos", Titulo 3 –Transferencias Corrientes, de la Ordenanza Municipal Nº 034/03 MEH.

• Subsidio Municipal Chacra Educativa Emaus ____________+ $ 1.000.-
• Subsidio Municipal Familia Novoa ______________________ + $ 2.500.-
• Albergue Estudiantil Bariloche _________________________ + $ 6.000.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria el día 06 del mes de Agosto del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 045/2003

APROBADA 
Subsidio Emaus
VISTO:
El siniestro que afecto el día 12/07/03 a la Chacra Educativa Emaus de nuestra localidad; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el día 12/07/03 fue afectada por un siniestro las instalaciones de la Chacra Educativa Emaus con una perdida considerable;

Qué la mencionada institución presta un servicio social muy importante a la comunidad de El Hoyo;

Qué la personas que administran y dirigen dicha institución son reconocidas por su trabajo social y comunitario;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo otorgar un subsidio municipal de mil pesos ($ 1.000,00.-) a favor de la Chacra Educativa Emaus de nuestra localidad para hacer frente a la reconstrucción de sus instalaciones;

POR ELLO Y:
en uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal contemple la posibilidad de destinar un subsidio municipal de pesos mil ($ 1.000,00.-) a favor de la Chacra Educativa Emaus de nuestra localidad para hacer frente a la reconstrucción de sus instalaciones posteriores al siniestro del día 12/07/03. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 16 del mes de Julio del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 044/2003

APROBADA 
Ratificar Ordz. 40/2003
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 040/03 HCD MEH; La Resolución Nº 233/03 DEM MEH; Los Artículos Nº 109, 110 y 111 de la Constitución Provincial; La Ley Provincial Nº 4563/99; Las Ordenanzas Municipales Nº 018/92, 104/02 y 036/03 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué la Ordenanza Municipal Nº 018/92 MEH declara a la Municipalidad de El Hoyo "Municipio Ecológico";

Qué las políticas de desarrollo económicos llevadas adelante, tanto por la municipalidad como por la población en general apuntan hacia el ecoturismo, el agroturismo y el turismo de aventura;

Qué es necesario ampliar las políticas de preservación, defensa y mejoramiento del medio ambiente;

Qué la Ley general del ambiente invita a adherir a la misma a los municipios de la provincia;

Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 040/03 HCD MEH se ADHERIR en todo sus términos a la Ley General del Ambiente Nº 4563/99, dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura Provincial el día 07 de diciembre de 1999;

Qué mediante Resolución Nº 233/03 DEM MEH el Departamento Ejecutivo Municipal veta en todo sus términos la Ordenanza Municipal Nº 040/03 HCD MEH;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo insistir con los términos de la Ordenanza Municipal Nº 040/03 HCD MEH;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: RATIFICAR en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 040/03 HCD MEH. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 16 del mes de Julio del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 043/2003

APROBADA 
Adj. Derechos y venta Luis Traina
VISTO:
Las notas presentadas; La Cesión de Derechos; El croquis de Mensura; la Ordenanza Nº 034/89 MEH modificada por Ordenanza 070/97 MEH y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Señor José Luis Traina D.N.I Nº 20.838.994 a adquirido los derechos que posee el Señor Ricardo Vargas D.N.I. Nº 13.605.444, sobre parte del lote Nº 108 Sección J-III, conforme cesión de derechos y transferencia de mejoras celebrada entre los nombrados en fecha 8 de octubre de 2002;

Qué la superficie de esa cesión se define en 7 Has. 36 As. 17 Cas., según croquis confeccionado por el Señor Agrimensor Guillermo Sylvester;

Qué en el mencionado croquis se encuentra delimitado el camino a ceder a efectos del paso hacia la parte de lote cedida;

Qué la tierra es fiscal municipal;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar la transferencia de derechos y venta de mejoras realizada entre Ricardo Vargas D.N.I. Nº 13.605.444 a favor de José Luis Traina D.N.I. N 20.838.994 de una superficie aproximada de 7 Has. 36 As. 17 Cas. ubicadas en parte del lote 108 Sección J-III de nuestro Ejido Municipal, según croquis confeccionado por el Señor Agrimensor Guillermo Silvestre. -

Artículo Nº 2: Facultar a realizar la correspondiente mensura a cargo del presentante, respetando, de corresponder, las restricciones de dominio conforme lo dispuesto por la Ordenanza 075/01 MEH, previo cumplimiento del Artículo Nº 3 de la presente.

Artículo Nº 3: La presente autorización esta condicionada al previo pago del derecho de transferencia, conforme lo establecido por la Ordenanza 034/89 MEH modificada por Ordenanza 070/97 MEH y, de corresponder, cancelación de impuestos y deudas municipales que pesen sobre el inmueble cedido. -

Artículo Nº 4: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo de la Sesión Ordinaria el día 02 del mes de Julio del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 042/2003

APROBADA 
Ratif. Convenio Dra Martinez
VISTO:
El convenio de pago celebrado entre la Municipalidad de El Hoyo y la Dr. Maria del Carmen Martínez; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante convenio de pago celebrado entre la Municipalidad de El Hoyo y la Dr. Maria del Carmen Martínez de fecha 24/03/03 se reconoce lo adeudado a la profesional por un monto de pesos once mil setecientos setenta y tres con 15/100 ($ 11.773,15.-) en concepto de honorarios profesionales mediante embargo trabado a fs. 95 de los autos caratulados "Martínez de Agüero, Maria del Carmen c/ Manantiales Andinos S.R.L. s/ Incidente de Ejecución de honorarios en los autos Riquelme, Víctor c/ Manantiales Andinos S.R.L. s/ despido (Expte. 7265/93 – Expte. 7725/93 – Cámara del Trabajo de la IIIª Circunscripción Judicial de Río Negro);

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo reconocer lo adeudado a la Dr. Maria del Carmen Martínez y ratificar el mencionado convenio de pago celebrado entre la profesional y el municipio de El Hoyo a través de su intendente municipal;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: RATIFICAR en todos sus términos el convenio de pago celebrado entre la Municipalidad de El Hoyo y la Dra. Maria del Carmen Martínez de fecha 24/03/03. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 25 del mes de Junio del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 041/2003

APROBADA 
Franco Comité Hidrico
VISTO:
La nota remitida Nº 034/03 HCD MEH de fecha 21/03/03; El Acta 03/03 HCD MEH; el acta 05/03 del Comité de Emergencia Hídrica reunido en la Localidad de Sarmiento el día 30/05/03; La ley Provincial Nº 4971; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué en reunión del Honorable Concejo deliberante de fecha 19/03/03 se trata la iniciativa de tener un representante del Poder Legislativo Municipal en el Comité de Emergencia Hídrica Provincial según Ley Provincial Nº 4971;

