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Ordenanza

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Ordenanza Municipal Nro 103/2004

APROBADA 
Autorización Pública
VISTO:
La nota Recibida N° 408/04, Ordenanza Municipal N° 051/04; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales 3098/88.

Y CONSIDERANDO:
Qué en la nota mencionada en vistos los Señores Andrade, Lobos y Demaestri; Solicitan sea incorporada en la Ordenanza de habilitaciones Comerciales el rubro PUB;

Qué es voluntad del Honorable Concejo Deliberante incorporar el rubro PUB en la Ordenanza Municipal mencionada en vistos ;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Anexar dentro del rubro 90 de la Ordenanza Municipal N° 051/04 MEH (Habilitaciones Comerciales) el rubro PUB.

Artículo N° 2: Establecer el monto a abonar en concepto de habilitación comercial en pesos $ 250,00. -

Artículo N° 3: De forma. - -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Extraordinaria del día 23 de Diciembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 102/2004

APROBADA 
Licitación compra Cargador Frontal
VISTO:
Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Parque Municipal cuenta con maquinaria vial obsoleta para las necesidades actuales de éste Municipio;

Qué cuenta en el presupuesto Municipal con los recursos financieros para la compra de equipamiento vial acorde a nuestras necesidades actuales;

Qué es voluntad de éste cuerpo legislativo avanzar en la concreción de la adquisición de un Cargador Frontal a través de una licitación Privada;

Qué a ésos efectos se encomienda a autoriza al DEM a llamar a Licitación Privada dentro del plazo de treinta días hábiles;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR Y ENCOMENDAR AL DEM a realizar un llamado a licitación Privada invitando a un mínimo de doce (12) empresas con fecha tope de invitación 05 de enero del año 2005 y fecha de recepción de sobres cerrados el 20 de enero del año a las 13:00 hs a los fines de adquirir un Cargador Frontal utilizando para ello el Pliego de Licitación que forma parte de la presente Ordenanza. -

Artículo Nº 2: Se autoriza al DEM a realizar las revisiones técnicas de las máquinas ofertadas que hayan calificado en la apertura de sobres y remitirlas por escrito para adjuntarlas a la oferta correspondiente. -

Artículo Nº 3: La adjudicación se realizará en la primera quincena del mes de febrero.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Extraordinaria del día 23 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 101/2004

APROBADA 
Licitación Compra retro excavadora
VISTO:
Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Parque Municipal cuenta con maquinaria vial obsoleta para las necesidades actuales de éste Municipio;

Qué cuenta en el presupuesto Municipal con los recursos financieros para la compra de equipamiento vial acorde a nuestras necesidades actuales;

Qué es voluntad de éste cuerpo legislativo avanzar en la concreción de la adquisición de una Pala y Retroexcavadora sobre neumáticos a través de una licitación Privada;

Qué a ésos efectos se encomienda a autoriza al DEM a llamar a Licitación Privada dentro del plazo de treinta días hábiles;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR Y ENCOMENDAR AL DEM a realizar un llamado a licitación Privada invitando a un mínimo de doce (12) empresas con fecha tope de invitación 05 de enero del año 2005 y fecha de recepción de sobres cerrados el 20 de enero del año a las 13:00 hs a los fines de adquirir una Pala y Retroexcavadora sobre neumáticos utilizando para ello el Pliego de Licitación que forma parte de la presente Ordenanza. -

Artículo Nº 2: Se autoriza al DEM a realizar las revisiones técnicas de las máquinas ofertadas que hayan calificado en la apertura de sobres y remitirlas por escrito para adjuntarlas a la oferta correspondiente. -

Artículo Nº 3: La adjudicación se realizará en la primera quincena del mes de febrero.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Extraordinaria del día 23 de diciembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 100/2004

APROBADA 
Declarar Emergencia Transporte
VISTO:
El estado de emergencia en materia de transporte urbano de pasajeros; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la misma se produce como consecuencia de no contar con ningún servicio de ésas caracteristicas que permitan a los residentes locales y comarcales trasladarse a través del transporte público de pasajeros;

Qué no se ha podido concretar hasta la fecha el llamado a licitación pública para la adjudicación del servicio público de transporte urbano y sub urbano de ésta Municipalidad;

Qué es necesario disponer de una norma provisoria que permita el funcionamiento en forma transitoria del transporte de pasajeros dentro del ejido municipal de El Hoyo a fin de satisfacer la demanda de numerosos pasajeros de nuestra jurisdicción municipal atendiendo el servicio público en cuestión, hasta tanto se produzca el concesionamiento definitivo y formal del mismo;

Qué de acuerdo a las facultades conferidas por la ley de corporaciones municipales, la municipalidad tiene la competencia exclusiva para autorizar el servicio de transporte público urbano de pasajeros dentro de la jurisdicción que administra;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Declarar la Emergencia del transporte Público de pasajeros Urbano y Sub urbano en la Localidad de El Hoyo.

Artículo Nº 2: Ratificar en todos sus términos la Resolución Municipal Nº 863/04.

Artículo Nº 3: Encomendar al DEM a realizar las gestiones pertinentes ante Gendarmería Nacional, ante el Coordinador de delegaciones regionales de la Comisión Nacional de regulación Nacional de Transporte y ante el Sub Secretario de Transporte Terrestre del Ministerio de Economía de la Nación, a fin de concretar el servicio Interurbano de pasajeros entre la Localidad de El Hoyo y El Bolsón.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Extraordinaria del día 23 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 099/2004

APROBADA 
Cesión de Derechos José López a Rafael Lopéz
VISTO:
La nota con fecha 03/12/04, Ordenanza Municipal Nº 019/01 y 030/01; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la nota con fecha 03/12/07 el Sr. José López solicita ceder un lote en el barrio el Sauzal;

Qué según Ordenanza Municipal Nº 019/01 y 030/01 El Sr. José López es adjudicatario de dos lotes (16 y 17) en la fracción 3, manzana 1, del lote 37 a de éste ejido Municipal;

Qué en la cesión de derechos de fecha 03/12/04 cede los derechos al Sr. Alejandro Rafael López, el lote Nº 17 con una superficie de 450 mts2;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derechos con fecha del sr. José López DNI Nº 11.073.653 al Sr. Alejandro Rafael López DNI Nº 28.390.395, del lote Nº 17, Fracción 3, manzana 1, lote 37 a, con fecha 03/12/04.

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta al Sr. Alejandro Rafael López DNI Nº 28.390.395, el lote Nº 17, fracción 3, manzana 1, lote 37 a, con una superficie de 450 mts2.

Artículo Nº 3: Cumplido los trámites correspondientes el Ejecutivo Municipal firmará el título de propiedad a costo del cesionario. -

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Extraordinaria del día 23 de Diciembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 098/2004

APROBADA 
Viaje a Cipolletti
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales 3098/88 .-

Y CONSIDERANDO:
Qué es necesario Incorporar al Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 un Remanente año 2003;

Qué se ha otorgado subsidio del área Cultura para la realización del viaje de 3° Polimodal de la Escuela n° 734 a la ciudad de Cipolletti;

Qué se ha otorgado subsidio del área Deportes para el viaje del equipo de Mini Volley de nuestra Localidad a la ciudad de Comodoro Rivadavia.-

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incorporar al rubro 2.6 Otros Subsidios en el anexo I "Ingresos" título 2 de Jurisdicción Provincial de la Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH y sus modificatorias.

- 2.6 Otros Subsidios____________________+ $. 2.700,00

Artículo N° 2: Incorporar al rubro 3.6 Cultura y 3.7 Deportes en el Anexo II "Egresos" título 3 Transferencias Corrientes de la Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH y sus modificatorias.

- 3.6 Cultura__________________________+ $. 1.500,00
- 3.7 Deportes_________________________+ $. 1.200,00

Artículo N° 3: De forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Extraordinaria del día 23 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 097/2004

APROBADA 
Autorizar nomenclatura Cayún
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 093/00 y 004/00, plano de ubicación, cesión de derechos firmada por las partes; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la Ordenanza Municipal Nº 093/00 se modificará parte de los considerandos y art. Nº 1;

Qué el Sr. José Augusto Cayún adquirió 1 ha, en el lote 44, fracción 17;

Qué ½ ha se encuentra ubicada en el lote 44 a, fracción 17, según croquis de mensura del agrimensor Manuel Miranda arroja una superficie de 3.750 mts2, y la otra ½ ha se encuentra separada por el camino vecinal;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar la nueva nomenclatura de la superficie mencionada con una superficie de 3.750 mts 2 en la fracción 17 del lote 44 y la superficie de ½ ha denominada fracción 2, separada por el callejón vecinal al Sr. José Augusto Cayún DNI Nº 10.346.701. -

Artículo Nº 2: Cumplidos los trámites correspondientes obtendrá el título de propiedad a costo de los cesionarios. -

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Extraordinaria del día 23 de Diciembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 096/2004

APROBADA 
promover categoria 7 Sergio Sepulveda
VISTO:
La nota presentada por el DEM de fecha 15/12/04, Ordenanza Municipal Nº 077/03 HCD MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es necesario ratificar la Resolución Municipal en la nota de vistos;

Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo atender el pedido mencionado en vistos;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificar en todos sus términos la Resolución Municipal Nº 808/04 en la que se promueve al agente Municipal Sergio Sepúlveda a la categoría 7 del escalafón Municipal.

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 094/2004

APROBADA 
Modificación Ordz. 034/ 1989
VISTO:
La Ordenanza Municipal 034/89; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la transferencia de derechos y mejoras sobre tierras fiscales requiere la previa autorización por parte del HCD previa solicitud escrita de las partes;

Qué tal autorización debe efectivizarse en tanto y en cuanto no existan objeciones legales que impida la misma, tales como falta de legitimidad sobre el predio a transferir, falta de personería y/o acuerdo del conyugue tratándose de derechos gananciales y/o del condominio si los hubiese, o existencia de otros impedimentos legales;

Qué en tanto se emite dicha autorización mediante Ordenanza Municipal debidamente promulgada, ningún escribano, agente inmobiliario, comisionista u ocupante de tierras fiscales puede celebrar válidamente contratos de cesión de derechos y/o transferencias de mejoras sobre tierras pertenecientes al dominio privado Municipal;

Qué la falta de sanciones ante el incumplimiento de las disposiciones enunciadas ha dado lugar a permanentes
violaciones de las mismas;

Qué los incumplimientos mencionados deben ser objetos de las pertinentes sanciones;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Agréguese al Art. 15 de la Ordenanza Municipal Nº 034/89 MEH el siguiente párrafo: "El Plazo de pago no podrá ser financiado por plazos mayores de cinco años. En caso de ceder dicho plazo de aplicará al deudor en forma automática y sin necesidad de interpelación previa un interés mensual punitorio equivalente a la tasa activa del Banco del Chubut SA sobre el saldo del precio adeudado y hasta el momento de la cancelación total. Transcurrido diez (10) días sin cancelación total y definitiva se tendra por rescindida automáticamente la adjudicación en venta si el precio abonado fuera inferior al veinticinco por ciento (25%) del total y la corporación municipal tendrá derecho a accionar judicialmente en los términos del art. 1204 y ccss del Código Civil. Rescindida la venta se efectuará ofrecimiento público del inmueble discriminando valor de la tierra y valor de las mejoras y se restituirá al propietario de éstas el monto correspondiente a tal concepto en las condiciones de pago resultantes de la oferta, que en ningún caso podrán superar los plazos precedentemente establecidos". -

Artículo Nº 2: Agréguese al Art. 24 de la Ordenanza Municipal Nº 034/89 MEH el siguiente párrafo: "Toda cesión de derechos transferencias de mejoras sobre tierras fiscales efectuada sin consentimientos de la corporación Municipal, además de su nulidad, generará una multa de carácter punitorio equivalente al veinticinco por ciento (25 %) del precio establecido en la misma. Las inmobiliarias, profesionales, escribanos, martilleros o comisionistas intervinientes se harán acreedores de una multa equivalente a otro 25 % del precio de la transferencia efectuada con su intervención, también con carácter punitorio y en "ambos casos sin interpelación previa". -

Artículo Nº 3: Remplácese al Art. 33 de la Ordenanza Municipal Nº 034/89 MEH por el siguiente párrafo: "El título de propiedad o transferencia de dominio se perfeccionará por administración, es decir a través de la corporación municipal o por escribanía a elección del beneficiario, a cuyo cargo correrán la totalidad de gastos y honorarios del trámite en cualquier caso".

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 093/2004

APROBADA 
Cesión de Derechos Gavetti a Vanina Tasso
VISTO:
La nota de fecha 16/11/04 y 14/12/04, Ordenanza Municipal Nº 006/04, Ordenanza Municipal Nº 004/00, Acuerdo de venta de fecha 16/11/04, Plano- 9219, Expte. P-076-84; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la Sra. Teresita Mónica Gavetti mediante Ordenanza Nº 006/04 está autorizada y adjudicada en venta de la superficie de 2 has, 19 a, 38 cas del lote 104, Fracción B11, Sección JIII de éste ejido Municipal;

Qué la nota con fecha 14/12/00 y el acuerdo con fecha 16/12/04 la Sra. Mónica Gavetti solicita ceder los derechos a la Sra. Andrea Vanina Tasso de Schmucki;

Qué la mensura está registrada, plano Nº 9219, Expte. F-076-84, t 107, f32;

Qué mediante la nota de fecha 16/11/04 la Sra. Andrea Vanina Tasso de Schmucki solicita la transferencia de del mencionado lote a su nombre;

Qué la tierra es fiscal Municipal;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar el acta con fecha 16/11/04, de cesión de derechos transferencias entre la Sra. Teresita Mónica Gavetti DNI Nº 14.363.583 a la Sra. Andrea Vanina Tasso de Schmucki DNI Nº 22.364.727 en el lote Nº 104, con una superficie de 2 has, 19 a, 38 cas, Plano Nº 9219 Expte. F-076-84.

Artículo Nº 2: Previo pago de derecho de transferencias y el costo de la tierra, el Ejecutivo firmará el título de propiedad correspondiente a costo de los cesionarios.

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 092/2004

APROBADA 
Cesión de Derechos de Riquelme a Vingolo
VISTO:
Las notas 25/01/04, cesión de derechos, plano nº 17418 expte. P-517-98; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Rafael Federico y el Sr. Carlos Eduardo Vignolo le adquirieron 1 ha, en parte del lote Nº 38 al Sr. Arnaldo Marino Riquelme;

Qué el Sr. Rafael Federico en el lote nº 38 fracción 1, tiene 3 ½ ha, adjudicada según Ordenanza Nº 032/00 MEH;

Qué la fracción adquirida por cesión al Sr. Arnaldo Marino Riquelme la anexa a la superficie anterior;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derechos de Arnaldo Marino Riquelme LE 7.810.908 a los Sres. Rafael Federico DNI Nº 24.929.705 y al Sr. Carlos Eduardo Vignolo DNI Nº 16.363.139.

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la superficie de 1 ha, en el lote 38 a los Sres. Rafael Federico DNI Nº 24.929.705 y Carlos Eduardo Vignolo DNI Nº 16.363.139 que será anexada a la superficie de 3 ½ has, del lote 38. -

Artículo Nº 3: La superficie quedará con un total de 4 ½ has.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 15 de diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 091/2004

APROBADA 
Cesión de derechos de Fernandez
VISTO:
Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la Sra. Ana María Callone y María Belén Fernández se encuentran autorizadas por Ordenanza Nº 059/04 a realizar los trámites correspondientes;

Qué la Sra. Ana María Callone ha presentado Cesión de derechos con la Sra. María Belén Fernández;

Qué el plano registrado Nº 20780, Expte. P-149-03 se denomina chacra 9, parcela 6, de éste ejido Municipal con una superficie de 92 a, 06 cas;

Qué la tierra está pagada mediante recibo 00003454/04 y 24425;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derechos entre la Sra. María Belén Fernández DNI Nº 24.406.626 y la Sra. Ana María Callone DNI Nº 13.283.103. -

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la superficie de 92 a, 06 cas, expte. P-149-03, plano 20780, t 198-f62, a la Sra. Ana María Callone.

Artículo Nº 3: Cumplido los trámites correspondientes, el Ejecutivo firmará el título de propiedad a cargo de la cesionaria. -

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 090/2004

APROBADA 
Aprobar Cesión de derechos Jorge Williams - Marta Soria
VISTO:
La Ordenanza Municipal 009/86, Plano de mensura, Oficio Exp. 405-17/01, Cesión de derechos , poder escritura N° 2 enero 2002, Recibo N° 002/00000870/1 del 28/02/03, nota N° 397/04;Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales 3098/88 .-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Doctor Jorge Horacio Williams titular de derechos y acciones sobre el inmueble identificado como lote 10 manzana 16 del loteo de los lotes 32b y 32c con una superficie de 675 m2 ;

Qué El Doctor Jorge Horacio Williams cede sus derechos a la Sra. Marta Beatriz Soria a los cuatro días del mes de noviembre del año 2002 ;

Qué se ha presentado la constancia de pago de la multa al aplicarse lo dictado en la Ordenanza N° 009/86;

Qué se ha presentado el poder que Marta Beatriz Soria le extiende a su hija Marta Sandra Fuenzalida Soria ;

Qué la Sra Sandra Fuenzalida presenta nota el 29/11/04 solicitando la Ordenanza que transfiere definitivamente la posesión del lote a la Sra Marta Beatriz Soria ;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derechos de Jorge Horacio Williams DNI N° 12.189.793 a la Sra. Marta Beatriz Soria DNI N° 6.626.209.

Artículo N° 2: Adjudicar en venta a la Sra. Marta Beatriz Soria el lote 10 manzana 16 de los lotes 32b, 32c.

Artículo N° 3: De forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria el día 15 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 089/2004

APROBADA 
Pago Imp Esteban Van Dam
VISTO:
La Ordenanza General impositiva, Ordenanza de regularización impositiva 08/00, nota de entrada 049/04, nota de vecinos; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales 3098/88 .-

Y CONSIDERANDO:
Qué el sr. Esteban Van Dam en su presentación de fecha 03/03/04 propone el pago en efectivo de sus impuestos acumulados por $ 2.287,96;

Qué en su propuesta de pago se incluyen en concepto de intereses por mora $ 1.212,74;

Qué numerosos vecinos del loteo del sr, Van Dam reclaman la conclusión de obras de provisión de servicio de luz, agua y apertura de calles;

Qué el DEM se compromete a la realización de las obras para la provisión de éstos servicios ;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aceptar el pago de $3.500,00 por todo concepto a la fecha 30/03/04 en referencia a la deuda por el lote 15 macizo 4. -

Artículo N° 2: Facultar al Ejecutivo Municipal a utilizar éstos fondos para la ejecución de las Obras de provisión de servicios y apertura de calle. -

Artículo N° 3: De forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria el día 15 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 088/2004

APROBADA 
Incorporar Rubros
VISTO:
Ordenanza Municipal N° 077/03; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué existe Superávit en los rubro Ingresos Provinciales y Impuesto patentes automotor;

Qué es necesario incorporarlo al presupuesto Municipal ejercicio 2004 en los siguientes rubros;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incorporar al rubro 1.7 Impuesto Patentes Automotores en el anexo I "Ingresos" Título 1 de Jurisdicción Municipal y 2.2 Ingresos Provinciales en el anexo I "Ingresos" Título 2 de Jurisdicción Provincial de la Ordenanza Municipal N° 077/03 HCD MEH. -

- 1.7 Impuesto Patentes Automotores___________________+$ 20.000
- 1.6 Impuesto patentes automotor 2003_________________-$ 20.000
- 2.2 Ingresos Provinciales____________________________+$ 150.000

Artículo N° 2: Incorporar al rubro 2.6, 3.6, 3.13, 5.5, 1.2.2, 2.3, 4.3. -

-2.6 Combustibles y Lubric.__________________________+$2.000
-3.6Cultura________________________________________+ $1.500
-3.13 Turismo_____________________________________+$6.000
-5.5 Obras Públicas Varias__________________________+10.000
-1.2.2 Asig Familiares Planta Temp.__________________+$ 200
-2.3 Bienes Secundarios _____________________________+$3.000
-4.3 Equipamiento Vial______________________________+$ 127.300

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 087/2004

APROBADA 
Bajada de bandera Taxi
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 015/02 ; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales 3098/88.

Y CONSIDERANDO:
Qué es necesario ampliar la reglamentación vigente que regula la actividad comercial de remises y taxis;

Qué es necesario actualizar los montos a imputar en conceptos de bajada de banderas para taxis y la ficha cada 100 mts;

Qué dadas las características de la región se ve como un beneficio incorporar los vehículos tipo sedan cinco puertas , tanto para taxis como para remis;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar el artículo n° 9 y 29 de la Ordenanza Municipal N° 015/02 el cual quedara de la siguiente manera;
• Se habilitarán automóviles tipo sedan cuatro (4) puertas y tipo sedan cinco (5) puertas con baúl independiente o no del habitáculo tanto para remis como para taxis. -
•
Artículo N° 2: Modificar el artículo 30 de la Ordenanza Municipal N° 015/02 el cual quedará redactado de la siguiente manera;
• Deberán contar con un reloj- taxímetro electrónico, el que determinará la tarifa que abonará el pasajero de la siguiente forma:

1.La bajada de bandera, un peso ($. 1,00). -
2.Y la ficha cada cien (100) metros, siete centavos ($. 0,07). -
Este valor se tomará para las 24 horas del día, hábiles y feriados.

Artículo N° 3: De forma. -

Dada en la sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 10 de diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 086/2004

APROBADA 
Subsidio Deportes
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es necesario incorporar a la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH, un subsidio correspondiente a los Juegos Evita Chubutenses;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incorporar al rubro 2.6 Otros Subsidios en el anexo I "Ingresos" Título 2 de Jurisdicción Provincial de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias.

2.6 Otros Subsidios____________________________+ $ 15.324,00.-

Artículo Nº 2: Incorporar al rubro 3.7 Deportes en el anexo II "Egresos" Título 3 de Transferencias Corrientes de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias. -

3.7 Deportes_________________________________+ $ 15324,00.-

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 085/2004

APROBADA 
Habilitación Pública
VISTO:
La nota recibida Nº 408/04, Ordenanza Municipal Nº 051/04; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué en la nota mencionada en vistos los Sres. Andrade, Lobos y Dimaestri, solicitan sea incorporada en la Ordenanza de habilitaciones Comerciales el rubro PUB;

Qué es voluntad del Honorable Concejo Deliberante incorporar el rubro PUB en la Ordenanza Municipal mencionada en vistos;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incorporar en la Ordenanza Municipal Nº 051/04 (Habilitaciones Comerciales) el rubro PUB.

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 15 de diciembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 084/2004

APROBADA 
Habilitación Optica
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 051/04; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
La necesidad de incorporar rubros en la ordenanza mencionada en vistos;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incorporar en el Artículo Nº 12, anexo I, de la Ordenanza Municipal Nº 051/04 MEH el rubro OPTICA, dentro del título Comercio Minorista (varios). -

Artículo Nº 2: Establecer el monto a abonar en concepto de habilitación comercial en $ 250,00. -

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Especial del día 10 de diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 083/2004

APROBADA 
Presupuesto 2005
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 077/2003 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincia de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué es facultad del Honorable Concejo Deliberante sancionar el Presupuesto de Gastos y Recursos para el Ejercicio Presupuestario año 2005;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: FÍJESE en la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO CON VEINTIDOS ( $ 3.668.831,22.-), el total de erogaciones del presupuesto de la Municipalidad de El Hoyo para el Ejercicio Fiscal 2005, de acuerdo al detalle obrante en la planilla Anexo II, que forma parte de la presente Ordenanza. -

Artículo Nº 2: ESTÍMASE en la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO CON VEINTIDOS ( $ 3.668.831,22.-), el cálculo de recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el Artículo Nº 1 de la presente Ordenanza, de acuerdo al detalle obrante en la planilla Anexo Nº I, que forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo Nº 3: Como consecuencia de lo establecido en los Artículos precedentes estimase el siguiente balance financiero preventivo:

EROGACIONES ___________ $ 3.668.831.22.-
RECURSOS ______________ $ 3.668.831,22.-

Artículo Nº 4: Las erogaciones a que hace referencia el Artículo Nº 1 de la presente Ordenanza serán distribuidos analíticamente de acuerdo al detalle que obra en la planilla Anexa Nº II. -

Artículo Nº 5: FIJASE en quince (15) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente, en tres (3) cargos la Planta de Personal Temporarios, un (1) cargo de Intendente Municipal, siete (7) cargos de Concejales y un (1) cargo de Secretario Honorable Concejo Deliberante, para el Ejercicio Fiscal 2005, de acuerdo al detalle que obra en la planilla Anexo Nº III, que forma parte de la presente Ordenanza. -

Artículo Nº 6: En Planilla Anexa IV se fijan los valores de patentamiento de vehículos y otros para el Ejercicio Fiscal Municipal 2005. - -

Artículo Nº 7: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 10 del mes de diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 083/2004

APROBADA 
Anexo I, II, IV Presupuesto 2005
Presupuesto Municipal Ejercicio 2005 – Ingresos

Código Denominación de Partida Monto Autorizado
TOTAL DE RECURSOS __________ $.3.668.831,22

1- De Jurisdicción Municipal __________ $. 569.000,00
1.1 Activo Remante de Fondo de Saneamiento Municipal. __________ $. 8.000,00
1.2 Alquiler de Gimnasio __________ $ 3.500,00
1.3 Alquiler Maquinarias Agrícolas __________ $. 2.500,00
1.4 Alquiler Propiedades Municipales __________ $. 5.500,00
1.5 Impuestos Inmobiliarios __________ $. 90.000,00
1.7 Impuestos Patentes Automotores __________ $. 120.000,00
1.8 Crédito Ideas __________ $. 20.000,00
1.9 Multas __________ $. 5.000,00
1.10 Otros Ingresos __________ $. 35.000,00
1.11 Plan de Regularización Impositiva 2000 __________ $. 30.000,00
1.12 Red de Agua __________ $. 3.000,00
1.13 Red de Gas Natural I , II y III __________ $. 30.000,00
1.14 Programa Redes __________ $.50.000,00
1.15 Servicios retributivos __________ $. 25.000,00
1.16 Sistema de Cloaca y Planta Depuradora __________ $. 17.000,00
1.17 Tasas de Cementerio __________ $. 1.000,00
1.18 Tasas de Servicio de Cloacas __________ $. 1.500,00
1.19 Tasas Municipales __________ $. 42.000,00
1.20 Venta de activos fijos __________ $. 60.000,00
1.21 Viviendas __________ $. 20.000,00

2 - De Jurisdicción Provincial __________ $ 3.095.092,79
2.1 ATP (Aporte del tesoro Provincial __________ $. 100.000,00.
2.2 Ingresos Provinciales __________ $. 1.642.784,00
2.3 Juzgado de Paz __________ $. 55.000,00
2.4 Aporte boca expendio SEROS __________ $. 1.500,00
2.5 Convenio Plan Calidez __________ $. 15.000,00
2.6 Descuento Refinanciación Red de Gas __________ $. 81.600,00
2.7 Otros Subsidios __________ $. 50.000,00
2.8 Centro Comunitario Rincón de Lobos __________ $. 22.000,00
2.9 Centro Comunitario El Pedregoso __________ $. 9.800,00
2.10 Playones deportivos __________ $. 100.000,00
2.11 Pequeñas Obras Publicas – "Pavimentación" __________ $. 80.000,00
2.12 Manos a la Obra __________ $.100.000,00
2.13 Red Gas Natural III Etapa __________ $. 36.308.79
2.14 Refacción de Edificios Públicos __________ $. 25.000,00
2.15 Cámara de Frío __________ $. 44.000,00
2.16 Servicio de Protección Integral __________ $. 10.800,00
2.17 Terminación Predio Ferial Fiesta Fruta Fina __________ $. 20.000,00
2.18 IDEAs Chubut __________ $. 50.000,00
2.19 Limpieza Río Epuyén __________ $. 33.000,00
2.20 Mantenimiento Red de Agua Potable __________ $. 18.300,00
2.21 Viviendas IPV y DU __________ $. 600.000,00

3- De Jurisdicción Nacional __________ $. 4.738,43
3.1 Obras Publicas Nacionales __________ $. 4.738,43
3.2 Plan Federal de la Mujer __________ $. 00.00

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 10 del mes de Diciembre del año 2004. -

ANEXO II

Código Denominación de Partida Monto autorizado
TOTAL DE EROGACIONES __________ $3.668.831,22
1 - PERSONAL $ 807.200,00
1.1 Personal Planta Permanente __________ $ 594.900
1.1.1 Aportes Patronales Personal Planta Permanente __________ $ 190.000,00
1.1.2 Asignaciones Familiares Personal Planta Permanente __________ $ 39.000,00
1.1.3 Autoridades Superior Sueldos Netos __________ $ 84.000,00
1.1.4 Otros Adicionales Personal Planta Permanente __________ $ 6.000,00
1.1.5 Personal Administrativo Sueldos Netos Personal Planta Permanente __________ $ 120.000,00
1.1.6 Personal Operativo Sueldos Netos Personal Planta Permanente __________ $ 152,000,00
1.1.7 Seguros Obligatorios y Adicionales Personal Planta Permanente __________ $3.900,00

1.2 Personal Planta Temporaria __________ $ 47.400,00
1.2.1 Aportes Patronales Personal Planta Temporaria __________ $ 10.000,00
1.2.2 Asignaciones Familiares Personal Planta Temporaria __________ $ 3.400,00
1.2.3 Otros Adicionales Personal Planta Temporaria __________ $ 1.000,00
1.2.4 Personal Administrativo Sueldos Netos Personal Planta Temporaria __________ $32.500,00
1.2.5 Seguros Obligatorios y Adicionales Personal Planta Temporaria __________ $ 500,00

1.3. Personal Honorable Concejo Deliberante __________ $ 164.900,00
1.3.1 Aportes Patronales Personal Honorable Concejo Deliberante __________ $ 40.000,00
1.3.2 Asignaciones Familiares Personal Honorable Concejo Deliberante __________ $ 6.500,00
1.3.3 Concejales Sueldos Netos Personal Honorable Concejo Deliberante __________ $ 100.000,00
1.3.4 Otros Adicionales Personal Honorable Concejo Deliberante __________ $ 2.000,00
1.3.5 Personal Administrativo Sueldos Netos Personal Honorable Concejo Deliberante __________ $14.500,00
1.3.6 Seguros Obligatorios y Adicionales Personal Honorable Concejo Deliberante __________ $ 1.900,00

DEPARTAMENTO DE HACIENDA
2.1 Bienes de Consumo __________ $ 185.400,00
2.1 Bienes secundarios __________ $ 30.400,00
2.2 Sistema de computación __________ $ 10.000,00
2.3 Aporte biblioteca Municipal __________ $ 10.000,00
2.4 Combustibles y Lubricantes __________ $35.000,00
2.5 Educación __________ $ 20.000,00
2.6 Bomberos __________ $ 42.000,00
2.7 Fondo de saneamiento financiero __________ $ 8.000,00
2.8 Repuesto y reparación de maquinarias __________ $ 30.000,00

2.2 Servicios __________ $ 265.300,00
2.2.1 Contratación de servicios __________ $ 40.000,00
2.2.2 Cortesía y Homenajes __________ $ 15.000,00
2.2.3 Propaganda y publicidad __________ $ 15.000,00
2.2.4 Servicios Públicos __________ $ 40.000,00
2.2.5 Inspector __________ $ 15.000,00

2.2.6 Mantenimiento Red de Agua2.2.6 Mantenimiento Red de Agua _____________ $ 18.300,00
2.2.7 2 Contratos corralón, 1 carpintero _____________ $ 23.400,00
2.2.8 1 adm. Producción, 1 Obra pública _____________ $ 15.600,00
2.2.9 Elaboración de proyectos _____________ $ 15.000,00
2.2.10 Aportes boca de expendio seros _____________ $1.500,00
2.2.11 Seguros varios _____________ $ 10.000,00
2.2.12 Aporte reina fruta Fina _____________ $1.500,00
2.2.13 Viáticos y movilidad _____________ $30.000,00
2.2.14 Recolección de residuos _____________ $ 25.000,00

DPTO DE OBRAS PUBLICAS

3.1 Bienes de Capital _____________ $ 174.000,00
3.1.1 Equipamiento Vial _____________ $ 80.000,00
3.1.2 Equipamiento mobiliario _____________ $ 20.000,00
3.1.3 Equipamiento informático _____________ $ 20.000,00
3.1.4 Herramienta _____________ $ 10.000,00
3.1.5 Camara de frío _____________ $ 44.000,00

3.2 Trabajos Públicos _____________ $ 1.163.838,43

3.2.1 Apertura y conservación de caminos _____________ $ 40.000,00
3.2.2 Limpieza y apertura de canales _____________ $ 30.000,00
3.2.3 Viviendas IPV _____________ $ 600.000,00
3.2.4 Construcción Juzgado de Paz _____________ $ 55.000,00
3.2.5 Centro Comunitario Pedregoso _____________ $ 9800,00
3.2.6 SUM Rincón de Lobos _____________ $ 22.000,00
3.2.7 Playón deportivo El Pedregoso _____________ $ 50.000,00
3.2.8 Playón deportivo Rincón de Lobos _____________ $ 50.000,00
3.2.9 Red de gas tercera etapa _____________ $ 36.300,00
3.2.10 Mantenimiento edificios públicos _____________ $ 25.000,00
3.2.11 Peq. Obra Publica Pavimento _____________ $80.000,00
3.2.12 Limpieza Río Epuyén _____________ $33 .000,00
3.2.13 Ampliación edificio Municipal _____________ $ 40.000,00
3.2.14 Terminación SUM Currumahuida _____________ $ 3.000,00
3.2.15 Terminación escenario Fruta Fina _____________ $20.000,00
3.2.16 Obras Publicas Varias _____________ $ 30.000,00
3.2.17 Capacitación en construcción _____________ $ 5.000,00
3.2.18 Reestructuración Parque Industrial _____________ $ 10.000,00
3.2.19 Parquización _____________ $ 10.000,00
3.2.20 Obras Públicas Nación _____________ $ 4..738,43,00
3.2.21 Mantenimiento Gimnasio Municipal _____________ $ 10.000,00

DPTO DE PRODUCCIÓN Y MEDIO AMBIENTE _____________ $ 209.000,00
4.1 Programa Ideas Chubut _____________ $ 50.000,00
4.2 Programa Redes _____________ $ 25.000,00
4.3 Programa Manos a la Obra _____________ $ 100.000,00
4.4 Programa trabajo autogestionado _____________ $ 2.000,00
4.5 Programa Miproe _____________ $ 2.000,00
4.6 Fomento Vivero de Nativas _____________ $ 5.000,00
4.7 Proy. Creación Unidades Productivas _____________ $ 20.000,00
4.8 Asistencia a productores para autoconsumo _____________ $ 5.000,00

5.1 DEPARTAMENTO DE ACCION SOCIAL _________ $ 330.992,77

5.1 Plan Calidez _________ $15.000,00
5.2 Prog. Asistencia a comedores barriales _________ $ 10.280,00
5.3 Prog. Asistencia a Familiaslias NBI _________ $33.000,00
5.4 Prog. Emergencia habitacional _________ $ 25.000,00
5.5 Prog. Salas maternales _________ $ 10.000,00
5.6 Aporte al servicio de protección _________ $ 15.000,00
5.7 Servicio de protección _________ $ 10.800,00
5.8 Albergue estudiantil _________ $35.000,00
5.9 Prog. Apoyo área de la juventud _________ $ 8.000,00
5.10 Aporte Grupo " Esperanzados" _________ $.3.000,00
5.11 Cultura _________ $ 15.000,00
5.12 Deporte _________ $ 82.912,77
5.13 Area de la mujer _________ $ 18.000,00
5.14 Otros Subsidios _________ $ 50.000,00

6.1 DEPARTAMENTO DE TIERRAS _________ $115.000,00

6.1 Gastos De mensura _________ $ 35.000,00
6.2 Financiamiento de títulos de propiedad _________ $ 15.000,00
6.3 Prog. Relevamiento catastral y usos del suelo _________ $ 15.000,00
6.4 Adquisición de terreno para plan de vivienda _________ $ 50.000,00

7.1 TURISMO _________ $ 35.000,00

7.1 Prog. Desarrollo _________ $ 35.000,00

8.1 OTROS GASTOS _________ $ 43.000,00

8.1 Gastos HCD _________ $ 35.000,00
8.2 Capacitación Personal _________ $ 8.000,00

9.1 FONDO COMPENSADOR _________ $ 184.100,10

9.1 Asignación para implementación de programas _________ $ 154.100,10
9.2 Fondo para eventos adversos _________ $ 30.000,00
10.1 AMORTIZACIÓN DE DEUDA _________ $ 156.000,00
10.1 Amortización Red de Gas _________ $ 86.000,00
10.2 Amortización de vivienda IPV y DU _________ $ 70.000,00

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 10 del mes de diciembre del año 2004.