Qué mediante nota remitida Nº 034/03 HCD MEH de fecha 21/03/03 se eleva al Departamento Ejecutivo Municipal solicitando el nombramiento de un integrante del Honorable Concejo Deliberante para integrar como representante suplente del Comité de Emergencia Hídrica en representación de la Municipalidad de El Hoyo;

Qué la mencionada inquietud fue elevada al comité de Emergencia Hídrica Provincial según acta Nº 05/03 y se convoca a un represéntante de cada concejo deliberante de los municipios donde se ejecutan las obras;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo participar activamente en el comité de Emergencia Hídrica Provincial nombrando un representante por este cuerpo deliberativo;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: DESIGNAR al Concejal Don Juan Franco D.N.I. Nº 7.916.829 para integrar el Comité de Emergencia Hídrica Provincial en representación del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 24 del mes de junio del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 040/2003

APROBADA 
Adhesión ley protección al medio ambiente
VISTO:
El Articulo Nº 241 de la Constitución Provincial; La Ley Provincial Nº 4563/99; Las Ordenanzas Municipales Nº 018/92, 086/00 y 036/03 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué la Ordenanza Municipal Nº 018/92 MEH declara a la Municipalidad de El Hoyo "Municipio Ecológico";

Qué las políticas de desarrollo económicos llevadas adelante, tanto por la municipalidad como por la población en general apuntan hacia el ecoturismo, el agroturismo y el turismo de aventura;

Qué es necesario ampliar las políticas de preservación, defensa y mejoramiento del medio ambiente;

Qué la Ley general del ambiente invita a adherir a la misma a los municipios de la provincia;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ADHERIR en todos sus términos a la Ley General del Ambiente Nº 4563/99, dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura Provincial el día 07 de diciembre de 1999. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 18 del mes de Junio del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 039/2003

APROBADA 
Adhesión Gas Licuado
VISTO:
La nota presentada por la Sra Olga Skiepko DNI F 4.766.392 de fecha 07/05/2004; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
La solicitud hecha por la Sra. Olga Skiepko; Subdividir en dos fracciones el lote 32h fracción 7. Con el fin de mejorar su situación personal y construir vivienda para poder vivir.-

Qué existe documentación competente que avala ésta solicitud:
 Informe del Servicio de protección de Derechos El Hoyo, 05/12/3003.
 Informe Psiquiátrico de la Dra. Broide Hospital Area El Bolsón.
 Audiencia Expte.61- 16- 1999, caratulado "Skiepko Olga S/ Sumarísimo"
28/04/2004 Juzgado de Familia Esquel.

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1.- Autorizar la Subdivisión del lote 32 h fracción 7, de 40 metros de frente sobre la ruta, en 2 fracciones; una de 2500 m2 y la otra de33808,02 m2, respetando todo el frente que quede entregar, los 7,5mts para la calle.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria el día 19 del mes de Mayo del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 038/2003

APROBADA 
Margarita Vda de piña
VISTO:
El Expediente catastral del lote Nº 100; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué según declaratoria de herederos de Don Rosamel Peña de fecha 21 de mayo de 1984, resulta como únicos propietarios del Lote Nº 100: Margarita Acenjo Vda. de Peña, Manuel Peña, Camilo Peña, Carlos Peña, Tomas Peña, Violeta Peña y Emilia Peña;

Qué consta el cumplimiento de valuación fiscal inmobiliaria sobre el Lote Nº 100, realizado ante la Dirección de Catastro y Geodesia, de fecha 16/06/86;

Qué según constancia certificada por el Intendente Municipal de El Hoyo en fecha 25/09/87, se deja constancia que a la fecha el Lote Nº 100, propiedad de Margarita Acenjo Vda. De Peña esta libre de deuda por impuestos y tasas municipales;

Qué según plano de mensura particular del Lote Nº 100 con fraccionamiento registrado en fecha 28/02/92, resultaron las fracciones Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 identificadas a nombre de cada uno de los herederos;

Qué la superficie del Lote Nº 100 conjuntamente con un remante de terreno fiscal, producto de la practicada mensura de dicho lote, viene siendo ocupadas pacíficamente por la familia de Rosamel Peña por aproximadamente desde el año 1942;

Qué quienes habitan actualmente dentro del Lote Nº 100 son: La Sra. Margarita Acenjo Vda. De Peña junto a los hijos que la acompañan en la casa paterna. No existiendo a la fecha otro inmueble relacionado a vivienda dentro de las demás fracciones;

Qué oportunamente la Sra. Margarita Acenjo Vda. de Peña a realizado la solicitud de la adjudicación en venta del predio fiscal de su ocupación, adyacente al Lote Nº 100;

Qué en fecha 05/03/2003 se labro acta de inspección al predio fiscal colindante con el Lote Nº 100, constatando lo manifestado por la solicitante Sra. Margarita Acenjo Vda. De Peña y elaborando croquis a mano alzada del lugar;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ADJUDICAR en venta a la Señora Margarita Acenjo Vda. De Peña C.I. Nº 1.900.176 una superficie fiscal municipal de aproximadamente ¾ de hectárea ubicada al Noreste del Lote Nº 100 y paralelo en parte de la línea que une los vértices A y B de dicho Lote. -

Artículo Nº 2: Autorizar a realizar la mensura correspondiente por parte de la adjudicataria en venta de dicha fracción. Cumplimentando con las directivas que imparta el Departamento Ejecutivo Municipal. -

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 18 del mes de junio del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 035/2003

APROBADA 
COPRAM
VISTO:
Las Leyes Provinciales Nº 4563 y 5001; El Decreto Provincial Nº 180/03; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué a través de la Ley Provincial Nº 4563 se establece la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del medio ambiente dentro de la Provincia del Chubut;

Qué por medio de esta misma Ley se crea el (COPRAM) Concejo Provincial del Medio Ambiente;

Qué por Ley Provincial Nº 5001/03 se prohíbe la actividad minera metalífera en el ámbito de la Provincia del Chubut en la modalidad cielo abierto;

Qué por Decreto Provincial Nº 180/03 se reglamenta la conformación del (COPRAM) y que por el mismo Decreto en su articulo Nº 7, se invita a los municipios a participar;

Qué es voluntad de este Honorable Concejo Deliberante tener una actividad participativa en todos los temas relacionados a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente en el ámbito local y regional;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Designar al concejal Don Domingo Riquelme D.N.I. Nº 11.456.686 para integrar el (COPRAM) Concejo Provincial del Medio Ambiente en concordancia con la Ley Provincial Nº 4563 y conforme a los términos del decreto Provincial Nº 180/03 en su Artículo Nº 7. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria el día 21 del mes de Mayo del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 034/2003

APROBADA 
Prorroga emergencia Economica
VISTO:
La Ley Provincial Nº 4154 y sus modificatorias Nº 4.238, 4.338, 4.410, 4.557, 4.665 y 4962; La Ordenanza Municipal Nº 109/00 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ley Provincial Nº 4.154 se promulga la Ley de Emergencia Económica Provincial;

Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 109/2000 MEH se adhiere sin restricción de ninguna índole a la Ley Provincial Nº 4.154;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo prorrogar la Adhesión a la Ley de Emergencia Económica Provincial hasta el 31 de diciembre del año 2003;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Prorrogar hasta el 31 de diciembre del año 2003 el alcance de la Ordenanza Municipal Nº 109/2000 MEH, en la cual se adhiere sin restricción de ninguna índole a la Ley Provincial Nº 4.154 y sus modificatorias.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 27 del mes de Mayo del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 033/2003

APROBADA 
Obras Públicas Nacionales
VISTO:
El Convenio Específico Plan Nacional de Obras Municipales; La Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante el Convenio Específico Plan Nacional de Obras Municipales celebrado entre el Intendente Municipal y el Gobierno Nacional, este último enviara a la Municipalidad un a suma de pesos veintitrés mil quinientos ochenta y nueve con 53/100 ($ 23.589,53.-) a fin de fomentar la ejecución de obras y servicios de infraestructura a nivel municipal;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo ratificar en todos sus términos el convenio mencionado;

Qué es necesario modificar e incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2002 según Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias, a fin de destinar los fondos para la obra denominada

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificar en todos sus términos el convenio específico Plan Nacional de Obras Municipales celebrado entre el Municipio y el Gobierno Nacional, convenio que forma parte de la presente Ordenanza como anexo de la misma. -

Artículo Nº 2: Incrementar el Presupuesto Municipal 2002 según Ordenanza Municipal Nº 001/02 MEH y sus modificatorias, en pesos veintitrés mil quinientos ochenta y nueve con 53/100 ($ 23.589,53.-). -

Artículo Nº 3: Crear el rubro Obras Publicas Nacionales en el anexo I "Ingresos", título 3 - De Jurisdicción nacional, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias. -

• Obras Publicas Nacionales _________________________ + $ 23.589,53.-

Artículo Nº 4: Crear el rubro Obras Publicas Nacionales en el anexo II "Egresos", Titulo 5 –Trabajos Públicos, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias. -

• Obras Publicas Nacionales _________________________ + $ 23.589,53.-

Artículo Nº 5: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 12 del mes de Mayo del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 032/2003

APROBADA 
Adj. en venta Passalacqua
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 056/02 MEH; La autorización de Cesión de Derecho entre la Sra. Cecilia Huenchunao y los señores Gustavo Passalacqua y Gustavo Flak; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 056/02 MEH se Adjudicar en venta a Doña Cecilia Huenchunao, D.N.I. Nº 10.422.593, una superficie de tierra fiscal de 3 Has. 75 As. 15 Cas, ubicada en el lote Nº 142 "a" del ejido municipal de El Hoyo, según plano de mensura registrada, Plano Nº 9292, Expediente F.137-84 Fº 107 Fº 93;

Qué mediante mota de fecha 28/03/03 la Señora cecilia Huenchunao informa de la Cesión de Derechos efectuada a favor de los Señores Gustavo Passalacqua y Gustavo Flax de una superficie de tierras fiscal de de 3 Has. 75 As. 15 Cas, ubicada en el lote Nº 142 "a" del ejido municipal de El Hoyo, según plano de mensura registrada, Plano Nº 9292, Expediente F.137-84 Fº 107 Fº 93;

Qué no existen objeciones legales para reconocer la Cesión de Derechos realizada por la Señora Cecilia Huenchunao a los señores Gustavo Passalacqua y Gustavo Flax;

Qué es necesario derogar la Ordenanza Municipal Nº 056/02 MEH y adjudicar en venta las tierras en cuestión a favor de los señores Gustavo Passalacqua y Gustavo Flax;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: DEROGAR en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 056/02 MEH. -

Artículo Nº 2: ADJUDICAR en venta a los Señores Gustavo José Passalacqua D.N.I. Nº 11.956.542 y Gustavo Alberto Flak D.N.I. Nº 17.319.011, una superficie de tierra fiscal de 3 Has. 75 As. 15 Cas, ubicada en el lote Nº 142 "a" del ejido municipal de El Hoyo, según plano de mensura registrada, Plano Nº 9292, Expediente F.137-84 Fº 107 Fº 93. -

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 14 del mes de Mayo del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 031/2003

APROBADA 
Autorizar Mensura Sanchez
VISTO:
La Ordenanza Municipal de Tierras Fiscales; El acta de conciliación de fecha 16 de abril del 2003; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué según el acta de conciliación referenciada los ocupantes han arribado a un común acuerdo de deslinde de sus respectivas parcelas;

Qué resulta oportuno proceder a la regularización de la ocupación del Señor Daniel Sánchez en base al acuerdo de referencia y a su pacifica posesión;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR a mensurar al Señor Daniel Sánchez D.N.I. Nº 17.758.570 el predio de su ocupación que consta de una superficie de 5.000 metros cuadrados (5.000 mts2) en parte del Lote Nº 38 con frente a la calle que divide del Lote 109 y partiendo de la Fracción 2 del Lote Nº 38 hasta colindar con la mensura del Señor Ramón Roberto Gallego Mac Ivor.

Artículo Nº 2: Exceptuar a la presente autorización de mensura de la Ordenanza Municipal Nº 034/89.

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 14 del mes de Mayo del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 030/2003

APROBADA 
Adj. Gallego
VISTO:
La Ordenanza Municipal de Tierras Fiscales; El acta de conciliación de fecha 16 de abril del 2003; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué según el acta de conciliación referenciada los ocupantes han arribado a un común acuerdo de deslinde de sus respectivas parcelas;

Qué resulta oportuno regularizar la ocupación del Señor Ramón Roberto Gallego Mac Ivor en base a la conciliación mencionada en le considerando anterior;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR la mensura al Señor Ramón Roberto Gallego Mac Ivor L.E. Nº 8.355.360 del predio de su ocupación sito en parte del Lote Nº 38 con un frente de setenta metros (70 mts.) sobre la calle que divide al predio con el Lote Nº 109 tomado a partir del mojo divisorio del Lote 39 "a" de la empresa Patagonian Wines S.A.