Anexo IV

Automóviles según pesos

Año__//__800 Kg__//__1.150 Kg__//__1.300 Kg__//__+ de 1.300 kg.
2005__//__$.250,00__//__$.280,00__//__$.340,00__//__$.370,00
2004__//__$ 250,00__//__$ 280,00__//__$ 340,00__//__$ 370,00
2003__//__$ 240,00__//__$ 260,00__//__$ 280,00__//__$ 300,00
2002__//__$ 230,00__//__$ 250,00__//__$ 270,00__//__$ 290,00
2001__//__$ 200,00__//__$ 220,00__//__$ 240,00__//__$ 260,00
2000__//__$ 180,00__//__$ 200,00__//__$ 220,00__//__$ 240,00
1999__//__$ 170,00__//__$ 190,00__//__$ 210,00__//__$ 230,00
1998__//__$ 150,00__//__$ 170,00__//__$ 190,00__//__$ 210,00
1997__//__$ 140,00__//__$ 160,00__//__$ 180,00__//__$ 200,00
1996__//__$ 130,00__//__$ 150,00__//__$ 170,00__//__$ 190,00
1995__//__$ 120,00__//__$ 140,00__//__$ 160,00__//__$ 170,00

Camionetas según pesos

Año__//__1.200 Kg__//__2.500Kg__//__4.000 Kg__//__+ de 4.000 kg.
2005__//__$.230,00__//__$.250,00__//__$.280,00__//__$.310,00
2004__//__$ 230,00__//__$ 250,00__//__$ 280,00__//__$ 310,00
2003__//__$ 210,00__//__$ 238,00__//__$ 266,00__//__$ 294,00
2002__//__$ 189,00__//__$ 214,00__//__$ 239,00__//__$ 265,00
2001__//__$ 170,00__//__$ 198,00__//__$ 216,00__//__$ 238,00
2000__//__$ 153,00__//__$ 174,00__//__$ 194,00__//__$ 214,00
1999__//__$ 136,00__//__$ 156,00__//__$ 174,00__//__$ 193,00
1998__//__$ 124,00__//__$ 140,00__//__$ 157,00__//__$ 174,00
1997__//__$ 112,00__//__$ 127,00__//__$ 142,00__//__$ 156,00
1996__//__$ 100,00__//__$ 114,00__//__$ 128,00__//__$ 140,00
1995__//__$ 90,00__//__$ 102,00__//__$ 115,00__//__$ 127,00

Colectivos según pesos

Año__//__1.000 Kg__//__3.000Kg.__//__10.000 Kg__//__+ de 10.000 kg.
2005__//__$.240,00__//__$.260,00__//__$.285,00__//__$.313,00
2004__//__$ 240,00__//__$ 260,00__//__$ 285,00__//__$ 313,00
2003__//__$ 224,00__//__$ 245,00__//__$ 270,00__//__$ 298,00
2002__//__$ 202,00__//__$ 221,00__//__$ 243,00__//__$ 268,00
2001__//__$ 181,00__//__$ 199,00__//__$ 218,00__//__$ 241,00
2000__//__$ 163,00__//__$ 179,00__//__$ 197,00__//__$ 217,00
1999__//__$ 147,00__//__$ 161,00__//__$ 177,00__//__$ 195,00
1998__//__$ 132,00__//__$ 145,00__//__$ 159,00__//__$ 176,00
1997__//__$ 119,00__//__$ 130,00__//__$ 144,00__//__$ 156,00
1996__//__$ 120,00__//__$ 120,00__//__$ 129,00__//__$ 150,00
1995__//__$ 100,00__//__$ 110,00__//__$ 120,00__//__$ 142,00

Motos según cilindradas

Año__//__50 CC__//__125 CC__//__250 CC__//__+ de 250 CC
2005__//__$.30,00__//__$.60,00__//__$.115,.00__//__$.165,00
2004__//__$ 30,00__//__$60,00__//__$115,00__//__$ 165,00
2003__//__$ 30,00__//__$46,00__//__$100,00__//__$ 150,00
2002__//__$ 30,00__//__$43,00__//__$90,00__//__$ 135,00
2001__//__$ 30,00__//__$39,00__//__$81,00__//__$ 122,00
2000__//__$ 30,00__//__$35,00__//__$73,00__//__$ 110,00
1999__//__$ 30,00__//__$32,00__//__$66,00__//__$ 98,00
1998__//__$ 30,00__//__$30,00__//__$59,00__//__$ 89,00
1997__//__$ 30,00__//__$30,00__//__$53,00__//__$ 80,00
1996__//__$ 30,00__//__$30,00__//__$48,00__//__$ 72,00
1995__//__$ 30,00__//__$30,00__//__$46,00__//__$ 65,00

Acoplados según pesos

Año 7.000 Kg. 10.000 Kg. 13.000 Kg. 16.000 Kg. 20.000 Kg. + de 20.000 KG.
2005 $ 115.00 $ 135.00 $ 155.00 $.195.00 $. 195.00 $.215.00
2004 $ 115,00 $ 135,00 $ 155,00 $ 195,00 $ 195,00 $ 215,00
2003 $ 100,00 $ 120,00 $ 140,00 $ 180,00 $ 180,00 $ 200,00
2002 $ 90,00 $ 108,00 $ 126,00 $ 162,00 $ 162,00 $ 180,00
2001 $ 81,00 $ 97,00 $ 113,00 $ 146,00 $ 146,00 $ 162,00
2000 $ 73,00 $ 87,00 $ 102,00 $ 131,00 $ 131,00 $ 148,00
1999 $ 66,00 $ 79,00 $ 92,00 $ 118,00 $ 118,00 $ 131,00
1998 $ 59,00 $ 71,00 $ 88,00 $ 106,00 $ 106,00 $ 118,00
1997 $ 53,00 $ 64,00 $ 74,00 $ 96,00 $ 96,00 $ 106,00
1996 $ 48,00 $ 57,00 $ 67,00 $ 86,00 $ 86,00 $ 96,00
1995 $ 43,00 $ 52,00 $ 60,00 $ 77,00 $ 77,00 $ 86,00
1994 $ 39,00 $ 46,00 $ 54,00 $ 70,00 $ 70,00 $ 77,00

Camiones según pesos

Año__//__7.000 Kg__//__10.000 Kg__//__13.000 Kg__//__16.000 Kg__//__20.000 Kg__//__+ de 20.000 KG.
2005__//__$.270.00__//__$.290.00__//__$. 390.00__//__$.500,00__//__$.710,00__//__$.1.060,00
2004__//__$ 270,00__//__$ 290,00__//__$ 390,00__//__$ 500,00__//__$ 710,00__//__$ 1.060,00
2003__//__$ 257,00__//__$ 277,00__//__$ 374,00__//__$ 486,00__//__$ 695,00__//__$ 1.047,00
2002__//__$ 231,00__//__$ 249,00__//__$ 334,00__//__$ 438,00__//__$ 626,00__//__$ 942,00
2001__//__$ 208,00__//__$ 224,00__//__$ 300,00__//__$ 393,00__//__$ 563,00__//__$ 848,00
2000__//__$ 188,00__//__$ 202,00__//__$ 270,00__//__$ 354,00__//__$ 507,00__//__$ 763,00
1999__//__$ 169,00__//__$ 181,00__//__$ 244,00__//__$ 319,00__//__$ 458,00__//__$ 687,00
1998__//__$ 152,00__//__$ 163,00__//__$ 220,00__//__$ 287,00__//__$ 410,00__//__$ 618,00
1997__//__$ 137,00__//__$ 147,00__//__$ 177,00__//__$ 258,00__//__$ 370,00__//__$ 557,00
1996__//__$ 123,00__//__$ 132,00__//__$ 167,00__//__$ 232,00__//__$ 333,00__//__$ 500,00
1995__//__$ 111,00__//__$ 119,00__//__$ 160,00__//__$ 209,00__//__$ 299,00__//__$ 415,00
1994__//__$ 100,00__//__$ 107,00__//__$ 144,00__//__$ 188,00__//__$ 270,00__//__$ 406,00

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 10 del mes de diciembre del año 2004.

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Ordenanza Municipal Nro 082/2004

APROBADA 
Ratificar Convenio Prog. Nuevas ideas
VISTO:
El convenio firmado por el Ejecutivo Provincial y la Municipalidad de El Hoyo de Adhesión y participación del Programa NUEVAS IDEAS CHUBUT; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el programa NUEVAS IDEAS CHUBUT (Nuevas iniciativas de Emprendedores Asociados del Chubut) tiene como objetivo generar, promover el desarrollo local, fortaleciendo la capacidad institucional de los municipios para inducir y gestionar procesos de desarrollo sustentable;

Qué se ha firmado el convenio entre el Ejecutivo Provincial y el Ejecutivo Municipal;

Qué es necesario ratificar dicho convenio por el Honorable Concejo Deliberante;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificar en todos sus términos el Convenio de Adhesión y participación del PROGRAMA NUEVAS IDEAS CHUBUT, (Decreto creación Nº 1059/04) entre el Ejecutivo Provincial y el Ejecutivo Municipal de El Hoyo de fecha siete de agosto del año 2004.

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Especial del día 10 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 081/2004

APROBADA 
Servicio de protección
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es necesario incorporar al Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 un remanente año 2003;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incorporar al rubro 2.15 Servicio de protección Integral en el anexo I "Ingresos" título 2 de Jurisdicción Provincial de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias.

2.15 Servicio de Protección Integral_______________________+ $ 2.648,57

Artículo Nº 2: Incorporar al rubro 3.12 Servicio de protección Integral en el anexo II "Egresos" título 3 Transferencias Corrientes de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias. -

3.12 Servicio de Protección Integral_______________________+ $ 2.648,57

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Especial del día 10 de diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 080/2004

APROBADA 
Confección Digesto Electrónico
VISTO:
El proyecto del legislativo para la confección del Digesto Electrónico, Nota de entrada Nº 156/04 de la empresa Sun Gates, nota de entrada Nº 119/04 de la Empresa Patagonia Software S.R.L; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es necesario la implementación del Digesto Electrónico para el Honorable Concejo Deliberante, para un mejor desempeño, orden y agilidad dentro del cuerpo legislativo;

Qué se han analizado tres presupuestos de empresas dedicadas a l confección de los mismos;

Qué se ha evaluado el costo y la cercanía del servidor elegido;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Designar a la Empresa Patagonia Software SRL de la ciudad de Esquel, para la confección del Digesto Electrónico para el Honorable Concejo Deliberante.

Artículo Nº 2: Destinar la suma de $ 1.200 para la empresa adjudicada con fondos del HCD. -

Artículo Nº 3: contratar un servicio para el tipiado de todas las Ordenanzas existentes de éste Municipio. -

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 01 de diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 079/2004

APROBADA 
Subsidio Bomberos
VISTO:
El Exp. Nº 4640 - SDS; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la Municipalidad de El Hoyo a través de la Secretaría de Desarrollo Social ha gestionado subsidio para la Asociación de Bomberos Voluntarios, a fin de solventar gastos que demande la adquisición de elementos para dicho cuartel;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incorporar al rubro 2.6 Otros Subsidios en el anexo I "Ingresos", título 2 de Jurisdicción Provincial de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias.

2.6 Otros Subsidios__________________________________+$ 5.000

Artículo Nº 2: Incorporar al rubro 3.15 Bomberos en el anexo II "Egresos" título 3 Transferencias Corrientes de la Ordenanza Municipal Nº 077/04 MEH y sus modificatorias.

3.15 Bomberos______________________________________+$ 5.000

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 01 de diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 078/2004

APROBADA 
Subsidio Acción Social
VISTO:
El Expediente Nº 5900- SDS- 2004; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué por el Expediente mencionado en vistos se gestiona un subsidio a favor de la Municipalidad de El Hoyo, destinado a familias de escasos recursos;

Qué el presente trámite se encuadra en el Art. 4º- inc b) del anexo I del Decreto Nº 1231/00, modificado por el art. 1º del Decreto Nº 1217/01;

Qué en tal sentido se debe proceder a dictar el instrumento legal correspondiente;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incorporar al rubro 2.6 Otros Subsidios en el anexo I "Ingresos" título 2 de Jurisdicción Provincial de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias.

2.6 Otros Subsidios__________________________________+ $ 3.500.-

Artículo Nº 2: Incorporar al rubro 3.1 Acción Social en el anexo II "Egresos" título 3 Transferencias Corrientes de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias.

3.1 Acción Social____________________________________+ $ 3.500.-

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 01 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 077/2004

APROBADA 
Terreno Susana Aillapan
VISTO:
La nota de entrada Nº 216/04 e Susana Aillapan, nota de entrada Nº 236/04 del Servicio de protección de derechos, Certificado del Hospital rural El Hoyo de fecha 01/11/04, Ordenanzas Municipales Nº 075/04 y 076/04 HCD MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué según notas mencionadas en vistos la Sra. Susana Aillapan se encuentra en una condición de suma necesidad habitacional;

Qué el Ejecutivo Municipal solicita al Honorable Concejo Deliberante se otorgue a la Sra. Susana Aillapan el lote Nº 12 del barrio El Sauzal en el fraccionamiento al norte de los lotes 49 y 50 de la Colonia mixta Epuyén Sección El Hoyo con una superficie de (448,92 m2);

Qué es voluntad del Honorable Concejo Deliberante otorga el mencionado lote a la Sra. Susana Aillapan;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Facultar al Ejecutivo Municipal a otorgar a la Sra. Susana Aillapan DNI Nº 30.613.519 el lote Nº 12 del barrio El Sauzal en el fraccionamiento al norte de los lotes 49 y 50 de la Colonia mixta Epuyén , Sección El Hoyo con una superficie de (448,95 m2).

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 01 de Diciembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 076/2004

APROBADA 
Pago con terreno Mariela Santillan
VISTO:
La dación de pago de fecha 09/11/04, Ordenanza Municipal Nº 063/04 HCD MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la Sra. Laura Mariela Santillan, acepta expresamente el ofrecimiento de una fracción de tierra fiscal denominada lote 9 de la manzana 37 de una superficie aproximadamente (292 m2) efectuada mediante la Ordenanza Municipal Nº 063/04;

Qué en pago de la venta referenciada la Sra. Laura Mariela Santillan (La Cedente) da a la Municipalidad de El Hoyo otra fracción de tierra fiscal denominada lote 12 del Barrio El sauzal en el fraccionamiento al norte de los lotes 49 y 50 de la Colonia mixta Epuyén, Sección El Hoyo, con una superficie de (448,95 m2) que le corresponde en carácter de Cesionaria de su padre Heraldo Santillan;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: RATIFICAR la dación de pago de fecha 09/11/04, entre la Sra. Laura Mariela Santillan DNI Nº 22.014.375 (la Cedente) y los Sres. Santiago Cárdenas y Pablo Mazurek, en su carácter de Intendente Municipal y Secretario de Gobierno Municipal. -

Artículo Nº 2:De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 10 de Diciembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 075/2004

APROBADA 
Cesión de heraldo Santillan a Mariela
VISTO:
La cesión de derechos y transferencias de mejoras de fecha 09/11/04 entre el Sr. Heraldo Santillan y la Sra. Laura Mariela Santillan, Ordenanza Municipal Nº 019/2001; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué según la cesión de derechos y transferencias de mejoras mencionada en vistos El Sr. Heraldo Santillan cede a la Sra. Laura Mariela Santillan un afracción de tierra fiscal municipal designada como lote 12 del fraccionamiento al norte de los lotes 49 y 50 de la colonia mixta Epuyén, Sección El Hoyo en el Barrio El Sauzal con una superficie de (448,95 m2);

Qué dicho lote no se encuentra sujeto a ningún gravamen, embargo, hipoteca o inhibición;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: RATIFICAR la cesión de Derechos y Transferencias de Mejoras entre el Sr. Heraldo Santillan DNI Nº 7.323.917 (El Cedente) y la Sra. Laura Mariela Santillan DNI Nº 22.014.375 (La Cesionaria) sobre los derechos y mejoras enclavadas sobre una fracción de tierra fiscal municipal designada como lote 12 del fraccionamiento al norte de los lotes 49 y 50 de la colonia mixta Epuyén, Sección El Hoyo en el Barrio El Sauzal con una superficie de (448,95 m2).

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 10 de Noviembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 074/2004

APROBADA 
Subsidio Deporte
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 077/03 HCD MEH, Decreto Nº 1723/04, Expediente Nº 282/04 _ OP Nº 145; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la Secretaría de Deportes de la Provincia del Chubut entrega a la Municipalidad de El Hoyo, a través del decreto Nº 1723/04 tramitado por Expediente Nº 282/04 – OP Nº 145 la suma de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO ( $ 5.894,00);

Qué es necesario incorporarlo al presupuesto Municipal Ejercicio 2004 en la Ordenanza Municipal Nº 077/03 HCD MEH;

Qué dicho subsidio será destinado a cubrir los gastos que se originaron por transporte, alojamiento, comida y todo aquello que implique atención de las delegaciones participantes de las competencias denominadas "JUEGOS EVITA CHUBUTENSES";

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incorporar al rubro 2.6 Otros Subsidios en el Anexo I "Ingresos" título 2 de Jurisdicción Provincial de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 HCD MEH y sus modificatorias. -

2.6 Otros Subsidios_______________________________+$ 5.894,00.-

Artículo Nº 2: Incorporar al rubro 3.7 Deportes en el Anexo II "Egresos" título 3 de Transferencias Corrientes de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 HCD MEH y sus modificatorias. -

3.7 Deportes_____________________________________+$ 5.894,00.-

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 10 de Noviembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 073/2004

APROBADA 
Derogar Orz. 67/1993
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 067/93; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ordenanza Municipal Nº 067/92 se otorgaba un subsidio mensual a partir de noviembre del mismo año a la Comisión de Bomberos Voluntarios de El Hoyo;

Qué es voluntad del Honorable Concejo Deliberante derogar la mencionada Ordenanza;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: DEROGAR en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 067/93. -

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 27 de Octubre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 072/2004

APROBADA 
Adj. en venta Anselmo Delgado
VISTO:
La nota de fecha 27/08/04, Ordenanza Municipal Nº 013/98, Bosquejo de mensura, escritura 6492409/93, cesión de derechos y transferencias de mejoras del 28/09/04; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Leonardo Fabio Delgado DNI Nº 25.733.039, por Ordenanza Municipal Nº 013/98 y escritura 6492409/93 posee una fracción de tierra fiscal en parte del lote 6, fracción A, Sección JIII de éste ejido Municipal;

Qué el Sr. Leonardo Fabio Delgado DNI nº 25.733.039 Cede con fecha 28/09/04 una fracción de tierra fiscal, designada como lote 6, fracción A, Sección JIII de aproximadamente 5 has, 35 a, 69 cas, a Don Anselmo Delgado DNI nº 10.340.160;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derechos de transferencias de mejoras de fecha 28/09/04. -

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta a Don Anselmo Delgado DNI Nº 10.340.160, la superficie de aproximadamente 5 has, 35 a, 69 cas, en la fracción de tierra fiscal en el lote 6, fracción A, Sección JIII, denominada fracción 4.

Artículo Nº 3: Autorizar al Ejecutivo Municipal a tramitar el título de propiedad una vez cumplidos los trámites correspondientes.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 27 de Octubre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 071/2004

APROBADA 
Adj. en venta Alfredo Delgado
VISTO:
La nota de fecha 27/08/04, Ordenanza Municipal Nº 013/98, Bosquejo de mensura, escritura 6492409/93, cesión de derechos y transferencias de mejoras del 28/09/04; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Leonardo Fabio Delgado DNI nº 25.733.039, por Ordenanza Municipal Nº 013/98 y escritura 6492409/93
posee una fracción de tierra fiscal en parte del lote 6, fracción A, Sección JIII de éste ejido Municipal;

Qué el Sr. Leonardo Fabio Delgado DNI nº 25.733.039 Cede con fecha 28/09/04 una fracción de tierra fiscal, designada como lote 6, fracción A, Sección JIII de aproximadamente 4 has, 19 a, 27 cas, a Don Alfredo Delgado LE nº 8.215.382;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derechos de transferencias de mejoras de fecha 28/09/04. -

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta a Don Alfredo Delgado LE Nº 8.215.382, la superficie de aproximadamente 4 has, 19 a, 27 cas, en la fracción de tierra fiscal en el lote 6, fracción A, Sección JIII, denominada fracción 3.

Artículo Nº 3: Autorizar al Ejecutivo Municipal a tramitar el título de propiedad una vez cumplidos los trámites correspondientes.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 27 de Octubre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 069/2004

APROBADA 
Adj. en venta Paola Riquelme
VISTO:
La nota con fecha 18/06/04, Plano número 20744, Exp. P -605-03, Escritura Nº 131, folio 214, B- 00463842, Dictamen legal, Acta 01/10/04; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Pablo Riquelme y su Sra. Esposa María Detelvina Vargas, por escritura pública Nº 131, cedieron gratuitamente a sus seis hijas; Beatriz Maribel, Susana Mercedes, Sonia Margarita, Patricia Marcela, todas de apellido Riquelme y mayores de edad;

Qué Blanca Azucena y Paola Florencia Riquelme menores de edad; y reciben los mismos beneficios de partes iguales descripto en escritura pública mencionada anteriormente;

Qué el lote denominado 111, ahora con la nueva nomenclatura catastra, chacra 29 de éste ejido municipal, es tierra fiscal;

Qué en la escritura pública el Sr. Víctor Manuel Riquelme, hijo varón presta conformidad de la mencionada cesión;

Qué según Dictamen legal no existe objeciones objeciones por superar superficies mínimas en zona rural (4Hectáreas);

Qué en el Acta de fecha 01/10/04 el Sr. Pablo Riquelme y su esposa ratifican y dan su conformidad de la distribución del correspondiente plano para cada uno de sus hijos;

Qué en fojas Nº 12 del presente exp. los Sres. Pablo Riquelme y su esposa con fecha 14/06/91 le cedieron a su hijo varón Víctor Manuel Riquelme 5 has que aún no han sido subdivididas mediante mensura;

Qué se deben agregar al lote en general la has que cedió el Sr. José Miguel Pompeyo graciano, fojas 17, convenio acuerdo de linderos;

Qué lo restante del lote 111, chacra 29 queda para los cesionarios, escritura pública y Acta con fecha 01/10/04;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derechos por Escritura Pública Nº 131, folio 214-B 00463842 a sus seis hijas.

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la parcela Nº 1 de la chacra 29, plano Nº 20744, Exp. p- 605/03, tomo 198, folio 27 con una superficie de 4 ha, 00 a, 25 ca, a Paola Florencia Riquelme DNI Nº 31.756.558. -

Artículo Nº 3: Cumplido con las normas pertinentes se autoriza al Ejecutivo a firmar el título de propiedad.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 068/2004

APROBADA 
Adj. en venta Susana Riquelme
VISTO:
La nota con fecha 18/06/04, Plano número 20744, Exp. P -605-03, Escritura nº 131, folio 214, B- 00463842, Dictamen legal, Acta 01/10/04; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Pablo Riquelme y su Sra. Esposa María Detelvina Vargas, por escritura pública Nº 131, cedieron gratuitamente
a sus seis hijas; Beatriz Maribel, Susana Mercedes, Sonia Margarita, Patricia Marcela, todas de apellido Riquelme y mayores de edad;

Qué Blanca Azucena y Paola Florencia Riquelme menores de edad; y reciben los mismos beneficios de partes iguales descripto en escritura pública mencionada anteriormente;

Qué el lote denominado 111, ahora con la nueva nomenclatura catastra, chacra 29 de éste ejido municipal, es tierra fiscal;
Qué en la escritura pública el Sr. Víctor Manuel Riquelme, hijo varón presta conformidad de la mencionada cesión;

Qué según Dictamen legal no existe objeciones objeciones por superar superficies mínimas en zona rural (4Hectáreas);

Qué en el Acta de fecha 01/10/04 el Sr. Pablo Riquelme y su esposa ratifican y dan su conformidad de la distribución del correspondiente plano para cada uno de sus hijos;

Qué en fojas Nº 12 del presente exp. los Sres. Pablo Riquelme y su esposa con fecha 14/06/91 le cedieron a su hijo varón Víctor Manuel Riquelme 5 has que aún no han sido subdivididas mediante mensura;

Qué se deben agregar al lote en general la has que cedió el Sr. José Miguel Pompeyo graciano, fojas 17, convenio acuerdo de linderos;

Qué lo restante del lote 111, chacra 29 queda para los cesionarios, escritura pública y Acta con fecha 01/10/04;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derechos por Escritura Pública Nº 131, folio 214-B 00463842 a sus seis hijas.

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la parcela Nº 4 de la chacra 29, plano Nº 20744, Exp. p- 605/03, tomo 198, folio 27 con una superficie de 4 ha, 00 a, 07 ca, a Susana Mercedes Riquelme DNI Nº 25.383.279. -

Artículo Nº 3: Cumplido con las normas pertinentes se autoriza al Ejecutivo a firmar el título de propiedad.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 067/2004

APROBADA 
Adj. en venta Blanza Riquelme
VISTO:
La nota con fecha 18/06/04, Plano número 20744, Exp. P -605-03, Escritura Nº 131, folio 214, B- 00463842, Dictamen legal, Acta 01/10/04; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Pablo Riquelme y su Sra. Esposa María Detelvina Vargas, por escritura pública nº 131, cedieron gratuitamente a sus seis hijas; Beatriz Maribel, Susana Mercedes, Sonia Margarita, Patricia Marcela, todas de apellido Riquelme y mayores de edad;

Qué Blanca Azucena y Paola Florencia Riquelme menores de edad; y reciben los mismos beneficios de partes iguales descripto en escritura pública mencionada anteriormente;

Qué el lote denominado 111, ahora con la nueva nomenclatura catastra, chacra 29 de éste ejido municipal, es tierra fiscal;

Qué en la escritura pública el Sr. Víctor Manuel Riquelme, hijo varón presta conformidad de la mencionada cesión;

Qué según Dictamen legal no existe objeciones objeciones por superar superficies mínimas en zona rural (4Hectáreas);

Qué en el Acta de fecha 01/10/04 el Sr. Pablo Riquelme y su esposa ratifican y dan su conformidad de la distribución del correspondiente plano para cada uno de sus hijos;

Qué en fojas Nº 12 del presente exp. los Sres. Pablo Riquelme y su esposa con fecha 14/06/91 le cedieron a su hijo varón Víctor Manuel Riquelme 5 has que aún no han sido subdivididas mediante mensura;

Qué se deben agregar al lote en general la has que cedió el Sr. José Miguel Pompeyo graciano, fojas 17, convenio acuerdo de linderos;

Qué lo restante del lote 111, chacra 29 queda para los cesionarios, escritura pública y Acta con fecha 01/10/04;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derechos por Escritura Pública Nº 131, folio 214-B 00463842 a sus seis hijas.

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la parcela Nº 2 de la chacra 29, plano nº 20744, Exp. p- 605/03, tomo 198, folio 27 con una superficie de 4 ha, 00 a, 26 ca, a Blanca Azucena Riquelme DNI Nº 30.613.539. -

Artículo Nº 3: Cumplido con las normas pertinentes se autoriza al Ejecutivo a firmar el título de propiedad.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 066/2004

APROBADA 
Adj. en venta Patricia Riquelme
VISTO:
La nota con fecha 18/06/04, Plano número 20744, Exp. P -605-03, Escritura Nº 131, folio 214, B- 00463842, Dictamen legal, Acta 01/10/04 ; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Pablo Riquelme y su Sra. Esposa María Detelvina Vargas, por escritura pública Nº 131, cedieron gratuitamente a sus seis hijas; Beatriz Maribel, Susana Mercedes, Sonia Margarita, Patricia Marcela, todas de apellido Riquelme y mayores de edad;

Qué Blanca Azucena y Paola Florencia Riquelme menores de edad; y reciben los mismos beneficios de partes iguales
descripto en escritura pública mencionada anteriormente;

Qué el lote denominado 111, ahora con la nueva nomenclatura catastra, chacra 29 de éste ejido municipal, es tierra fiscal;

Qué en la escritura pública el Sr. Víctor Manuel Riquelme, hijo varón presta conformidad de la mencionada cesión;

Qué según Dictamen legal no existe objeciones objeciones por superar superficies mínimas en zona rural (4Hectáreas);

Qué en el Acta de fecha 01/10/04 el Sr. Pablo Riquelme y su esposa ratifican y dan su conformidad de la distribución del correspondiente plano para cada uno de sus hijos;

Qué en fojas Nº 12 del presente exp. los Sres. Pablo Riquelme y su esposa con fecha 14/06/91 le cedieron a su hijo varón Víctor Manuel Riquelme 5 has que aún no han sido subdivididas mediante mensura;

Qué se deben agregar al lote en general la has que cedió el Sr. José Miguel Pompeyo graciano, fojas 17, convenio acuerdo de linderos;

Qué lo restante del lote 111, chacra 29 queda para los cesionarios, escritura pública y Acta con fecha 01/10/04;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derechos por Escritura Pública Nº 131, folio 214-B 00463842 a sus seis hijas.

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la parcela nº 3 de la chacra 29, plano nº 20744, Exp. p- 605/03, tomo 198, folio 27 con una superficie de 4 ha, 00 a, 52 ca, a Patricia Marcela Riquelme DNI Nº 35.385.431. -

Artículo Nº 3: Cumplido con las normas pertinentes se autoriza al Ejecutivo a firmar el título de propiedad.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 065/2004

APROBADA 
Adj. en venta Sonia Riquelme
VISTO:
La nota con fecha 18/06/04, Plano número 20744, Exp. P -605-03, Escritura Nº 131, folio 214, B- 00463842, Dictamen legal, Acta 01/10/04 ; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Pablo Riquelme y su Sra. Esposa María Detelvina Vargas, por escritura pública Nº 131, cedieron gratuitamente a sus seis hijas; Beatriz Maribel, Susana Mercedes, Sonia Margarita, Patricia Marcela, todas de apellido Riquelme y mayores de edad;

Qué Blanca Azucena y Paola Florencia Riquelme menores de edad; y reciben los mismos beneficios de partes iguales descripto en escritura pública mencionada anteriormente;

Qué el lote denominado 111, ahora con la nueva nomenclatura catastra, chacra 29 de éste ejido municipal, es tierra fiscal;

Qué en la escritura pública el Sr. Víctor Manuel Riquelme, hijo varón presta conformidad de la mencionada cesión;

Qué según Dictamen legal no existe objeciones objeciones por superar superficies mínimas en zona rural (4Hectáreas);

Qué en el Acta de fecha 01/10/04 el Sr. Pablo Riquelme y su esposa ratifican y dan su conformidad de la distribución del correspondiente plano para cada uno de sus hijas;

Qué en fojas Nº 12 del presente exp. los Sres. Pablo Riquelme y su esposa con fecha 14/06/91 le cedieron a su hijo varón Víctor Manuel Riquelme 5 has que aún no han sido subdivididas mediante mensura;

Qué se deben agregar al lote en general la has que cedió el Sr. José Miguel Pompeyo graciano, fojas 17, convenio acuerdo de linderos;

Qué lo restante del lote 111, chacra 29 queda para los cesionarios, escritura pública y Acta con fecha 01/10/04;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derechos por Escritura Pública Nº 131, folio 214-B 00463842 a sus seis hijas.

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la parcela Nº 5 de la chacra 29, plano Nº 20744, Exp. p- 605/03, tomo 198, folio 27 con una superficie de 4 ha, 90 a, 05 ca, a Sonia Margarita Riquelme DNI Nº 26.972.956. -

Artículo Nº 3: Cumplido con las normas pertinentes se autoriza al Ejecutivo a firmar el título de propiedad.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 064/2004

APROBADA 
Adj. en venta Beatriz Riquelme
VISTO:
La nota con fecha 18/06/04, Plano número 20744, Exp. P -605-03, Escritura Nº 131, folio 214, B- 00463842, Dictamen legal, Acta 01/10/04; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Pablo Riquelme y su Sra. Esposa María Detelvina Vargas, por escritura pública Nº 131, cedieron gratuitamente a sus seis hijas; Beatriz Maribel, Susana Mercedes, Sonia Margarita, Patricia Marcela, todas de apellido Riquelme y mayores de edad;

Qué Blanca Azucena y Paola Florencia Riquelme menores de edad; y reciben los mismos beneficios de partes iguales descripto en escritura pública mencionada anteriormente;

Qué el lote denominado 111, ahora con la nueva nomenclatura catastra, chacra 29 de éste ejido municipal, es tierra fiscal;

Qué en la escritura pública el Sr. Víctor Manuel Riquelme, hijo varón presta conformidad de la mencionada cesión;

Qué según Dictamen legal no existe objeciones objeciones por superar superficies mínimas en zona rural (4Hectáreas);

Qué en el Acta de fecha 01/10/04 el Sr. Pablo Riquelme y su esposa ratifican y dan su conformidad de la distribución del
correspondiente plano para cada uno de sus hijos;

Qué en fojas Nº 12 del presente exp. los Sres. Pablo Riquelme y su esposa con fecha 14/06/91 le cedieron a su hijo varón Víctor Manuel Riquelme 5 has que aún no han sido subdivididas mediante mensura;

Qué se deben agregar al lote en general la has que cedió el Sr. José Miguel Pompeyo graciano, fojas 17, convenio acuerdo de linderos;

Qué lo restante del lote 111, chacra 29 queda para los cesionarios, escritura pública y Acta con fecha 01/10/04;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derechos por Escritura Pública Nº 131, folio 214-B 00463842 a sus seis hijas.

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la parcela Nº 6 de la chacra 29, plano Nº 20744, Exp. p- 605/03, tomo 198, folio 27 con una superficie de 4 ha, 16 a, 47 ca, a Beatriz Maribel Riquelme DNI Nº 18.283.237. -

Artículo Nº 3: Cumplido con las normas pertinentes se autoriza al Ejecutivo a firmar el título de propiedad.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 063/2004

APROBADA 
Ofrecer en venta lote 9, Manzana
VISTO:
La Ordenanza Municipal 39/97, La ubicación de la planta reguladora de Gas en el lote 3, manzana 37; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la superficie de tierra de 852 mts que rodea a la planta reguladora de Gas no es apta para la instalación de viviendas;
Qué existe Ordenanza Nº 39/97 por la cual los remanentes de tierras fiscales se ofrecen en venta a los linderos;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ofrecer en venta la superficie aproximada de 292 mts 2 partir de ahora lote 9 manzana 37 a los propietarios del lote 5 manzana 37. -

Artículo Nº 2: Ofrecer en venta la superficie aproximada de 196 m2 a partir de aho. -

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2007.
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Ordenanza Municipal Nro 062/2004

APROBADA 
Ratif. venta de lote Hector Silva - Luis Silva
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 039/97, Boleto de compra venta de fecha 23 de agosto del año 1999; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el lote 6 de la manzana 37 perteneciente a Susana Iturrieta y Luís Silva es lindero al lote 2 de la manzana 37;

Qué el mismo se encuentra próximo a una planta reductora de Gas, no siendo recomendable la instalación de una vivienda familiar;

Qué los mencionados son pacíficos ocupantes de dicho lote;

Qué obra en nuestro poder un boleto de compra venta del Intendente Municipal en ése entonces Héctor francisco Silva y el sr. Luís Alberto Silva con fecha 23 de agosto del año 1999;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificar la venta del lote 2, manzana 37, de una superficie de 312 m2 entre el entonces Intendente Municipal Héctor Francisco Silva y Luís Alberto Silva de fecha 23 de agosto del año 1999. -

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 061/2004

APROBADA 
Autorizar Deslinde de 4 has Leandro Delgado
VISTO:
La nota presentada por el Sr. Leonardo Fabio Delgado DNI Nº 25.733.039 de fecha 27/08/04, Ordenanza Municipal Nº 013/98, Bosquejo de mensura; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Leonardo Fabio Delgado por Ordenanza Municipal Nº 013/98 y cesión de derechos ante escribano público 24/09/93 posee una fracción de tierra en parte del lote Nº 6, fracción A, Sección JIII de éste ejido Municipal;;

Qué en note de fecha 27/08/04 solicita ceder 4 hectáreas de tierra fiscal;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar el deslinde y la cesión de derechos de 4 hectáreas en parte del lote 6 cuyo adjudicatario en venta es Leonardo Fabio Delgado.