Articulo Nº 2: El sector opuesto del predio a mensurar tiene un frente con el Lote Nº 41 entre los vértices del Lote 39 "a" y la Fracción Nº 3 del Lote Nº 38. -

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 14 del mes de Mayo del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 029/2003

APROBADA 
Desafectar Lote 1 Parque Industrial
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales Nº 029/95, 034/01 y 004/03 MEH; La nota remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 05/05/03; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 029/95 se crea el Parque Industrial de la Localidad de El Hoyo, afectando lotes con distintas condiciones particulares para su adjudicación;

Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 004/03 MEH se ratifica en todos sus términos el contrato de suscripto, de fecha 10/01/03, entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del Proyecto denominado "Construcción Centro Comunitario El Pedregoso";

Qué mediante nota remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 05/05/03 este solicita se estudie la factibilidad de desafectar el Lote Nº 1 de la Quinta Nº 3 del Parque Industrial para que el mismo se pueda construir un salón de usos múltiples, dentro del marco del Programa de la Pequeña Obras Publicas Municipales;

Qué no habría inconvenientes para atender a la solicitud realizada por el Departamento Ejecutivo Municipal de desafectar el Lote Nº 1 de la Quinta Nº 3 del Parque Industrial a fin de construir el salón de usos múltiples para la Junta Vecinal El Pedregoso;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: DESAFECTAR el Lote Nº 1 de la Quinta Nº 3 del Parque Industrial de El Hoyo a fin de construir un salón de usos múltiples en el marco del Programa de Pequeñas Obras Publicas Municipales denominado "Construcción Centro Comunitario El Pedregoso".

Artículo Nº 2: Una vez finalizada dicha obra se FACULTA al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un convenio de comodato con la Junta Vecinal El Pedregoso. -

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 14 del mes de Mayo del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 028/2003

APROBADA 
Facultar al DEM Abonar 100.000 Pauners
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 027/03 MEH; El Decreto Provincial Nº 541/03; La nota presentada de fecha 14/05/03 por el Ing. Carlos Vega; La disposición Nº 003/03 S.S.R.H.-M.P.; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanza Nº 027/03 MEH se incorpora al presupuesto el rubro denominado Subsidio Obras Emergencia Hídricas por el monto de pesos cien mil (100.000,00.-);

Qué mediante Disposición Nº 003/03 S.S.R.H.–M.P. se autoriza al Municipio de El Hoyo a imputar el importe percibido en concepto de subsidio otorgado mediante Decreto Nº 541/03 al pago por ejecución de obras en el Río Epuyén segundo tramo;

Qué se ha presentado una factura de la Empresa Pauners S.A. por trabajos en el Río Epuyén tramo dos;

Qué por nota de fecha 14/05/03 se autoriza se abone por cuenta y orden del comité de emergencia Ley Nº 4971/03 la factura Nº 1 por un monto de Pesos cien mil ( $ 100.000,00.-) a favor de la empresa Pauners S.A. correspondientes a los trabajos realizados por la misma en el mes de abril del 2003 en el tramo 2 de la obra recuperación de tierras productivas en el valle del Río Epuyén y rectificación de cause y margen; la cual se basa en los términos del Decreto Nº 541/03 y la Disposición Nº 003/03 S.S.R.H.-M.P.;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: FACULTAR Y AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar a la Empresa Pauners S.A. la suma de pesos cien mil (100.000,00.-) en concepto de pago de trabajos ejecutados por la misma en el mes de abril del 2003 en el tramo 2 de la obra recuperación de tierras productivas en el valle del río Epuyén y rectificación de cause y margen; la cual se basa en los términos del Decreto Nº 541/03 y la Disposición Nº 003/03 S.S.R.H.-M.P.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 14 del mes de mayo del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 027/2003

APROBADA 
Subsidio Emergencia Hídrica
VISTO:
La Ley Provincial Nº 4971; Los Decretos Provinciales 1304/78, 1232/00 y 541/03; La Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Decreto Provincial Nº 541/03 se otorga un subsidio de pesos cien mil ($100.000,00.-) al Municipio de El Hoyo a fin de ser utilizado en la ejecución de obras en el marco de la Emergencia Hídrica;

Qué es necesario modificar e incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2002 según Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias, a fin de destinar los fondos para la obra denominada

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incrementar el Presupuesto Municipal 2002 según Ordenanza Municipal Nº 001/02 MEH y sus modificatorias, en pesos cien mil ($ 100.000,00.-).-

Artículo Nº 2: Crear el rubro Subsidio Obras Emergencia Hídrica en el anexo I "Ingresos", título 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias. -

• Subsidio Obras Emergencia Hídrica _______________ + $ 100.000,00.-

Artículo Nº 3: Crear el rubro Subsidio Obras Emergencia Hídrica en el anexo II "Egresos", Titulo 5 –Trabajos Públicos, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias. -

• Subsidio Obras Emergencia Hídrica _______________ + $ 100.000,00.-

Artículo Nº 4: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 08 del mes de mayo del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 026/2003

APROBADA 
Asesor Legislativo
VISTO:
El Acta 004/03 del Honorable Concejo Deliberante de fecha 02/04/03; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo ha analizado con profundidad la existencia de varios temas extrajudiciales pendientes que requieren un mayor estudio y agilidad en su tramitación definitiva ;

Qué analizado el tiempo de gestión restantes, es conveniente para el municipio en general, poder llegar en tiempo y forma con la mayor cantidad de temas resueltos;

Qué efectuado un breve análisis en el Honorable Concejo Deliberante ha decidido contratar en la personal de la Asesora Legal Sra. Marisa D"Angelo Martínez;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Encomendar y facultar al Presidente del Honorable Concejo Deliberante a suscribir el contrato correspondiente con la Dra. Marisa D"Angelo Martínez a fin de cumplir la función de Asesora Legal Legislativa.

Articulo Nº 2: Encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal a adecuar las partidas presupuestarias del Honorable Concejo Deliberante para afrontar los gastos que dicho contrato ocasione, estipulada en la suma de pesos mil pagaderos en forma mensual. -

Artículo Nº 3: El periodo de contratación se fija por el termino de tres meses a partir del día 20 de mayo del año 2003.

Artículo Nº 4: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 08 del mes de mayo del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 025/2003

APROBADA 
Modificación Ordz. Sara Oyarzo
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 055/02 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 055/02 MEH se autoriza a la venta de aproximadamente dos hectáreas en parte del Lote Nº 50 "a", a favor de la Señora Oyarzo Sara y Lobos Juan Carlos;

Qué es necesario modificar el articulo Nº 1 de la Ordenanza Municipal Nº 055/02 MEH;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar el Articulo Nº 1 de la Ordenanza Municipal Nº 055/02 MEH que quedara redactado de la siguiente manera "Autorizar a la venta de aproximadamente dos hectáreas en parte del lote Nº 50 "a", dentro de una superficie de 14 Has. 02 As. 56 Cas., lindero al callejón municipal y mas tierras del lote 50 "a"; y la excepción por única vez a la Ordenanza Municipal Nº 036/85 MEH, a favor de la Señora Sara Oyarzo M.I. Nº 720.181 y Juan Cesar Lobos D.N.I. Nº 7.318.970". -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 06 del mes de Mayo del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 024/2003