Artículo Nº 2: Garantizar la traza del camino de acceso a dicho lote. -

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 060/2004

APROBADA 
Regularización Lote 157
VISTO:
La nota presentada con fecha 22/07/00, 02/12/00 y 08/08/03, cesiones de derechos con fecha 15/07/02, Plano Nº 19798, Exp. 672/00 tomo 190, folio 33, Ordenanza Municipal Nº 12/97, Dictamen legal, recibos 0000130/09; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la sra. Fabiana Balesta adquirió una superficie de 1 hec, 30 a, 89 cas, en el lote Nº 157 de éste ejido Municipal;

Qué el Sr. Roberto Alfredo Contigiani adquirió una superficie de 2 hec, 00 a, 88 cas, Ordenanza Municipal Nº 034/99;

Qué el Sr. Roberto Alfredo Contigiani abonó el costo de la tierra;

Qué el Sr. Contigiani le cedió a Fabiana Balesta una superficie de 1 hec, 30 a, 89 cas, y a Fabio José Garrone y Ángel Guillermo Pérez una superficie de 70 a, 01 cas;

Qué la Sra. Fabiana Balesta le cedió una superficie de 71 a, 30 cas, al Sr. Néstor Hugo Perich;

Qué todos los nuevos cesionarios quieren regularizar la situación catastral para continuar con los trámites;

Qué el plano de mensura está registrado con las divisiones correspondientes a cada uno;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar las cesiones de derechos entre el sr. Roberto Alfredo Contigiani DNI Nº 12.204.832 y la Sra. Fabiana Balesta DNI Nº 17.047.414 y a los Sres. Fabio José Garrone DNI Nº 17.727.667 y Ángel Guillermo Pérez DNI Nº 16.022.536, La cesión de Fabiana Balesta DNI Nº 17.047.414 a Néstor Hugo Périch DNI Nº 24.205.539. -

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la superficie entre el sr. Roberto Alfredo Contigiani y los sres. Fabio José Garrone y Ángel Guillermo Pérez, una superficie de 70 a, 01 cas, lote 157, chacra 20, parcela 3, plano Nº 19798, Exp. Nº 672/00.

Artículo Nº 3: Adjudicar en venta la superficie entre Roberto Alfredo Contigiani y Fabiana Balesta una superficie de 60 a, 19 cas, lote 157, chacra 20, parcela 5, plano nº 19798, Exp. Nº 672/00. -

Artículo Nº 4: Adjudicar en venta entre los sres. Fabiana Balesta y Néstor Hugo Perich una superficie de 71 a, 30 cas, lote 157, chacra 20, parcela 4. -

Artículo Nº 5: Cumplidos los pagos de transferencias y las normas pertinentes se autoriza al Ejecutivo a firmar el título de propiedad a costo de los cesionarios. -

Artículo Nº 6: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 059/2004

APROBADA 
Adj. en venta Fernández - Callone
VISTO:
La nota presentada por la Sra. Belén Fernández y Ana María Callone con fecha 14/04/04, Ordenanza Municipal Nº 005/04, Proyecto de mensura, Dos poderes especiales 18/02/04 y 24/05/04; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la Sra. María Belén Fernández tiene Ordenanza Municipal Nº 005/04 de adjudicación en venta por una superficie de 92 a, 06 ca, lote Nº 15 de éste ejido municipal;

Qué el poder con fecha 18/02/04 está facultada para ceder los derechos;

Qué el poder con fecha 24/05/04 faculta a continuar con los trámites correspondientes;

Qué según dictamen legal no existen objeciones;

Qué el proyecto de mensura en trámite;

Qué por recibo Nº 0003454/04 y 24425 se abonó la tierra;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

Artículo Nº 1: Previa presentación de cesión de derechos entre las Sras. María Belén Fernández DNI Nº 24.406.626 y Ana María Callone DNI Nº 13.283.103, se autoriza a continuar con los trámites correspondientes. -

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 058/2004

APROBADA 
Autorizar Subdivisión Carrizo - Ríos
VISTO:
La nota presentada por la Sra. Clemilda Ríos DNI Nº 4.161.514 y el Sr. Luís Ernesto Carrizo LE 7.818.442, Plano nº 19770, Exp. P-266-02; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué solicitan la subdivisión del lote 8, manzana 23, de la chacra 2 de la fracción 24 de la colonia mixta Epuyén, Ejido Municipal de El Hoyo de una superficie de 781,95 m2;

Qué cuenta con boleto de compra venta de fecha 28 de octubre del año 1995 y 20 de agosto del año 1998;

Qué cuentan con título de propiedad;

Qué tiene plano de mensura unificado;

Qué no existe impedimento para autorizar la subdivisión del inmueble antes ya mencionado;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar la subdivisión de la parcela 8, de la manzana 23 de la chacra 2 de la fracción 24 de la colonia mixta Epuyén, Ejido El Hoyo de una superficie de 781,95 m2, propiedad de Luís Ernesto Carrizo LE 7.818.441 y Clemilda Ríos DNI Nº 4.161.514.

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 13 de Octubre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 057/2004

APROBADA 
Adj. en venta Juan Miranda
VISTO:
Acta de acuerdo con fecha 27/04/00, Inspección del 13/01/76, Plano de mensura nº 12.924 Exp. 347.90; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué según acta de acuerdo del 27/04/00 Juan Antonio Miranda DNI Nº 25.329.613 es ocupante de la fracción 5 del lote agrícola 22;

Qué la mensura está registrado, plano Nº 12.924. Exp. p 347,90, tomo 135, folio 67;

Qué la fracción nº 5 tiene una superficie de 2.118.94 m2;

Qué el sr. Juan Antonio Miranda tiene una necesidad de regularizar el tema para acceder a la contribución de una vivienda;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar el Acta acuerdo de fecha 27/04/00. -

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la superficie de 2.118,94 m2, fracción 5, plano nº 12.924, Exp. P. 347.90. -

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Especial del día 29 de Septiembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 056/2004

APROBADA 
Extender libres de Deuda
VISTO:
El marco del Programa de construcción y mejoras de viviendas para beneficiarios de la Localidad de El Hoyo surgido a raíz de la Emergencia Climática del pasado mes de Julio, La Ordenanza Municipal N° 042/2004; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué es requisito presentar ante el Instituto Provincial de la Vivienda el libre de deuda de Tazas, Contribuciones e Impuestos que graven el inmueble;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Eximir de Impuestos al listado de beneficiarios relevados por la Secretaría de Planeamiento de la Provincia del Chubut. -

Artículo N° 2: Autorícese al Ejecutivo Municipal extender los libres de deudas correspondientes para presentar ante el Instituto Provincial de la Vivienda.

Artículo N° 3: Autorícese al Ejecutivo Municipal según lo establecido en el Artículo 1 de la Ordenanza Municipal 042/2004 HCD MEH.

Artículo Nº 4: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del 29 de Septiembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 055/2004

APROBADA 
Fijar sueldo Concejales y Secretarios
VISTO:
Ordenanza Municipal Nº 23/88; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es facultad del HCD establecer según Artículo Nº 60, Inciso 1 y 2 de la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88 fijar los gastos de representación y/o dietas de los Sres. Concejales;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Fijar las dietas de los Sres. Concejales en 8 días de viáticos del Ejecutivo Provincial.

Artículo Nº 2: Fijar el sueldo del Secretario del HCD en la suma de pesos mil cien ( $ 1.100,00).

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Especial del día 28 de Septiembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 054/2004

APROBADA 
Fijar sueldo Intendente
VISTO:
La Ordenanza municipal Nº 023/88, 010/00; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es facultad del HCD fijar el sueldo del Sr. Intendente Municipal;

Qué es necesario fijar el sueldo del Sr. Intendente Municipal, Secretarios y Directores Generales, dependiente del DEM y Secretario Legislativo por no estar encuadrado dentro del escalafón Municipal según Ordenanza Municipal Nº 023/88 MEH;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Fijar el sueldo de bolsillo del Sr. Intendente Municipal en la suma de pesos tres mil ($ 3.000,00).

Artículo Nº 2: Facultar al DEM a fijar el sueldo de los Sres. Secretarios y Directores Generales, dependiente del DEM según lo especificado en la Ordenanza Municipal Nº 023/88 MEH. -

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Especial del día 28 de Septiembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 053/2004

APROBADA 
Fijar salario Básico Planta Permanente
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 023/88 MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es necesario reajustar la escala salarial del personal de la planta Permanente Municipal;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Eliminar los Adicionales no remunerativos d la Planta Permanente. -

Artículo Nº 2: Fijar nueva escala de Salarios Básico de pesos seiscientos ($600) para la categoría 1 del escalafón Municipal del personal de planta Permanente Municipal. -

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Especial del día 28 de Septiembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 052/2004

APROBADA 
Modf. Presupuesto
VISTO:
El Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 de la Ordenanza Municipal N° 077/03 HCD MEH ; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué es necesario modificar e incorporar en el Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 de la Ordenanza Municipal N° 077/03 HCD MEH;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e Incorporar en el Anexo I "Ingresos" del presupuesto Municipal Ejercicio 2004 de la Ordenanza Municipal N° 077/03 HCD MEH los rubros que a continuación se detallan. -

Ingresos Provinciales__________________________________+ $ 285.000,00
Remanente 2003______________________________________+ $ 112.865,73
Programa Redes______________________________________+ $ 20.00,00

+$ 417.865,73

Artículo N° 2: Modificar e Incorporar en el Anexo II "Egresos" del Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 de la Ordenanza Municipal N° 077/03 HCD MEH los rubros que a continuación se detallan.

1.1.1 Aportes Patronales Personal Planta permanente_______________+ $ 45.000,00
1.1.2 Asignaciones Familiares Personal Planta Permanente___________+$ 5.000,00
1.1.5 Personal Administ. Personal Planta Permanente_________________+ $ 10.000,00
1.1.6 Personal Operativo Personal Planta Permanente_________________+ $ 10.000,00
1.2.2 Asignaciones Familiares Planta Personal Temporaria_____________+$ 400,00
1.2.4 Personal Adminit. Personal Planta Temporaria__________________+$ 10.500,00
1.2.5 Seguros Obligatorias Planta Temporaria_______________________+ $ 100,00
1.3.3 Sueldos Honorable Concejo Deliberante________________________+ $ 8.000,00
2.3 Bienes Secundarios___________________________________________+ $ 10.000,00
2.5 Contratación de Servicios______________________________________+$ 5.000,00
2.6 Combustibles y Lubricantes____________________________________+$ 5.000,00
2.9 Inspector____________________________________________________+$ 2.000,00
2.14 Servicios Públicos____________________________________________+$ 20.000,00
3.1 Acción Social________________________________________________+ $ 22.000,00
3.2 Amortización Vivienda________________________________________+$ 6.000,00
3.3Amortización Gas____________________________________________+$ 5.000,00
3.7 Deportes____________________________________________________+$ 10.000,00
3.10 Gastos HCD_______________________________________________+ $ 20.000,00
3.14 Albergue Bariloche__________________________________________+$ 10.000,00
3.16 Asistencia Comedor_________________________________________+ $ 4.000,00
4.3 Equipamiento Vial___________________________________________+ $ 112.865,73
5.3 Mantenimiento Edificio Municipal_____________________________+ $ 8.000,00
5.4 Mantenimiento Gimnasio_____________________________________+ $ 10.000,00
5.5 Obras Públicas______________________________________________+$ 42.000,00
Redes______________________________________________________+ $ 20.000,00
Area de la Mujer______________________________________________+$ 2.000,00
Cultura______________________________________________________+$ 2.000,00
Mensura_____________________________________________________+$ 8.000,00
Otros Servicios_________________________________________________+$ 5.000,00

+$ 417.865,73

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Especial del día 28 de Septiembre del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 050/2004

APROBADA 
Subcidio Acción Social
VISTO:
El Expediente Nº 2476 – SDS, Decreto Nº 1392; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué por el Expediente del visto la D. A. S dependiente de la S. D. S, gestiona subsidios a favor de los Municipios y comunas rurales destinados a la compra de materiales de construcción para familias de escasos recursos;

Qué se otorga un subsidio de pesos $ 5.000 a éste Municipio;

Qué es necesario incorporar ésta partida al presupuesto Municipal Ejercicio 2004 de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incorporar al rubro 2.6 Otros Subsidios en el anexo I "Ingresos", título 2 de Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias.

2.6 Otros Subsidios_________________________________+ $ 5.000.-

Artículo Nº 2: Incorporar al rubro 3.1 Acción Social en el anexo II "Egresos" título 3 Transferencias Corrientes, de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias.

3.1 Acción Social___________________________________+ $ 5.000.-

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 15 de Septiembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 049/2004

APROBADA 
Loteo Carella
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 066/89 y Nº 051/01 HCD MEH, Solicitud presentada por el Sr. Gabriel E. Cerella y Emilio Cerella cuyo proyecto de subdivisión se adjunta; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Emilio Cerella es propietario del lote 30 fracción A, incluido en Planta Urbana por Ordenanza Nº 060/90 HCD MEH;

Qué los mencionados han solicitado el fraccionamiento de dicha superficie en lotes, cuyas medidas se ajustan a lo establecido en las Ordenanzas mencionadas en vistos;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorícese el fraccionamiento del lote 30, fracción A de la planta urbana de éste ejido Municipal, según plano de mensura adjunto a la presente, presentado por los Sres. Emilio Cerella y Gabriel Cerella.

Artículo Nº 2: Según el Art. 5, 3 y 2 de la Ordenanza Municipal 051/01 el loteo deberá contar con instalación de redes de agua potable, instalación de Energía eléctrica y apertura de calles enripiadas previendo el curso de los drenajes. -

Artículo Nº 3: Para dar cumplimiento al Art. 5, 3 y 9 Ordenanza Municipal Nº 051/01 se trabará la venta de las parcelas 20, 21, 22 y 23 con una superficie total de 8466 M2 como garantía de ejecución de las Obras previstas en dicha Ordenanza. -

Artículo Nº 4: Según Art. 5, 3, 8 se reserva la Parcela 9 para el espacio verde de superficie de 653,34 M2.

Artículo Nº 5: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 15 de Septiembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 048/2004

APROBADA 
Nombre Callejon Benavente
VISTO:
La solicitud hecha por hijos de Don Héctor Filemón Benavente; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante la solicitud de Designar un nombre definitivo al Callejón hecha por hijos de Don Héctor Filemón Benavente;

Qué el mencionado Callejón no cuenta con un nombre oficial;

Qué el nombre propuesto es el nombre natural utilizado por la comunidad;

Qué es voluntad de éste cuerpo Deliberativo atender ésta digna solicitud en homenaje a éstos antiguos pobladores;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Designar al Callejón que va desde la zona urbana hacia la zona de la Catarata con el nombre de "Callejón de Benavente" .-

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 01 de Septiembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 047/2004

APROBADA 
Aumento Graciela Sarquiz
VISTO:
La Ordenanza municipal Nº 077/03 HCD MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué resulta creciente la complejidad que plantea el eficiente manejo del Área de administración contable de la Corporación Municipal;

Qué concordantemente se encuentra en el Municipio un agente con las condiciones de cubrir la complejidad que reviste dicha área;

Qué la Sra. Graciela Sarquiz DNI Nº 14.688.577 es la persona que cumple dichos requerimientos y funciones;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Dada la responsabilidad que reviste la administración contable se incrementará la remuneración del mencionado agente en pesos doscientos cincuenta ($ 250,00). -

Artículo Nº 2: Dado que el resto de la planta Permanente Municipal ha recibido los beneficios de la Ley Provincial Nº 5067 a partir del mes de Enero, Aplíquese un retroactivo a Enero de pesos cien ($ 100,00) para la Sra. Sarquiz.

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 01 de Septiembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 046/2004

APROBADA 
Adherir a la Ley 5206
VISTO:
La nota Nº 603/04 de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE); Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué solicitan la adhesión al Art. 21 de la Ley 5206 en virtud de la sanción de la nueva Ley de Asignaciones Familiares en la Provincia del Chubut;

Qué en el art. Ya mencionado se invita a las Corporaciones Municipales a Adherirse a la presente ley;

Qué dicha Adhesión es beneficiosa para nuestros trabajadores;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ADHERIR en todos sus términos a la Ley Provincial Nº 5206 según establece el Art. 21.

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 01 de Septiembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 045/2004

APROBADA 
Cesión de derechos Gallego - Guevara
VISTO:
La nota presentada por el Sr. Ramón Gallego con fecha 09/06/04, La Ordenanza Municipal Nº 030/03; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Ramón Gallego LE Nº 8.355.360 autoriza a Elsa Lorena Guevara DNI Nº 25.043.237;

Qué la Ordenanza Municipal Nº 030/03 está autorizado a mensurar en parte del lote 38;

Qué se ha presentado el proyecto de mensura;

Qué está con el visto bueno Municipal y tiene una superficie de 5 ha. 96 a. 49 ca. En parte del lote Nº 38;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Previo pago de derechos de transferencia y presentación de cesión de Derechos entre el Sr. Ramón Roberto Gallego LE Nº 8.355.360 y la Sra. Elsa Lorena Guevara DNI Nº 25.043.237, Se autoriza a continuar con los trámites correspondientes. -

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 01 de septiembre del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 044/2004

APROBADA 
Subsidio para Libros
VISTO:
Expediente Nº 2928- SDS/ 04, Resolución Nº 687/04 SDS; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué por el Expediente ya mencionado la Municipalidad de El Hoyo solicita un subsidio destinado a la adquisición de libros de texto para el equipamiento de la biblioteca Municipal de dicha Localidad;

Qué el presente trámite se encuadra en la normativa dispuesta por el Artículo 1º del Decreto Nº 1304/78, modificado por los Decretos Nº 1232/02 y 18/03;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incrementar el Rubro 2.6 Otros Subsidios del presupuesto Municipal Ejercicio 2004 en el Anexo I "Ingresos" Título 2 de Jurisdicción Provincial de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 HCD MEH.

2.6 Otros Subsidios__________________________________+$ 1.720.-

Artículo Nº 2: Incrementar el Rubro 3.11 Otros Subsidios del Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 en el Anexo II "Egresos" Título 3 Transferencias Corrientes de la Ordenanza Municipal Nº 077/07 HCD MEH.

3.11 Otros Subsidios__________________________________+$ 1.720.-

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 18 de Agosto del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 043/2004

APROBADA 
Contribución Voluntaria Bomberos
VISTO:
La ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88; y la solicitud formulada por la Asociación Bomberos Voluntarios de ésta Localidad;

Y CONSIDERANDO:
Qué la Solicitud de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo, referente a la inclusión de un pago adicional en la factura de consumo bimestral de energía ( a cargo de la D.G.S.P) puede ser encuadrada en las facultades que otorga el artículo 30 y 31 de la ley 3098;

Qué existen antecedentes y normativas similares en localidades vecinas al respecto;

Qué es necesario dotar con un recurso económico mensual a la Asociación con el objeto de afrontar los gastos de mantenimiento y equipamiento, destinados a un mejor funcionamiento en salvaguarda de los intereses de toda la población;

Qué es espiritu de éste cuerpo colegiado no dar al cobro de la contribución carácter de impuesto, sino de contribución voluntaria por ser un servicio de gran importancia en la localidad que presta la Asociación solicitante y que no dispone de recursos genuinos;

Qué por otra parte resulta importante que una contribución de ésta naturaleza tenga criterio de adhesión voluntaria y no compulsiva, lo cual confirma los argumentos esgrimidos para fijarla;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: CREASE LA CONTRUBUCIÓN VOLUNTARIA con destino al mantenimiento, renovación y equipamiento de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo.

Artículo Nº 2: FIJASE la percepción de la Contribución voluntaria creada por el Artículo anterior a percibirse con el consumo de cada medidor de energía eléctrica conectado al sistema de la D.G.S.P. de El Hoyo, cuyo importe será de $ 2,00. bimestral.

Artículo Nº 3: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio entre la Municipalidad de El hoyo, la Dirección de Servicios Públicos y la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo, a los fines de establecer las normas legales correspondientes para cumplimentar con los objetivos de la presente. -

Artículo Nº 4: Los montos percibidos en virtud de lo dispuesto por los Artículos 1º y 2º, serán rendidos por la DEC a la Municipalidad de El Hoyo, quién a su vez, los depositará en una cuenta habilitada a tal fin en el Banco del Chubut S.A. Suc. El Hoyo, a nombre de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo, Personería Jurídica Nº 1570. -

Artículo Nº 5: Semestralmente la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo elevará a éste Honorable Concejo Deliberante y al Departamento Ejecutivo las planillas correspondientes al monto recaudado y transferido.

Artículo Nº 6: Anualmente la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo elevará a éste Honorable Concejo Deliberante el Balance anual de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo y el programa de inversiones.

Artículo Nº 7: El pago de la contribución que motiva la presente tiene carácter voluntario, manifestándose en tal sentido el contribuyente por medio de la Planilla que se adosara en el Bimestre posterior a la firma del Convenio a que hace referencia el Artículo 3º, debiendo constar su voluntad de pago o no pago en forma expresa.

Artículo Nº 8: Quienes resulten nuevos usuarios solicitaron Planilla en las oficinas de la D.E.C. -

Artículo Nº 9: La Municipalidad de El Hoyo se reserva el derecho de suspender ésta normativa ante cualquier incumplimiento de su articulado y hasta tanto se regularice la situación que provocó su suspensión. -

Artículo Nº 10: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 18 de Agosto del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 042/2004

APROBADA 
Mensura 20 x 30 mts 2
VISTO:
Ordenanzas Municipales Nº 36/85, 34/89, 07/96, 67/97, Resolución 131/00; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué existen pobladores ocupantes de lotes agrícolas con interés y necesidad de mejorar o reconstruir sus viviendas;

Qué efectuados los relevamientos de viviendas en el marco de la Emergencia hídrica acaecida en nuestra Localidad durante el mes de julio, se ha comprobado las necesidades ya mencionadas;

Qué el Instituto Provincial de la Vivienda ha implementado distintos programas para la construcción de viviendas sociales;

Qué éstos operativos generalmente exigen una posesión del terreno a construir;

Qué resulta oportuno crear una norma que contemple expresamente ésta situación, dando respuesta a ésta necesidad;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la subdivisión y mensura de lotes de 20 x 30 mts en los lotes rurales ocupados por los beneficiarios con el fin de construir viviendas Sociales Rurales de los programas del IPV. -

Artículo Nº 2: Debe quedar expresamente aclarado que la subdivisión es al solo efecto de cumplimentar los requisitos para el organismo correspondiente y que dicha superficie no puede ser vendida de forma independiente ni separado del resto del lote agrícola para cualquier otra posesión. -

Artículo Nº 3: El título de propiedad será extendido debido a las características sociales de nuestra comunidad a nombre de los dos conyugues.

Artículo Nº 4: Exceptuase a las divisiones que se realicen por la presente Ordenanza de lo mencionado en la Ordenanza Nº 36/85 que fija como unidad mínima en la zona rural la superficie de 4 hectáreas.

Artículo Nº 5: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 18 de Agosto del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 041/2004

APROBADA 
Adherir a las leyes subsidio gas por red
VISTO:
Ley Provincial Nº 4943/02 Art. 3º, Ley Nacional Nº 25565 Art. 75º, Decreto Nacional Nº 786/02 Art. 3º; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el decreto antes mencionado establece la creación del fondo fiduciario para el subsidio de Gas por Red;

Qué es necesario Adherirse mediante Ordenanza Municipal a fin de dar cumplimiento a la exigencia establecida en el Decreto Nacional Nº 786/02 Art. 3º y en la ley Nacional Nº 25565 Art. N º75º;

Qué éste beneficio es nuestra fuente principal de calefacción durante el 80 % del año debido al clima de nuestra zona;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ADHERIR en todos sus términos a la Ley Provincial Nº 4943/02 Art. 3º, Ley Nacional Nº 25565 Art. 75º y Decreto Nacional Nº 786/02 Art. 3º.

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 18 de Agosto del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 040/2004

APROBADA 
Esc. Básquet Marcos Inostrzsa
VISTO:
La nota de OTTI EDHER OVEJERO; Profesor de la Escuela de Básquetbol de El Hoyo de fecha 02/08/04; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
La solicitud de que por medio de una Ordenanza se le ponga un nombre para siempre a la mencionada Escuela de Básquetbol;

Qué la propuesta presentada por el profesor, los alumnos y padres es ponerle el nombre: "Marcos Emanuel Hinostroza" en Homenaje a él, quien fuera uno de los primeros alumnos de la Escuela, que hoy ya no se encuentra entre nosotros;

Qué es voluntad de éste Cuerpo Deliberativo atender a tan digna Solicitud;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ESTABLECER de forma definitiva el nombre para la Escuela de Básquetbol de la Localidad de El Hoyo de acuerdo a lo solicitado por el Profesor, alumnos y padres con el nombre de: ESCUELA DE BÁSQUETBOL MARCOS EMANUEL INOSTROZA.

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 04 de Agosto del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 039/2004

APROBADA 
Defensa Civil Municpal
VISTO:
La Ley provincial Nº 4135 y su modificatoria 4152, Ordenanza Municipal Nº 048/98; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué dentro de la Ordenanza vigente a la fecha se constituye la Junta Municipal de Defensa Civil integrada la misma por responsables y encargados que no actúan dentro del Departamento Ejecutivo actual, ya que no existen dichos cargos;

Qué la Defensa Civil Municipal debe involucrar a la mayoría de las instituciones Públicas actuante dentro del ejido;

Qué los roles dentro de la Junta Municipal de Defensa Civil deben ser bien definidos en sus Derechos y Obligaciones;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar el Art. Nº 1 de la Ordenanza Municipal Nº 048/98 que quedará redactado de la siguiente manera: Constitúyase la Junta Municipal de Defensa Civil de la Localidad de El Hoy, con el objeto de planificar, Organizar y Coordinar las acciones referentes a las emergencias que se produzcan en el Ejido Municipal de El Hoyo la que estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente: Intendente Municipal; -
Presidente alterno: Presidente del HCD;
Jefe de Operaciones: Secretario de Gobierno;
Jefe de Asistencia Social: Responsable del Área de bienestar Social;
Jefe de Asistencia Sanitaria: Director del Hospital Local;
Jefe del Servicio de Comunicaciones: Director Escuela Provincial Nº 81;
Jefe del Servicio de Ingeniería del servicio de rehabilitación: Capataz del corralón Municipal;
Jefe del Servicio de Finanzas: Responsable del Área de finanzas de la Municipalidad;
Jefe del Servicio de Transporte: Vicepresidente del HCD;
Jefe del Servicio de Orden: Jefe de Comisaría Local;
Jefe del Servicio de incendios y salvamentos: Jefe del Cuerpo de Bomberos Voluntarios;
Jefe de Logística: Servicio de Protección de Derechos;
Asesores Permanentes: Director Esc. 734, Juez de Paz de la Localidad, Delegados de CORFO y Dirección de Bosques y Parques de la Localidad y Presidentes de las Juntas Vecinales.

Artículo Nº 2: Modificar el Art. Nº 9 de la Ordenanza Municipal Nº 048/98 el cual quedará redactado de la siguiente manera: El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará junto con los miembros involucrados en el Art. Nº 1 la reglamentación de la Presente Ordenanza en un término de treinta días a partir de la fecha de su sanción en reuniones de Comisión citadas a tal fin con previo aviso de siete días y temario prefijado por nota.

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 04 de Agosto del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 038/2004

APROBADA 
Adherir a la ley Prov. 4135 Def. Civil
VISTO:
La ley Provincial Nº 4135 y sus modificatorias 4152; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué por la misma se enmarca toda legislación tanto en el orden Provincial como Municipal relacionadas a la creación de Juntas Municipales de Defensa Civil y/o la reglamentación relacionada a incendios, inundaciones, movimientos sísmicos, hanta Virus, accidentes de tránsito y toda otra documentación existente que a criterio se considere vinculada a una situación emergente;

Qué esto posibilitaría dentro del desarrollo local una base de datos y posterior realización de un plan zonal de actuación ante el requerimiento de alguna emergencia que pudiera existir;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ADHERIR en todos sus términos a la ley Provincial Nº 4135 y su modificatoria 4152 referente a la Organización, Planificación, Promoción, Coordinación, Control, Ejecución y Conducción de la Defensa Civil en todo el Territorio Provincial. -

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 04 de Agosto del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 037/2004

APROBADA 
Regularización lote 121 B. C, D
VISTO:
La nota presentada por el Sr. Gustavo Alejandro Manghi, Poder del Sr. Jorge Hugo Loro Marchese y Doña Susana Luisa Rafael, Recibo Nº 00001680,00001679,00001678,00001677, Cesión de dewrechos, permuta, plano Nº 17089 Expte P-720-97 tomo 167, folio 98 desglosado en tres fracciones: 121b, 121c, ; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Loro Marchese y Doña María Luisa Rafael adquirieron los Derechos a Carlos Alberto Angaut;

Qué el sr. Gustavo Alejandro Manghi adquirió una fracción, que tenían en condominio autorizado por Ordenanza Municipal Nº 74/94;

Qué la Sra. Esther Teresa Berlusconi, Adquirió una fracción de tierra por Ordenanza Municipal Nº 014/88 y la misma hizo permuta con el Sr. Jorge Hugo Loro Marchese y Susana Luisa Rafael;

Qué la fracción Nº 121b del plano mencionado en vistos corresponde al Sr. Gustavo Alejandro Manghi;

Qué la fracción Nº 121c corresponde a la Sra. Esther Teresa Berlusconi;

Qué la fracción Nº 121d corresponde al Sr. Jorge Hugo Loro Marchese y Doña Susana Luisa Rafael;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de Derechos entre los Sres. Carlos Alberto Angaut LE 4.539.364, Miguel Héctor Roldán DNI Nº 10.106.598 ceden al Sr. Gustavo Alejandro Manghi DNI Nº 7.274.417 lote 121b. -

Artículo Nº 2: Adjudicar en venta la superficie de 7 has 99 a 51 cas, lote 121b plano Nº 17089 Expte P720-97 al Sr. Gustavo Alejandro Manghi DNI Nº 7.374.427. -

Artículo Nº 3: Aprobar la cesión de derechos entre los Sres. Carlos Alberto Angaut LE 4.539.364, cede a los Sres. Jorge Hugo Loro Marchese DNI Nº 4.330.151 y Susana Luisa Rafael LC 0.397.714 y permuta de la Sra. Esther Teresa Berlusconi DNI Nº 10.675.624. -

Artículo Nº 4: Adjudicar en venta la superficie de 7 has 98 a 69 cas, lote Nº 121d plano Nº 17089 Expte P 720-97. -

Artículo Nº 5: La presente autorización está condicionada al previo pago de derechos de transferencias, pago de la tierra, cancelación de impuestos y deudas Municipales. -

Artículo N 6: Abonado los establecido en el Art. Precedente, queda facultado el Ejecutivo Municipal a firmar el título de propiedad.

Artículo Nº 7: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 04 de Agosto del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 036/2004

APROBADA 
Ratif. Convenio Playones Deportivos
VISTO:
Nota Nº 261/2004 DEM, el contrato de Obras Publicas entre el Gobierno de la Provincia del Chubut Mario Das Neves y la Municipalidad de El Hoyo de fecha 12/06/04; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué se ha firmado un contrato de Obra Pública entre el Gobernador de la Pcia del Chubut y la Municipalidad de El Hoyo de fecha 12/06/04, para la realización del Playón Deportivo Paraje Rincón de Lobos y Playón Deportivo Paraje El Pedregoso"

Qué es necesario la Ratificación por parte del HCD de acuerdo a los solicitado por la provincia;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: RATIFICAR en todos sus términos el Contrato de Obra Pública entre el Gobernador de la Provincia del Chubut Mario Das Neves y la Municipalidad de El Hoyo de fecha 12/06/04, para la realización del "Playón Deportivo paraje Rincón de Lobos y Playón Deportivo paraje El Pedregoso".

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 04 de Agosto del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 035/2004

APROBADA 
Plan Calidéz
VISTO:
El Decreto Provincial N°232; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué es necesario incrementar el Rubro Convenio Plan Calidez en el presupuesto Municipal Ejercicio 2004 de la Ordenanza Municipal N° 077/03 HCD MEH.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incrementar el Rubro 2.4 Convenio Plan Calidez en el anexo I "Ingresos" Titulo 2 de Jurisdicción Provincial de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias.

2.4 Convenio Plan Calidez_______________________________ + $ 7.000.-

Artículo Nº 2: Incrementar el Rubro 3.5 Convenio Plan Calidez en el anexo II "Egresos" Título 3 Transferencias Corrientes de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias. -

3.5Convenio Plan Calidez_______________________________+ $ 7.000.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Extraordinaria el día 23 del mes de Julio del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 034/2004

APROBADA 
Subsidio Silvina Zuanich
VISTO:
La resolución 522 SDS; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la Resolución Nº 522 SDS otorga un subsidio por la suma de $ 10.000 a favor de la Municipalidad de El Hoyo destinados a solventar los gastos que demande la adquisición de materiales para la construcción de la vivienda de la Sra. María Silvina Zuanich, la que fuera destruida por un incendio;

Qué es necesario incrementar la partida Otros Subsidios del presupuesto Municipal 2004, de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH HCD;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incrementar el rubro 2.6 Otros Subsidios del presupuesto Municipal Ejercicio 2004, en el Anexo I Ingresos, título 2 de Jurisdicción Provincial de la Ordenanza Nº 077/03 MEH.

2.6 Otros Subsidios____________________________________+$ 10.000.-

Artículo Nº 2: Incrementar el rubro 3.11 Otros Subsidios del presupuesto Municipal 2004, en el Anexo II Egresos, Título 3 Transferencias Corrientes de la Ordenanza Nº 077/03 MEH. -

3.11 Otros Subsidios___________________________________+$ 10.000.-

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Extraordinaria del día 23 de Julio del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 033/2004

APROBADA 
Presupuesto ATN
VISTO:
La situación de emergencia en la Localidad; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué hay un aporte del Tesoro Nacional a la Municipalidad de El Hoyo;

Qué es necesario incrementar el Presupuesto Municipal 2004 en la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incrementar el rubro ATN del Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 en el anexo I "Ingresos" Título 3 de Jurisdicción Nacional de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH.

Aportes del Tesoro Nacional____________________________+$ 15.000.-

Artículo Nº 2: Incrementar el rubro ATN del Presupuesto Municipal ejercicio 2004 en el anexo II "Egresos" título 3 Transferencias Corrientes de la Ordenanza Municipal Nº 077/04 MEH.

Aportes del Tesoro Nacional____________________________+$ 15.000.-

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Especial del día 08 de junio del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 032/2004

APROBADA 
Dejar sin efecto Concesión Cantera Freeman
VISTO:
Nota presentada por el Sr. Adolfo Freeman de fecha 03/11/03, Resolución Municipal Nº 064/04 MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es necesario para éste Municipio darle una pacífica solución al desinterés demostrado por las partes en relación a la concesión de la cantera Municipal, contrato éste suscripto en el año 1999;

Qué el mencionado contrato de concesión nunca fue ejecutado ni por el concesionario ni por el DEM;

Qué el concesionario ha efectuado en diferentes oportunidades presentaciones al DEM al respecto y que en fecha 03/11/03 presentó una nota solicitando se de una solución que favorezca a ambas partes proponiendo la caducidad del contrato de concesión;

Qué es voluntad unánime de éste cuerpo legislativo recomendar al DEM que se arribe a una pacifica solución;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: ENCOMENDAR al DEM a suscribir con el Concesionario Sr. Adolfo Freeman la documentación necesaria a efectos de que quede sin efecto la Concesión de la Cantera Municipal otorgada al Sr. Adolfo Freeman, sin tener las partes vinculadas nada que reclamarse. -

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 30 de junio del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 031/2004

APROBADA 
Incrementar rubro Deportes y Turismo
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales N° 077/03 MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Queése han agotado los fondos de los rubros Deportes y Turismo;

Qué es necesario modificar algunos rubros del Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 según Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar los rubros que a continuación se detalla en el anexo II "Egresos" de la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH y sus modificatorias. -

2.7- Cortesía y homenajes____________________________- $ 15.000.-
3.7- Deportes_______________________________________+$ 7.500.-
3.13- Turismo_______________________________________+$ 7.500.-

TOTAL ___________ +$ 15.000.-

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 30 de Junio del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 030/2004

APROBADA 
Terreno para la UCR
VISTO:
La nota enviada por el Comité de la Unión Cívica Radical de fecha 16/06/04, plano de mensura; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el plano de mensura Nº 12967, T 135; F97 Ex. 597- 90, con una superficie de 301,50 mts2;

Qué es facultad de éste cuerpo deliberativo rectificar las Ordenanzas vigentes;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modifíquese el Art. Nº 1 de la Ordenanza Municipal Nº 037/97 que quedará redactado de la siguiente manera; Otórguese al Partido, Unión Cívica Radical de El Hoyo la propiedad del lote 31, lote Nº 9, manzana 5 A, protocolo T 135; F 97, Ex P- 597- 90,
Artículo Nº 2: La cesión redactada en el Art. Anterior será en forma gratuitamente.

Artículo Nº 3: Cumplidos los requisitos pertinentes, el Poder Ejecutivo queda facultado a otorgar el título de propiedad.