APROBADA 
Modificaciones Club San Martin
VISTO:
El Torneo de Fútbol AFRI/2003; La Ordenanza Municipal Nº 009/03 MEH; y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Que el Club Social, Cultural y Deportivo General San Martín de nuestra localidad, con Personaria Jurídica Nº 322, es una de las instituciones sociales decana de nuestro fútbol, que acoge en su seno y a través del mas popular de los deportes como es el fútbol, a centenares de jóvenes adolescentes, jugadores de fútbol de gran nivel tanto en libres como en veteranos;
Que registra un rico historial deportivo y social a traves del tiempo, donde han pasado generaciones de deportistas en sus filas, dejando a nuestra institución en lo mas alto del deporte local y regional;
Que es voluntad de este cuerpo deliberativo, apoyar a toda las instituciones que realizan y fomentan eventos deportivos en donde se encuentran contenidos la juventud y la familia de nuestra localidad;
Que mediante Ordenanza Municipal Nº 009/03 MEH se encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones necesarias para la obtención de un subsidio provincial de pesos mil quinientos ($ 1.500.-) con el fin de socorrer los gastos que demanden para el club San Martín en su participación en el próximo campeonato de fútbol AFRI/2003 y se estipula que será abonada al Club San Martín en tres pagos mensuales de pesos quinientos ($ 500.-) c/u contra rendición presentada por gastos pagados y referenciada por la Comisión directiva.
Que es necesario modificar el articulo Nº 2 de la mencionada Ordenanza Municipal;

POR ELLO Y:
en uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar el articulo Nº 2 de la Ordenanza Municipal Nº 009/03 MEH la que quedara redactada de la siguiente manera " La suma estipulada en el articulo anterior será abonada al Club San Martín en tres aportes mensuales de pesos quinientos ( $ 500.- ) cada uno ".-

Artículo Nº 2: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 29 del mes abril del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 023/2003

APROBADA 
Obras varias
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales Nº 001, 004 y 005/03 MEH; La Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanzas Municipales Nº 001, 004 y 005/03 MEH se ratifica en todos sus términos los contratos de suscriptos, de fecha 10/01/03, entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco de los Proyectos denominados "Centro Comunitario Rincón de Lobos", "Centro Comunitario El Pedregoso" "Finalización Sala Velatoria";

Qué es necesario modificar e incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2002 según Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias, a fin de destinar los fondos para las obras denominadas "Centro Comunitario Rincón de Lobos", "Centro Comunitario El Pedregoso" "Finalización Sala Velatoria";

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incrementar el Presupuesto Municipal 2002 según Ordenanza Municipal Nº 001/02 MEH y sus modificatorias, en pesos ciento cincuenta y cuatro mil novecientos noventa y tres con 36/100 ($ 154.993,36.-).

Artículo Nº 2: Crear los rubros Centro Comunitario Rincón de Lobos, Centro Comunitario El Pedregoso y Sala Velatoria en el anexo I "Ingresos", título 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias. -

• Centro Comunitario Rincón de Lobos_______________ + $ 57.500,00.-
• Centro Comunitario El Pedregoso __________________ + $ 57.500,00.-
• Sala Velatoria ___________________________________ + $ 39.993,36.-

Artículo Nº 3: Crear los rubros Centro Comunitario Rincón de Lobos, Centro Comunitario El Pedregoso y Sala Velatoria en el anexo II "Egresos", Titulo 5 –Trabajos Públicos, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias. -

• Centro Comunitario Rincón de Lobos_______________ + $ 57.500,00.-
• Centro Comunitario El Pedregoso __________________ + $ 57.500,00.-
• Sala Velatoria ___________________________________ + $ 39.993,36.-

Artículo Nº 4: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 05 del mes de mayo del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 022/2003

APROBADA 
Ratif. Convenio Costellho
VISTO:
Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante convenio firmado entre la Municipalidad de El Hoyo y la Cooperativa Costelho, de fecha 29/04/03, esta ultima se compromete a construir una sala velatoria en tierras de su propiedad y la Municipalidad aportara para la ejecución de la obra una suma no reintegrable de pesos cuarenta mil ($ 40.000,00.-);

Qué en el Articulo Nº 6, del mencionado convenio, expresa " El presente convenio se firma "Ad referéndum" del Honorable Concejo Deliberante Municipal";

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo ratificar en todos sus términos el convenio firmado entre la Municipalidad de El Hoyo y la Cooperativa Costelho de fecha 29/04/03;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificar en todos sus términos el convenio celebrado entre la Municipalidad de El Hoyo y la Cooperativa Costelho de fecha 29/04/03, convenio que forma parte de la presente Ordenanza. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 05 del mes de Mayo del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 021/2003

APROBADA 
Presupuesto Ideas
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales Nº 008 y 010/03 MEH; La Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué se a firmado un Convenio Marco entre el Gobierno Provincial y la Municipalidad de El Hoyo de fecha 09/011/02 con el objeto de reglar la adhesión y participación de la Municipalidad en el Programa IDEAs Chubut establecido por Decreto Nº 1307/02;

Qué el mencionado programa IDEAs Chubut propende a fomentar proyectos viables y con posibilidad de financiación y pago concreto;

Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 008/03 MEH se ratifico en todos sus términos el convenio marco firmado entre el Gobierno Provincial y el Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 09/11/02 con el objeto de reglar la adhesión y participación de la Municipalidad de El Hoyo en el Programa IDEAs Chubut;

Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 010/03 MEH se autorizo al Departamento Ejecutivo Municipal a la apertura de una cuenta en pesos y Lecop en la Sucursal del Banco de la Provincia del Chubut S.A. El Hoyo a fin que el Gobierno Provincial realice los aportes correspondientes;

Qué es necesario modificar e incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2002 según Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatoria a fin de destinar los fondos para el programa IDEAs Chubut;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Crear el rubro IDEAs Chubut en el anexo I "Ingresos", título 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias. -

• IDEAs Chubut ___________________________________ + $ 36.268,00.-

Artículo Nº 2: Crear el rubro IDEAs Chubut en el anexo II "Egresos", Titulo 3 –Transferencias Corrientes, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias. -

• IDEAs Chubut ___________________________________+ $ 36.268,00.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 29 del mes de Abril del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 020/2003

APROBADA 
Subsidio Gimnasio
VISTO:
Los subsidios enviados por el Gobierno Provincial destinado al Gimnasio Municipal de nuestra localidad; La Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el gobierno provincial a enviado subsidios destinados al Gimnasio Municipal de nuestra localidad por un monto de Pesos dos mil ($ 2.000.-).

Qué es necesario incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2002 según Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias, en ciertos rubros;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar el rubro SUBSIDIO GIMNASIO MUNICIPAL en el anexo I "Ingresos", título 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias.