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 16 de Junio del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 029/2004

APROBADA 
Sueldo Intendente
VISTO:
La Ordenanza Nº 023/88, 010/00; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué la Ordenanza Municipal N° 10/04 de Adhesión a la Ley Provincial 5067 donde se incrementan los sueldos de todo el personal de planta permanente. -

Qué es de facultad del Honorable Concejo Deliberante fijar el sueldo del Sr. Intendente Municipal. -

Qué es necesario fijar el sueldo del Sr. Intendente Municipal, Secretarios y directores Generales dependiente de Departamento Ejecutivo Municipal según Ordenanza Municipal N° 023/88 MEH. -

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Fijar el sueldo de bolsillo del Sr. Intendente Municipal en la suma de pesos $ 2.200.

Artículo Nº 2: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a fijar el sueldo de los Secretarios y Directores Generales dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal, según lo especificado en la Ordenanza Municipal Nº 023/88 MEH. -

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 16 de Junio del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 028/2004

APROBADA 
Colonia de Vacaciones
VISTO:
La Resolución Nº 041 IAS-P/2004; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el instituto de Asistencia Social de la Provincia del Chubut otorga la suma de pesos dos mil quinientos ($2.500.00.-) a favor de la Municipalidad de El Hoyo;

Qué es necesario la creación del rubro "Colonia de Vacaciones Temporada 2004" en el Presupuesto Ejercicio Municipal 2004 ;
Qué es necesario modificar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2004, según Ordenanza Municipal N° 077/2003 HCD MEH y sus modificatorias

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Crear el rubro "Colonia de Vacaciones Temporada 2004" en el rubro "Ingresos" y "Egresos", de la Ordenanza Municipal Nº 077/2003 HCD MEH. -

Colonia de vacaciones Temporada 2004__________________+ $ 2.500.-

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 16 de junio del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 027/2004

APROBADA 
ATN para Programa Mi Pueblo
VISTO:
El Aporte del Tesoro Nacional (ATN) enviado a la municipalidad de El Hoyo; La Ordenanza Municipal N° 077/2003 MEH y sus modificatorias; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Gobierno Nacional ha enviado un Aporte del Tesoro nacional (ATN) de pesos cuarenta mil ($40.000,00.-) a favor de la Municipalidad de El Hoyo;

Qué es necesario modificar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2004, según Ordenanza Municipal N° 077/2003 MEH y sus modificatorias;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Incorporar el rubro APORTES DEL TESORO NACIONAL (ATN) en el anexo I "Ingresos", título 3- de jurisdicción nacional, de la Ordenanza Municipal Nº 077/2003 MEH y us modificatorias. -

APORTES DEL TESORO NACIONAL_________+ $ 40.000.-

Artículo Nº 2: Incorporar al rubro "PROGRAMA MI PUEBLO" en el anexo II "Egresos" de la Ordenanza Municipal Nº 077/2003 MEH y sus modificatorias.

PROGRAMA MI PUEBLO____________________+ $ 40.000.-

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 16 de Junio del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 026/2004

APROBADA 
Limpieaza río Epuyén
VISTO:
El convenio firmado entre la Municipalidad de El Hoyo y la Secretaría de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Públicos; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué se ha celebrado un convenio entre la Municipalidad de El Hoyo y la Secretaría de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Públicos;

Qué mediante el mencionado proyecto la Secretaría de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Públicos ha aprobado a favor de la Municipalidad de El Hoyo el proyecto denominado "Limpieza del Río Epuyén";

Qué es necesario ratificar el convenio mencionado por parte del Honorable Concejo deliberante ;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: RATIFICAR en todos sus términos el convenio celebrado el día 07 de Mayo del año 2004 entre la municipalidad de El Hoyo y la Secretaría de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Públicos. -

Artículo Nº 2: AUTIRIZAR al departamento Ejecutivo Municipal a Adecuar las partidas presupuestarias correspondientes. -

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 16 del mes de Junio del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 025/2004

APROBADA 
Aporte Casa Estudiantil Esquel
VISTO:
Los Aportes del Tesoro Provincial para la atención del desequilibrio de los Municipios (ATP); La Ordenanza Municipal N° 077/2003 MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al fondo de atención desequilibrio Municipal, la Provincia envía a la Municipalidad de El Hoyo, la suma de diez mil;
Que es necesario crear el Rubro "Casa Estudiantil Esquel";
Que es necesario incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 según Ordenanza Municipal N° 077/2003 MEH y sus modificatorias, en ciertos rubros

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar el rubro 2.2 –APORTES DEL TESORO PROVINCIAL (ATP) en el anexo I "Ingresos", título 2- de jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 077/2003 MEH y sus modificatorias.

2.2 Aportes del Tesoro Provincial _______________________+$ 10.000.-

Artículo Nº 2: Crear el rubro "Casa estudiantil Esquel" en el anexo II "Egresos", de la Ordenanza Municipal Nº 077/2003 MEH y sus modificatorias.

Casa estudiantil Esquel________________________________+ $ 10.000.-

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 16 de junio del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 024/2004

APROBADA 
Subcidio Silvina Zanich
VISTO:
La nota presentada por la Sra. Silvina Zuanich de fecha 01/06/04; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
La solicitud de colaboración hecha por la Sra. Silvina Zuanich debido a la pérdida total de su vivienda ocasionada por un incendio el día 25 de mayo del año 2004;

Qué es voluntad de éste cuerpo legislativo atender en la medida de lo posible ésta solicitud;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Encomendar al DEM a otorgar un subsidio Municipal de pesos quinientos ($ 500,00) con fondos del Concejo Deliberante a la Sra. Silvina Zuanich para que pueda solucionar en lo inmediato parte de su solicitud. -

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo del día 02 de junio del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 023/2004

APROBADA 
Poner escudo a los vehículos Municipales
VISTO:
La Comunicación Nº 001/2201 HCD MEH; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es necesario identificar las unidades que son de Patrimonio Municipal;

Qué la Municipalidad posee un parque automotor de cargas y transporte de personas que los mismos a la fecha no poseen identificación que los diferencie de lops vehículos particulares y éstos debería ser claramente identificados e individualizados;

Qué esto permitiría un mejor uso, mantenimiento y control de los mismos;

Qué la Municipalidad de El Hoyo posee un escudo identificado;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Que todo vehículo oficial a partir de la fecha debe portar el escudo Municipal y llevar la inscripción Municipal de El Hoyo y un número de serie en las puertas laterales. -

Artículo Nº 2: Facultar al DEM a imprimir a todo vehículo Municipal el escudo y un número de serie individual. -

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo del día 02 de junio del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 022/2004

APROBADA 
Subdivisión Olga Skiepko
VISTO:
La nota presentada por la sra. Olga Skiepko DNI F 4.766.392 de fecha 07/05/2004; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
La solicitud hecha por la Sra. Olga Skiepko; Subdividir en dos fracciones el lote 32 h fracción 7. Con el fin de mejorar su situación personal y construir vivienda para poder vivir.-

Qué existe documentación competente que avala éstas solicitud:
Informe del Servicio de protección de Derechos El Hoyo, 05/12/2003
Informe Psiquiátrico de la Dra. Broide Hospital Area E#l Bolsón.
Audiencia Expte.61-16-1999, caratulado "Skiepko Olga S/Sumarísimo" 28/04/2004 Juzgado de Familia Esquel.

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1.-Autorizar la Subdivisión del lote 32 h fracción 7, de 40 metros de frente sobre la ruta, en 2 fracciones; una de 2500 m2 y la otra de 33808,02 m2, respetando todo el frente que quede entregar, los 7,5 mts para la calle.

Artículo Nº 2: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria el día 19 del mes de Mayo del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 021/2004

APROBADA 
Lote para el PJ
VISTO:
Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es decisión del Cuerpo deliberativo y DEM modificar el plano del terreno adjudicado por Ordenanza Nº 056/1993, para cumplimentar con la reglamentación vigente sobre el ancho de la calle S/N;

Qué es facultad de éste HCD rectificar las Ordenanzas vigentes;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modifíquese el Artículo Nº 1 de la Ordenanza Municipal Nº 056/1993, que quedará redactado de la siguiente manera: Otórguese al partido Justicialista de El Hoyo la propiedad del lote Nº 14, Manzana Nº 5 A con su modificación correspondiente según relevamiento adjunto, cuyas medidas serían de superficie total 240 mts 2en el ejido Municipal.

Artículo Nº 2: Se autoriza continuar con el trámite de mensura correspondiente.

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 19 de Mayo del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 020/2004

APROBADA 
Juan Calros Torres
VISTO:
La nota presentada el 05/02/04, Ordenanza Municipal N° 019/01, Ordenanza N° 34/89, Boleto compra- venta recibo N° 0002-00003350/1 fecha 15/04/04, Nota del HCD 035/04 ; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. José Garrido solicita autorización para vender un terreno en el Barrio El sauzal, Lote N° 7, fracción 3, manzana 1, Lote 37 a.-

Qué el Artículo N° 5 de la Ordenanza N° 019/01, autoriza la venta, previo pago.

Qué el Sr. José garrido abonó el derecho de transferencia mediante recibo N° 0002- 00003350/1.-

Qué se presentó el boleto de compra- venta entre el sr. José Garrido y el Sr. Juan Carlos Torres.-

Qué no existen objeciones para transferir dicho lote.-

Qué en la Ordenanza N° 019/01, se encuentran adjudicados en ventas el lote mencionado.-

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar el boleto de compra – venta entre el Sr. José garrido LE N° 7.615.804 y el Sr. Juan Carlos Torres DNI N° 10.212.529. -

Artículo Nº 2: Dado el cumplimiento a las Ordenanzas vigentes, el Departamento Ejecutivo firmará el título de propiedad a costa de los cesionarios.

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 del mes de Mayo del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 019/2004

APROBADA 
Sueldo Bezunartea - Guerrero
VISTO:
La Ordenanza Nº 069/02, Ordenanza Nº 078/03, Dictamen legal del Tribunal de Cuentas Nº 04/02, Ley 4678; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es facultad del HCD establecer según Art. 60, inc. 1 y 2 de la ley 3098;

Qué es función del HCD equiparar las sumas a percibir por los Sres. Concejales, ya que existe un desfasaje en cuanto a los montos percibidos por los ediles;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Derogar en todos sus términos el Art. 3 de la Ordenanza Municipal 078/03, donde dice fijar como única retribución un importe en concepto de gastos de representación de $ 400,00 (pesos cuatrocientos) para los siguientes concejales. -

Bezunartea Angélica-DNI Nº 18.065.315.
Guerrero JesúsDNI Nº 5.523.359.

Artículo Nº 2: Dicho Art. Quedará redactado de la siguiente manera; Fijar como única retribución en concepto de gastos de representación la suma de $ 623,70 para los siguientes concejales. -

Bezunartea Angélica-DNI Nº 18.065.315.
Guerrero JesúsDNI Nº 5.523.359.

Artículo Nº 3: Retroactivo al mes de diciembre del año 2003. -

Artículo Nº 4: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo del día 19 de marzo del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 018/2004

APROBADA 
Prohibido Alterar presión del agua
VISTO:
La ley Provincial Nº 4148; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué en los últimos años la provisión de agua potable en el ejido urbano y rural de la la localidad ha sufrido inconvenientes tanto en la cantidad como en la calidad de la misma y que uno de los motivos de la alteración de la cantidad receptada por vivienda, se debe al uso de artefactos incorporados a la red por particulares y que los mismos deterioran la presión del caudal y la distribución equitativa de diversos pobladores;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Queda prohibido en el ámbito municipal cualquier tipo de artefacto que altere la presión, caudal y calidad del agua potable distribuida por la red Municipal por parte de los particulares, sin autorización explícita del DEM y refrendada por el HCD.

Artículo Nº 2: facultar a la Inspectoría Municipal que actúe con poder de policía labrando informes, denuncias y multando a los infractores.

Artículo Nº 3: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo del día 21 de abril del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 017/2004

APROBADA 
Venta Torres a Nordestron
VISTO:
Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr. Hugo Nicolás Torres solicita se autorice la cesión de Derechos al Sr. Galo Andrés Nordestron de fecha 27/09/2002, el lote Nº 3 de la manzana 16 del fraccionamiento de los lotes 32 b y 32 c, bº Arrayanes;

Qué el Sr. Galos Andrés Nordestron ha adquirido los derechos del lote nº 3 de la manzana 16;

Qué la información sumaria y la Ordenanza Municipal 073/97 MEH justifica la ocupación del sr. Hugo Nicolás Torres;

Qué el dictamen legal de fecha 31/03/2004 no objeta la autorización peticionada;

Qué se encuentra cumplimentando los requisitos exigidos por la legislación vigente y nop existen objeciones legales;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar la cesión de derechos y transferencias de mejoras del lote 3, manzana 16 del lote 32 b y7 32 c con una superficie de 675 mts 2 Bº Arrayanes, realizada entre el Sr. Hugo Nicolás Torres DNI Nº 7.817.544 a favor del Galo Andrés Nordestron DNI Nº 18.372.999.

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo del día 21 de Abril del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 016/2004

APROBADA 
Ratificar Pres. Ejercicio 2004
VISTO:
La ordenanza Municipal Nº 077/03 y sus modificatorias; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Qué es facultad del HCD sancionar el presupuesto de gastos y recursos para el ejercicio Presupuestario 2004;

Qué el DEM ha elevado el correspondiente Proyecto de Ordenanza para el ejercicio 2004;

Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo ratificar en todos sus términos el presupuesto Municipal ejercicio 2004 y lo actuado al día de la fecha;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Ratificar en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 077/03 MEH Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 y lo actuado al día de la fecha. -

Artículo Nº 2: De forma. -

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 21 del abril del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 015/2004

APROBADA 
Acceso a vado Flia Zuñiga
VISTO:
La Ordenanza 34/89 MEH, Ordenanza 021/2000 MEH, Nota de los Sres. Efraín Segundo Valenzuela y Lucerina Riquelme de fecha 22/10/99, Luis María Terán Frías y Eduardo Rottari de fecha 01/12/03, Mago Cliver Zúñiga de fecha 12/02/04; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué es según nota del Sr. Mago Cliver Zúñiga con 12/02/04 donde manifiesta la existencia de un vado que siempre existió con el acceso a su ocupación loe 120.

Qué dicho vado no solo es utilizado por dicha persona para el acceso a su ocupación sino que también es utilizado por otros vecinos de nuestro ejido y también del turbio para el transíto de animales y maderas.

Qué es necesario en función de los reiterados pedidos de vecinos del desemboque tener un acceso inmediato al río.

Qué existe en dicho predio un perímetro cercado donde está ubicada la toma de agua de cisterna que abastece de agua potable a un sector del desemboque.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Autorizar al departamento Ejecutivo municipal, a mensurar el remanente de tierra existente del lote 115 donde se encuentra ubicada la toma de agua de la cisterna antes mencionada, el acceso al vado y la servidumbre de paso para acceder a la toma de agua. -

Artículo N° 2: Facultar al departamento ejecutivo Municipal a otorgar servidumbre de paso a las familias Zúñiga, vecinos y autoridades Provinciales y/o Municipales para la utilización del vado referido.

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 21 de Abril del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 014/2004

APROBADA 
Valenzuela / Teran Frias
VISTO:
La nota presentada por Alejandro Valenzuela y Berta Quilodrán de Valenzuela, Nota de Luis María Terán frías, Dictamen del Asesor legal, Cesión de derechos, Ordenanza de tierras fiscales 034/89 MEH, Ordenanza 007/96 MEH, Plano Registrado n° 20609 expediente P-364-01; tomo 197 folio 20 con una superficie de 6has, 15 a, 69 ca, chacra N° 28 del ejido N° 12 circuns. 4- sector 2 del ejido El Hoyo; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el Sr Alejandro Valenzuela y la Sra. Berta Quilodrán han cedido los derechos a los sres. Luis María Terán Frías y Eduardo Esteban Rottari.

Qué la mensura correspondiente arrojó una superficie de 6has, 15 a, 69 ca, Plano N° 20609 expediente P-364-01 tomo 197, folio 20 de la chacra N° 28 de éste ejido Municipal, es tierra fiscal.

Qué el Dictamen del Asesor Legal con fecha 31/03/04 no presenta objeciones legales para dicha transferencia.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Adjudicar en venta la superficie de 6has, 15 a, 69 ca, chacra 28 de éste ejido Municipal según Plano N° 20609/01. -

Artículo N° 2: Aprobar la cesión de derechos entre los Sres. Alejandro Valenzuela LE: 3.543.556 cede a los Sres. Luis María Terán Frías DNI Nº 8.209.539 y Eduardo Esteban Rottari C.I. N° 6.497.969. -

Artículo N° 3: La presente autorización está condicionada al previo pago de derecho de transferencia, pago de la tierra, cancelación de impuestos y deudas Municipales. -

Artículo N° 4: Abonado lo establecido en el Artículo precedente, queda facultado el Ejecutivo a firmar el título de propiedad. -

Artículo Nº 5: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 21 de Abril del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 013/2004

APROBADA 
Adhesion usuarios de garrafas
VISTO:
La ley Provincial N° 5039, La Disposición N° 014S.S.P; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Los vistos y considerandos de la Disposición N° 014 S.S.P.

Qué en la antedicha Disposición se aprueba la aplicación del Plan de Asistencia a Usuarios de Garrafas de Gas licuado de Petroleo Envasado de 10 kg.

Qué existen en la Localidad numerosos pobladores de escasos recursos que no pueden afrontar el pago de su consumo de gas natural envasado.

Qué dicho elemento es considerado en la actualidad de primera necesidad.

Qué para la aplicación de dicho Plan es necesario por parte de los Municipios interesados la Adhesión expresa a la aplicación del mismo.

Qué dicha Adhesión no representa compromiso al patrimonio Municipal.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Adherir a la Municipalidad de El Hoyo a la aplicación del Plan de Asistencia a Usuarios de Garrafas de Gas licuado de petróleo Envasado de 10 kg de acuerdo a lo establecido en las normas precedentemente citadas. -

Artículo Nº 2: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 21 de Abril del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 012/2004

APROBADA 
Comisión tema Río
VISTO:
La necesidad de Legislar, controlar e informar en el tema de Obras y Preservación del recurso hídrico en general y especialmente en el Río Epuyén, El interés manifiesto de la población en la preservación de los recursos y las Obras a realizarse; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué la problemática a resolver sobre las Obras ejecutadas y por ejecutar en el Río Epuyén resulta compleja y requieren
el aporte de varios sectores.

Qué el tema hídrico compromete a toda la comunidad en el presente y el futuro en lo que se refiere a lo económico, social y ambiental.

Qué se formó una comisión "ad hoc" en asamblea realizada el día 30 de Enero del año 2004, con la finalidad de dar un seguimiento a la problemática del Río Epuyén y sus obras;

Qué es de interés de éste cuerpo institucionalizar tal comisión para garantizar la participación plurista tendiente a preservar éste recurso natural y toda obra que se realice en dicho recurso

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Establecer que a partir de la fecha queda constituida una comisión permanente de Seguimiento y Control de Obras a desarrollarse en el Río Epuyén.