• Subsidio Gimnasio Municipal _________________________ + $ 2.000.-

Artículo Nº 2: Modificar e incrementar el rubro SUBSIDIO GIMNASIO MUNICIPAL en el anexo II "Egresos", Titulo 3 –Transferencias Corrientes, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias. -

• Subsidio Gimnasio Municipal __________________________+ $ 2.000.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 28 del mes de abril del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 019/2003

APROBADA 
ATP
VISTO:
Los Aporte del Tesoro Provincial para la atención del desequilibrio de los Municipios (ATP); La Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué de acuerdo al fondo de atención desequilibrio Municipal, la Provincia envía a la Municipalidad de El Hoyo, la suma de pesos diez mil;

Qué es necesario incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2002 según Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias, en ciertos rubros;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar el rubro 2.2 – APORTES DEL TESORO PROVINCIAL (ATP) en el anexo I "Ingresos", título 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias.

• 2.2 – Aportes del Tesoro Provincial __________________ + $ 10.000.-

Artículo Nº 2: Modificar e incrementar en los rubros que a continuación se detallan en el anexo II "Egresos", de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias. -

• 3.24.-Aporte Fiesta Nacional de la Fruta Fina____________ + $ 6.000.-
• 5.6.-Obras Públicas varias_____________________________+$ 4.000.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 28 del mes de Abril del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 018/2003

APROBADA 
Subsido escuela Privada
VISTO:
El subsidio enviado por el Gobierno Provincial destinado a la Escuela de iniciación deportiva de nuestra localidad; La Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el gobierno provincial a enviado un subsidio destinado a la escuela de iniciación deportiva de nuestra localidad por un monto de Lecop mil doscientos (Lecop 1.200.-)

Qué es necesario incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2002 según Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias, en ciertos rubros;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Crear el rubro SUBSIDIO ESCUELA DE INICIACIÓN DEPORTIVA en el anexo I "Ingresos", título 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias.

• Subsidio Escuela de Iniciación Deportiva ____________ + Lecop 1.200.-

Artículo Nº 2: Crear el rubro SUBSIDIO ESCUELA DE INICIACIÓN DEPORTIVA en el anexo II "Egresos", Titulo 3 –Transferencias Corrientes, de la Ordenanza Municipal Nº 001/2002 MEH y sus modificatorias . -

• Subsidio Escuela de iniciación Deportiva _____________+ Lecop 1.200.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 28 del mes de Abril del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 017/2003

APROBADA 
Aceptar Renuncia concesión
VISTO:
La nota presentada por el concesionario del Camping del Río de fecha 04/04/03; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante nota de fecha 04/04/03 la concesionaria del Camping del Río de nuestra localidad manifiesta su renuncia a la mencionada concesión motivada por causas económicas y climáticas;

Qué en la mencionada nota la Señorita Silvina Andrea Vernaz solicita dar por saldado el monto del canon 2002/2003 en compensación a las inversiones realizadas;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo aceptar la renuncia a la concesión del Camping del Río manifiesta por la Señorita Silvina Andrea Vernaz y atender a la solicitud realizada de dar por saldado el canon previsto para el periodo 2002/2003 en compensación a las inversiones realizadas;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: aceptar la renuncia a la concesión del Camping del Río manifiesta por la Señorita Silvina Andrea Vernaz y atender a la solicitud realizada de dar por saldado el canon previsto para el periodo 2002/2003 en compensación a las inversiones realizadas. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 16 del mes de Abril del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 016/2003

APROBADA 
Lote Coopetel
VISTO:
La solicitud fecha 25/11/02 según nota recibida Nº 241/02 HCD MEH de Coopetel El Bolsón Ltda.; El proyecto de instalación planta de almacenaje de G.L.P en el Parque Industrial de El Hoyo; La Ordenanza Municipal Nº 029/95 MEH; La Ordenanza Municipal Nº 094/00 MEH; La Ordenanza Municipal Nº 102/02 MEH; La Ordenanza Municipal Nº 034/01 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué con fecha 25/11/02 la Cooperativa de El Bolsón Ltda.. solicita se le otorgue los lotes 1,2 y/o 3 del Parque Industrial en el ejido municipal de El Hoyo;

Qué la Cooperativa Coopetel ha presentado ha este municipio el proyecto de almacenaje de G.L.P. en el Parque Industrial de nuestra localidad;

Qué se ha presentado la memoria descriptiva relacionada al plano de obras a realizarse en la obra planta de almacenamiento de G.L.P.;

Qué por Ordenanza Municipal Nº 094/00 MEH de fecha 01/11/00 fue adjudicado a los señores Fabián Gabriel Spaijer, Carlos Alberto Segovia y Alberto Contreras el lote denominado como Nº 1 de la Quinta 2 del Parque Industrial de El Hoyo

Qué habiendo observado que hasta la fecha no se han realizados adelantos algunos en el lote mencionado anteriormente;

Qué según el articulo Nº 8 de la Ordenanza Municipal Nº 029/95 MEH "Toda adjudicación de lote dentro del Parque Industrial, que pasado 180 días no hubiera radicado la industria, caducara la adjudicación de forma automática";

Qué el proyecto presentado por la Cooperativa Coopetel EL Bolsón se encuadra dentro de la Ordenanza Municipal Nº 029/95MEH;

Qué no habría inconvenientes para la adjudicación del lote mencionado y el desarrollo del proyecto industrial presentado

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el convenio correspondiente en el marco de la Ordenanza Municipal 029/95 MEH y 034/01 MEH, con la firma Cooperativa de obras y Servicios Públicos, sociales y viviendas El Bolsón Ltda. con el fin de adjudicar en venta un lote denominado como Nº 1 en la Quinta 2 Fracción BII Sección J-III del Parque Industrial del ejido municipal de El Hoyo, para llevar adelante el proyecto de instalación planta de almacenamiento de G.L.P. en el Parque Industrial de la localidad de El Hoyo. -

Artículo Nº 2: Derogar en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 102/02 MEH de fecha 4/12/02.

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 16 del mes de Abril del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 015/2003

APROBADA 
Rechazo Veto y Ratif. Ordz. N° 03/2003
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 006/03 HCD MEH; La Resolución Nº 080/03 DEM MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 006/03 HCD MEH se encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal a la colocación de los carteles de señalización vial de tránsito en todo el ejido municipal de El Hoyo en el término de siete días;

Qué mediante Resolución Nº 080/03 DEM MEH el Departamento Ejecutivo Municipal veta en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 006/03 HCD MEH;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo rechazar el veto realizado por el Departamento Ejecutivo Municipal según Resolución Nº 080/03 DEM MEH y ratificar en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 006/03 HCD MEH;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Rechazar el veto realizado por el Departamento Ejecutivo Municipal según Resolución Nº 080/03 DEM MEH y ratificar en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 006/03 HCD MEH.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 02 del mes de Abril del año 2003.-
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Ordenanza Municipal Nro 013/2003

APROBADA 
Ratificar Reso. 036/2003 Adj Cortez
VISTO:
La Resolución Nº 036/03 DEM MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Resolución Nº 036/03 el Departamento Ejecutivo Municipal autoriza a los Señores Walter y Daniel Cortes a la ocupación de una fracción de tierra fiscal sita en parte NO del Lote 42 de la Colonia Mixta Epuyén Sección El Hoyo, lindera calle por medio con el Lote 41 y anexa al Lote 42b del que los nombrados son adjudicatarios en venta;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo ratificar en todos sus términos la Resolución Nº 036/03 DEM MEH siempre y cuando se cumpla el código de planeamiento y las ordenanzas municipales vigentes.

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificar en todos sus términos la Resolución Nº 036/03 DEM MEH siempre y cuando se cumpla el código de planeamiento y las ordenanzas municipales vigentes. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 02 del mes de Abril del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 012/2003

APROBADA 
Condonación Folatteli
VISTO:
La nota de fecha 01/04/03 presentada por la señora Celina Folatelli y Pablo Marcos Palavecino; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante nota de fecha 01/04/03 la Señora Celina Folatelli y el Señor Pablo Marcos Palavecino elevan una propuesta de pago de impuestos atrasados de los lotes Nº 8 y 9 de la Manzana 15 Lote 32b y c de nuestro ejido municipal de propiedad a nombre del Señor Roberto Rabert;

Qué los compradores de la mencionada propiedad, proponen el pago al contado de la deuda neta con la quita de los correspondientes intereses que pesan sobre el inmueble;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo atender la solicitud realizada y autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a la quita de interés de la deuda que pesan sobre los lotes 8 y 9 de propiedad de la Señor Roberto Rabert;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar una quita de interés sobre la deuda que pesa sobre los lotes 8 y 9 Manzana 15 Lote 32 b y c de propiedad del Señor Roberto Rabert, por pago al contado de la deuda total.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 02 del mes de Abril del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 011/2003

APROBADA 
50 pesos
VISTO:
La Ley Provincial Nº 4970; La nota enviada por ATE de fecha 13/03/03; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ley Provincial Nº 4970 se fija a partir del 1º de enero del 2003 una suma fija remunerativa no bonificable de Pesos treinta ($ 30,00.-) mensuales que se incrementara a partir del 1º de abril a la suma de cincuenta pesos ($ 50,00.-) que será otorgada a todos los agentes públicos;

Qué mediante nota remitida por ATE de fecha 13/03/03 este gremio solicita al Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo dicte la adhesión de este municipio a la Ley Provincial Nº 4970;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo adherir a la Ley Provincial Nº 4970;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Adherir en todos sus términos a la Ley Provincial Nº 4970. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 02 del mes de Abril del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 010/2003

APROBADA 
Lecop Ideas
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 008/03 MEH; El convenio marco entre el Gobierno Provincial y el Municipio en relación al programa IDEAs Chubut; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Gobierno Provincial ha implementado el programa IDEAS Chubut;

Qué el Municipio de El Hoyo ha firmado un convenio marco con el Gobierno Provincial referente al programa IDEAs Chubut;

Qué es necesario autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a la apertura de una cuenta en pesos y Lecop en la Sucursal del Banco de la Provincia del Chubut S.A. El Hoyo a fin que el Gobierno Provincial realice los aportes correspondientes;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a la apertura de una cuenta en pesos y Lecop denominada "IDEAS Chubut" en la Sucursal del Banco de la Provincia del Chubut S.A. sucursal El Hoyo. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 20 del mes de Marzo del año 2003. -
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Ordenanza Municipal Nro 009/2003

APROBADA 
Club San Martin
VISTO:
El Torneo de Fútbol AFRI/2003 y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Club Social, Cultural y Deportivo General San Martín de nuestra localidad, con Personaria Jurídica Nº 322, es una de las instituciones sociales decana de nuestro fútbol, que acoge en su seno y a través del más popular de los deportes como es el fútbol, a centenares de jóvenes adolescentes, jugadores de fútbol de gran nivel tanto en libres como en veteranos;

Qué registra un rico historial deportivo y social a tráves del tiempo, donde han pasado generaciones de deportistas en sus filas, dejando a nuestra institución en lo mas alto del deporte local y regional;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo, apoyar a toda las instituciones que realizan y fomentan eventos deportivos en donde se encuentran contenidos la juventud y la familia de nuestra localidad;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones necesarias para la obtención de un subsidio provincial de pesos mil quinientos ($ 1.500.-) con el fin de socorrer los gastos que demanden para el club San Martín en su participación en el próximo campeonato de fútbol AFRI/2003.

Artículo Nº 2: La suma estipulada en el artículo anterior será abonada al Club San Martín en tres pagos mensuales de pesos quinientos ($ 500.-) c/u contra rendición presentada por gastos pagados y referenciada por la Comisión directiva.

Artículo Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, al Departamento Contable Municipal y al Club San Martín. -

Artículo Nº 4: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 6 del mes marzo del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 008/2003

APROBADA 
Ideas Gustavo
VISTO:
El convenio Marco Firmado entre el Gobierno Provincial y la Municipalidad de El Hoyo para la participación en el Programa IDEAs.; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué se a firmado un Convenio Marco entre el Gobierno Provincial y la Municipalidad de El Hoyo de fecha 09/011/02 con el objeto de reglar la adhesión y participación de la Municipalidad en el Programa IDEAs Chubut establecido por Decreto Nº 1307/02;

Qué el mencionado programa IDEAs Chubut propende a fomentar proyectos viables y con posibilidad de financiación y
pago concreto;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo ratificar el mencionado convenio firmado entre el Gobierno Provincial y el departamento Ejecutivo Municipal;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificar en todos sus términos el convenio marco firmado entre el Gobierno Provincial y el departamento ejecutivo Municipal de fecha 09/11/02 con el objeto de reglar la adhesión y participación de la Municipalidad de El Hoyo en el Programa IDEAs Chubut. -

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 06 del mes de Marzo del año 2002. -
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Ordenanza Municipal Nro 007/2003

APROBADA 
Excepción Pascual Transporte Escolar
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 071/93 MEH; La Ordenanza Municipal Nº 033/94 MEH; La nota presentada por la empresa Transporte La Golondrina de fecha 18/02/03; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 071/93 MEH se reglamenta la inscripción en el registro municipal de transporte de pasajeros;

Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 033/94 MEH se exige a todos aquellos inscripto en el registro de autotransporte municipal carnet –registro profesional del conductor y los vehículos a habilitar no deberán superar los diez años de antigüedad;

Qué mediante nota presentada por la Empresa Transporte La Golondrina de fecha 18/02/03 esta solicita se extienda la antigüedad de los vehículos habilitados para el trasporte de pasajero;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo atender la solicitud realizada por la Empresa Transporte La Golondrina y extender una excepción por única vez a la empresa solicitante ampliando de diez a veinte año la antigüedad de los vehículos habilitados para autotransporte;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar una excepción a la Empresa Transporte La Golondrinas a utilizar vehículos con antigüedad no mayor de veinte años (20) en la prestación de sus servicios a condición de realizar las inspecciones técnicas previstas por el Articulo Nº 8 de la Ordenanza Municipal Nº 071/93 Anexo I en forma mensual.