Artículo N° 2: La Comisión estará conformada por:
• El Sr. Intendente de la Localidad.
• Miembros de cada bloque del HCD.
• El Secretario de gobierno Municipal.
• Dos pobladores de cada tramo.
• Un representante de recursos hídricos de la provincia.
• Director/a de la escuela N° 81 de El Hoyo.
• Grupos de ecologistas de la Localidad.
• Bomberos Voluntarios.
• Representante de Defensa Civil Local.

Artículo N° 3: Comuníquese al poder Ejecutivo, Dese a Publicidad y Cumplido Archívese. -

Artículo Nº 4: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 07 de Abril del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 011/2004

APROBADA 
Aprobar convenio 20 viviendas
VISTO:
El convenio firmado con fecha 30 de julio del año 2003 con el IPV para la ejecución de obra delegada, para la construcción d veinte viviendas de dos dormitorios e infraestructura; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué es objetivo de la actual gestión buscar solución al problema habitacional de la Localidad;

Qué el convenio mencionado en vistos tiende al objetivo aludido.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar y Ratificar en todos sus contenidos el convenio con fecha 30 de julio del año 2003 por el monto de pesos $ 421.000 necesarios para la ejecución de la obra: Construcción de veinte viviendas de dos dormitorios e infraestructura en la Localidad de El Hoyo, firmado entre El Intendente de la Localidad de El Hoyo Sr Santiago Cárdenas y el Arquitecto Osvaldo Cilio.

Artículo N° 2: En cuanto a los beneficiarios, es requisito que estén sujetos a la reglamentación vigente adjunta a la firma del convenio.

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 31 de Marzo del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 010/2004

APROBADA 
Adhesión a la ley Nº 5067
VISTO:
La Ley Provincial N° 5067, La nota enviada por ATE y la nota del Instituto de seguridad Social y Seguros, La Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH y sus modificatorias; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Ley Provincial N° 5067, se fija a partir del 1 de octubre del 2003 una suma remunerativa no bonificable de pesos cien($100.-), se fija a partir del 1° de enero del 2004 una suma fija remunerativa no bonificable de pesos cien ($ 100.-) y a partir del 01-04-04 una suma fija remunerativa no bonificable de pesos cincuenta ($50.-), mensuales que será otorgada a todos los agentes públicos del Poder Ejecutivo Provincial;

Qué mediante nota remitida por ATE este gremio solicita al Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo dicte la Adhesión d éste municipio a la Ley Provincial N° 5067;

Qué el Departamento Ejecutivo Municipal manifiesta estar de acuerdo en adherir a la Ley Provincial N° 5067 con la posibilidad de afrontar los gastos que esto ocasionaría;

Qué de adherir a la mencionada Ley es necesario modificar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 según Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH y sus modificatorias;

Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo adherir a la Ley Provincial N° 5067 y realizar las modificaciones del presupuesto Municipal Ejercicio 2004, según Ordenanza Municipal N° 077/03MEH y sus modificatorias, necesarias para afrontar dicha decisión;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Adherir en todos sus términos a la ley Provincial N° 5067.

Artículo N° 2: Fijar a partir del 1 de octubre del 2003 una suma fija remunerativa no bonificable de pesos cien – ($100.-), Fijar a partir del 1° de enero del año 2004 una suma fija remunerativa no bonificable de pesos cien ($100.-) y a partir del 01/04/04 una suma fija remunerativa no bonificable de pesos cincuenta ($50.-) mensuales que será otorgada a todos los agentes municipales, cuando el total de sus haberes menos descuentos de Ley percibidos en el mes inmediato anterior, no supere la suma de pesos un mikl trescientos.- ($1.300,00.-). -

Artículo N° 3: Modificar e incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 en la planilla Anexa N° II "Egresos", en los rubros que a continuación se detallan, de la Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH y sus modificatorias.

 1.1.1.-Aportes patronales________________________(+) $ 8.300,00
 1.1.5.-Personal Administrativo Sueldos netos________(+) $ 14.600,00
 1.1.6.-Personal Operativo Sueldos netos_____________(+) $ 21.000,00
 1.2.1.-Aportes Patronales________________________(+) $ 1.500,00
 1.2.4.-Personal Administrativo Sueldos netos________(+) $ 12.000,00
 1.3.1.-Aportes Patronales________________________(+) $ 700,00
 1.3.5.-Personal Administrativo Sueldos Netos________(+) $ 2.600,00
TOTAL ___________________ (+) $ 60.700,00

Contratación de servicios ___________________ (-) $ 10.000.-
Asesor Legal ___________________ (-) $ 10.800.-
Combustible y Lubricantes ___________________ (-) $ 20.000.-
Servicios Públicos ___________________ (-) $ 19.900.-

TOTAL ___________________ (-) $ 60.700.-

Artículo Nº 4: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 24 de Marzo del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 009/2004

APROBADA 
Interés torneo Volley
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 051/04; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales 3098/88 .-

Y CONSIDERANDO:
Qué nuestra Localidad ha sido designada como sede del torneo Provincial de Volley, a realizarse los días 27 y 28 de Marzo del corriente año;

Qué ésta disciplina deportiva convocará a más de 80 jóvenes que practican éste deporte.

Qué asistirán a la Localidad delegaciones de la ciudad de Trelew, Comodoro Rivadavia, Pto Madryn, San Carlos de Bariloche, Esquel y Epuyén.-

Qué a las distintas representaciones se les brindará alojamiento y comida.-

Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo apoyar todos los eventos deportivos y culturales a realizarse en nuestro gimnasio Municipal, donde se encuentren contenidos la juventud y las familias de nuestra Localidad.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Declarar de Interés Municipal el torneo Provincial de Volley, organizado por la FE. CHU.VOL, ha realizarse los días 27 y 28 de Marzo del corriente año en el Gimnasio Municipal de El Hoyo. -

Artículo N° 2: Encomendar al DEM a realizar las gestiones necesarias para la obtención de un subsidio Provincial de pesos dos mil ($2000) con el fin de socorrer los gastos que demande la realización de éste evento Provincial. -

Artículo N° 3: La suma indicada en el artículo anterior será incorporado al presupuesto Municipal/2004 Ordenanza N° 077/03.- Anexo II, item 3.7 Deportes.

Artículo N° 4: Comuníquese al DEM, a la Dirección de Deportes de la Provincia, a la Dirección Municipal de Deportes de la localidad de El Hoyo.

Artículo N° 5: De forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 24 de Marzo del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 008/2004

APROBADA 
Lote 109
VISTO:
Ratificación Resolución N° 103/04 MEH; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué los hijos de don Arturo Segundo Riquelme han cometido diversas irregularidades en la transferencia y ocupación de tierras fiscales de las que fuera posesionario precario el nombrado progenitor, violando reiteradamente las disposiciones legales vigentes y en particular la Ordenanza Municipal de tierras fiscales;

Qué con las irregularidades en cuestión los nombrados han colocado en situación de inseguridad jurídica a diversos cesionarios de buena fé;

Qué ésta corporación Municipal ha recibido numerosos reclamos por parte de adquirentes de buena fé que requieren solución y seguridad jurídica en relación a sus respectivas adquisiciones de derechos y mejoras a miembros de la familia Riquelme en diversos sectores Fiscales del ejido Municipal y particularmente en torno al lote 109;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Encomendar a profesional de la Agrimensura, "ad referéndum" del Honorable Concejo Deliberante Municipal , el reordenamiento predial de las tierras Fiscales ocupadas de hecho o de derecho o cedidas a terceros sin la autorización previa establecida por las normas legales vigentes en la materia, dentro de los lotes 38, 39 , 109 y/o tierras Fiscales sitas en el Cerro Currumahuida, dentro del ejido Municipal de El Hoyo, a los fines de regularizar posteriormente las transferencias y ocupaciones pertinentes a favor de los cesionarios de buena fe. -

Artículo Nº 2: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 25 de Febrero del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 007/2004

APROBADA 
Pintura esc Nº 81
VISTO:
El contrato para la ejecución de la Obra delegada "Pintura Escuela N° 81 – El Hoyo" entre la secretaria de planeamiento, Infraestructura y Servicios Públicos y la Municipalidad de El Hoyo; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué "La Secretaría" delega a "La Municipalidad de El Hoyo"
Y ésta acepta la ejecución de la Obra, que contempla la provisión de equipos y mano de obra necesaria para la ejecución de la misma, según memoria Descriptiva y Presupuesto agregado fojas a ¾ del expediente N° 000732 – y SIP y SP – 04.

Qué se deja establecido que la provisión de pintura necesaria será a cargo de la Dirección de cada uno de los establecimientos escolares de acuerdo a las partidas entregadas oportunamente por el Ministerio de Educación a través del expediente N° 440/03.

Qué "La Secretaría" aportará como única suma para la contratación y ejecución de la Obra el monto de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000).

Qué el aporte al cual se obliga "La Secretaría" se hará efectivo mediante un anticipo por la suma de PESOS TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 3.750) correspondiente al VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) de la suma detallada anteriormente.

Qué es necesario crear e incrementar el presupuesto Municipal ejercicio 2004 según Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Crear e incrementar el rubro 2.23- PINTURA ESCUELA N° 81 en el anexo I "Ingresos" Título 2 – De Jurisdicción Provincial de la Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH y sus modificatorias. -

 2.23 Pintura Escuela N° 81________________________+ $ 15.000,00

Artículo N° 2: Crear e incrementar el rubro 3.19- PINTURA ESCUELA N° 81 en el anexo II "Egresos" título 3- Transferencias Corrientes de la Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH y sus modificatorias. -

 3.19 Pintura Escuela N° 81________________________+ $ 15.000,00

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 25 de Febrero de 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 006/2004

APROBADA 
Autorizar venta Gavetti
VISTO:
Visto la nota presentada por la Sra. Mónica Gavetti el día 04/02/2004, Solicitando la venta y cesión de derechos de inmueble, Ordenanza Municipal N° 004/2000; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué Teresita Mónica Gavetti DNI Nº 14.363.583 adquirió mediante compra venta y cesión de derechos de un inmueble ubicado en la Localidad de El Hoyo, Departamento Cushamen, Colonia mixta Epuyén, Provincia de Chubut, designado como lote 104 E, Fracción B 11, Sección J 3, con una superficie de 2 hectáreas, 19 áreas, y 38 centiáreas, de Federico Alberto Soares Gache, DNI Nº 12.164.446, Argentino, con domicilio en la zona rural de El Hoyo, Provincia de Chubut representado en éste acto por María Martha Bachman Sanders, DNI Nº 14.310.030, Quien detentaba poder mediante escritura número trescientos sesenta y dos, folio 1356, pasada por ante el escribano Oscar Marín Valiente Aramburu en fecha 21 de diciembre de 1998;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la autorización de venta y cesión de derechos a Teresita Mónica Gavetti del inmueble ubicado en la Localidad de El Hoyo, designado como Lote 104 E, fracción B 11, Sección J 3, con una superficie de 2 hectáreas, diecinueve áreas y treinta y ocho centiáreas.

Artículo Nº 2: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 11 de Febrero del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 005/2004

APROBADA 
Navarro y Fernandez
VISTO:
La nota de José Hugo Gonzáles, nota de María Celina Navarro, Ordenanza Municipal 004/2000, cesión de derechos 05/12/02, cesión de derechos 07/06/2000, de Lucas Cuevas a María Belén Fernández y Hernán Diego Pelus, Croquis de mensura, recibo municipal N° 24425; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué María Belén Fernández y Hernán Diego Pelus Adquirieron los derechos con una superficie de 44 a 74 cas. En el lote N° 15 a de éste ejido municipal pagada con recibo municipal N° 24425;

Qué al realizarla remensura de ésta superficie resulto con 57 a 41 cas;

Qué María Celina Navarro cede los derechos a María Belén Fernández según croquis de mensura es de 34 a 65cas. Es tierra fiscal municipal;

Qué María Belén Fernández compra los derechos a María Celina Navarro y en un croquis de mensura unifica las superficies con un total de 92 a 06 cas;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aprobar la cesión de derecho con fecha 10/04/2003 entre los Sres. María Belén Fernández DNI Nº 24,406,626 y la Sra. María Celina Navarro DNI Nº 22.255.817. -

Artículo N° 2: Adjudicar en venta a la Sra. María Belén Fernández DNI Nº 24.406.626 una superficie de 92 a 06 cas. En el lote N° 15 a de éste ejido municipal.

Artículo N° 3: Autorizar el visado del plano mencionado.

Artículo N° 4: Abonado los derechos de transferencias y el pago de la tierra, Queda facultado el ejecutivo a firmar el título de propiedad. -

Artículo Nº 5: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo del día 11 de Febrero del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 004/2004

APROBADA 
Cámara de frío
VISTO:
El convenio de fecha 10/01/03 firmado entre la municipalidad y el Gobierno Provincial; La Ordenanza Municipal N° 003/03 MEH; Nota 123/04 de la Subsecretaría de Coordinación con Organismos Multilaterales de Crédito- Unidad ejecutora Provincial; Y la Ley Provincial de Corporaciones MunicipalesNº3098/88.

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante la Ordenanza Municipal N° 003/03 MEH se ratifica en todos sus términos el contrato de fecha 10/01/03 suscripto entre la Municipalidad de El Hoyo y la Provincia del Chubut, en el marco del proyecto denominado " Adquisición de una Cámara de frío";

Qué conforme la legislación vigente, por el monto establecido para la compra se deberá llamar a licitación privada de precios;

Qué es voluntad de éste cuerpo deliberativo avanzar en la concreción de la adquisición de la cámara de frío en los términos y bajo las condiciones del Contrato arriba mencionado;

Qué a esos efectos se encomienda y autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a llamar a licitación privada de precios dentro del plazo de noventa días hábiles;

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: AUTORIZAR y ENCOMENDAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un llamado a Licitación Privada de precios, dentro del plazo de noventa (90) días hábiles, a los fines de adquirir una cámara de frío, todo ello en los términos y condiciones del convenio suscripto entre el Gobierno Provincial y éste Municipio en el marco del proyecto denominado "Adquisición de una Cámara de frío", y según Ordenanza Municipal N° 003/03 MEH. -

Artículo Nº 2: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 11 de Febrero del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 003/2004

APROBADA 
Incorporar Secretario HCD
VISTO:
La renuncia presentada por el sr. König Guillermo José DNI N° 20.988.956 a partir del 01/02/2004; Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué el sr. König Guillermo José vino desempeñando las funciones de secretario del Honorable Concejo Deliberante durante el período de Gobierno 1999/2004.

Qué la Ley Provinciales de Corporaciones Municipales N° 3098/88; faculta al Concejo Deliberante al nombramiento de su secretario.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Aceptar la renuncia del sr. König Guillermo José DNI N° 20.988.956 a partir del día de la fecha. -

Artículo N° 2: Nombrar al sr. Colihueque Edgardo Alberto DNI N° 26.118.237 como secretario del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo a partir del día de la fecha. -

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 11 Febrero del año 2004. -
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Ordenanza Municipal Nro 002/2004

APROBADA 
Incorporar Asesor legal
VISTO:
El artículo 36 "in fine" de la Ley Orgánica de Municipios, la Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH y sus modificatorias (Presupuesto Municipal); Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué es facultad del Departamento Ejecutivo la iniciativa para introducir modificaciones en el presupuesto Municipal.

Qué resulta necesario a juicio del Departamento incorporar en la planta de personal temporario el cargo de Asesor Legal Municipal.

Qué por la responsabilidad y trascendencia que reviste el asesoramiento técnico–legal permanente y la representación judicial en toda cuestión y fuero en que sea parte como actora o demandada la Corporación Municipal, resulta razonable fijar la retribución del Asesor Legal Municipal en un monto equivalente al de secretario de la Municipalidad de El Hoyo, con la expresa restricción prevista por el artículo N° 99 de la Ley Orgánica de Corporaciones Municipales.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar el presupuesto Municipal vigente (Ordenanza Municipal N° 077/03 MEH y sus modificatorias) incorporando a la planta de personal temporario el cargo de Asesor Legal Municipal. -

Artículo N° 2: Establecer la retribución del Asesor Legal Municipal en el monto equivalente a la de Secretario Municipal, con las restricciones del artículo N° 99 de Ley Orgánica de Corporaciones Municipales. -

Artículo Nº 3: Dé forma. -

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo el día 11 de Febrero del año 2004.
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Ordenanza Municipal Nro 001/2004

APROBADA 
Subsidio Autobomba
VISTO:
El Decreto Provincial N° 1794/03; La Ordenanza Municipal N° 076/03 MEH La Ordenanza Municipal Nº 077/2003 MEH Y la Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Qué mediante Decreto Provincial N° 1794/03 del Gobierno Provincial otorga un subsidio de Pesos Quince Mil ($ 15.000.-) a favor de la Municipalidad de El Hoyo destinar a solventar los gastos que demande la compra de un autobomba para la Asociación de Bomberos Voluntarios de la localidad de El Hoyo;

Qué mediante Ordenanza Municipal N° 076/03 MEH se incorpora en el Presupuesto Municipal Ejercicio 2003 el subsidio enviado por el gobierno provincial;

Qué la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Hoyo a finalizado las gestiones a fines de la adquisición de un autobomba en la localidad de Comodoro Rivadavia, terminando de concretar la operación en el año 2004;

Qué es necesario trasladar los fondos remanentes del Presupuesto Municipal 2003, "Otros Subsidios" al Presupuesto Municipal 2004 a fin de destinar los fondos para la adquisición del autobomba en el ejercicio 2004;

Qué es necesario modificar e incrementar el Presupuesto Municipal Ejercicio 2004 según Ordenanza Municipal Nº 077/2003 MEH;

POR ELLO Y:
En uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Modificar e incrementar el rubro 2.7 – OTROS SUBSIDIOS en el anexo I "Ingresos", título 2 - De Jurisdicción Provincial, de la Ordenanza Municipal Nº 077/2003 MEH. -

2.6 – Otros Subsidios _________________________________ + $ 15.000,00.-

Artículo Nº 2: Modificar e incrementar el rubro 3.11 – OTROS SUBSIDIOS en el anexo II "Egresos", título 3 – Transferencias Corrientes, de la Ordenanza Municipal Nº 077/2003 MEH. -

• 3.11. – Otros Subsidios _____________________________ + $ 15.000,00.-

Artículo Nº 3: Dé forma.

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Extraordinaria del día 13 del mes de Enero del año 2004.
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