Artículo Nº 2: La presente autorización tendrá validez hasta el día 31/12/03.

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 del mes de Febrero del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 006/2003

APROBADA 
Carteles de tránsito
VISTO:
La nota presentada por el Sr. Adolfo Stratico de fecha 30/12/02; La ley nacional de tránsito; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Que mediante nota presentada por el Señor Adolfo Stratico de fecha 30/12/02 este solicita al Honorable Concejo Deliberante una respuesta a las altas velocidades de circulación por las calles dentro del ejido municipal;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo atender la solicitud del vecino y encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal a la colación de carteles de señalización vial en calles y callejones dentro del ejido municipal;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal la colocación de los carteles de señalización vial de tránsito en todo el ejido municipal de El Hoyo en el término de siete días.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 del mes de Febrero del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 005/2003

APROBADA 
Convenio Finalización Sala Velatoria
VISTO:
El contrato celebrado el día 10/01/2003 entre El Señor Gobernador de la Provincia del Chubut y el Señor Intendente Municipal; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante contrato celebrado el día 10/01/03 entre el Señor Gobernador de la Provincia del Chubut y el Señor Intendente Municipal de El Hoyo se conviene en ejecutar la obra denominada "Finalización Sala velatoria";

Qué el mencionado convenio según cláusula décima el presente se suscribe "ad referéndum" de la aprobación por Ordenanza Municipal;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo ratificar en todos sus términos el contrato de suscripto entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del Proyecto denominado "Finalización Sala velatoria";

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificase en todos sus términos el contrato de suscripto, de fecha 10/01/03, entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del Proyecto denominado "Finalización sala velatoria", que como Anexo I forma parte integrantes de la presente Ordenanza.

Artículo Nº 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza y a dictar las reglamentaciones que fueren menester para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los documentos ratificados en el Artículo Nº 1. -

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 del mes de Febrero del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 004/2003

APROBADA 
Convenio Centro Comunitario Pedregoso
VISTO:
El contrato celebrado el día 10/01/2003 entre El Señor Gobernador de la Provincia del Chubut y el Señor Intendente Municipal; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante contrato celebrado el día 10/01/03 entre el Señor Gobernador de la Provincia del Chubut y el Señor Intendente Municipal de El Hoyo se conviene en ejecutar la obra denominada "Construcción Centro Comunitario El Pedregoso";

Qué el mencionado convenio según cláusula décima el presente se suscribe "ad referéndum" de la aprobación por Ordenanza Municipal;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo ratificar en todos sus términos el contrato de suscripto entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del Proyecto denominado "Construcción Centro Comunitario El Pedregoso";

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificase en todos sus términos el contrato de suscripto, de fecha 10/01/03, entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del Proyecto denominado "Construcción Centro Comunitario El Pedregoso", que como Anexo I forma parte integrantes de la presente Ordenanza. -

Artículo Nº 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza y a dictar las reglamentaciones que fueren menester para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los documentos ratificados en el artículo Nº 1. -

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 del mes de Febrero del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 003/2003

APROBADA 
Adquisición Camára de Frío
VISTO:
El contrato celebrado el día 10/01/2003 entre El Señor Gobernador de la Provincia del Chubut y el Señor Intendente Municipal; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante contrato celebrado el día 10/01/03 entre el Señor Gobernador de la Provincia del Chubut y el Señor Intendente Municipal de El Hoyo se conviene en ejecutar la obra denominada "Adquisición de una cámara de frío";

Qué el mencionado convenio según cláusula décima el presente se suscribe "ad referéndum" de la aprobación por Ordenanza Municipal;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo ratificar en todos sus términos el contrato de suscripto entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del Proyecto denominado "Adquisición de una cámara de frío";

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificase en todos sus términos el contrato de suscripto, de fecha 10/01/03, entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del Proyecto denominado "Adquisición de una cámara de frío", que como Anexo I forma parte integrantes de la presente Ordenanza. -

Artículo Nº 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza y a dictar las reglamentaciones que fueren menester para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los documentos ratificados en el Artículo Nº 1. -

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 del mes de Febrero del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 002/2003

APROBADA 
Convenio Terminación Escenario Predio Ferial
VISTO:
Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante contrato celebrado el día 10/01/03 entre el Sr. Gobernador de la Provincia del Chubut y el Sr. Intendente Municipal de El Hoyo se conviene en ejecutar la obra denominada "Terminación escenario Predio Ferial";

Qué el mencionado convenio según cláusula décima el presente se suscribe "ad referéndum" de la aprobación por Ordenanza Municipal;

Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo ratificar en todos sus términos el contrato de suscripto entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del Proyecto denominado "Terminación escenario Predio ferial"

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratifíquese en todos sus términos el contrato de suscripto, de fecha 10/01/03, entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del Proyecto denominado "Terminación escenario Predio ferial", que como Anexo I forma parte integrantes de la presente Ordenanza. -

Artículo Nº 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza y a dictar las reglamentaciones que fueren menester para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los documentos ratificados en el artículo N° 1. -

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 del mes de Febrero del año 2003.
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Ordenanza Municipal Nro 001/2003

APROBADA 
Convenios Centro Comunitario
VISTO:
El contrato celebrado el día 10/01/2003 entre El Señor Gobernador de la Provincia del Chubut y el Señor Intendente Municipal; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante contrato celebrado el día 10/01/03 entre el Señor Gobernador de la Provincia del Chubut y el Señor Intendente Municipal de El Hoyo se conviene en ejecutar la obra denominada "Construcción Centro Comunitario – Rincón de Lobos";

Qué el mencionado convenio según cláusula décima el presente se suscribe "ad referéndum" de la aprobación por Ordenanza Municipal;

Qué es voluntad de este cuerpo deliberativo ratificar en todos sus términos el contrato de suscripto entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del Proyecto denominado "Construcción Centro Comunitario – Rincón de Lobos";

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificase en todos sus términos el contrato de suscripto, de fecha 10/01/03, entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del Proyecto denominado "Construcción Centro Comunitario – Rincón de Lobos", que como Anexo I forma parte integrantes de la presente Ordenanza. -

Artículo Nº 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza y a dictar las reglamentaciones que fueren menester para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los documentos ratificados en el Artículo Nº 1. -

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 del mes de Febrero del año 2003.
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